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Document 52010IP0400
Demographic challenge and solidarity between generations European Parliament resolution of 11 November 2010 on the demographic challenge and solidarity between generations (2010/2027(INI))
Retos demográficos y solidaridad entre las generaciones Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de noviembre de 2010 , sobre los retos demográficos y la solidaridad entre las generaciones (2010/2027(INI))
Retos demográficos y solidaridad entre las generaciones Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de noviembre de 2010 , sobre los retos demográficos y la solidaridad entre las generaciones (2010/2027(INI))
OJ C 74E, 13.3.2012, p. 19–34
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
13.3.2012 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
CE 74/19 |
Jueves 11 de noviembre de 2010
Retos demográficos y solidaridad entre las generaciones
P7_TA(2010)0400
Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de noviembre de 2010, sobre los retos demográficos y la solidaridad entre las generaciones (2010/2027(INI))
2012/C 74 E/05
El Parlamento Europeo,
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Vista su Resolución, de 14 de marzo de 1997, sobre el Informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre la situación demográfica en la Unión Europea (1995) (1), |
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Vista su Resolución, de 12 de marzo de 1998, sobre el Informe demográfico 1997 de la Comisión (2), |
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Vista su Resolución, de 15 de diciembre de 2000, sobre la Comunicación de la Comisión titulada «Hacia una Europa para todas las edades - Fomentar la prosperidad y la solidaridad entre las generaciones» (3), |
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Visto el Libro Verde de la Comisión titulado «Frente a los cambios demográficos, una nueva solidaridad entre generaciones» (COM(2005)0094), |
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Vista su Resolución, de 23 de marzo de 2006, sobre los retos demográficos y la solidaridad entre las generaciones (4), |
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Vista su Resolución, de 6 de septiembre de 2006, sobre un modelo social europeo para el futuro (5), |
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Vista su Resolución, de 20 de mayo de 2008, sobre los progresos realizados respecto a la igualdad de oportunidades y la no discriminación en la Unión Europea (transposición de las Directivas 2000/43/CE y 2000/78/CE) (6), |
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Vista su Resolución, de 21 de febrero de 2008, sobre el futuro demográfico de Europa, Vista la Comunicación de la Comisión titulada «El futuro demográfico de Europa (7), |
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Vista su Resolución, de 9 de octubre de 2008, sobre la promoción de la inclusión social y la lucha contra la pobreza, incluida la pobreza infantil, en la Unión Europea (8), |
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Vista su posición, de 2 de abril de 2009, sobre la Propuesta de Directiva del Consejo por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre las personas independientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual (9), |
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Vista la comunicación de la Comisión «El futuro demográfico de Europa: transformar un reto en una oportunidad» (COM(2006)0571), |
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Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Promover la solidaridad entre las generaciones» (COM(2007)0244), |
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Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo titulado «La familia y la evolución demográfica» (10), de 14 de marzo de 2007, y su principal propuesta de un pacto europeo para la familia que los Estados miembros deberán firmar, |
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Visto el Documento de trabajo de los servicios de la Comisión titulado «El futuro demográfico de Europa: hechos y cifras» (SEC(2007)0638), |
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Vistas las publicaciones del Cedefop sobre «Innovative learning measures for older workers» (11), sobre «Working and ageing. Emerging theories and empirical perspectives» (12), sobre «Modernising vocational education and training. Fourth report on vocational education and training research in Europe: Synthesis report» (13), y sobre «Skills supply and demand in Europe. Medium-term forecast up to 2020» (12), |
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Visto el informe de 2008 de la Comisión sobre Demografía: Satisfacción de las necesidades sociales en una sociedad en proceso de envejecimiento (SEC (2008) 2911), |
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Visto el informe preparado por la Comisión y el Comité de Política Económica (Grupo de trabajo sobre el envejecimiento de la población) sobre el «Informe de 2009 sobre el envejecimiento demográfico: previsiones económicas y presupuestarias para los Estados miembros de EU-27» (2008-2060). |
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Vistos los artículos 25 y 34 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en los que se define explícitamente el derecho de las personas mayores a llevar una vida independiente y a participar en la vida social y cultural, así como el derecho de acceso a las prestaciones de seguridad social y a los servicios sociales que garantizan una protección durante la vejez, |
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Visto el artículo 21 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, que prohíbe explícitamente toda discriminación ejercida por razón de edad, |
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Vista la propuesta de la Comisión de Directiva del Consejo, por la que se aplica el principio de igualdad de trato entre las personas independientemente de su religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual (COM(2008)0426) y la posición del Parlamento al respecto, |
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Vistos el artículo 2 y el artículo 3, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, |
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Vista la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación (14), |
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Visto el artículo 48 de su Reglamento, |
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Vistos el informe de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales y las opiniones de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A7-0268/2010), |
A. |
Convencido de que una sociedad humana debe basarse en el principio de la solidaridad entre generaciones, |
B. |
Considerando que se ha de tener en cuenta la dimensión específica del género en las relaciones intergeneracionales, |
C. |
Considerando que aún queda mucho por hacer para poner fin a la discriminación injusta y ampliamente generalizada que a menudo padecen las personas de edad avanzada simplemente en razón de su edad, tanto en el mercado laboral como por lo que se refiere al acceso a bienes, instalaciones y servicios, |
D. |
Considerando los fuertes vínculos que existen entre la discriminación que padecen las personas de edad avanzada en razón de su edad, la exclusión social y la pobreza entre las personas mayores, |
E. |
Considerando que muchas personas de edad avanzada tienen también una discapacidad y, por tanto, pueden ser objeto de discriminación múltiple, |
F. |
Considerando que el cambio demográfico ha afectado notablemente a la vida personal y laboral, especialmente en el caso de las mujeres, a la vez que la escasez de servicios, los bajos niveles de retribución, la lenta y difícil integración en el mercado laboral, los largos períodos de empleo precario o temporal y la falta de apoyo para las parejas jóvenes son algunas de las razones que inducen a los jóvenes a aplazar la formación de una familia y el nacimiento de los hijos, |
