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Document 52009XG0528(01)

Conclusiones del Consejo, de 12 de mayo de 2009 , sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación ( ET 2020 )

OJ C 119, 28.5.2009, p. 2–10 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

28.5.2009   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 119/2


Conclusiones del Consejo de 12 de mayo de 2009 sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación («ET 2020»)

2009/C 119/02

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

 

RECORDANDO

que el Consejo Europeo de Barcelona, celebrado en marzo de 2002, refrendó el programa de trabajo «Educación y Formación 2010», que, en el contexto de la Estrategia de Lisboa, estableció por primera vez un marco sólido para la cooperación en el ámbito de la educación y la formación, basado en objetivos comunes y encaminado ante todo a apoyar la mejora de los sistemas nacionales de educación y formación mediante la creación de instrumentos complementarios a escala de la UE, el aprendizaje mutuo y el intercambio de buenas prácticas a través del método abierto de coordinación;

 

y RECONOCIENDO

que la cooperación llevada a cabo en virtud del mencionado programa de trabajo, incluido el proceso de Copenhague y las iniciativas emprendidas en el contexto del proceso de Bolonia, han permitido realizar notables avances (concretamente en la reforma del aprendizaje permanente a nivel nacional, la modernización de la enseñanza superior y la creación de instrumentos europeos comunes destinados a promover la calidad la transparencia y la movilidad), pero que quedan por afrontar importantes retos si Europa quiere cumplir su aspiración de llegar a convertirse en la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo;

PONE DE RELIEVE que

1.

La educación y la formación han de desempeñar un papel crucial al abordar los numerosos desafíos socioeconómicos, demográficos, medioambientales y tecnológicos a los que han de enfrentarse Europa y sus ciudadanos ahora y en los próximos años.

2.

Una inversión eficiente en capital humano, mediante los sistemas de educación y formación, es un elemento esencial de la estrategia europea destinada a alcanzar los altos niveles de crecimiento y empleo, viables y basados en el conocimiento, que constituyen el núcleo de la Estrategia de Lisboa, al tiempo que se fomenta la realización personal, la cohesión social y la ciudadanía activa.

RECONOCE que

1.

Confiriendo valor a la diversidad europea y a las valiosas oportunidades que ésta brinda, y respetando plenamente las responsabilidades de los Estados miembros respecto de sus sistemas educativos, un marco estratégico actualizado para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación, que esté basado en los avances realizados con el programa de trabajo «Educación y Formación 2010», podría contribuir a potenciar la eficiencia de dicha cooperación y seguir aportando beneficios y apoyo a los sistemas de educación y formación de los Estados miembros hasta el año 2020.

2.

La educación y la formación han constituido una aportación sustancial a la consecución de los objetivos a largo plazo de la estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo. Por lo tanto, y adelantándose a la evolución futura de este proceso, debe mantenerse el esfuerzo por que la educación y la formación sigan ocupando un lugar seguro en la estrategia en general. Es asimismo esencial que el marco europeo de cooperación siga siendo lo suficientemente flexible para responder a los desafíos actuales y futuros, incluidos los que se deriven de toda nueva estrategia posterior a 2010.

TOMA NOTA CON INTERÉS

de la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones «Un marco estratégico actualizado para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación» (1);

CONVIENE en que

1.

Hasta 2020, el objetivo primordial de la cooperación europea deberá ser seguir apoyando el desarrollo de los sistemas de educación y formación en los Estados miembros, cuya finalidad es lograr:

a)

la realización personal, social y profesional de todos los ciudadanos;

b)

la prosperidad económica sostenible y la empleabilidad, al tiempo que se promueven los valores democráticos, la cohesión social, una ciudadanía activa y el diálogo intercultural.

2.

Estos objetivos han de enmarcarse en una óptica mundial. Los Estados miembros reconocen la importancia de abrirse a todo el mundo como condición previa para el desarrollo y la prosperidad mundiales. Así, ofreciendo posibilidades de educación, formación e investigación marcadas por la excelencia y que resulten atrayentes, la Unión Europea podrá alcanzar su objetivo de convertirse en una de las principales economías mundiales del conocimiento.

3.

La cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación hasta 2020 deberá situarse en el contexto de un marco estratégico que abarque los sistemas de educación y de formación en su totalidad, dentro de una perspectiva de aprendizaje permanente. De hecho, el aprendizaje permanente ha de considerarse un principio fundamental que sustenta todo el marco, el cual está destinado a abarcar el aprendizaje en todos los contextos —formal, no formal e informal— y en todos los niveles —desde la educación en la primera infancia y la escuela hasta la enseñanza superior, la educación y formación profesional y el aprendizaje de adultos.

En concreto, el marco debería contemplar los siguientes cuatro objetivos estratégicos (que se detallan más adelante):

1)

hacer realidad el aprendizaje permanente y la movilidad;

2)

mejorar la calidad y la eficacia de la educación y la formación;

3)

promover la equidad, la cohesión social y la ciudadanía activa;

4)

incrementar la creatividad y la innovación, incluido el espíritu empresarial, en todos los niveles de la educación y la formación.

4.

La supervisión periódica del avance hacia un objetivo específico constituye una aportación fundamental de cara a un diseño de políticas basado en datos reales. Los objetivos estratégicos que se acaban de esbozar deben, por consiguiente, ir acompañados durante el período 2010-2020 de indicadores y niveles de referencia relativos a la media de los resultados europeos («valores de referencia europeos»), según figura en el anexo I del presente documento. Dichos valores de referencia, basados en los ya existentes, ayudarán a calibrar en el plano europeo el progreso realizado y a mostrar los logros obtenidos.

Objetivo estratégico no 1:   Hacer realidad el aprendizaje permanente y la movilidad de los educandos

Los desafíos que plantea el cambio demográfico y la necesidad periódica de actualizar y desarrollar las cualificaciones para adaptarlas a unas circunstancias económicas y sociales cambiantes exigen un enfoque permanente del aprendizaje y unos sistemas de educación y formación que sean más sensibles al cambio y estén más abiertos al mundo en general. Si bien pueden adoptarse nuevas iniciativas en el campo del aprendizaje permanente que reflejen los retos del futuro, sigue siendo necesario avanzar en las iniciativas ya en marcha, especialmente en la aplicación de unas estrategias coherentes y amplias de aprendizaje permanente. En particular, es necesario trabajar para garantizar la creación de redes nacionales de cualificaciones con arreglo a los resultados del aprendizaje correspondientes y a su relación con el Marco Europeo de Cualificaciones, el establecimiento de unas vías de aprendizaje más flexibles —incluidas unas transiciones mejores entre los diversos sectores de la educación y la formación, una mayor apertura a la educación no formal e informal y una transparencia y un reconocimiento mayores de los resultados del aprendizaje. También se necesita un esfuerzo adicional para fomentar el aprendizaje de adultos y aumentar la calidad de los sistemas de orientación, así como para hacer el aprendizaje más atractivo en general, incluyendo nuevas formas de aprender y el empleo de nuevas tecnologías de enseñanza y aprendizaje.

La movilidad de educandos, profesores y formadores del profesorado, que constituye un elemento esencial del aprendizaje permanente y un medio importante de potenciar la empleabilidad y la adaptabilidad de las personas, debería extenderse gradualmente para que los períodos de aprendizaje en el extranjero —tanto dentro de Europa como por todo el mundo— sean la norma y no la excepción. Al hacerlo, deben aplicarse los principios establecidos en la Carta Europea de Calidad para la Movilidad. Lograr esto exigirá un esfuerzo renovado por parte de todos los agentes interesados, por ejemplo, para conseguir una financiación suficiente.

Objetivo estratégico no 2:   Mejorar la calidad y la eficacia de la educación y la formación

Unos sistemas de educación y formación de alta calidad, que sean a la vez eficaces y justos, son cruciales para el éxito de Europa y para mejorar la empleabilidad. El principal reto consiste en garantizar que todas las personas puedan adquirir competencias clave, desarrollando al mismo tiempo la excelencia y el atractivo en todos los niveles de la educación y la formación, lo que permitirá que Europa conserve una posición mundial sólida. Para lograr este objetivo de forma duradera, deberá prestarse mayor atención a elevar el nivel de las cualificaciones básicas, como el alfabetismo y las nociones aritméticas elementales, haciendo más atractivas las matemáticas, la ciencia y la tecnología, así como a potenciar las competencias lingüísticas. Al mismo tiempo, es necesario garantizar una docencia de alta calidad, ofrecer una formación inicial del profesorado adecuada, así como un desarrollo profesional continuo de profesores y formadores y hacer de la docencia una opción atractiva de carrera. Asimismo es importante mejorar la gobernanza y la dirección de los centros de educación y formación e impulsar unos sistemas eficaces de aseguramiento de la calidad. Una alta calidad sólo se conseguirá mediante una utilización eficaz y sostenible de los recursos, tanto públicos como privados, según convenga, y mediante el fomento en la educación y la formación de una política y una práctica basadas en datos reales.

