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Document 62017CN0397

Asunto C-397/17: Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank van eerste aanleg te Brussel (Bélgica) el 3 de julio de 2017 — Profit Europe NV/Belgische Staat

OJ C 300, 11.9.2017, p. 19–20 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

11.9.2017   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 300/19


Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank van eerste aanleg te Brussel (Bélgica) el 3 de julio de 2017 — Profit Europe NV/Belgische Staat

(Asunto C-397/17)

(2017/C 300/24)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Rechtbank van eerste aanleg te Brussel

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Profit Europe NV

Demandada: Belgische Staat

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe interpretarse la subpartida NC 7307 19 10 (1) en el sentido de que comprende los accesorios de tubería de fundición de hierro de grafito esferoidal, que presentan las características de los accesorios de tubería controvertidos en el litigio principal, si de sus características objetivas se desprende que existe una diferencia sustancial entre ellos y la fundición maleable, puesto que la maleabilidad de la fundición de hierro de grafito esferoidal no resulta del correspondiente tratamiento térmico, y habida cuenta de que la fundición de hierro de grafito esferoidal tiene una forma de grafito diferente de la fundición maleable, a saber, forma de grafito esferoidal en lugar de fundición nodular?

2)

¿Debe interpretarse la subpartida NC 7307 11 00 en el sentido de que comprende los accesorios de tubería de fundición de hierro de grafito esferoidal, que presentan las características de los accesorios de tubería controvertidos en el litigio principal, si de las características objetivas de la fundición de hierro de grafito esferoidal se desprende que coincide esencialmente con las características objetivas de la fundición no maleable?

3)

¿Deben dejar de aplicarse las notas explicativas de la NC de la subpartida 7307 19 10, en las que se declara que la fundición maleable comprende la fundición de hierro de grafito esferoidal, en la medida en que en ellas se prevé que la fundición maleable comprende la fundición de hierro de grafito esferoidal, si ha quedado acreditado que la fundición de hierro de grafito esferoidal no es fundición maleable?


(1)  Reglamento (CEE) n.o 2658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987, relativo a la Nomenclatura Arancelaria y Estadística y al Arancel Aduanero Común (DO 1987, L 256, p. 1).


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