G. |
Considerando que la economía y la sociedad necesitan la experiencia, la intervención y la riqueza de ideas de todas las generaciones para alcanzar sus objetivos, |
H. |
Considerando que, según las estimaciones de la Comisión, los cambios demográficos podrían modificar profundamente la estructura de la población y la pirámide de edad; considerando que, por ejemplo, el número de personas de edades comprendidas entre los 0 y los 14 años pasará de 100 millones (índice de 1975) a 66 millones en 2050; que la población en edad de trabajar alcanzará un máximo de 331 millones en 2010 para disminuir luego gradualmente a unos 268 millones en 2050 y que, como la longevidad media aumentará de 6 años para los hombres y de 5 años para las mujeres entre 2004 y 2050, el número de personas de más de 80 años pasará de 4,1 % en 2005 a 11,4 % en 2050; |
I. |
Considerando que, en el marco de los ambiciosos objetivos en materia de empleo de la Estrategia UE 2020, la tasa de empleo para las mujeres y los hombres de entre 20 y 64 años debería elevarse al 75 % en 2020 y hacer frente al mismo tiempo a un desafío demográfico, |
J. |
Considerando que el cambio demográfico puede gestionarse de manera sostenible si se prevé adecuadamente y todo el mundo lo toma en serio; considerando que la cuestión demográfica debe abordarse mediante un enfoque estratégico a largo plazo y la adopción de medidas para contrarrestar la discriminación injusta basada en la edad, |
K. |
Considerando que, en una época de cambio demográfico, el papel que desempeñan los padres y las madres es especialmente significativo porque son esenciales como empleados y como (co)progenitores, y que se debe evitar el riesgo de que esta doble carga recaiga únicamente en las mujeres, |
L. |
Considerando que actualmente nos enfrentamos a una doble crisis, que incluye una alta tasa de desempleo juvenil, y un replanteamiento de la financiación de los regímenes de pensiones, y que estos dos fenómenos deben ser tratados conjuntamente, trabajando por un incremento de los derechos sociales y una mayor participación de los jóvenes en la creación de riqueza y la recuperación económica; considerando que, como ha recordado al Comité de las Regiones (CdR 97/2009), en nuestra sociedad en proceso de envejecimiento, la juventud debe considerarse un recurso valioso y esencial para la sociedad, que puede y debe movilizarse para alcanzar objetivos sociales y económicos, |
M. |
Considerando que los Estados miembros detentan los principales instrumentos para fomentar la justicia entre las generaciones (los regímenes de pensiones, los presupuestos, la gestión de la deuda y los servicios sanitarios y de rehabilitación) y para acabar con las discriminaciones injustas, pero que la UE puede aportar importantes iniciativas en materia de supervisión, intercambio de mejores prácticas y programas de acción, así como controlando la aplicación de la legislación comunitaria contra la discriminación por motivos de edad y adoptando nuevas propuestas legislativas de gran calado en este ámbito que prohíban la discriminación por motivos de edad en el acceso a bienes, instalaciones y servicios, |
N. |
Considerando que la proporción de personas de más de 60 años en la Unión Europea experimentará un aumento sin precedentes y que el mayor incremento tendrá lugar entre 2015 y 2035, cuando 2 millones de personas al año pasarán a formar parte de este grupo de población, |
O. |
Considerando que la discriminación por motivos de edad está socavando la solidaridad entre las generaciones; considerando que está prohibida en virtud del Tratado, pero sigue estando muy extendida y limita gravemente el acceso de los trabajadores de mayor edad y de los trabajadores más jóvenes al mercado laboral, a la seguridad social y a determinados servicios, |
Principios y objetivos
1. |
Considera que la justicia y la solidaridad entre las generaciones son términos sinónimos y define la justicia entre las generaciones como una distribución intergeneracional equitativa, razonable y consciente de las cargas y ventajas, y opina que la solidaridad en general constituye uno de los valores fundamentales de la cooperación europea; |
2. |
Opina que una cooperación funcional entre las generaciones se basa en los valores fundamentales de la libertad, la solidaridad, la justicia y el apoyo desinteresado a las generaciones futuras, y que debe caracterizarse por el respeto mutuo, la responsabilidad compartida y la disposición a aceptar los derechos fundamentales que corresponden a todas las personas como seres humanos y ciudadanos de la UE, y por la solicitud mutua, así como por la planificación individual del futuro, incluido un mayor compromiso con miras a adoptar un comportamiento constructivo relativo a la prevención en materia de salud; |
3. |
Considera que la perspectiva de una disminución de la población de aquí a 2050 podría implicar una disminución de la presión sobre el medio ambiente y ofrecer la oportunidad de un desarrollo sostenible, lo que a su vez necesita políticas proactivas para adaptar en consecuencia la ordenación del espacio, la vivienda, el transporte y todos los demás tipos de infraestructuras; |
4. |
Constata que, por fortuna, la longevidad de las personas es cada vez mayor, son activas durante más tiempo y, con ello, participan en la vida social de forma autónoma y comprometida; considera que el aumento de la esperanza de vida es un avance positivo que no debe traducirse en una disminución de los derechos de los trabajadores; reconoce asimismo que las tasas de natalidad en los Estados miembros son bajas desde hace décadas, lo que implica cargas importantes para las generaciones futuras y puede conducir a conflictos de intereses; indica que estos retos pueden constituir un vector fundamental dirigido a una distribución más equitativa de las cargas, con mayor capacidad de inclusión y con unos regímenes de seguridad social de calidad más elevada; |
5. |
Opina que el objetivo de una política justa entre las generaciones debe ser establecer las necesarias bases, derechos e instrumentos para llevar a cabo un diálogo abierto y honesto entre las generaciones, con objeto de alcanzar una situación en la que todos salgan beneficiados, y de tomar medidas que conduzcan a una distribución equitativa entre las generaciones; |
6. |
Considera importante aclarar que las personas mayores, con o sin discapacidades, y los trabajadores que se acercan a la edad de jubilación, no constituyen una carga para la economía o la sociedad, y que constituyen un obstáculo para la modernización de los procesos productivos sino que, por el contrario, a causa de su experiencia, sus logros, sus conocimientos y su mayor lealtad a su lugar de trabajo, son una baza sólida y aportan un importante valor añadido; considera importante luchar contra los prejuicios y la discriminación, independientemente de sus formas y de los grupos sociales afectados, y lograr una sociedad que trate a las personas mayores de manera equitativa, como seres humanos con derechos fundamentales; indica que la política de la UE hacia las personas de edad responde al principio de «una sociedad para todos», y que todas las medidas previstas en el marco de esta política deben contribuir a reafirmar esta concepción; está convencido de que, en todos los Estados miembros, deberían ofrecerse a todas las personas de diferentes edades todas las oportunidades de participar activamente en la vida social, independientemente de su edad; indica que el futuro está en los jóvenes, lo que significa que las políticas elaboradas deben tener en cuenta la modernización de la sociedad y la participación de todos sus miembros; |
7. |
Pide que se preste especial atención a la perspectiva de género cuando se estudie el reto demográfico y la solidaridad, dado que las relaciones de género estructuran todo el ciclo vital, desde el nacimiento hasta la vejez, influyen en el acceso a los recursos y las oportunidades y modelan las estrategias vitales en cada una de las fases; |
8. |
