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Document 52010XG1203(05)

Conclusiones del Consejo, de 19 de noviembre de 2010 , sobre la iniciativa Juventud en movimiento — un enfoque integrado como respuesta a los desafíos con los que se enfrentan los jóvenes

OJ C 326, 3.12.2010, p. 9–11 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

3.12.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 326/9


Conclusiones del Consejo de 19 de noviembre de 2010 sobre la iniciativa Juventud en movimiento — un enfoque integrado como respuesta a los desafíos con los que se enfrentan los jóvenes

2010/C 326/05

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

TENIENDO PRESENTES:

1.

La Estrategia Europa 2020, que establece objetivos ambiciosos para que se logre un crecimiento inteligente, incluyente y sostenible durante la próxima década, resaltando en especial la necesidad de se actúe para que mejoren los niveles de educación, aumenten los porcentajes de empleo y se promueva la integración social, y que define un objetivo específico de la UE relativo a la educación (1), así como otros relativos al empleo (2), a la integración social (3) y a la investigación e innovación (4).

2.

Las conclusiones del Consejo sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación (ET 2020) (5), que sigue siendo la base para dicha cooperación y que complementa la Estrategia Europa 2020 al hacer hincapié en la contribución esencial que la educación y la formación tienen que aportar para resolver los numerosos desafíos socioeconómicos, demográficos, ambientales y tecnológicos con que se enfrenta Europa hoy en día, y que establece cuatro objetivos estratégicos (6) dirigidos a asegurar la prosperidad económica y la capacidad de empleo sostenible, así como la realización personal, social y profesional de todos los ciudadanos.

3.

La Resolución del Consejo, de 27 de noviembre de 2009, relativa a un marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud (7), que reconoce que promover la integración social y profesional de hombres y mujeres jóvenes es un elemento esencial para lograr los objetivos de la Estrategia para el Crecimiento y el Empleo, al mismo tiempo que promover la realización personal, la cohesión social y la ciudadanía activa. Resulta de vital importancia capacitar a los hombres y las mujeres jóvenes para que aprovechen al máximo sus potencialidades. Por lo tanto, la Resolución pide iniciativas específicas en el ámbito de la juventud, es decir, medidas y actuaciones dirigidas específicamente a los jóvenes en sectores tales como el aprendizaje no formal, la participación y las actividades de voluntariado, el trabajo en el ámbito de la juventud, la movilidad y la información, la integración social, la cultura y la salud. Asimismo, pide iniciativas de integración de estas actuaciones, es decir, iniciativas que permitan un planteamiento intersectorial entre las políticas en pro de la juventud y otros ámbitos de actuación pertinentes.

4.

Dentro de la Estrategia Europa 2020, los Estados miembros y la Unión Europea deberían llevar a cabo reformas que tengan como objetivo un crecimiento inteligente e integrador impulsado por el conocimiento y la innovación, lo que posibilita un máximo de participación. Dichas reformas deben tener como objetivo mejorar la calidad de la educación y la formación, fortalecer la investigación y fomentar la innovación y la transferencia de conocimientos en toda la UE. Deben promover el espíritu emprendedor y contribuir a convertir las ideas creativas en productos, servicios y procesos innovadores que puedan generar crecimiento, empleos sostenibles y de calidad y cohesión territorial, económica y social y que permitan afrontar de manera más eficiente y efectiva los retos derivados de los cambios sociales en Europa y en el mundo.

ACOGE CON SATISFACCIÓN:

la Comunicación de la Comisión Juventud en Movimiento: Una iniciativa destinada a impulsar el potencial de los jóvenes para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea (8), que sitúa a los jóvenes en el centro de una agenda marco para la UE.

AL TIEMPO QUE ESPERA:

considerar las propuestas contenidas en la iniciativa, que incluye nuevas medidas clave así como el refuerzo de la actividades existentes, tanto dentro de los Estados miembros como en el plano de la UE, con el fin de ayudar a los jóvenes hacer frente a los distintos retos socioeconómicos a que se enfrentan y a prosperar en la sociedad del conocimiento.

RECONOCE QUE:

1.

Aunque que la prosperidad de Europa depende en gran medida de sus jóvenes, demasiados de ellos se enfrentan aún a importantes dificultades para explotar su potencial y prestar su contribución a la sociedad: demasiados jóvenes dejan la escuela sin cualificaciones o con cualificaciones insuficientes, no consiguen obtener empleo seguro y se enfrentan al peligro de la exclusión social, que a su vez engendra altos costes tanto para el individuo como para la sociedad en su conjunto. Remediar esta situación exige un planteamiento intersectorial más integrado en lo que se refiere a la educación y a la formación, la juventud, el empleo y las políticas sociales, que se fundamente en los actuales puntos fuertes y desarrolle nuevas medidas efectivas.

2.

Para muchos Estados miembros sigue siendo un desafío llevar a cabo estrategias e instrumentos nacionales de formación continua, lo que resulta esencial para que no sólo los jóvenes, sino también los adultos, adquieran, mantengan y hagan evolucionar sus conocimientos, cualificaciones y competencias a lo largo de su vida profesional. En particular, se requieren vías de aprendizaje más flexibles que permitan a hombres y mujeres, en diferentes fases de sus vidas, moverse entre diferentes sistemas de formación y aprendizaje, así como entre entornos del aprendizaje formal, no formal e informal, y que puedan atraer a nuevos alumnos que no forman parte de los grupos tradicionales.

3.

