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Document 52006XC0225(01)
Information communicated by Member States regarding State aid granted under Commission Regulation (EC) No 70/2001 of 12 January 2001 on the application of Articles 87 and 88 of the EC Treaty to State aid to small and medium-sized enterprises (Text with EEA relevance)
Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) n o 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001 , relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas (Texto pertinente a efectos del EEE)
Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) n o 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001 , relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas (Texto pertinente a efectos del EEE)
OJ C 47, 25.2.2006, p. 2–3
(ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, NL, PL, PT, SK, SL, FI, SV)
25.2.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 47/2 |
Información comunicada por los Estados miembros con relación a la ayuda concedida en virtud del Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas
(2006/C 47/02)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
Ayuda número: XS 30/2001
Estado miembro: Italia
Región: Región de las Marcas
Denominación del régimen de ayudas: Ley regional de 9 mayo de 2001, no 5. Modificaciones a la ley regional de 28 octubre de 1991, no 33: «Intervenciones y recualificación de la oferta turística regional»
Fundamento jurídico: Legge regionale 9 maggio 2001 n. 5
Gasto anual previsto en el régimen: EUR 250 000 en 2003
EUR 250 000 en 2004
EUR 250 000 en 2005
EUR 250 000 en 2006
Intensidad máxima de la ayuda: 15 % ESB para las pequeñas empresas y 7,5 % ESB para las medianas empresas; en las zonas admitidas a la excepción contemplada en la letra c) del apartado 3 del artículo 87 del Tratado CE, el porcentaje de intervención será igual al 8 % ESN + 10 % ESB para las pequeñas empresas y 8 % ESN + 6 % ESB para las medianas empresas
Fecha de ejecución: A partir del 2001
Duración del régimen: La duración del régimen va más allá del periodo de validez del Reglamento (CE) no 70/2001, que concluye el 31.12.2006; la región de las Marcas se compromete a modificar el régimen para ajustarlo a las nuevas directrices comunitarias
Objetivo de la ayuda: La ayuda comprende contribuciones en capital y en intereses para la realización de inversiones en el sector del turismo, respetando las disposiciones del artículo 2 del Reglamento (CE) no 70/2001
Sectores económicos afectados: PYME que operan en el sector del turismo
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:
Regione Marche |
Servizio Turismo ed Attività ricettive |
Via G. da Fabriano |
I-60100 Ancona |
Tel. (39) 071 80 61 |
Ayuda número: XS 122/04
Estado miembro: Italia
Región: Marcas
Denominación del régimen de ayudas: Docup Ob. 2, 2000-2006 — Medida 1.1, ayuda a la inversión productiva y ambiental de las pequeñas y medianas empresas industriales y artesanales; submedida 1.1.1, ayuda a la inversión productiva de las pequeñas y medianas empresas industriales; intervención b2, artículo 11 de la ley 598/94, ayudas a la inversión en innovación tecnológica, protección del medio ambiente, innovación organizativa y comercial y seguridad en el lugar de trabajo
Fundamento jurídico: Docup Ob. 2 2000-2006
Gasto anual previsto en el régimen: Ayuda ordinaria:
EUR 788 835,00 para 2001
EUR 831 006,00 para 2002
EUR 989 370,60 para 2003
Total: EUR 2 609 211,60
Ayuda transitoria:
EUR 268 149,60 para 2001
EUR 431 879,10 para 2002
EUR 402 292,20 para 2003
Total: EUR 1 102 320,90
Ayuda ordinaria
EUR 3 028 405,00 para 2004
EUR 3 221 452,00 para 2005
EUR 1 600 855,00 para 2006
Ayuda transitoria:
EUR 411 207,00 para 2004
EUR 32 622,00 para 2005
Intensidad máxima de la ayuda: De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 70/2001, se aplicarán los siguientes índices de ayuda: 15 % de ESB para las pequeñas empresas y 7,5 % ESB para empresas medianas; en las zonas admitidas a la exención contemplada en el artículo 87 (3) (c) del Tratado CE, la ayuda será del 8 % ESN + el 10 % ESB para pequeñas empresas y del 8 % ESN + el 6 % ESB para empresas medianas
Fecha de ejecución: De acuerdo con las directrices de la Comisión, sólo serán admisibles los gastos en que haya incurrido el beneficiario final a partir de la fecha de publicación del anuncio.
Sólo serán admisibles las inversiones realizadas después de la fecha de presentación de la solicitud de ayuda
Duración del régimen: La duración del régimen será igual a la del Docup 2 2000 — 2006
Objetivo de la ayuda: La ayuda se destina a las pequeñas y medianas empresas industriales de las zonas de la región de las Marcas incluidas en el Objetivo 2 y en el phasing out
Sectores económicos afectados: Secciones C, D, E y F de la clasificación ISTAT 1991, con las exclusiones y limitaciones establecidas en las normas comunitarias sobre ayudas estatales (incluidas las ayudas a la exportación y las ayudas a la industria del automóvil).
Quedan excluidas las actividades relacionadas con la producción, transformación y comercialización de los productos enumerados en el Anexo I del Tratado CE
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas:
Regione Marche |
Servizio Industria e Artigianato |
Via Tiziano, n. 44 |
I-60100 Ancona |
Tel. (39) 071 80 61 |
Otros datos: Modificación de la duración de la ayuda XS 140/2003