Subraya que las economías europeas que se enfrentan a retos demográficos necesitan empresas competitivas y que, para lograrlo, deben reducir la carga fiscal y administrativa y reformar su sector público; considera que un sector privado competitivo e innovador constituye un elemento clave para la creación de nuevas oportunidades de empleo para las distintas generaciones; |
9. |
Dado el compromiso histórico y constante de la sociedad civil, las iglesias y las organizaciones sin ánimo de lucro en favor de las medidas de apoyo y de desarrollo social, tanto para las familias como para todos los grupos de población necesitados; considera que su participación en la programación y la puesta en práctica de medidas de apoyo y desarrollo social enriquecerá las políticas en materia de solidaridad social e intergeneracional, atendiendo al principio de subsidiariedad; |
10. |
Señala que, como consecuencia de la evolución demográfica, existe un número significativo de voluntarios potenciales entre las personas de edad avanzada, que representan un enorme recurso sin explotar en el seno de nuestras comunidades; pide a la Comisión que fomente oportunidades para los voluntarios de mayor edad y desarrolle un «programa de mayores en acción», destinado al creciente número de ciudadanos mayores con gran experiencia que desean ser voluntarios, que pueda funcionar en paralelo y completar el programa «La juventud en acción» antes mencionado, y que promueva programas específicos para fomentar el voluntariado intergeneracional y sistemas de tutoría; |
Iniciativa por la transparencia
11. |
Pide a la Comisión y al Consejo que introduzcan en todos los Estados miembros y a nivel de la UE los balances entre generaciones como instrumentos de información y elementos para la elaboración de los indicadores de desarrollo sostenible (IDS) de Eurostat, con el fin de presentar y pronosticar de forma fiable los flujos de pagos, las prestaciones y las cargas de cada generación; |
12. |
Pide que se realice una evaluación de impacto («chequeo» de generaciones) que presente de forma obligatoria, a nivel europeo y nacional, los efectos de las leyes relativas a la equidad entre generaciones y permita una evaluación de costes y beneficios a largo plazo; |
13. |
Insta a la Comisión a presentar por separado, para permitir una planificación de las estrategias vitales de las generaciones actuales, las tendencias observadas en la actualidad en materia de tasa de dependencia y de disminución dramática de la fecundidad de los ciudadanos de los Estados miembros, que difícilmente pueden acceder a la fecundación in vitro por su elevado coste (y por la regulación del mercado de trabajo), y las repercusiones financieras de todos estos procesos; |
14. |
Pide al Instituto Europeo de la Igualdad de Género que lleve un seguimiento y analice las relaciones entre las generaciones sobre la base de indicadores de género y grupo de edad; |
Política de formación y empleo
15. |
Está convencido de que el acceso abierto y equitativo, para todas las edades, a las oportunidades de formación y a los mercados de trabajo debe ser el núcleo de una política de equidad entre las generaciones, así como el fundamento del bienestar, la independencia y la sostenibilidad; |
16. |
Teniendo en cuenta el envejecimiento de la sociedad en Europa, considera que se debe trabajar firmemente por que las personas, con independencia de su edad e incluidas las más ancianas, se incorporen al mercado de trabajo y permanezcan en él; opina que es esencial encontrar el equilibrio entre ofrecer a las personas seguridad suficiente y preservar su motivación para trabajar a cambio de un salario; piensa que, para alcanzar el máximo nivel de competencias, se debe ofrecer a todas las categorías sociales una formación de base de la mejor calidad posible y, posteriormente, las mejores oportunidades de aprendizaje permanente; |
17. |
Considera que una política de empleo que tenga en cuenta la situación de los trabajadores de edad avanzada requiere una reflexión sobre nuevas formas de organización del trabajo en las empresas, sobre las maneras de facilitar una transición progresiva hacia la jubilación mediante fórmulas flexibles, sobre la reducción del estrés, la mejora de las condiciones de trabajo y el fomento de prácticas no discriminatorias en materia de contratación y de formación profesional; |
18. |
Subraya que los cambios demográficos sitúan a la Unión Europea frente al reto de la gestión de los recursos humanos, lo que implica aplicar una política proactiva en favor del pleno empleo; |
19. |
Reconoce que el trabajo es más que un empleo asalariado, y que las personas tanto jóvenes como de mayor edad, a través del trabajo familiar y social, contribuyen en gran medida a la humanidad de nuestra sociedad y a estabilizar los servicios y el empleo; y pide a los gobiernos que faciliten y reconozcan el voluntariado, la construcción de comunidades locales y los cuidados en familia y que clarifiquen con rapidez las cuestiones relativas a la responsabilidad jurídica; |
20. |
Invita a los Estados miembros a adoptar medidas en favor del reconocimiento del trabajo invisible e informal llevado a cabo en el marco de la solidaridad intergeneracional por miembros de la familia (en su mayoría mujeres) de todas las edades que cuidan a los miembros más mayores y más jóvenes que necesitan asistencia, a nivel jurídico, social y económico (especialmente en lo que respecta a la seguridad social, la situación profesional, los ingresos y la igualdad de oportunidades para hombres y mujeres), como se indica en el informe aprobado el 8 de diciembre de 2008 por la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género; |
21. |
Se muestra firmemente convencido de que la discriminación injusta por motivos de edad en materia de empleo está muy extendida y que deben tomarse medidas con carácter prioritario para luchar contra ella, en particular mediante una aplicación efectiva de la Directiva 2000/78/CE(Directiva sobre la igualdad de trato en materia de empleo) en todos los Estados miembros y a través de medidas suplementarias no legislativas destinadas a garantizar que las personas de edad avanzada sean conscientes de sus derechos y puedan acceder a asistencia y asesoramiento jurídicos en caso necesario; |
22. |
Reconoce que, con frecuencia, las mujeres de más edad en el mercado laboral sufren discriminación directa o indirecta e incluso una discriminación de carácter múltiple, siendo esta una situación de la que hay que ocuparse adecuadamente; |
23. |
Toma nota de que, a fin de acceder a un empleo, las personas de edad avanzada deben ser capaces, en primer lugar, de llegar a su lugar de trabajo, y estima, en consecuencia, que es importante que la propuesta de directiva contra la discriminación que tiene por objeto prohibir la discriminación por motivos de edad en el acceso a bienes, instalaciones y servicios sea adoptada y aplicada lo antes posible; |
24. |
Considera que es un error que un trabajador de edad avanzada se vea obligado a dejar de trabajar contra su voluntad en razón de una decisión arbitraria sobre una edad obligatoria de jubilación; invita en consecuencia a los Estados miembros a examinar de nuevo la posibilidad de suprimir la edad de jubilación obligatoria, que impide a las personas que quieran seguir trabajando poder hacerlo, manteniendo al mismo tiempo una edad de jubilación para que aquellas personas que quieran jubilarse puedan hacerlo y aún así recibir su pensión y sus prestaciones por pensión; |
25. |
Considera que unas medidas desequilibradas dirigidas a reducir la edad media de las plantillas no lograrán una mayor innovación, como a menudo se asegura, sino que, en realidad, se trata de una reducción de gastos realizada mediante despidos de directivos con experiencia y, por tanto, altamente remunerados, lo que implica el desaprovechamiento de experiencia, conocimientos y competencias, especialmente cuando la formación de personas mayores se compensa de mejor modo confirmándolos más tiempo en los mismos empleos; |
26. |
