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Document C2014/334A/01

Convocatoria de concurso-oposición general — EPSO/AST-SC/02/14 — Agentes de seguridad interna (SC 1)

OJ C 334A, 25.9.2014, p. 1–7 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, GA, HR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

25.9.2014   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CA 334/1


CONVOCATORIA DE CONCURSO-OPOSICIÓN GENERAL

EPSO/AST-SC/02/14

AGENTES DE SEGURIDAD INTERNA (SC 1)

2014/C 334 A/01

 

La Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) organiza un concurso-oposición general con vistas a la constitución de una lista de reserva destinada a cubrir puestos vacantes de funcionarios de nivel «AST–SC» en calidad de agentes de seguridad interna (1) en el Consejo de la Unión Europea.

Antes de presentar su candidatura, lea atentamente las Normas generales aplicables a las oposiciones generales publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea C 60 A de 1 de marzo de 2014 y en la página web de la EPSO.

Dichas normas, que forman parte integrante de la convocatoria de oposiciones, le ayudarán a comprender las disposiciones relativas a los procedimientos y las modalidades de inscripción.

ÍNDICE

I.

MARCO GENERAL

II.

NATURALEZA DE LAS FUNCIONES

III.

CONDICIONES DE ADMISIÓN

IV.

TESTS DE ACCESO

V.

ADMISIÓN A LA OPOSICIÓN Y SELECCIÓN BASADA EN TÍTULOS

VI.

OPOSICIÓN GENERAL

VII.

COMPROBACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE LOS CANDIDATOS

VIII.

LISTA DE RESERVA

I.   MARCO GENERAL

1.

Número de candidatos que figurarán en la lista de reserva

28

2.

Cómo participar

Deberá usted inscribirse por vía electrónica, siguiendo el procedimiento indicado en el sitio web de la EPSO y, en particular, en las Instrucciones de inscripción.

Plazo (incluida la validación): 28 de octubre de 2014 a las 12:00 horas del mediodía, hora de Bruselas

II.   NATURALEZA DE LAS FUNCIONES

Bajo la autoridad del administrador o del asistente responsable y sobre la base de directrices generales, el funcionario deberá efectuar tareas de gestión, aplicación y control, tales como:

encargarse de la identificación y control del acceso en las entradas de los edificios y salas de reunión, así como de la vigilancia de los edificios e instalaciones de la institución,

intervenir en las situaciones en que pueda ponerse en peligro la seguridad de las personas y de los bienes, haciendo un informe de seguridad sobre cualquier incidente,

ayudar al personal y a las delegaciones/a los visitantes en casos de emergencia (incendios, primeros auxilios, evacuación),

proteger a las personas, los bienes y la información clasificada que obre en poder de la institución,

proteger y controlar las zonas de seguridad durante las reuniones de la Unión Europea,

trabajar por turnos en el centro de control (CCTV, control de acceso), las 24 h del día y 7 días por semana, en un equipo y supervisar el funcionamiento de las instalaciones técnicas de seguridad,

aplicar las normas de seguridad,

contribuir a la buena comunicación con servicios externos (protocolo, visitas, etc.) y servicios internos de seguridad servicios externos (protocolo, visitas, etc.) y servicios internos de seguridad (interna, técnica y gestión del riesgo),

tomar, bajo la autoridad del superior jerárquico, todas las iniciativas necesarias para garantizar un servicio continuo, profesional, cortés y creativo, a la altura de las expectativas de la institución y contribuir a la gestión de posibles incidentes,

intervenir y prestar un apoyo de seguridad a las investigaciones abiertas a raíz de incidentes como robos, pérdidas, agresiones, daños o perjuicios de cualquier naturaleza.

Los funcionarios podrán tener que trabajar de día y de noche, así como en fines de semana y en días festivos.

En el ejercicio de las funciones del servicio, se les podría pedir que llevaran y utilizaran armas.