Objetivo estratégico no 3:   Promover la equidad, la cohesión social y la ciudadanía activa

Las políticas de educación y formación deberían permitir que todos los ciudadanos, independientemente de sus circunstancias personales, sociales y económicas, adquieran, actualicen y desarrollen durante toda su vida tanto unas aptitudes profesionales específicas como las competencias clave necesarias para su empleabilidad, así como respaldar el aprendizaje continuo, la ciudadanía activa y el diálogo intercultural. Las desventajas educativas deben abordarse ofreciendo una educación preescolar de alta calidad y un apoyo específico, así como fomentando una educación incluyente. Los sistemas de educación y formación deberían tener el objetivo de garantizar que todos los educandos, incluidos los procedentes de medios desfavorecidos, aquellos con necesidades especiales y los migrantes, completen su educación, recurriendo cuando proceda a la educación compensatoria y facilitando un aprendizaje más personalizado. La educación debería promover las aptitudes interculturales, los valores democráticos y el respeto de los derechos fundamentales y del medio ambiente, así como la lucha contra toda forma de discriminación, dotando a todos los jóvenes de las herramientas necesarias para interactuar positivamente con otros jóvenes con antecedentes diversos.

Objetivo estratégico no 4:   Incrementar la creatividad y la innovación, incluido el espíritu empresarial, en todos los niveles de la educación y la formación

Además de favorecer la realización personal, la creatividad es una fuente primordial de innovación, que además está reconocida como uno de los principales impulsos del desarrollo económico sostenible. La creatividad y la innovación son decisivas para el desarrollo empresarial y para la capacidad de Europa de competir en el ámbito internacional. El primer desafío consiste en fomentar la adquisición por todos los ciudadanos de las competencias clave transversales, como la competencia digital, la capacidad de aprender a aprender, el sentido de la iniciativa y el carácter emprendedor y la conciencia cultural. Un segundo desafío consiste en garantizar un triángulo del conocimiento —educación, investigación e innovación— plenamente operativo. La asociación entre el mundo empresarial y diferentes niveles y sectores de la educación, la formación y la investigación puede ayudar a que los esfuerzos se centren en las aptitudes y las competencias necesarias en el mercado de trabajo, así como a impulsar la innovación y el espíritu empresarial en todas las modalidades de aprendizaje. Deberán fomentarse unas comunidades de aprendizaje más amplias, con participación de representantes de la sociedad civil y otras partes interesadas, a fin de crear un clima que conduzca a la creatividad y a una mejor conciliación de las necesidades profesionales y sociales, así como al bienestar individual.

CONVIENE ADEMÁS en que

1.

Al tratar de conseguir los objetivos estratégicos mencionados anteriormente y de ese modo lograr una contribución efectiva a las reformas nacionales, deberán seguirse los siguientes principios hasta 2020:

a)

La cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación, deberá aplicarse con una perspectiva integrada del aprendizaje permanente haciendo uso efectivo del método abierto de coordinación y desarrollando sinergias entre los distintos sectores de la educación y la formación. Con pleno respeto de la responsabilidad de los Estados miembros sobre sus sistemas educativos y del carácter voluntario de la cooperación europea en la educación y la formación, el método abierto de coordinación deberá aprovechar:

los cuatro objetivos estratégicos para la cooperación europea antes esbozados;

instrumentos de referencia y planteamientos comunes;

el aprendizaje entre iguales y el intercambio de buenas prácticas, con inclusión de la difusión de resultados;

la supervisión e información periódicas;

datos e información obtenidos de todos los organismos europeos pertinentes (2), de las redes europeas y de las organizaciones internacionales (3);

el pleno aprovechamiento de las oportunidades que brindan los programas comunitarios en particular en el ámbito del aprendizaje permanente.

