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Document C2016/442A/01

Convocatoria de manifestaciones de interés para la selección de miembros externos del Comité de Seguimiento de las Auditorías (CSA) — Asesor especial en virtud del artículo 5 del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea: miembro externo del Comité de Seguimiento de las Auditorías (CSA) de la Comisión Europea

OJ C 442A, 29.11.2016, p. 1–4 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

29.11.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 442/1


Convocatoria de manifestaciones de interés para la selección de miembros externos del Comité de Seguimiento de las Auditorías (CSA)

Asesor especial en virtud del artículo 5 del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea: miembro externo del Comité de Seguimiento de las Auditorías (CSA) de la Comisión Europea

(2016/C 442 A/01)

 

I.    Quiénes somos

EL CSA asiste al Colegio de Comisarios de la Comisión Europea en el cumplimiento de sus obligaciones en virtud de los Tratados y otros instrumentos legales, asegurando la independencia del Servicio de Auditoría Interna (SAI), controlando la calidad de las tareas de auditoría interna y asegurando que las recomendaciones de auditoría por parte de las DG y los servicios de la Comisión se tengan debidamente en cuenta y reciban un seguimiento adecuado. El CSA informa al Colegio de Comisarios y contribuye a la mejora de la eficiencia y la eficacia de la institución en la consecución de sus objetivos, contribuyendo además a la junta de supervisión de la gobernanza, la gestión del riesgo y las prácticas de control interno de la Comisión Europea.

El CSA es un órgano de control y no tiene poderes de gestión. Está compuesto por miembros de la Comisión Europea y miembros externos con experiencia profesional demostrada en auditoría y campos relacionados, y está presidido por el vicepresidente primero de la Comisión Europea. Los miembros externos serán nombrados oficialmente tras un procedimiento de selección abierto y transparente, por un período máximo de cuatro años, renovable una sola vez.

La información completa sobre el mandato del CSA está recogida en su Carta (disponible en inglés, alemán y francés):

http://ec.europa.eu/dgs/internal_audit/about/what-we-do/index_en.htm

II.    Qué ofrecemos

El CSA aspira a establecer una lista de reserva y a contratar candidatos con probada experiencia profesional en auditoría y campos relacionados como miembros externos en función de las necesidades del CSA. La inclusión en la lista de reserva no garantiza la contratación.

Se espera que cada miembro externo dedique aproximadamente unas 30-45 jornadas completas al año a sus responsabilidades, incluidas unas diez a quince reuniones anuales que tendrán lugar en Bruselas. Los miembros externos serán designados asesores especiales con arreglo a las normas de la Comisión y serán retribuidos por días según lo establecido en las «condiciones de empleo».

Los candidatos seleccionados contribuirán a la rigurosa supervisión de una gran organización internacional con vistas a seguir aumentando la eficacia y la eficiencia de la gobernanza, la gestión de riesgos y las prácticas de control interno.

Como expertos reconocidos en este campo, los miembros externos contribuyen y participan activamente en las actividades del CSA, principalmente asistiendo al grupo preparatorio, así como a las reuniones del CSA propiamente dichas, con arreglo al programa de trabajo anual adoptado por la Comisión y el orden del día propuesto por el presidente. El CSA celebra al menos tres reuniones al año, incluidas algunas reuniones preparatorias. Los documentos de referencia se proporcionarán y las reuniones se llevarán a cabo en inglés.

Aunque el CSA no tiene poder de gestión, puede, en todo momento, informar a la Comisión sobre cualquier cuestión que surja del trabajo del Comité.

III.    Qué buscamos

Criterios de admisibilidad

Para ser admitidos en la fase de selección, los candidatos deben cumplir los criterios formales siguientes en el plazo previsto para la presentación de las candidaturas:

nacionalidad: tener la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea,

título o diploma universitario: poseer

un nivel de formación que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios acreditado mediante un título o diploma, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de cuatro años o más, o bien

un nivel de formación que corresponda a un ciclo completo de estudios universitarios acreditado mediante un título o diploma y una experiencia profesional apropiada de al menos un año, cuando la duración normal de la enseñanza universitaria sea de al menos tres años (esta experiencia profesional de un año no puede incluirse en la experiencia profesional postuniversitaria que se exige a continuación),

experiencia profesional pertinente: poseer al menos 15 años de experiencia adquirida con posterioridad a la obtención de las cualificaciones mencionadas anteriormente, de los cuales como mínimo cinco años deberán haber sido desempeñados en ámbitos relacionados con la auditoría, el derecho, la economía y/o las finanzas,

lenguas: poseer un profundo conocimiento de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea y un conocimiento satisfactorio de al menos otra de ellas,

independencia y conflicto de intereses: ser independiente en el ejercicio de sus funciones; no podrá existir ningún conflicto de intereses entre sus funciones como miembro externo y otras posibles funciones oficiales.