Por el mero hecho de presentar su candidatura, los participantes aceptan someterse a eventuales pruebas de selección adicionales para demostrar sus competencias técnicas y aceptan participar en las investigaciones de seguridad y los procedimientos del país de acogida a fin de obtener el permiso para llevar armas. Esta es una condición necesaria para la ejecución de las tareas de protección en el territorio belga y en las instalaciones de la Secretaría General del Consejo.

En el marco de la contratación, se solicitará una habilitación para acceder a la información clasificada (véase el anexo I.III, DO L 274 de 15.10.2013: http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=OJ:L:2013:274:TOC)

III.   CONDICIONES DE ADMISIÓN

En la fecha límite para la inscripción electrónica, deberá cumplir todas las condiciones generales y específicas siguientes:

1.

Condiciones generales

a)

Ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea.

b)

Estar en plena posesión de sus derechos civiles.

c)

Estar en situación regular respecto de las leyes de reclutamiento militar aplicables.

d)

Ofrecer las garantías de moralidad requeridas para el ejercicio de las funciones previstas.

2.

Condiciones específicas

2.1.

Títulos y experiencia profesional

Un nivel de enseñanza secundaria, acreditado por un título de final de estudios que dé acceso a la enseñanza superior, seguido por una experiencia profesional de una duración mínima de tres años en relación con la naturaleza de las funciones

O

Una experiencia profesional de diez años, como mínimo, de los cuales al menos cinco deberán estar relacionados con la naturaleza de las funciones.

2.2.

Conocimientos lingüísticos  (2)

Lengua 1

Lengua principal (nivel mínimo exigido: C 1)

profundo conocimiento de una de las lenguas oficiales de la Unión Europea

Lengua 2

Segunda lengua, obligatoriamente distinta de la lengua 1 (nivel mínimo exigido: B 2)

conocimiento satisfactorio del alemán, del inglés o del francés

Para ser contratado en los servicios de seguridad del Consejo de la Unión Europea, se requiere una buena comprensión del francés o del inglés (oral y escrito), ya que es imprescindible en el marco del trabajo y de los intercambios con el exterior.

De conformidad con la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) en el asunto C-566/10 P, República Italiana/Comisión, las instituciones de la Unión desean, en el marco del presente concurso-oposición, justificar la limitación de la elección de la segunda lengua a un número restringido de lenguas oficiales de la Unión.

Por tanto, se informa a los candidatos de que las segundas lenguas elegidas para el presente concurso-oposición se han determinado en función del interés del servicio, que requiere que los nuevos contratados sean inmediatamente operativos y capaces de comunicarse eficazmente en su actividad cotidiana. De no ser así, el funcionamiento efectivo de las instituciones se vería gravemente perjudicado.

Habida cuenta de la larga práctica de las instituciones de la Unión en lo que se refiere a las lenguas de comunicación interna, y teniendo en cuenta las necesidades del servicio en materia de comunicación externa y de tramitación de los asuntos, el inglés, el francés y el alemán siguen siendo las lenguas más utilizadas. Además, el inglés, el francés y el alemán son las segundas lenguas más habladas en la Unión Europea y las más estudiadas como segundas lenguas. Esto confirma el nivel de estudios y las competencias profesionales que pueden actualmente esperarse de los candidatos a puestos de trabajo en las instituciones de la Unión, a saber, el dominio de, por lo menos, una de esas lenguas. Por lo tanto, en la ponderación entre el interés del servicio y la capacidad de los candidatos, teniendo en cuenta el ámbito específico del presente concurso-oposición, está justificado organizar pruebas en estas tres lenguas para garantizar que, sea cual sea su primera lengua oficial, todos los candidatos dominen al menos una de estas tres lenguas oficiales a nivel de lengua de trabajo. De este modo, la evaluación de las competencias específicas permite a las instituciones de la Unión determinar la capacidad de los candidatos para ser inmediatamente operativos en un entorno similar a aquel en el que vayan a trabajar.