b)

La cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación debería ser pertinente y concreta. Debería dar resultados claros y visibles, que deberían presentarse, revisarse y difundirse periódicamente de manera estructurada para sentar así las bases de una evaluación y desarrollo continuos.

c)

El proceso de Copenhague en el ámbito de la educación y formación profesional constituye un aspecto importante de la cooperación europea con arreglo al método abierto de coordinación. Los fines perseguidos y las prioridades aplicadas en virtud de este proceso deberían contribuir a alcanzar los objetivos establecidos en este marco.

d)

Con objeto de respaldar los esfuerzos de los Estados miembros destinados a modernizar la enseñanza superior y desarrollar un Espacio Europeo de la Enseñanza Superior, también deberá tratar de lograrse una estrecha sinergia con el proceso de Bolonia, en particular respecto a los instrumentos relativos al aseguramiento de la calidad, el reconocimiento, la movilidad y la transparencia.

e)

Cuando proceda, deberá buscarse la cooperación intersectorial entre las iniciativas de la UE en materia de educación y formación y las relativas a otras esferas de actuación conexas, en particular el empleo, la empresa, la política social, la política de juventud y la cultura. En consideración específica al triángulo del conocimiento, deberá prestarse especial atención a las sinergias entre educación, investigación e innovación, así como a la complementariedad con los objetivos del espacio europeo de investigación.

f)

Es necesaria una cooperación fluida valiéndose de formas nuevas y transparentes de creación de redes, no sólo entre las instituciones pertinentes de la UE, sino también con todos los interesados correspondientes que puedan hacer una aportación notable en cuanto a la concepción, aplicación y evaluación de políticas.

g)

Deberá reforzarse el diálogo con terceros países y la cooperación con organizaciones internacionales, facilitando así una fuente de nuevas ideas y de comparación.

h)

Cuando proceda, podrán utilizarse recursos financieros de los Fondos Estructurales europeos para potenciar los sistemas de educación y formación conforme a los objetivos estratégicos generales y las prioridades de los Estados miembros.

2.

El éxito del método abierto de coordinación en educación y formación depende del compromiso político de los Estados miembros y de unos métodos de trabajo eficaces a escala europea. Desde esta perspectiva y para conseguir una mayor flexibilidad, los métodos de trabajo que se utilicen en el contexto de la cooperación europea deberán basarse en lo siguiente:

a)

Ciclos de trabajo: el período que llega hasta 2020 se dividirá en una serie de ciclos de los cuales el primero abarcará los tres años comprendidos entre 2009 y 2011.

b)

Áreas prioritarias: respecto de cada ciclo, el Consejo adoptará una serie de áreas prioritarias para la cooperación europea, basadas en los objetivos estratégicos, a medio plazo basándose en una propuesta de la Comisión. Las áreas prioritarias europeas estarán concebidas para hacer posible, bien una cooperación más amplia entre todos los Estados miembros, bien una cooperación más estrecha entre un número más reducido de Estados miembros, de acuerdo con las prioridades de cada país. En el anexo I se recogen las áreas prioritarias correspondientes al primer ciclo de este nuevo marco.

c)

Aprendizaje mutuo: la cooperación europea en las áreas prioritarias mencionadas podrá llevarse a cabo mediante instrumentos como actividades de aprendizaje entre iguales, conferencias y seminarios, foros de alto nivel con grupos de expertos, grupos específicos, estudios y análisis y cooperación basada en la red y, en su caso, con la participación de los principales interesados. Todas estas iniciativas deberían desarrollarse sobre la base de mandatos, calendarios y planes de resultados precisos, que habrá de proponer la Comisión en cooperación con los Estados miembros [véase también la letra f].

d)

Difusión de los resultados: para potenciar la proyección y la repercusión a nivel nacional y europeo, los resultados de la cooperación se difundirán ampliamente entre todos los interesados pertinentes y, cuando proceda, se tratarán en el nivel de Directores Generales o Ministros.

e)