Considera que cualquier medida referente a la edad de jubilación debería basarse en las necesidades de las personas afectadas; indica la necesidad de que se apliquen disposiciones más flexibles en materia de jubilación, que respeten las necesidades de los individuos en el contexto de una mano de obra en fase de envejecimiento y respondan a la demanda del mercado laboral; pide a los Estados miembros que concedan prioridad al desarrollo y la mejora de los regímenes de seguridad social a fin de responder a dichas necesidades; |
27. |
Lamenta que las trayectorias laborales de algunas personas sean cada vez más discontinuas e inseguras debido al trabajo a tiempo parcial y al aumento de los contratos de duración determinada, en algunos Estados miembros sin unos salarios razonables y sin derecho a seguridad social, así como al trabajo no declarado, a los empleos precarios y marginales y al desempleo, y a que la mayoría de los empleos son de difícil acceso para las personas mayores; reconoce que los períodos de trabajo, aprendizaje, cuidados o voluntariado son complementarios y aportan una valiosa experiencia a todas las edades; indica que este incremento del trabajo precario repercute también en la seguridad financiera de las generaciones actuales y pesará aún más en las generaciones futuras; pero señala, asimismo, que numerosas formas de trabajo independiente, trabajo por cuenta propia, trabajo flexible, trabajo a tiempo parcial y diferentes tipos de trabajo temporal pueden desempeñar un papel absolutamente fundamental a la hora de ayudar a muchas personas de edad avanzada a aumentar sus ingresos o garantizar una renta, por ejemplo si deben asumir el cuidado de sus familiares más próximos o sus amistades; |
28. |
Está convencido de que la flexiguridad puede contribuir al logro de unos mercados laborales más abiertos e incluyentes, y facilitar la transición entre las distintas etapas de la vida laboral, especialmente cuando se basa en la solidaridad y responsabilidad compartida entre las generaciones y tiene en cuenta las distintas necesidades y demandas de todos los grupos de renta y de edad; indica que debe prestarse atención a asegurar unos mecanismos bien regulados para ofrecer una formación adecuada, un control de los derechos de los trabajadores y el respeto de la vida familiar; indica que la flexiguridad también implica unas estrategias globales de aprendizaje a lo largo de toda la vida y unos regímenes de seguridad social adecuados, actualizados y sostenibles; |
29. |
Subraya que la seguridad de las trayectorias profesional y de formación debe estar plenamente garantizada; todos deben poder llevar una vida activa plena a lo largo de toda la vida, que dé derecho a una pensión máxima; |
30. |
Subraya que el aprendizaje permanente debe estar en el centro de todas las medidas de formación y es un deber de todas las generaciones, los poderes públicos y las empresas; pide a los Estados miembros, por tanto, que avalen sólo los sistemas de formación que se complementen con una formación práctica, incluyendo especialmente medidas en el ámbito del aprendizaje; |
31. |
Pide a la UE que aplique una política eficaz destinada a que los trabajadores de más edad tengan la posibilidad de permanecer en el mercado de trabajo y no sean objeto de discriminación por razón de su edad; |
32. |
Considera que es conveniente promover una cultura que contemple la gestión del envejecimiento en las empresas, tanto por lo que se refiere a la llegada de jóvenes empleados como a la partida de los trabajadores de edad avanzada, así como adaptar los diferentes aspectos, en particular previendo la posibilidad de una jubilación gradual, si bien teniendo en cuenta la dureza del puesto de trabajo ocupado y las condiciones en términos de trabajo, salud y seguridad; |
33. |
Está convencido de que la gestión óptima de los recursos humanos mediante la formación inicial y la permanente es responsabilidad de los agentes económicos, incluidos especialmente los sectores profesionales, que deberían, imperativamente, prever sus necesidades en materia de empleo y formación; |
34. |
Recuerda que, para que los trabajadores puedan beneficiarse plenamente, la formación permanente ha de poder ser validada con diplomas y certificados; llama la atención sobre la necesidad de generalizar la práctica de validar los conocimientos adquiridos; |
35. |
Propone que la participación de los trabajadores de edad avanzada en las estructuras de formación a lo largo de toda la vida sea objeto de una vigilancia sistemática y de una representación estadística; |
36. |
Propone que se destinen incentivos adicionales a los trabajadores y desempleados de edad avanzada para permitirles participar en programas de formación a lo largo de toda la vida, con miras a garantizar el refuerzo de su estatus o su vuelta satisfactoria al mercado laboral; |
37. |
Pide una mayor participación de las mujeres de todos los grupos de edad en los programas de aprendizaje a lo largo de toda la vida; |
38. |
Señala que, como resultado del cambio demográfico, se estima que en 2030 la relación entre población activa y no activa será de 2 a 1; pide a la Comisión y a los Estados miembros que apoyen el papel futuro de los cuidadores de familia, desarrollando iniciativas políticas que permitan a las mujeres y a los hombres lograr un equilibrio entre sus responsabilidades profesionales y las de dispensar cuidados; |
39. |
Hace hincapié en que el cambio demográfico no debe servir como justificación para socavar los derechos sociales ni desmantelar los servicios sociales, sino que, por el contrario, constituye un reto para la sociedad actual, debiéndose equilibrar dichos derechos sociales y servicios sociales entre las generaciones activas e inactivas; insta a los Estados miembros a simplificar la legislación social, a fin de hacerla más flexible, más accesible y más comprensible tanto para los empleadores como para los trabajadores; |
40. |
Considera que la Comisión debería respaldar la aplicación de nuevas iniciativas en favor de una vejez activa, saludable y digna a través de los programas e instrumentos políticos existentes de la Unión Europea; |
Iniciativa «Garantía juvenil europea»
41. |
Subraya que el desempleo juvenil es uno de los problemas más acuciantes, pues conduce a la pérdida de oportunidades, a la exclusión social, al aumento de los costes sociales y al desaprovechamiento de valiosos recursos humanos, lo que constituye una de las principales causas sociales de la disminución de la tasa de natalidad y alimenta la espiral de las desigualdades entre generaciones; subraya la necesidad de reducir los intervalos de tiempo que existen cuando los jóvenes se trasladan de una institución educativa a otra o hasta que encuentran un empleo tras finalizar sus estudios; y observa que es muy importante garantizar la inclusión social de los jóvenes, ofrecerles la posibilidad de aprender una profesión adecuada y promover el espíritu empresarial entre los jóvenes; |
42. |
Subraya la necesidad de que los jóvenes tengan expectativas a largo plazo, y pide a la Comisión y a los Estados miembros que tomen medidas para promover la movilidad educativa y unos periodos de prácticas de calidad para los jóvenes, que creen más empleo y oportunidades para los jóvenes y garanticen su plena participación en la sociedad, que inviertan en la juventud y fomenten las oportunidades para los jóvenes de manera que la futura generación pueda disfrutar plenamente de los derechos y de la dignidad que les corresponden; |
43. |
Subraya que el desempleo juvenil y, sobre todo, las desigualdades entre regiones en términos de desarrollo, son obstáculos para lograr la cohesión territorial; |
44. |
Subraya que las tendencias demográficas darán lugar a una escasez de mano de obra cualificada, que en gran medida puede contrarrestarse mediante el empleo de trabajadoras cualificadas; en este sentido, los gobiernos y los empleadores deben cambiar de mentalidad y tomar medidas para adaptar más estrechamente el marco y las condiciones de empleo a las necesidades de las mujeres; |
45. |