Por los mismos motivos, conviene limitar la lengua de comunicación entre los candidatos y la institución, incluida la lengua en la que deberán redactarse los formularios de candidatura. Además, este requisito permite aplicar un enfoque uniforme en la comparación de los candidatos y el examen de su formulario de candidatura.

Por otra parte, en un afán de igualdad de trato, todos los candidatos, aunque tengan una de estas tres lenguas como primera lengua oficial, deberán realizar determinadas pruebas en su segunda lengua, a elegir entre las tres en cuestión.

Estas disposiciones no prejuzgan la posterior formación lingüística destinada a adquirir la capacidad de trabajar en una tercera lengua, de conformidad con el artículo 45, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios.

IV.   TESTS DE ACCESO

La EPSO solo organizará tests de acceso con ordenador si el número de candidatos inscritos supera un determinado umbral. Este umbral será fijado por el director de la EPSO en su condición de autoridad facultada para proceder a los nombramientos (AFPN), una vez finalizado el plazo de inscripción; será informado de ello a través de su cuenta EPSO.

De no alcanzarse dicho umbral, se organizarán tests de capacidad durante la fase de evaluación (véase la sección VI, punto 2).

El tribunal determinará el nivel de dificultad de los tests de acceso, tales como se describen en el marco que viene a continuación, y aprobará su contenido sobre la base de las propuestas de la EPSO.

1.

Convocatoria

Será convocado a los tests si ha validado su candidatura en el plazo indicado (véase la sección I, punto 2).

Atención:

1)

al validar su candidatura, declara cumplir las condiciones generales y específicas recogidas en la sección III;

2)

para participar en los test, deberá reservar una fecha; esta reserva deberá hacerse obligatoriamente en el plazo que le será comunicado a través de su cuenta EPSO.

2.

Naturaleza y puntuación de los tests

Una serie de tests de opciones múltiples, en las que se evaluarán su capacidad de razonamiento:

Test a)

Verbal

puntuación: de 0 a 20 puntos

mínimo exigido: 10 puntos

Test b)

Numérico

puntuación: de 0 a 10 puntos

Test c)

Abstracto

puntuación: de 0 a 10 puntos

 

El mínimo exigido es de 10 puntos para el conjunto de los tests b) y c)

3.

Lengua de los tests

Lengua 1

V.   ADMISIÓN A LA OPOSICIÓN Y SELECCIÓN BASADA EN TÍTULOS

1.   Procedimiento

El examen de las condiciones generales y específicas, así como la selección basada en títulos, se efectuarán, en primer lugar, sobre la base de lo declarado por usted en el formulario de candidatura.

a)

Sus respuestas a las preguntas relativas a las condiciones generales y específicas se evaluarán a fin de determinar si se cuenta usted entre los candidatos que cumplen todos los requisitos de admisión a la oposición.

b)

A continuación, el tribunal procederá, para los candidatos que cumplan las condiciones de admisión a la oposición, a una selección basada en títulos a fin de identificar a los que posean las cualificaciones más pertinentes (en particular, títulos y experiencia profesional) en relación con la naturaleza de las funciones y los criterios de selección recogidos en la presente convocatoria de oposición. Esta selección se basará únicamente en las declaraciones de los candidatos recogidas en la pestaña «évaluateur de talent» (evaluador de competencias), de acuerdo con el método de puntuación siguiente:

cada criterio de selección (véase el punto 2 siguiente) se ponderará de 1 a 3, en función de la importancia que le atribuya el tribunal,

el tribunal examinará las respuestas de los candidatos y atribuirá una nota de 0 a 4 a cada respuesta, en función de las cualificaciones del candidato. Las notas, multiplicadas por la ponderación de cada pregunta, se sumarán para obtener una nota global.

En caso de que se hayan organizado previamente tests de acceso (véase la sección IV), el examen de las condiciones generales y específicas se efectuará en orden decreciente de la puntuación obtenida en dichos tests, hasta alcanzar el número, determinado por la AFPN  (3) , de candidatos que:

hayan obtenido a la vez los mínimos exigidos y las mejores notas en los tests de acceso, y

cumplan las condiciones de admisión a la oposición.