Información sobre los progresos: Al final de cada ciclo —y en el caso del primero según el nuevo marco, no antes de comienzos de 2012— debería elaborarse un informe conjunto Consejo-Comisión. Dicho informe evaluará los progresos generales en la consecución de los objetivos de este marco durante el ciclo más reciente y/o en un área temática particular, que definiría la Comisión en cooperación con los Estados miembros [véase también la letra f]. Los informes conjuntos deberían basarse en los informes nacionales elaborados por los Estados miembros, así como en la información y los datos estadísticos existentes. Los informes conjuntos podrán desarrollarse de forma que incluyan análisis fácticos de las diferentes situaciones en cada uno de los Estados miembros, con el pleno acuerdo de éstos. Los informes conjuntos deberían también servir de base para establecer una nueva serie de prioridades para el ciclo siguiente.

f)

Seguimiento del proceso: A fin de promover la consecución de resultados mediante el método abierto de coordinación, así como la apropiación del método a escala tanto europea como nacional, los Estados miembros y la Comisión trabajarán en estrecha colaboración en lo relativo a la dirección, el impulso y la evaluación del proceso y de sus resultados.

3.

El marco estratégico —incluidos los valores de referencia y el método de trabajo— podrá someterse a revisión y el Consejo podrá efectuar todos los ajustes necesarios a la luz de toda nueva evolución importante que se produzca en Europa, en particular las decisiones que se tomen en relación con la Estrategia de la UE para el Crecimiento y el Empleo con posterioridad a 2010.

POR CONSIGUIENTE, INSTA A LOS ESTADOS MIEMBROS a que

1.

Trabajen juntos, con el apoyo de la Comisión y haciendo uso del método abierto de coordinación como se apunta en las presentes conclusiones, para fortalecer la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación hasta 2020 con arreglo a los cuatro objetivos estratégicos, los principios y los métodos de trabajo antes descritos, y las áreas prioritarias convenidas para cada ciclo (en el anexo II se destacan las correspondientes al primer ciclo 2009-2001).

2.

Consideren, en función de las prioridades nacionales, la adopción de medidas a escala nacional dirigidas a alcanzar los objetivos esbozados en el marco estratégico y a contribuir a la consecución colectiva de los valores de referencia europeos que se definen en el anexo I. Sigan considerando si pueden inspirarse en el aprendizaje mutuo a escala europea al concebir las políticas nacionales de educación y formación.

INSTA A LA COMISIÓN a que

1.

Trabaje con los Estados miembros y les preste apoyo durante el período que llega hasta 2020 en la cooperación dentro del presente marco sobre la base de los cuatro objetivos estratégicos, los principios y los métodos de trabajo descritos, y los valores de referencia y las prioridades acordadas que se esbozan en los anexos I y II, respectivamente.

2.

Estudie, en particular mediante informes conjuntos sobre los progresos realizados, el grado en que se han alcanzado los objetivos del presente marco. Lleve a cabo además, a lo largo de 2010, una evaluación de los avances realizados hacia la consecución de los valores de referencia adoptados conforme al programa de trabajo «Educación y Formación 2010».

3.

Trabaje sobre propuestas de posibles valores de referencia en los ámbitos de la movilidad, la empleabilidad y el aprendizaje de idiomas, como se indica en el anexo I.

4.

Colabore con los Estados miembros a la hora de examinar formas de mejorar los indicadores actuales, incluidos los abandonos prematuros de la educación y formación, e informe al respecto al Consejo para finales de 2010 sobre el grado en que el marco coherente de indicadores y valores de referencia adoptado por el Consejo en mayo de 2007 (4) podría ajustarse a fin de garantizar su coherencia con los objetivos estratégicos del presente marco. En este contexto, debe prestarse atención especial a los ámbitos de la creatividad, la innovación y el espíritu emprendedor.


(1)  Doc. 17535/08 + ADD 1 + ADD 2.

(2)  En concreto el Cedefop y la Fundación Europea de Formación.

(3)  Siempre que en el presente texto se haga referencia directa o indirecta a la OCDE, ha de entenderse que debe garantizarse el derecho de participación de todos los Estados miembros en los trabajos de dicha organización.

(4)  Conclusiones del Consejo, de 25 de mayo de 2007, relativas a un marco coherente de indicadores y puntos de referencia para el seguimiento de los avances hacia los objetivos de Lisboa en el ámbito de la educación y la formación (DO C 311 de 21.12.2007, p. 13-15).