Criterios de selección

Los miembros externos se seleccionarán sobre la base de sus cualidades personales y profesionales y su amplia y demostrada experiencia en auditoría y campos relacionados.

Criterios esenciales:

un alto y demostrado nivel de competencia y una sólida experiencia en el ámbito de la auditoría, preferiblemente con experiencia en el Tribunal de Cuentas Europeo o en los organismos de auditoría de servicios públicos nacionales y/o en empresas auditoras del sector privado,

un excelente conocimiento de las normas internacionales de auditoría interna y de control interno y los marcos de gestión de riesgos,

cualificación profesional en el ámbito de la auditoría,

integridad, buen criterio y una elevada capacidad de análisis, gran capacidad para la reflexión estratégica y habilidades para ejercer un control constructivo basándose en una experiencia más amplia,

excelente capacidad de comunicación oral y escrita que permita dirigir debates e impugnar las posiciones de los auditados y comunicarse claramente con los interlocutores internos en la preparación y en el curso de las reuniones preparatorias del grupo y del CSA.

Criterios deseables:

profundo conocimiento de las instituciones de la UE y del papel de la Comisión Europea,

muy buen conocimiento del Reglamento Financiero de la UE y de la estructura de aprobación de la gestión y las normas, la gobernanza y los procedimientos de la Comisión Europea, así como de sus responsabilidades y operaciones.

IV.    Independencia y declaración de intereses

En el desempeño de sus cometidos, los miembros externos deberán actuar con independencia y no solicitar ni aceptar instrucciones de las instituciones u organismos de la Unión Europea, ni de ningún otro organismo público o privado. Antes de asumir sus funciones, deberán presentar:

una declaración por la que se comprometan a actuar con independencia y en pro del interés público,

una declaración en la que se enumeren todas los demás actividades que lleven a cabo, y

una declaración relativa a cualesquiera intereses que pudieran considerarse perjudiciales para su independencia.

Al presentar su candidatura, los candidatos confirman estar dispuestos a proporcionar estas declaraciones.

V.    Condiciones de designación

La Comisión Europea creará una lista de reserva y nombrará a los miembros externos sobre la base de un procedimiento de selección. A tal fin, establecerá un comité de selección que evaluará todas las candidaturas.

Los candidatos más cualificados que se considere presentar el perfil más adecuado pueden ser convocados a una entrevista. Tras dicha entrevista, el Comité de selección establecerá una lista de reserva de los candidatos más cualificados, a partir de la cual la Comisión Europea nombrará a los miembros externos con arreglo a la evolución de las necesidades.

VI.    Igualdad de oportunidades

Las instituciones de la Unión Europea aplican una política de igualdad de oportunidades y aceptan las candidaturas sin discriminaciones por razón de sexo, raza, color de piel, origen étnico o social, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual.

VII.    Condiciones de empleo

Los miembros externos del CSA serán nombrados por un período máximo de cuatro años, renovable una sola vez. Sobre una base contractual, serán nombrados asesores especiales en el sentido del artículo 5 del Régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea. Los miembros externos serán retribuidos por días basándose en un sueldo mensual de grado AD12, escalón 1, por los días trabajados.

Los gastos de desplazamiento y alojamiento de los miembros externos serán reembolsados por la Comisión, previa solicitud acompañada de los documentos justificantes de conformidad con las disposiciones vigentes en la Comisión. Además, se abonarán dietas para cubrir otros costes.

VIII.    Presentación de las candidaturas

Nota:

Las candidaturas deben presentarse en formato electrónico a la Comisión Europea en la siguiente dirección: IAS-APC-SECRETARIAT@ec.europa.eu

Para que las candidaturas se consideren válidas, los interesados deberán enviar un curriculum vitae en formato Word o PDF y una carta de motivación en inglés, francés o alemán.

Por razones funcionales y con objeto de finalizar el procedimiento de selección en el plazo más breve posible, en interés tanto de los candidatos como de la institución, el procedimiento de selección se realizará en inglés y/o francés.

Además, el candidato deberá facilitar una dirección de correo electrónico válida. Esta dirección se utilizará para mantenerle informado sobre el resultado del procedimiento de selección. Se ruega, por tanto, comunicar a la Comisión Europea cualquier cambio de dirección de correo electrónico.

IX.    Plazo

Fecha límite de presentación de la solicitud: quince días hábiles a partir de la fecha de la publicación de la convocatoria de manifestaciones de interés en el Diario Oficial de la Unión Europea.

La Comisión se reserva el derecho de ampliar el plazo de la presente convocatoria de manifestaciones de interés mediante publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

X.    Protección de los datos de carácter personal

La Comisión velará por que los datos personales de los candidatos se traten con arreglo al Reglamento (CE) n.o 45/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de diciembre de 2000, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones y los organismos comunitarios y a la libre circulación de estos datos (1).


(1)  DO L 8 de 12.1.2001, p. 1.


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