En caso de que, en el último puesto de la lista, haya varios candidatos con la misma puntuación, todos ellos serán admitidos a la fase de selección basada en títulos [véanse los apartados a) y b) anteriores]. No se examinarán los formularios electrónicos de candidatura de los candidatos que estén por encima de este número.

Posteriormente, el tribunal clasificará a los candidatos en función de esas notas globales. El número de candidatos (4) convocados a las pruebas de evaluación será, como máximo, el triple del número de candidatos que figurarán en la lista de reserva (véase la sección I). Este número se publicará en la página web de la EPSO: (http://blogs.ec.europa.eu/eu-careers.info/).

2.   Criterios de selección

En la selección basada en títulos, el tribunal tendrá en cuenta los siguientes criterios:

1.

Experiencia profesional en un servicio de seguridad oficial (law enforcement) nacional, internacional o privado.

2.

Experiencia profesional en un centro de control, en particular, en el seguimiento del funcionamiento de las instalaciones técnicas.

3.

Experiencia profesional en el manejo de armas de fuego en el ejercicio de sus funciones.

4.

Formación profesional relacionada con las técnicas de autodefensa.

5.

Certificado de socorrismo/primeros auxilios.

6.

Experiencia profesional en la coordinación entre servicios externos (protocolo, visitas, etc.) y servicios internos de seguridad.

7.

Experiencia profesional en intervención en casos de incidentes.

8.

Experiencia profesional en un marco horario flexible (servicio continuo las 24 horas del día y 7 días por semana).

9.

Experiencia profesional en equipos multiculturales en el ámbito de la seguridad.

10.

Experiencia profesional en el uso de la ofimática.

VI.   OPOSICIÓN GENERAL

1.

Convocatoria

Si se encuentra usted entre los candidatos (5) que:

según sus declaraciones en el formulario electrónico de candidatura, cumplen las condiciones de admisión generales y específicas expuestas en la sección III,

y

han obtenido una de las mejores puntuaciones en la selección basada en títulos,

se le convocará para participar en las pruebas de evaluación que se celebrarán, en principio en Bruselas (6), durante uno o dos días.

Si está usted entre los candidatos admitidos a las pruebas de evaluación, deberá presentar (7) su expediente de candidatura completo (formulario electrónico de candidatura firmado y justificantes) cuando vaya a realizar las pruebas de evaluación.

Modalidades: véase el apartado 2.1.7 de las Normas generales aplicables a las oposiciones generales.

2.

Pruebas de evaluación

Se le someterá a tres tipos de evaluaciones cuyo contenido será validado por el tribunal:

capacidad de razonamiento (siempre que no se haya evaluado ya en tests de acceso organizados previamente), que se evaluará mediante los siguientes tests:

a)

test de razonamiento verbal

b)

test de razonamiento numérico

c)

test de razonamiento abstracto

competencias específicas, evaluadas mediante el siguiente elemento:

d)

entrevista estructurada sobre las competencias en el ámbito correspondiente, sobre la base de las respuestas dadas en la pestaña «évaluateur de talent» (evaluador de competencias), del formulario de candidatura

competencias generales  (8) evaluadas mediante los siguientes elementos:

e)

entrevista estructurada

f)

juicio situacional

Cada una de estas competencias generales será probada con arreglo al siguiente modelo:

 

Entrevista estructurada

Juicio situacional

Análisis y resolución de problemas

X

X

Comunicación

X

 

Calidad y resultados

X

X

Aprendizaje y desarrollo

X

 

Determinación de prioridades y organización

X

X

Resiliencia

X

X

Trabajo en equipo

X

X


3.

Lenguas de las pruebas de evaluación

Lengua 1 para los elementos a), b) y c)

Lengua 2 para los elementos d), e) y f)

4.

