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Document 62015CA0329

Asunto C-329/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 13 de septiembre de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Najwyższy — Polonia) ENEA S.A./Prezes Urzędu Regulacji Energetyki (Procedimiento prejudicial — Ayudas de Estado — Concepto de «ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales» — Obligación de una sociedad de capitales del sector energético, cuyo único propietario es el Estado, de comprar la energía producida mediante cogeneración con la producción de calor)

OJ C 382, 13.11.2017, p. 6–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

13.11.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 382/6


Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 13 de septiembre de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por el Sąd Najwyższy — Polonia) ENEA S.A./Prezes Urzędu Regulacji Energetyki

(Asunto C-329/15) (1)

((Procedimiento prejudicial - Ayudas de Estado - Concepto de «ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales» - Obligación de una sociedad de capitales del sector energético, cuyo único propietario es el Estado, de comprar la energía producida mediante cogeneración con la producción de calor))

(2017/C 382/05)

Lengua de procedimiento: polaco

Órgano jurisdiccional remitente

Sąd Najwyższy

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: ENEA S.A.

Recurrida: Prezes Urzędu Regulacji Energetyki

Fallo

El artículo 107 TFUE, apartado 1, debe interpretarse en el sentido de que una medida nacional, como la examinada en el litigio principal, que impone a las empresas, ya sean públicas o privadas, una obligación de compra de electricidad generada mediante cogeneración con la producción de calor no constituye una intervención estatal o mediante fondos estatales.


(1)  DO C 320 de 28.9.2015.


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