ANEXO I

NIVELES DE REFERENCIA DEL RENDIMIENTO MEDIO EUROPEO

(«Valores de referencia europeos»)

Como medio para efectuar un seguimiento de los progresos y para definir los desafíos, así como para contribuir a la concepción de políticas sobre la base de las pruebas, los objetivos estratégicos esbozados en las conclusiones expuestas para el período comprendido entre 2010 y 2020 deberían apoyarse en una serie de niveles de referencia del rendimiento medio europeo («valores de referencia europeos»).

Estos valores de referencia deberían aprovechar los existentes (1) adoptados con arreglo al programa de trabajo «Educación y Formación 2010». Deberían basarse únicamente en datos comparables y tener en cuenta las diferentes situaciones de cada uno de los Estados miembros. No deberían ser considerados objetivos concretos que cada país tendría que alcanzar para 2020. Más bien, se invita a los Estados miembros a que consideren, en función de las prioridades nacionales y teniendo en cuenta las cambiantes circunstancias económicas, la forma y la medida en que pueden contribuir a la consecución colectiva de los valores de referencia europeos por medio de acciones nacionales.

Sobre esta base, se invita a los Estados miembros a que den su aprobación a los cinco valores de referencia siguientes:

Participación de los adultos en el aprendizaje permanente

Con miras a aumentar la participación de los adultos, en particular los que menos capacitación tienen, en el aprendizaje permanente:

Para 2020, una media de un 15 % como mínimo de los adultos debería participar en el aprendizaje permanente (2).

Personas que obtienen un bajo rendimiento en aptitudes básicas

A fin de asegurar que todos los discentes adquieren un nivel suficiente de destrezas básicas, en especial en lectura, matemáticas y ciencias:

Para 2020, el porcentaje de jóvenes de quince años con un bajo rendimiento en lectura, matemáticas y ciencias (3) deberá ser inferior al 15 %.

Rendimiento en materia de enseñanza superior

Dada la creciente demanda de rendimiento en la enseñanza superior, y sin dejar de reconocer el mismo nivel de importancia de la educación y formación profesional:

Para el año 2020, la proporción de personas con edades comprendidas entre treinta y treinta y cuatro años que hayan terminado la educación superior (4) deberá ser de al menos un 40 %.

Abandonos prematuros de la educación y formación

Como contribución al aseguramiento de que un máximo de discentes terminan su educación y formación:

Para 2020, la proporción de abandonos prematuros de la educación y formación (5) debería estar por debajo del 10 %.

Educación en la primera infancia

Con miras a aumentar la participación en la primera infancia como base para el ulterior éxito educativo, en especial en el caso de los que proceden de medios desfavorecidos:

Para 2020, al menos un 95 % de los niños con edades comprendidas entre los cuatro años y la edad de escolarización obligatoria debería participar en la educación en la primera infancia.

Además, el Consejo invita la Comisión a que siga trabajando en los siguientes ámbitos:

Movilidad

Dado el valor añadido, reconocido a nivel general, de la movilidad de los discentes y con miras a aumentar dicha movilidad, se invita a la Comisión a que presente al Consejo una propuesta de valor de referencia en este ámbito para finales de 2010, que se centre inicialmente en la movilidad física entre los países en el ámbito de la educación superior, y que tenga en cuenta los aspectos tanto cuantitativos como cualitativos y refleje los esfuerzos realizados y los objetivos acordados en el marco del proceso de Bolonia, según se ha puesto de relieve recientemente en la Conferencia de Lovaina y Lovaina la Nueva (6). Al mismo tiempo, se invita a la Comisión a que estudie la posibilidad de hacer extensivo dicho valor de referencia a la educación y la formación profesional y a la movilidad del profesorado.

Empleabilidad

Dada la importancia de fomentar la empleabilidad por medio de educación y la formación con miras a hacer frente a los desafíos del mercado de trabajo actuales y futuros, se invita a la Comisión a que presente al Consejo una propuesta de posible valor de referencia europeo en este ámbito para finales del 2010.

Aprendizaje de idiomas

Vista la importancia de aprender dos idiomas extranjeros desde edad temprana, como destacó el Consejo Europeo de Barcelona de 2002 en sus Conclusiones, se invita a la Comisión a que presente al Consejo —para finales de 2012— una propuesta de posible valor de referencia en este ámbito, basado en los trabajos en curso en materia de competencias lingüísticas (7).


