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Document 52003AR0249

Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo — Hacia sistemas de asilo mejor gestionados, más accesibles y equitativos"

OJ C 23, 27.1.2004, p. 30–32 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

52003AR0249

Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo — Hacia sistemas de asilo mejor gestionados, más accesibles y equitativos"

Diario Oficial n° C 023 de 27/01/2004 p. 0030 - 0032


Dictamen del Comité de las Regiones sobre la "Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo - Hacia sistemas de asilo mejor gestionados, más accesibles y equitativos"

(2004/C 23/08)

EL COMITÉ DE LAS REGIONES,

vista la Comunicación de la Comisión Europea Hacia sistemas de asilo mejor gestionados, más accesibles y equitativos (COM(2003) 315 final);

vista la decisión de la Comisión Europea de 31 de julio de 2003, de consultarle al respecto, de conformidad con el primer párrafo del artículo 265 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea;

vista la decisión de su Mesa, del 1 de julio de 2003, de encargar a la Comisión de Relaciones Exteriores la elaboración de un dictamen sobre este asunto;

visto el marco político sobre inmigración y asilo establecido en las conclusiones de la reunión que el Consejo Europeo celebró en Tampere en octubre de 1999, en las que se solicita una política común de la UE que incluya la colaboración con los países de origen, un sistema europeo común de asilo, el trato justo de los nacionales de terceros países y la gestión de los flujos migratorios;

vista la Comunicación de la Comisión de noviembre de 2000 sobre política de asilo, en la que se señalaba la necesidad de analizar las medidas que puedan contribuir a proporcionar un acceso legal y seguro y a la protección en la UE, disuadiendo al mismo tiempo a pasadores de fronteras y traficantes de seres humanos, así como la Comunicación de la Comisión Europea sobre la política común de asilo y el Programa de protección (COM(2003) 152 final);

vista la Directiva del Consejo sobre la acogida de los solicitantes de asilo, adoptada formalmente el 27 de enero de 2003;

vista la iniciativa comunitaria EQUAL, que pretende luchar contra la exclusión y la desigualdad en el mercado laboral, incluida la disposición para mejorar la integración social y profesional de los solicitantes de asilo;

visto el programa ARGO adoptado por el Consejo el 13 de junio de 2002, que pretende promover la cooperación administrativa en los ámbitos de las fronteras exteriores, los visados, el asilo y la inmigración;

vista la Directiva 2001/55/CE del Consejo, de 20 de julio de 2001, sobre normas mínimas para dar protección temporal en caso de un flujo masivo de personas desplazadas a causa, por ejemplo, de una guerra;

vista la aprobación por el Comité Ejecutivo del ACNUR, en otoño de 2002, de un Programa de Protección dirigido a gestionar los flujos migratorios mixtos, un reparto más equitativo de las cargas y la equiparación de los sistemas de protección;

vistas las propuestas del Alto Comisionado para los refugiados para la "Convención +", dirigida a ampliar la gestión de los flujos migratorios mixtos a través de instrumentos o políticas modernizados;

visto el Dictamen del Comité de las Regiones sobre la política de inmigración y de asilo (CDR 93/2002 fin), aprobado el 16 de mayo de 2002(1);

visto el Dictamen del Comité de las Regiones sobre el derecho a la reagrupación familiar (CDR 143/2002 fin), aprobado el 21 de noviembre de 2002(2);

vistas las propuestas del Reino Unido sobre "mejor gestión del sistema de asilo", debatidas en el Consejo Europeo de primavera de 2003;

visto su proyecto de Dictamen (CDR 249/2003 rev.), aprobado el 5 de septiembre de 2003 por la Comisión de Relaciones Exteriores (ponente: Sra. Coleman, Presidenta del Consejo de Distrito de North Wiltshire (UK/ELDR)).

Considerando:

1) Que los Estados miembros están profundamente preocupados por el abuso de los sistemas de asilo y el incremento de los flujos migratorios mixtos, a menudo basados en la trata de seres humanos, y por el elevado número de decisiones negativas tras el examen de la necesidad de una protección internacional;

2) que, pese a los notables avances en la consecución de un sistema común de asilo en la UE, el camino hacia la armonización se encuentra ahora limitado por las dificultades que encuentran los Estados miembros para ir más allá de los programas nacionales;

3) que existe una necesidad manifiesta de explorar nuevas vías que respeten la credibilidad de la institución del asilo y la tradición humanitaria de Europa;

en su 51o Pleno celebrado el día 9 de octubre de 2003 ha aprobado el presente Dictamen.

