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En abril de 2011, se firmó, en nombre de la Unión Europea, un Convenio regional sobre el origen de las mercancías comercializadas en la zona paneuromediterránea. El Convenio reúne en un único instrumento jurídico todas las normas relacionadas con el origen de las mercancías comercializadas en el contexto de aproximadamente sesenta acuerdos bilaterales de libre comercio entre países de la zona paneuromediterránea, incluidos los países del Proceso de Estabilización y Asociación de la UE (PEA).
Además de la UE, las partes contratantes de este Convenio son:
Para aplicar preferencias arancelarias, es necesario establecer el origen de las mercancías. Las mercancías se consideran productos originarios de la zona de acumulación paneuromediterránea si:
El Convenio funciona teniendo en cuenta un sistema de acumulación por el que las partes contratantes pueden utilizar productos originarios de cada una de ellas como si se hubiesen producido internamente. Bajo el sistema de acumulación de origen paneuromediterráneo, se aplica un sistema de acumulación diagonal entre la UE y muchos de los países en cuestión.
Las autoridades aduaneras de las partes se coordinarán, por ejemplo, compartiendo los modelos de los sellos utilizados para expedir los certificados de circulación EUR.1 y EUR-MED, verificando las pruebas de origen, etc.
Un comité mixto formado por representantes de todas las partes contratantes garantiza la gestión y la aplicación del Convenio.
(1) Esta denominación se entiende sin perjuicio de las posturas sobre su estatuto y en consonancia con la Resolución 1244 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y con el Dictamen de la Corte Internacional de Justicia sobre la declaración de independencia de Kosovo.
Está en vigor desde el .
Para más información, véase:
Decisión 2013/94/UE del Consejo, de , relativa a la celebración del Convenio regional sobre las normas de origen preferenciales paneuromediterráneas (DO L 54 de , pp. 3-158).
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