(1)  Conclusiones del Consejo de 5 y 6 de mayo 2003 sobre los niveles de referencia del rendimiento medio europeo en educación y formación (Puntos de referencia) (doc. 8981/03).

(2)  Es decir: el porcentaje de la población con edades comprendidas entre los veinticinco y los sesenta y cuatro años que participe en actividades de educación y formación durante las cuatro semanas anteriores a la encuesta [Eurostat/Labour Force Survey (encuesta quinquenal sobre la educación de los adultos)]. También puede ser de provecho la información sobre la participación de adultos en el aprendizaje permanente recogida por la Adult Education Survey.

(3)  Fuente: OCDE (PISA). Debe garantizarse el derecho de todos los Estados miembros a participar en este trabajo. Los indicadores correspondientes serán objeto de un seguimiento aparte.

(4)  Es decir: el porcentaje de personas de entre treinta y treinta y cuatro años de edad que han completado con éxito estudios de educación superior (niveles CINE cinco y seis). (Eurostat y UOE).

(5)  Es decir: la proporción de población con edades comprendidas entre dieciocho y veinticuatro años que sólo tiene enseñanza media inferior o menos y que han dejado de seguir actividades de educación o formación. (Eurostat/Labour Force Survey). Deberían realizarse esfuerzos para mejorar la calidad de los datos, incluidos estudios de viabilidad sobre la utilización de otras fuentes de datos.

(6)  Comunicado de la Conferencia de Ministros Europeos responsables de la Educación Superior, celebrada en Lovaina y Lovaina la Nueva, Bélgica, los días 28 y 29 de abril de 2009.

(7)  Conclusiones del Consejo sobre el indicador europeo de competencia lingüística (DO C 172 de 25.7.2006, p. 1).


ANEXO II

AREAS PRIORITARIAS DE LA COOPERACIÓN EUROPEA EN EDUCACIÓN Y FORMACIÓN DURANTE EL PRIMER CICLO: 2009-2011

A fin de alcanzar los cuatro objetivos estratégicos esbozados del marco «ET 2020», la determinación de áreas prioritarias para un ciclo de trabajo específico debería mejorar la eficacia de la cooperación europea en la educación y la formación, así como reflejar las necesidades individuales de los Estados miembros, en especial conforme surjan circunstancias y desafíos nuevos.

Las áreas prioritarias, tal como se mencionan en el apartado 2, letras b) y c) de la sección «Conviene además» y que se detallan a continuación, reflejan la necesidad de:

i)

continuar la cooperación en las áreas en que siguen existiendo desafíos clave;

ii)

desarrollar la cooperación en áreas consideradas de especial importancia durante este ciclo de trabajo en particular.

Los Estados miembros seleccionarán, en función de sus prioridades nacionales, las áreas de trabajo y cooperación en que desean participar dentro del trabajo de seguimiento conjunto. Si los Estados miembros lo estiman necesario, el trabajo sobre áreas prioritarias específicas podrá continuar en ciclos de trabajo ulteriores.

Objetivo estratégico no 1:   Hacer realidad el aprendizaje permanente y la movilidad de los educandos

 

Continuar el trabajo relativo a:

:

Las estrategias relativas al aprendizaje permanente

:

completar el proceso de aplicación de las estrategias nacionales de aprendizaje permanente, prestando especial atención a la validación de la enseñanza y la orientación no formal e informal.

:

Marco europeo de cualificaciones

:

de acuerdo con la Recomendación de abril de 2008 del Parlamento Europeo y del Consejo (1), relacionar todos los sistemas nacionales de cualificaciones con el marco europeo de cualificaciones antes del final de 2010 y apoyar la utilización de un enfoque basado en los resultados del aprendizaje en cuanto a niveles y cualificaciones, procedimientos de evaluación y validación, transferencia de créditos, programas de estudios y aseguramiento de la calidad.

 

Desarrollar la cooperación relacionada con:

:

La ampliación de la movilidad del aprendizaje

:

trabajar conjuntamente para suprimir gradualmente los obstáculos a la movilidad del aprendizaje y ampliar sus oportunidades a escala europea y mundial, tanto para la enseñanza superior como para los demás niveles educativos, con inclusión de nuevos objetivos y de instrumentos de financiación, al tiempo que se tienen en cuenta las necesidades particulares de las personas con discapacidades.