Subraya que se debe prestar especial atención a los comienzos de la carrera laboral de los jóvenes y se debe alentar plenamente su satisfactoria incorporación al mercado de trabajo, ya que una incorporación insatisfactoria puede tener consecuencias para el resto de la vida de los jóvenes y para su actividad en el mercado de trabajo; |
46. |
Pide al Consejo y a la Comisión que redoblen sus esfuerzos y elaboren medidas concretas, entre ellas una garantía juvenil europea que garantice el derecho a recibir una propuesta de trabajo, un período de prácticas, formación adicional o un período combinado de trabajo y formación, tras un máximo de cuatro meses de desempleo, a condición de que los interesados también apoyen con su esfuerzo individual el proceso de integración social; |
47. |
Considera conveniente que se dé a los jóvenes trabajadores desempleados el asesoramiento, las orientaciones y la ayuda que necesiten para reincorporarse al mercado laboral (o para encontrar un primer empleo), así como a los estudiantes o futuros estudiantes, de modo que puedan elegir su carrera profesional en el pleno conocimiento de las eventuales oportunidades de empleo; |
Iniciativa europea por un pacto para los mayores de 50 años
48. |
Pide a los Estados miembros y a la Comisión que velen por que en la ampliación de la estrategia 2020 de la UE se consigan los siguientes objetivos para 2020:
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Iniciativa AGE (gestión de la edad)
49. |
Opina que la empleabilidad de las personas de más edad también depende de las iniciativas en los ámbitos de la salud, el nivel de ingresos y las compensaciones en especie o metálico a modo de comparación con las pensiones y otras ventajas de la jubilación, cursos de formación, modalidades de tiempo de trabajo, autonomía y opciones individuales para los trabajadores, mejor equilibrio entre el trabajo y el ocio, la satisfacción en el trabajo y el comportamiento de los directivos, así como la garantía de un alojamiento razonable, que sean coherentes con las disposiciones de la Directiva 2000/78/CE, y en el ámbito de la accesibilidad, y que tales iniciativas se elaboren conjuntamente entre los interlocutores sociales, cuando proceda, para todos los empleados, y que cuenten con el apoyo de la Comisión y de los Estados miembros; |
50. |
Considera que los Estados miembros deben alentar a las empresas a adoptar estrategias de gestión de la problemática de la edad, que aumentarán su competitividad al sacar provecho de la experiencia y las cualidades específicas de los trabajadores de edad avanzada; |
51. |
Sugiere a los interlocutores sociales, a los empleadores y a los Estados miembros que garanticen a los trabajadores de más de 50 años la posibilidad de beneficiarse de promociones profesionales hasta el final de su vida activa; |
Iniciativa «tándem de generaciones»
52. |
Pide iniciativas concretas para fomentar los equipos con mezcla de edades en el proceso de trabajo; insta a que se anime a las empresas a adoptarlas y a premiar a los proyectos con éxito, demostrando que la mezcla de generaciones aumenta la competitividad y permite un crecimiento más armonioso; |
53. |
Propone emprender iniciativas concretas a fin de crear una nueva cultura de empresa con respecto a la gestión de recursos humanos, en aras de una orientación hacia el empleo de los trabajadores de edad y el establecimiento de un vínculo entre este enfoque y la responsabilidad social de las empresas; |
54. |
Está convencido de que los Estados miembros pueden incrementar la eficacia de las agencias públicas de empleo para los desempleados de edad avanzada, incluidas las opciones relativas al empleo social y al trabajo de servicio público; |
Iniciativa «Por una jubilación digna»
55. |
Está convencido de que la jubilación es un derecho que todo trabajador puede hacer valer a partir de la edad legal de jubilación fijada en cada Estado miembro, en concertación con los interlocutores sociales y en el respeto de las tradiciones nacionales; considera que, en caso de que decidan no ampliar su vida laboral más allá de la edad legal nacional de jubilación, ello no debería ir en detrimento de sus derechos de pensión u otros derechos sociales; |
56. |
Pide al Consejo y a los Estados miembros que, de aquí a 2012, examinen sin prejuicios y deroguen los límites de edad y las deficiencias tenidas en cuenta para el ejercicio de profesiones y mandatos o para la concesión de créditos y la celebración de contratos de seguros; pide al Consejo y a los Estados miembros que estudien las dificultades de acceso al crédito experimentadas por las personas de edad; |
Iniciativa «prolongación de la vida activa»
57. |
Pide a la Comisión que examine las actividades en el ámbito del envejecimiento saludable y que presente en 2011 un plan de acción para:
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58. |
Celebra que numerosas organizaciones de voluntariado hayan declarado el 29 de abril como día de la solidaridad entre las generaciones, y pide a la Comisión que presente una propuesta con vistas a declarar 2012 «Año europeo de la solidaridad entre generaciones», con el fin de destacar la contribución de las personas de edad a la sociedad y de crear oportunidades para que los jóvenes y las personas de edad trabajen conjuntamente; |
59. |
Considera que los Estados miembros deben hacer del envejecimiento activo una de sus prioridades para los próximos años; indica que ello incluye, en particular, crear las condiciones propicias para el desarrollo del potencial de las personas de edad avanzada e imaginar maneras originales de diseñar las acciones que deben llevarse a cabo, así como una adecuada formación para el personal de los servicios de apoyo; |
60. |
Considera que el envejecimiento activo debe ser entendido en la perspectiva más amplia de la empleabilidad sostenible de los hombres y las mujeres durante toda la vida activa y, a fin de alentar a los trabajadores de edad avanzada para que mantengan un empleo, es necesario sobre todo mejorar las condiciones de trabajo con el fin de preservar su salud y su seguridad o adaptar el lugar de trabajo a su estado de salud y a sus necesidades, luchar contra la discriminación por motivos de edad y género, actualizar sus competencias proporcionándoles oportunidades adaptadas de educación y aprendizaje permanente y revisar, si procede, el régimen fiscal y el de las prestaciones sociales de manera que inciten realmente a trabajar más tiempo; |
61. |
Considera que los Estados miembros y la Comisión deben aprovechar todas las posibilidades que brindan el método abierto de coordinación, la Estrategia de Empleo y otros instrumentos y programas comunitarios, y fomentar el envejecimiento activo, incluido el respaldo financiero de los Fondos estructurales, y en particular del Fondo Social Europeo; |
62. |
Considera que los Estados miembros y la Comisión deben recurrir a los comités consultivos y comités de políticas existentes, con inclusión del Comité de Protección Social, el Comité de Empleo, el Comité de Política Económica y el grupo de expertos en problemas demográficos, para que el envejecimiento activo mantenga un lugar preferente en la agenda política de la Unión y de los Estados miembros; |
63. |
Pide al Consejo y a los Estados miembros la rápida adopción de medidas para garantizar a todos una pensión digna, que en ningún caso podrá situarse por debajo del umbral de la pobreza; |
64. |
Pide a la Comisión que elabore un estudio sobre la eficacia y las ventajas de una participación activa de los trabajadores de edad avanzada en el mercado laboral con respecto a la viabilidad de los regímenes de seguridad social, la promoción de la productividad y el crecimiento y la lucha contra la exclusión social; |
Políticas de compatibilización
65. |
Subraya que, a fin de evitar imponer una carga desproporcionada a las mujeres en razón del aumento de los cuidados necesarios en una sociedad en fase de envejecimiento, se deben poder compatibilizar las responsabilidades laborales y familiares en todos los Estados miembros y se ha de velar por que se repartan de manera equilibrada entre mujeres y hombres; subraya que eso también requiere una oferta de atención asequible y de calidad, la mejora de la oferta en materia de educación y cuidado de niños, la existencia de un permiso parental y la promoción del trabajo a tiempo parcial entre los hombres; |
