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Document 62017CN0141
Case C-141/17: Request for a preliminary ruling from the Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (Spain) lodged on 21 March 2017 — José Luis Cabana Carballo v Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) and Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
Asunto C-141/17: Petición de decisión prejudicial presentada por la Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (España) el 21 de marzo de 2017– José Luis Cabana Carballo/Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
Asunto C-141/17: Petición de decisión prejudicial presentada por la Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (España) el 21 de marzo de 2017– José Luis Cabana Carballo/Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
OJ C 195, 19.6.2017, p. 11–12
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
19.6.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 195/11 |
Petición de decisión prejudicial presentada por la Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (España) el 21 de marzo de 2017– José Luis Cabana Carballo/Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
(Asunto C-141/17)
(2017/C 195/16)
Lengua de procedimiento: español
Órgano jurisdiccional remitente
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco
Partes en el procedimiento principal
Recurrente: José Luis Cabana Carballo
Recurrido: Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS)
Cuestiones prejudiciales
1) |
¿Debe entenderse el art. 53.3.a) y d) del Reglamento (CE) 883/2004 (1) como una de las disposiciones en contrario a que se refiere su art. 5 y, por ello, resultan de aplicación en lugar de lo dispuesto en el art.5.b)? |
2) |
A efectos del art. 53.3.a) de dicho Reglamento, ¿cabe entender que la regulación española del complemento del 20 % en la pensión por incapacidad permanente total para la profesión habitual es una legislación que establece que se tengan en cuenta las prestaciones o los ingresos adquiridos en el extranjero? |
3) |
De ser negativa la respuesta a la pregunta anterior, ¿cabe entender contraria a dicha norma comunitaria la práctica administrativa y judicial española que suspende el cobro del complemento del 20 % en la pensión por incapacidad permanente total para la profesión habitual cuando el beneficiario accede a pensión de jubilación de otro Estado miembro? |
4) |
De ser afirmativa la respuesta a la pregunta 2a, ¿ha de entenderse incompatible con el art. 53.3.d) del referido Reglamento que el complemento del 20 % en la pensión por incapacidad permanente total para la profesión habitual se suspenda también en la parte que supera la cuantía de la pensión causada en el otro Estado miembro? |
(1) Reglamento (CE) no 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social ( DO 2004, L 166, p. 1).