1. Observaciones del Comité de las Regiones

El Comité de las Regiones

1.1. acoge con satisfacción el Programa de protección y el enfoque positivo de los Estados miembros de la UE y de la Comisión para poner en práctica este Programa en la UE;

1.2. acoge favorablemente las diez premisas básicas contempladas en las páginas 11-13 de la Comunicación de la Comisión COM(2003) 315 final;

1.3. insiste en la necesidad de respetar los plazos de la primera fase de armonización del sistema común de asilo;

1.4. cree que el objetivo de compartir más equitativamente cargas y responsabilidades no debe valorarse únicamente en cuanto a la distribución de las cargas físicas o financieras, sino que ha de dirigirse a mejorar la gestión del sistema de asilo;

1.5. considera que, para lograr unos sistemas de asilo más justos, ágiles y eficaces, los Estados miembros deberán estar dispuestos a estudiar tanto la calidad del examen de solicitudes como la rapidez de los procedimientos;

1.6. acogería con agrado un nuevo debate e información respecto al estudio de la Comisión sobre la tramitación externa de las solicitudes de asilo, que fue presentado en diciembre de 2002, en cuanto se complete durante el presente año el estudio sobre mecanismos de reinstalación;

1.7. manifiesta su inquietud al considerar que en el debate sobre una política de retorno debe conocerse perfectamente la ayuda financiera y de otra índole que precisen los países de origen correspondientes;

1.8. espera que el programa de asistencia técnica y financiera destinado a terceros países facilite la política de retorno;

1.9. cree que los complejos aspectos de la integración de personas que disfrutan de protección internacional en la sociedad de acogida exige una atención urgente y recibiría con satisfacción un debate inmediato con la Comisión sobre sus nuevas propuestas para una política de integración; a este respecto espera el dictamen acerca de la Comunicación sobre inmigración, integración y empleo(3) sometida actualmente a la consulta de la Comisión de Política Económica y Social del Comité de las Regiones;

1.10. cree que, para luchar eficazmente contra la inmigración ilegal, la UE debe examinar de nuevo la posibilidad de una inmigración legal controlada y, por ello, acogería con satisfacción un nuevo debate con la Comisión sobre sus propuestas para una política de inmigración comunitaria;

1.11. anima a la Comisión a que busque mecanismos para proporcionar protección a los solicitantes de asilo fuera de la UE.

1.12. cree que los sistemas actuales para la tramitación de asilo son complicados, costosos e ineficaces.

1.13. acoge favorablemente que la Convención haya integrado en su proyecto de Tratado constitucional el concepto de sistema europeo común de asilo, que implica la sustitución de la adopción de normas mínimas por el establecimiento de un estatuto uniforme y procedimientos comunes para todas las personas que necesiten protección internacional, además de permitir la instauración de medidas sobre asociación y cooperación con terceros países. Aunque la fecha de entrada en vigor del Tratado constitucional que propone la Convención es 2009, ello no exime a la Unión Europea de instaurar rápidamente un régimen europeo común de asilo con arreglo a los objetivos y a los plazos que se fijaron en los Consejos Europeos de Tampere, Sevilla y Tesalónica; esto es, la aprobación antes del final de 2003 de la legislación básica pendiente, es decir, la propuesta de Directiva del Consejo por la que se establecen normas mínimas sobre los requisitos y el estatuto al que pueden optar ciudadanos de países terceros y personas apátridas para ser refugiados o beneficiarios de otros tipos de protección internacional y la propuesta de Directiva del Consejo sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar el estatuto de refugiado.

2. Recomendaciones del Comité de las Regiones

El Comité de las Regiones

2.1. acoge favorablemente y apoya la creación de una campaña de concienciación de la opinión pública respecto a las políticas de la UE contra la discriminación, el racismo y la xenofobia que está siendo dirigida por la Comisaria Diamantopoulou;

2.2. pide a la UE una lucha decidida, concertada y de gran repercusión contra el tráfico de seres humanos;

2.3. solicita que la armonización del sistema común de asilo, en vez de diversos sistemas en los distintos Estados miembros se oriente en especial a la introducción de un sistema más ordenado y mejor gestionado;

2.4. pide una revisión radical del sistema de tramitación de las solicitudes de asilo, con el objetivo de garantizar un método sencillo, transparente y rápido para decidir en los casos de petición de asilo, integrar a las personas que sean aceptadas y rechazar a quienes no cumplan los requisitos;

2.5. estima que los proyectos para mejorar la protección de los refugiados en su región de origen deberían llevarse a cabo bajo los auspicios de la Unión Europea, para garantizar una mayor coherencia de la política exterior de asilo de la UE. Asimismo, dichos proyectos deberían realizarse en plena colaboración con los países afectados y de acuerdo con las recomendaciones del ACNUR;

2.6. apoya la petición que formula la Comisión de aumentar los recursos para financiar las iniciativas comunitarias sobre asilo e inmigración en las próximas perspectivas financieras (2007-2013) y estima que la dotación de la línea presupuestaria B7-667 destinada a la cooperación con terceros países en el ámbito de la emigración debería incrementarse de forma significativa en el período que queda hasta 2006.

Bruselas, 9 de octubre de 2003.

El Presidente

del Comité de las Regiones

Albert Bore

(1) DO C 278 de 14.11.2002, p. 44.

(2) DO C 73 de 26.3.2003, p. 16.

(3) COM(2003) 336 final.

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