66. |
Hace hincapié en que las personas de edad avanzada a menudo desempeñan un papel importante en la familia, ocupándose de los niños y acogiéndoles durante las vacaciones escolares y después del colegio, lo cual es muy valioso en sí mismo y representa un valor económico significativo; |
67. |
Reconoce la necesidad de adoptar medidas para mejorar las normas que regulan no solo el permiso de maternidad, sino también el permiso de paternidad y el permiso parental para los padres trabajadores; |
68. |
Llama la atención sobre el hecho de que es necesario crear en toda la UE instrumentos para aumentar la natalidad, ya que de no ser así, no podrá resolverse el problema del envejecimiento en Europa; |
69. |
Anima a los Estados miembros a que adopten iniciativas estructurales permanentes a favor de las familias, como, por ejemplo, mayores derechos de pensión, especialmente medidas de apoyo para las madres sin pareja, y reducción de impuestos por las guarderías en las empresas, así como para las organizaciones de voluntariado, de cooperación y sin ánimo de lucro; también debe realizarse un intercambio de buenas prácticas en el marco de la alianza europea a favor de la familia y de otras plataformas y organizaciones pertinentes; pide a los Estados miembros que pongan en marcha, en favor de los trabajadores, sistemas que incentiven los permisos a tiempo completo o a tiempo parcial para que los padres puedan ocuparse de sus hijos, sin perder sus derechos a la vuelta a la empresa; |
70. |
Pide a los Estados miembros que reduzcan la carga que pesa sobre quienes cuidan a personas de edad avanzada o a personas con discapacidad y que, para permitir que los cuidadores accedan a un empleo, establezcan sistemas integrados de cuidados; |
71. |
Opina que el derecho al trabajo a tiempo parcial, un lugar de trabajo flexible, un horario de trabajo adaptado a las necesidades de los trabajadores y el trabajo compartido asociado al mantenimiento de un nivel elevado de protección social contribuyen a la conciliación de las responsabilidades asistenciales y la vida laboral; |
72. |
Considera fundamental promover la solidaridad entre las generaciones, especialmente en el contexto de la dimensión de género, mediante políticas fiscales específicas, medidas para alentar el envejecimiento activo, políticas de vivienda y creación de redes integradas de servicios para los niños, los ancianos y las personas con discapacidad y dependientes, a fin de mejorar el equilibrio entre la vida profesional y la personal; |
73. |
Subraya que solo es posible compaginar la vida laboral y la vida familiar si los servicios de asistencia no remunerados se dividen de manera más equitativa entre mujeres y hombres y si se facilitan a las familias unos servicios de atención de calidad que sean accesibles y asequibles; pide a los Estados miembros que garanticen unos servicios accesibles, asequibles, flexibles y de alta calidad y, en particular, el acceso a los servicios de guarderías infantiles, con objeto de garantizar la cobertura del 50 % de los cuidados necesarios para los niños de 0 a 3 años y del 100 % de la atención para los niños de 3 a 6 años, así como un mejor acceso a la asistencia para otras personas dependientes y modalidades adecuadas de permiso parental para las madres y los padres; |
74. |
Recuerda que muchas personas de edad avanzada no pueden contar más que con unos pocos parientes, si es que tienen alguno, y pide a los Estados miembros que tomen medidas adicionales en favor del intercambio de buenas prácticas en materia de estrategias que permitan a las personas de edad avanzada seguir siendo autónomas el mayor tiempo posible y que se aseguren de que cuando los servicios asistenciales sean indispensables estén disponibles y sean adaptados a las necesidades individuales; |
75. |
Llama la atención sobre el hecho de que si en el mercado de trabajo no se dan las condiciones para compatibilizar la vida profesional, familiar y privada y si no se fomenta el desarrollo de servicios integrales a las familias, disminuirá la fecundidad, con lo que se agudizará aún más el envejecimiento de la sociedad europea; |
76. |
Pide a las empresas y al Estado que desarrollen un apoyo y un asesoramiento de calidad para los miembros de familia que estén al cuidado de sus familiares ancianos y ofrezcan la posibilidad de tener en cuenta estas prestaciones para el cálculo de sus derechos de pensión y obtener una compensación económica adecuada; considera que no debe abusarse de los cuidados dispensados por los familiares como modelo de ahorro; |
Política económica y crecimiento
77. |
Considera que la apertura de nuevos mercados en el sector de la economía de los «senior» constituye una gran oportunidad para mejorar la competitividad y la capacidad de innovación, así como para aumentar el crecimiento y el empleo y para un mayor voluntariado; considera que, oponiéndose a las propuestas legislativas en materia de lucha contra la discriminación por motivos de edad, muchas organizaciones profesionales que aglutinan a otras del sector han pasado por alto esa oportunidad; |
78. |
Considera que, para abordar la brecha digital —que afecta particularmente a las mujeres, y especialmente a las mujeres mayores, y que conduce a la exclusión profesional y social— se podría recurrir a iniciativas experimentales para la alfabetización tecnológica organizadas por las escuelas; |
79. |
Considera que la adopción de nuevas disposiciones estrictas contra la discriminación por lo que se refiere al acceso a bienes y servicios dará lugar a enormes oportunidades para el crecimiento económico y el empleo, en la medida en que desaparecerán las barreras a las que se enfrentan las personas de edad avanzada respecto de determinados bienes o servicios; pide que se ponga fin a las prohibiciones generales injustas o excesivas de acceso a bienes y servicios sobre la mera base de la edad a las que se enfrentan muchas personas de edad avanzada, por ejemplo, al intentar contratar un seguro, reservar vacaciones o alquilar un coche; |
80. |
Pide a los Estados miembros que creen las condiciones marco, en particular acciones innovadoras, que tengan en cuenta las distintas condiciones regionales; |
81. |
Considera que es necesario actuar más cerca de los ciudadanos, por ejemplo creando servicios de empleo regionales, territoriales o locales que reúnan a los responsables políticos de la toma de decisiones y a los interlocutores sociales; |
82. |
Considera que los Estados miembros deben adoptar medidas enérgicas contra la economía sumergida o subterránea sustentada por la mano de obra no declarada, cuyos efectos en el mercado de trabajo europeo son más que desastrosos, y no contentarse con tomar medidas para proteger a sus propios trabajadores; considera que es necesario luchar contra el trabajo no declarado a través de medidas o sanciones verdaderamente disuasorias para con los empleadores o los intermediarios; |
83. |
Pide esfuerzos por mejorar la lucha contra el trabajo ilegal, sobre todo poniendo más recursos humanos y materiales a disposición de los organismos de control (servicios de inspección de empresas, tribunales laborales, etc.); |
Política de pensiones y presupuesto
84. |
Llama la atención sobre el hecho de que los regímenes de seguridad social deben hacer frente a importantes exigencias, y que los Estados miembros deben proceder a realizar reformas estructurales ambiciosas y a buscar nuevas formas de financiación sostenible de la atención sanitaria y de las pensiones; |
85. |
Considera, habida cuenta de que el rápido envejecimiento de la población se está convirtiendo o se ha convertido en un problema en todo el mundo, lo que plantea desafíos que los Estados miembros tendrán que resolver en los próximos años, que la Comisión debería asumir un papel de coordinación a la hora de elaborar soluciones para los servicios de sanidad y cuidados para las personas de edad y de difundir las mejores prácticas entre los Estados miembros; |
