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Document 52017XX0303(02)
Opinion of the Advisory Committee on restrictive agreements and dominant positions at its meeting on 4 April 2016 concerning a draft decision relating to Case AT.39965(2) — Mushrooms — Rapporteur: France
Dictamen del Comité Consultivo en materia de prácticas restrictivas y posiciones dominantes en su reunión del 4 de abril de 2016 en relación con un proyecto de decisión relativa al asunto AT.39965(2) — Setas y champiñones — Ponente: Francia
Dictamen del Comité Consultivo en materia de prácticas restrictivas y posiciones dominantes en su reunión del 4 de abril de 2016 en relación con un proyecto de decisión relativa al asunto AT.39965(2) — Setas y champiñones — Ponente: Francia
OJ C 67, 3.3.2017, p. 3–3
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
3.3.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 67/3 |
Dictamen del Comité Consultivo en materia de prácticas restrictivas y posiciones dominantes en su reunión del 4 de abril de 2016 en relación con un proyecto de decisión relativa al asunto AT.39965(2) — Setas y champiñones
Ponente: Francia
(2017/C 67/05)
1. |
El Comité Consultivo coincide con la Comisión en que debe imponerse una multa a los destinatarios del proyecto de Decisión. |
2. |
El Comité Consultivo coincide con la Comisión en cuanto a la determinación del valor de ventas. |
3. |
El Comité Consultivo coincide con la Comisión en cuanto a los importes de base de las multas. |
4. |
El Comité Consultivo está de acuerdo con la determinación de la duración a efectos de calcular el importe de la multa. |
5. |
El Comité Consultivo coincide con la Comisión en que en el presente asunto no hay circunstancias atenuantes o agravantes aplicables. |
6. |
El Comité Consultivo coincide con la Comisión en cuanto a la reducción de las multas en aplicación de la Comunicación sobre clemencia de 2006. |
7. |
El Comité Consultivo coincide con la evaluación de la Comisión en cuanto a la solicitud de incapacidad contributiva. |
8. |
El Comité Consultivo coincide con la Comisión en cuanto al importe definitivo de la multa. |
9. |
El Comité Consultivo recomienda la publicación de su Dictamen en el Diario Oficial de la Unión Europea. |