EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Mejora de la concesión de licencias sobre obras musicales para su uso en línea en toda la Unión Europea

Esta Directiva pretende mejorar el funcionamiento de las organizaciones de gestión colectiva de los derechos de autor. También facilita la concesión de licencias de derechos de autor en toda la Unión Europea (UE) cuando se trata de música que está disponible en línea.

ACTO

Directiva 2014/26/EU del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la gestión colectiva de los derechos de autor y derechos afines y a la concesión de licencias multiterritoriales de derechos sobre obras musicales para su utilización en línea en el mercado interior.

SÍNTESIS

La Directiva está diseñada para mejorar la concesión de licencias sobre obras musicales para su uso en línea por parte de organizaciones de gestión colectiva en toda la UE.

Las organizaciones de gestión colectiva recaudan, gestionan y distribuyen los ingresos generados por la explotación de los derechos, cuya responsabilidad han delegado en ellas sus titulares (es decir, los productores de la música).

La gestión de los derechos de autor incluye la concesión de licencias a los usuarios, el seguimiento del ejercicio de los derechos, el cobro de los ingresos y su reparto. Estas organizaciones permiten que los titulares de derechos sean remunerados por usosque los propios titulares no podrían controlar o hacer respetar .

Antes de la introducción de la Directiva, los proveedores de servicios de música en línea solían tener que obtener licencias para ofrecer sus servicios para toda Europa a través de organizaciones independientes de gestión colectiva en cada país de la UE.

La Directiva permitirá que estos proveedores obtengan licencias de las organizaciones de gestión colectiva que operan a escala transfronteriza dentro de la UE. Es lo que se conoce como«concesión de licencias multiterritoriales» . Las normas que la regulan están recogidas en el título III de la Directiva. Se pretende que este tipo de licencias ofrezca a los consumidores una amplia gama de opciones para descargarse música o escucharla en modo continuo (streaming) y para fomentar el desarrollo de nuevos modelos de acceso a la música. El desarrollo de servicios legales de música en línea en toda la UE también debe contribuir a combatir las infracciones en línea de los derechos de autor.

Para obtener más información, véase el sitio web de la Dirección General de Mercado Interior, Industria, Emprendimiento y Pymes de la Comisión Europea.

REFERENCIAS

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial de la Unión Europea

Directiva 2014/26/UE

9.4.2014

10.4.2016

DO L 84 de 20.3.2014, pp. 72-98

última actualización 08.08.2014

Top