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Document 62017CN0469

Asunto C-469/17: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 4 de agosto de 2017 — Funke Medien NRW GmbH/Bundesrepublik Deutschland

OJ C 382, 13.11.2017, p. 30–30 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

13.11.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 382/30


Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 4 de agosto de 2017 — Funke Medien NRW GmbH/Bundesrepublik Deutschland

(Asunto C-469/17)

(2017/C 382/36)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Bundesgerichtshof

Partes en el procedimiento principal

Demandada y recurrente en casación: Funke Medien NRW GmbH

Demandante y recurrida en casación: Bundesrepublik Deutschland

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Las disposiciones del Derecho de la Unión acerca del derecho exclusivo de reproducción de los autores sobre sus obras [artículo 2, letra a), de la Directiva 2001/29/CE] y de comunicación al público, incluida la puesta a disposición del público (artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE) (1) y las excepciones y limitaciones a dichos derechos (artículo 5, apartados 2 y 3, de la Directiva 2001/29/CE) admiten márgenes de transposición en el Derecho nacional?

2)

¿De qué modo deben tomarse en consideración los derechos fundamentales de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE al determinar el alcance de las excepciones y limitaciones previstas en el artículo 5, apartados 2 y 3, de la Directiva 2001/29/CE al derecho exclusivo de reproducción de los autores sobre sus obras [artículo 2, letra a), de la Directiva 2001/29/CE] y de comunicación al público, incluida la puesta a disposición del público (artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE)?

3)

¿Los derechos fundamentales como la libertad de información (artículo 11, apartado 1, párrafo segundo, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE) o la libertad de prensa (artículo 11, apartado 2, de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE) pueden justificar excepciones o limitaciones al derecho exclusivo de reproducción de los autores sobre sus obras [artículo 2, letra a), de la Directiva 2001/29/CE] y de comunicación al público, incluida la puesta a disposición del público (artículo 3, apartado 1, de la Directiva 2001/29/CE), al margen de las excepciones y limitaciones previstas en el artículo 5, apartados 2 y 3, de la Directiva 2001/29/CE?


(1)  Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información (DO 2001, L 167, p. 10).


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