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Document 62016TN0780
Case T-780/16: Action brought on 8 November 2016 — Mediaexpert v EUIPO — Mediaexpert (mediaexpert)
Asunto T-780/16: Recurso interpuesto el 8 de noviembre de 2016 — Mediaexpert/EUIPO — Mediaexpert (mediaexpert)
Asunto T-780/16: Recurso interpuesto el 8 de noviembre de 2016 — Mediaexpert/EUIPO — Mediaexpert (mediaexpert)
OJ C 6, 9.1.2017, p. 51–52
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
9.1.2017 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 6/51 |
Recurso interpuesto el 8 de noviembre de 2016 — Mediaexpert/EUIPO — Mediaexpert (mediaexpert)
(Asunto T-780/16)
(2017/C 006/64)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Partes
Demandante: Mediaexpert sp. z o.o. (Varsovia, Polonia) (representante: J. Aftyka, abogada)
Demandada: Oficina Europea de Propiedad Intelectual (EUIPO)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Mediaexpert S.A. (Varsovia, Polonia)
Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO
Titular de la marca controvertida: Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca controvertida: Marca figurativa de la Unión en color negro, amarillo y blanco que incluye el elemento denominativo «mediaexpert» — Marca de la Unión n.o 11674132
Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad
Resolución impugnada: Resolución de la Primera Sala de Recurso de la EUIPO de 11 de agosto de 2016 en el asunto R 2583/2015-1
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la resolución impugnada. |
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Anule la resolución de la División de Anulación de 29 de octubre de 2015 recaída en el procedimiento de declaración de nulidad n.o 000009371 C. |
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Devuelva el asunto a la EUIPO para que pueda modificar la resolución sobre el fondo y anular la marca de la Unión n.o 11674132 por lo que respecta a todos los servicios designados. |
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Condene a la EUIPO a cargar con las costas del procedimiento ante la División de Anulación, ante la Sala de Recurso y ante el Tribunal General. |
Motivo invocado
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Infracción del artículo 53, apartado 1, letra a), en relación con el artículo 8, apartado 1, letras a) y b), del Reglamento n.o 207/2009. |