Objetivo estratégico no 2:   mejorar la calidad y la eficacia de la educación y de la formación

 

Continuar el trabajo relativo a:

:

Aprendizaje de idiomas

:

posibilitar que los ciudadanos se comuniquen en dos idiomas, además de su lengua materna, fomentar, cuando proceda, la enseñanza de idiomas en la educación y en la formación profesionales, así como para los educandos adultos, y ofrecer a los migrantes oportunidades para aprender la lengua del país anfitrión.

:

Desarrollo profesional de profesores y formadores

:

centrarse en la calidad de la enseñanza de los nuevos profesores y en su apoyo al inicio de su carrera y en aumentar la calidad de las oportunidades de desarrollo profesional permanente de profesores, formadores y demás personal docente (por ejemplo, el que se encarga de funciones directivas o en actividades de orientación).

:

Gobernanza y financiación

:

Promover la agenda de modernización para la enseñanza superior (incluidos los programas de estudios), y el marco de aseguramiento de la calidad de la educación y la formación profesionales y desarrollar la calidad de los medios asignados, incluido el personal, al sector del aprendizaje de adultos. Fomentar políticas y prácticas basadas en datos reales, haciendo especial hincapié en el establecimiento de la viabilidad de la inversión pública y, cuando proceda, privada.

 

Desarrollar la cooperación relacionada con:

:

Las aptitudes básicas en lectura, matemáticas y ciencias

:

investigar y difundir las buenas prácticas vigentes y las conclusiones de la investigación en materia de capacidad de lectura entre los escolares y extraer conclusiones sobre formas de elevar los niveles de alfabetización en toda la UE. Intensificar la cooperación existente para mejorar la enseñanza de las matemáticas y las ciencias en los niveles superiores de la educación y la formación, y reforzar la enseñanza de las ciencias. Se necesitan acciones concretas para mejorar el nivel de las aptitudes básicas, incluso las de los adultos.

:

«Nuevas cualificaciones para nuevos empleos»

:

garantizar que en los procesos de planificación de la educación y la formación se tenga suficientemente en cuenta la evaluación de los futuros requisitos en materia de cualificaciones y que éstas correspondan a las necesidades del mercado laboral.

Objetivo estratégico no 3:   fomentar la equidad, la cohesión social y la ciudadanía activa

 

Continuar el trabajo relativo a:

:

Los abandonos prematuros de la educación y formación

:

reforzar los planteamientos preventivos, establecer una cooperación más estrecha entre los sectores de la educación general y de la formación profesional, y suprimir los obstáculos que impiden a los que abandonan prematuramente la escuela regresar a la educación y a la formación.

 

Desarrollar la cooperación relacionada con:

:

La educación preescolar

:

fomentar el acceso equitativo y generalizado, y reforzar su calidad y el apoyo a los profesores.

:

Los migrantes

:

desarrollar el aprendizaje mutuo de prácticas idóneas en materia de educación de los educandos de origen inmigrante.

:

Los educandos con necesidades especiales

:

Fomentar la educación inclusiva y personalizada mediante un apoyo oportuno, la determinación precoz de las necesidades especiales y servicios bien coordinados. Integrar los servicios en la educación escolar principal y garantizar itinerarios de educación y formación adicionales.

Objetivo estratégico no 4:   incrementar la creatividad y la innovación, incluido el espíritu empresarial, en todos los niveles de la educación y la formación

 

Continuar el trabajo relativo a:

:

Las competencias transversales clave

:

de conformidad con la Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de 2006 (2) 13, tener más en cuenta las competencias transversales clave en los planes de estudio, la evaluacion y las cualificatiónes.

 

Desarrollar la cooperación relacionada con:

:

Las instituciones que favorezcan la innovación

:

alentar la creatividad y la innovación mediante el desarrollo de métodos específicos de enseñanza y aprendizaje (incluidas la utilización de las nuevas herramientas de las TIC y la formación de los profesores).

:

Las asociaciones

:

desarrollar asociaciones entre los centros de educación y de formación y las empresas, los institutos de investigación, los agentes culturales y las industrias creativas, y promover un triángulo del conocimiento que funcione adecuadamente.


(1)  DO C 111 de 6.5.2008, p. 1.

(2)  DO L 394 de 30.12.2006, p. 10.


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