86. |
Pide que se tomen más medidas para garantizar que las personas de edad avanzada son conscientes de sus derechos y obligaciones con respecto a los regímenes de seguridad social y los planes de pensiones y que dicha información esté disponible en un formato simple y accesible; |
87. |
Subraya que el derecho a una vida digna es uno de los derechos humanos y que las personas que han trabajado durante toda su vida no deben ser víctimas de la crisis económica; |
88. |
Destaca que se ha de abordar la cuestión de la brecha salarial por razones de género que existe entre los hombres y las mujeres y que asciende actualmente al 17 % en la UE 27, porque sus consecuencias se traducen en un nivel inferior de ingresos a partir del nacimiento del primer hijo y, en último término, en unas pensiones de jubilación más bajas y una tasa de pobreza más elevada entre las mujeres de edad avanzada; |
89. |
Pide a la Comisión y a los Estados miembros que reexaminen los sistemas de seguridad social en los que todavía persisten grandes desigualdades de niveles de pensión entre hombres y mujeres, y que consideren la posibilidad de introducir coeficientes de corrección que tengan en cuenta las diferencias en las contribuciones vinculadas al trabajo temporal o a las responsabilidades de la maternidad; |
90. |
Subraya la necesidad de tener en cuenta, en este ámbito de la política social, las prácticas de todos los Estados miembros de la UE, dadas las diferencias entre los sistemas de jubilación nacionales en los Estados miembros; |
91. |
Subraya que la reducción de las cargas cada vez mayores que pueden esperar las generaciones futuras es una prioridad fundamental, habida cuenta del aumento espectacular del número de personas mayores de 80 años (los ancianos); |
92. |
Toma nota de las repercusiones de la recesión mundial en las finanzas públicas y en la economía en general; considera, además, que el envejecimiento de la población, combinado con la disminución de la tasa de natalidad en Europa, constituye un profundo cambio demográfico que exigirá una reforma de los sistemas de protección social y fiscales de Europa, incluidos los regímenes de pensiones, que preste una asistencia adecuada a la generación de los mayores y evite, al mismo tiempo, que se acumule una onerosa deuda para las generaciones más jóvenes; alienta una reforma del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, con el fin de que los Estados miembros puedan cumplir con su obligación de hacer más sostenibles sus regímenes de pensiones; |
93. |
Observa que numerosas cuestiones relacionadas con el cambio demográfico en la sociedad son competencia exclusiva de los Estados miembros, y que no existe ninguna competencia general de la Comunidad que la faculte para elaborar normas europeas que permitan abordar el cambio demográfico; reconoce la necesidad de que cada Estado miembro adopte medidas para garantizar la sostenibilidad de sus finanzas públicas, a fin de poder gestionar adecuadamente el cambio demográfico; |
94. |
Observa que en los últimos años se han utilizado diversos métodos de contabilidad intergeneracional, haciendo proyecciones de la evolución de la deuda pública en las próximas décadas, y que se han utilizado costes implícitos para las generaciones futuras que ponen de relieve indicadores de brechas de sostenibilidad, por ejemplo, el saldo primario necesario, que representa el saldo presupuestario preciso para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas; |
95. |
Pide a la Comisión que facilite una contabilidad intergeneracional continua con estimaciones de la carga futura de la deuda y las brechas de sostenibilidad en las finanzas públicas de los Estados miembros y que publique los resultados de un modo fácilmente accesible y comprensible; |
96. |
Señala que las proyecciones de deuda actuales son alarmantes y cargarán unas deudas ingentes sobre las generaciones futuras, y pide, por consiguiente, a los Estados miembros que recorten sus déficits estructurales primarios y avancen hacia un coeficiente de deuda más sostenible; |
97. |
Recomienda que los Estados miembros presenten medidas para incrementar la productividad general, en especial la productividad de las prestaciones sociales, incluidos los servicios sanitarios y los cuidados a las personas de edad avanzada; |
98. |
Señala que, si todos los años de esperanza de vida ganados se pasaran con buena salud en lugar de con enfermedades, la brecha de sostenibilidad de las finanzas públicas sería, según algunos cálculos, inferior en un 1,5 % del PIB, por lo que es de la mayor importancia prevenir los problemas de salud y tratarlos precozmente; |
99. |
Expresa su preocupación ante la ausencia de reforma de los regímenes de pensiones de muchos Estados miembros; pide a la Comisión que presente un análisis de la situación en todos los Estados miembros que subraye los riesgos a largo plazo para cada Estado miembro; |
100. |
Hace hincapié en la necesidad de que los Estados miembros aumenten la participación en el mercado laboral a través de horarios de trabajo flexibles y la promoción del trabajo a tiempo parcial y del teletrabajo; |
101. |
Alienta a los Estados miembros a apoyar a todas las familias en sus sistemas fiscales y de protección social y a fomentar la prestación de servicios de atención a los niños para las familias con hijos pequeños; |
102. |
Alienta a los Estados miembros a suprimir todas las medidas, en particular las relativas a los impuestos y las pensiones, que disuaden a las personas mayores de seguir trabajando tras la edad de jubilación y alienta a que se establezcan mecanismos e incentivos eficaces de apoyo, pues el impacto del envejecimiento depende de la tasa de empleo y del número medio de horas de trabajo; |
103. |
Opina, habida cuenta de las tendencias demográficas, que en el ámbito de los servicios sociales y de asistencia sanitaria hay un gran potencial de creación de empleos con condiciones sostenibles y decentes; |
Política de migración
104. |
Considera que la inmigración, combinada con el éxito de la integración, contribuye a contrarrestar los efectos del cambio demográfico, pero que todavía demasiadas personas con origen en la inmigración no tienen un sentimiento de pertenencia con respecto a los Estados miembros en los que viven, en parte debido a las discriminaciones que padecen; |
105. |
Se muestra convencido de que un debate abierto y sincero es esencial para discutir las distintas políticas de inmigración, las condiciones de admisión de los inmigrantes y sus perspectivas económicas, los problemas que plantea la inmigración ilegal, el aumento del desempleo entre los inmigrantes debido a la crisis económica actual y las medidas destinadas a evitar el aislamiento cultural y social de los recién llegados; |
106. |
Destaca que, a pesar de su capacidad para integrarse con mayor facilidad, las personas de edad avanzada tienen naturalmente una menor movilidad social y capacidad de adaptación a nuevos entornos; |
107. |
Está convencido de que el éxito de la integración requiere un sentido de la identificación con arreglo a las tradiciones democráticas y a los valores constitucionales fundamentales, así como una participación basada en unas oportunidades y responsabilidades equitativas, y que sólo podrá conseguirse con la disposición a la adaptación de los inmigrantes y la disposición a la aceptación de la población local, y que la solidaridad entre generaciones se enriquece con la solidaridad entre culturas, que requiere el abandono de todo prejuicio frente a culturas diferentes; |
108. |
Considera que la instauración de un clima propicio a la aceptación de inmigrantes legales por la población del país de acogida depende directamente del suministro de información exacta y completa y de la creación de una cultura contra la xenofobia; |
109. |
Se muestra convencido de que un envejecimiento activo debe implicar la plena participación en la vida social y en los procesos de toma de decisiones de la democracia participativa; |