Puntuación y ponderación

Capacidad de razonamiento

a)

verbal: de 0 a 20 puntos

mínimo exigido: 10 puntos

b)

numérico: de 0 a 10 puntos

c)

abstracto: de 0 a 10 puntos

mínimo exigido para el conjunto de los tests b) y c): 10 puntos

Los tests a), b) y c) son eliminatorios, pero las notas no se sumarán a las demás notas de las pruebas de evaluación.

Competencias específicas

test d): de 0 a 100 puntos

mínimo exigido: 50 puntos

ponderación: el 50 % de la nota global

Competencias generales [pruebas e) y f)]

de 0 a 10 puntos para cada competencia general

mínimo exigido:

3 puntos para cada competencia y

35 puntos sobre 70 para el conjunto de las 7 competencias generales

ponderación: el 50 % de la nota global

VII.   COMPROBACIÓN DE LAS DECLARACIONES DE LOS CANDIDATOS

Al término de las pruebas de evaluación y según los resultados obtenidos en ellas, las declaraciones realizadas por los candidatos en su formulario de candidatura electrónico serán verificadas por la EPSO, en lo que se refiere a las condiciones generales, y por el tribunal, en lo que se refiere a las condiciones específicas, sobre la base de los justificantes presentados por los candidatos. En la valoración de los títulos, los justificantes solo serán tenidos en cuenta para confirmar las respuestas ya dadas en la pestaña «évaluateur de talent» (evaluador de competencias). Si de dicha comprobación resultara que esas declaraciones no están avaladas por los justificantes correspondientes, los candidatos en cuestión quedarán excluidos de la oposición.

La comprobación se efectuará, por orden decreciente de méritos, para los candidatos que hayan obtenido la puntuación mínima exigida y las mejores notas en el conjunto de las pruebas de evaluación d), e) y f). En su caso, dichos candidatos deberán haber obtenido también la puntuación mínima exigida en los tests de capacidad a), b) y c). Esta comprobación se llevará a cabo hasta alcanzar el número de candidatos que puedan figurar en la lista de reserva y que reúnan todas las condiciones de admisión. No se examinarán los justificantes de los candidatos que se encuentren por encima de este número.

VIII.   LISTA DE RESERVA

1.

Inclusión

El tribunal incluirá su nombre en la lista de reserva:

si está usted entre los candidatos (9) que hayan obtenido los mínimos exigidos para el conjunto de las pruebas a) a f) y una de las mejores puntuaciones para el conjunto de los tests de evaluación d), e) y f) (véase el número de candidatos que figurarán en la lista de reserva, sección I, punto 1)

y si, vistos los justificantes, cumple usted todas las condiciones de admisión (véase la sección III).

2.

Clasificación

La lista se elaborará por orden alfabético.


(1)  Cualquier referencia contenida en la presente convocatoria a personas de sexo masculino se entenderá también como relativa a personas de sexo femenino.

(2)  Véase el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: http://europass.cedefop.europa.eu/europass/home/hornav/Downloads/CEF/LanguageSelfAssessmentGrid.csp)

(3)  Este es el número al que se refiere el primer apartado de la sección IV.

(4)  Se remitirá a los candidatos que no hayan sido convocados a las pruebas de evaluación los resultados de su evaluación, así como la ponderación de cada pregunta por el tribunal.

(5)  En caso de que, en el último puesto de la lista, haya varios candidatos que hayan obtenido la misma puntuación, todos ellos serán convocados a las pruebas de evaluación.

(6)  Por razones de organización, los tests de capacidad podrán celebrarse en centros de exámenes situados en los Estados miembros, con independencia de las demás pruebas de evaluación.

(7)  La fecha de realización de las pruebas de evaluación le será comunicada a su debido tiempo a través de su cuenta EPSO.

(8)  La definición de estas competencias figura en el punto 1.2 de las Normas generales aplicables a las oposiciones generales.

(9)  En caso de que, en el último puesto de la lista, haya varios candidatos con la misma puntuación, todos ellos serán incluidos en la lista de reserva.


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