Políticas sanitarias y sociales
110. |
Opina que el cambio demográfico aumenta las desigualdades regionales y conduce a procesos de emigración a partir de las regiones rurales y periféricas, por lo que debe desarrollarse un enfoque para la transformación de las estructuras de atención social y médica, asignar dinero a incentivos y proceder al intercambio intensivo de mejores prácticas relativas al apoyo a los progresos y a los servicios basados en tecnologías avanzadas de la información y de la comunicación; |
111. |
Considera que se deben promover y organizar los servicios de asistencia a domicilio para las personas ancianas, fomentando las actividades autónomas y cooperativas, sobre la base de acuerdos con las autoridades locales y la introducción de bonos específicos para las familias; |
112. |
Pide a los Estados miembros y a la Comisión que, ante el envejecimiento ineluctable de la población, cooperen estrechamente, especialmente en el establecimiento de mecanismos sostenibles de financiación de los sistemas de cuidados, con el fin de garantizar la prestación de los cuidados necesarios; |
113. |
Señala que la discriminación contra las personas de edad avanzada en la atención sanitaria es notable; indica que los pacientes de más edad tienen menos probabilidades que los más jóvenes de recibir la atención necesaria debido a una discriminación basada únicamente en la edad; considera que estas diferencias en términos de atención médica pueden tener un impacto significativo en la salud de las personas mayores; |
114. |
Llama la atención sobre el hecho de que los países del oeste y del este de la Unión Europea se ven afectados de modo distinto por el cambio demográfico y sus consecuencias, y de que es necesaria una política que garantice un crecimiento uniforme y equilibrado así como un desarrollo regional sostenible; |
115. |
Insta a los Estados miembros a que apoyen a las regiones con emigración neta garantizando un alto nivel en los servicios básicos de interés general (por ejemplo, educación —preescolar y atención a la infancia incluidas—, sanidad, bienestar y servicios postales), aseguren la accesibilidad (por ejemplo mediante transportes públicos, infraestructuras de transporte y redes de telecomunicaciones) y garanticen la participación y los conocimientos (por ejemplo mediante la formación, incluyendo métodos de aprendizaje a lo largo de toda la vida, y el uso de nuevas tecnologías y la inversión en las mismas; insiste en que las condiciones marco para el cumplimiento de esas tareas se adapten a las necesidades locales y a los actores locales y en que se mejore su la adaptabilidad de estos; destaca, en particular, la situación de las islas, las regiones fronterizas, las regiones montañosas y otras zonas alejadas de los núcleos de población; |
116. |
Pide a los Estados miembros que reflexionen acerca de una inmigración de la mano de obra regulada (inmigración desde terceros países hacia la UE); |
117. |
Subraya que, con independencia del nivel de ingresos, la edad, la situación social o los problemas de salud, las personas deben contar con una atención médica asequible y de calidad y con cuidados de calidad y que, para lograrlo, la nueva propuesta legislativa europea de lucha contra la discriminación debe adoptarse a la mayor brevedad, ya que se centra sobre todo en el acceso a los servicios sanitarios; |
118. |
Acoge con satisfacción el proyecto Predict (mejora de la participación de las personas de edad avanzada en los ensayos clínicos), financiado por la Unión Europea, que trata de determinar por qué se sigue produciendo discriminación contra las personas mayores en los ensayos clínicos; considera que las personas de edad avanzada deben beneficiarse de unos medicamentos cuya eficacia e inocuidad para su grupo de edad haya sido probada; |
119. |
Reconoce las prestaciones de atención a las personas de edad en los Estados miembros, pero les pide que presten mayor atención que antes al establecimiento de criterios cualitativos para los servicios prestados y para el seguimiento de estos; piensa que los Estados miembros y la Comisión deben mejorar asimismo su cooperación en el ámbito de la vigilancia de los servicios de cuidados, cooperación en cuyo marco los Estados miembros podrían estudiar, por lo que respecta a los servicios nacionales de cuidados, la creación de una red de puntos de contacto a través de los cuales se podría obtener, tanto a nivel nacional como europeo, información sobre los servicios de cuidados ofertados y su nivel de calidad, y se podrían formular quejas sobre la calidad de estos servicios; |
120. |
Pide a la Comisión que prepare un Libro Verde sobre los malos tratos a las personas de edad avanzada y la protección de las mismas en la comunidad y en las residencias; |
121. |
Pide, mediante el método abierto de coordinación, un intercambio de información y mejores prácticas entre los Estados miembros en lo que concierne a la prestación de cuidados a largo plazo para las personas de edad avanzada y, en particular, medidas para proteger a dichas personas en la comunidad y en las residencias y luchar contra su maltrato; |
122. |
Reconoce que un gran número de mujeres migrantes trabajan en el sector de la atención a las personas de edad, y propone, por una parte, intensificar los controles realizados por los Estados miembros para limitar el trabajo no declarado en este sector y, por otra, permitir a los trabajadores de dicho sector acceder con mayor facilidad a los seminarios pertinentes en el marco del aprendizaje a lo largo de toda la vida, a fin de garantizar la prestación de una atención de calidad elevada; |
123. |
Pide a los Estados miembros que aborden los problemas a los que se enfrentan los cuidadores familiares, incluido el derecho a decidir libremente cuidar de un ser querido, la posibilidad de combinar las responsabilidades familiares y el empleo remunerado o el acceso a las prestaciones sociales y a los planes de pensiones, a fin de evitar el empobrecimiento como consecuencia directa del cuidado de un ser querido; |
124. |
Subraya la importancia de una seguridad social individualizada y de derechos de pensión que reconozcan el trabajo no retribuido; |
125. |
Considera necesario establecer un código de conducta a nivel de la UE que defina normas y prestaciones mínimas para la prestación de cuidados de larga duración, que deberán aprobar el PE y el Consejo; |
Participación en la vida social
126. |
Considera que toda persona debe tener la posibilidad de participar en la vida social; subraya, sin embargo, que la participación en la vida social debe ser siempre un compromiso voluntario; |
127. |
Destaca que, con la evolución demográfica, la idea central de una ciudadanía activa cobra cada vez más importancia y, a este respecto, la asunción de obligaciones sociales requiere una redefinición de la relación entre ciudadanos y Estado; |
128. |
Considera que los cuidados dispensados requieren un alto nivel de cualificación y cierto grado de responsabilidad por parte de los cuidadores profesionales, algo que debe reconocerse desde un punto de vista social y económico; y considera que sólo entonces será posible mantener a largo plazo los niveles de calidad y contratar a suficientes cuidadores profesionales cualificados y motivados; |
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129. |
Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros. |
(1) DO C 115 de 14.4.1997, p. 238.
(2) DO C 104 de 6.4.1998, p. 222.
(3) DO C 232 de 17.8.2001, p. 381.
(4) DO C 292 E de 1.12.2006, p. 131.
(5) DO C 305 E de 14.12.2006, p. 141.
(6) DO C 279 E de 19.11.2009, p. 23.
(7) DO C 184 E de 6.8.2009, p. 75.
(8) DO C 9 E de 15.1.2010, p. 11.
(9) DO C 137 E de 27.5.2010, p. 68.
(10) DO C 161 de 13.7.2007, p. 66.
(11) Cedefop, serie Panorama, 159. Luxemburgo, Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, 2008.
(12) Luxemburgo, Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, 2010.
(13) Cedefop, serie Referencia. Luxemburgo, Oficina de Publicaciones de la Unión Europea, 2009.
(14) DO L 303 de 2.12.2000, p. 16.