En los próximos años aumentará el número de puestos de trabajo que requieran cualificaciones de alto nivel (9). Sin embargo, la UE tiene actualmente un porcentaje inferior al de sus competidores en el número de personas con formación de nivel superior o equivalente (10), y también es inferior el porcentaje de investigadores. Además, la capacidad de innovación de Europa requerirá que se creen asociaciones en el ámbito del conocimiento y se establezcan vínculos más sólidos entre el mundo académico y de formación, el sector de la investigación y el sector empresarial, con el fin de fortalecer el triángulo del conocimiento. Ello facilitará, asimismo, un medio para que las personas que ocupan puestos poco cualificados puedan adaptarse a la evolución del mercado de trabajo.

4.

Además de lograr objetivos personales y socioeconómicos, la movilidad en la formación puede ser una forma útil de reforzar las posibilidades de contratación y de adquirir o mejorar competencias profesionales, pedagógicas, lingüísticas, interpersonales e interculturales. También puede contribuir a mejorar la calidad de las instituciones dedicadas a la enseñanza, y la cooperación entre éstas. A pesar de que los programas de la UE y los instrumentos de actuación han contribuido de forma significativa a la introducción de mejoras en este ámbito, no se está aprovechando todo el inmenso potencial que ofrece la movilidad en la formación, que con demasiada frecuencia sigue siendo excepcional. Deberían fomentarse activamente las oportunidades de la movilidad en la formación dentro del contexto educativo formal por lo que respecta a grupos tales como los estudiantes adultos jóvenes, los profesores, los formadores y el personal docente. Los adultos jóvenes deberían también poder beneficiarse de tales oportunidades dentro de entornos del aprendizaje no formal e informal. Además, hay que explorar nuevas formas innovadoras de movilidad en este ámbito, con inclusión de la movilidad virtual, y conviene ampliar el acceso a ella prestando especial atención a los grupos desfavorecidos y al género.

POR LO TANTO, ACUERDA LO SIGUIENTE:

1.

Al tratar de conseguir los objetivos de la iniciativa Juventud en movimiento, la Comisión Europea y los Estados miembros deberán cooperar en el contexto general de la Estrategia Europa 2020, y garantizar la coherencia con las disposiciones en vigor, en particular en el contexto del marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación «ET 2020», la estrategia europea para el empleo y el marco renovado para la cooperación europea en el ámbito de la juventud. La aplicación de medidas, así como los procedimientos de supervisión y de notificación deben llevarse a cabo dentro de estos marcos y de acuerdo con sus objetivos y principios generales respectivos. Será preciso coordinar estrechamente las medidas adoptadas, y lograr la participación y la cooperación de todas las partes implicadas en todos los niveles, incluso mediante el diálogo estructurado.

2.

Las Directrices Integradas Europa 2020 (11) proporcionan un marco para coordinar medidas políticas, la mayoría de las cuales entra dentro de las competencias de los Estados miembros. El Consejo de Educación, Juventud, Cultura y Deporte, mediante la supervisión adecuada, el aprendizaje entre iguales y la preparación de la contribución al Consejo Europeo, debe desempeñar un papel fundamental en la aplicación de la iniciativa de la Juventud en movimiento y, en general, de la estrategia Europa 2020, incluido el cometido específico de lograr el objetivo principal de la UE en el ámbito de la educación y la formación.

3.

Es preciso seguir actuando para ayudar a los jóvenes a abordar los muchos retos socioeconómicos a los que se enfrentan. No obstante, en época de restricciones presupuestarias, las actuaciones deben concentrarse en mejorar y racionalizar los objetivos políticos y las inversiones, vinculándolos más estrechamente a los objetivos de la Estrategia Europa 2020 y las prioridades del marco estratégico de «ET 2020».

4.

Aunque su ámbito de aplicación va más allá del de la iniciativa de la Juventud en movimiento, los programas existentes tales como Aprendizaje permanente, Erasmus Mundus y La juventud en acción pueden contribuir claramente y de forma significativa a lograr los objetivos de la iniciativa y, en general, los de la estrategia Europa 2020. Tanto el amplio ámbito de aplicación de estos programas como su contribución a la iniciativa deben tenerse en cuenta a la hora de idear la próxima generación de programas.

5.

Debe fomentarse activamente una mayor movilidad, incluida la movilidad con terceros países y países candidatos, utilizando los programas y mecanismos adecuados. La movilidad en la formación debe tener también una dimensión cualitativa y basarse en una cooperación correctamente desarrollada entre instituciones educativas y de formación. Con el fin de elevar la calidad y la diversidad de la movilidad, debe explorarse el potencial ofrecido por otras formas existentes de cooperación. Sin embargo, la movilidad no debe considerarse como un objetivo por sí misma, sino como un medio para mejorar la adquisición de conocimientos, cualificaciones y competencias y hacer frente a retos personales y sociales.

CONVIENE ADEMÁS EN LO SIGUIENTE:

Con el fin de hacer frente a los retos mencionados, es preciso adoptar medidas en el nivel europeo y en el de los Estados miembros que —respetando plenamente el principio de subsidiariedad— contribuyan a lograr los objetivos generales y los objetivos principales de la Estrategia Europa 2020 y de las iniciativas emblemáticas relacionadas con ellos.

En el marco de la iniciativa emblemática la Juventud en movimiento, deben considerarse las siguientes líneas de actuación:

 

Por lo que respecta específicamente al ámbito de la educación y la formación:

fomentar la plena aplicación de las estrategias integradas de aprendizaje permanente,

garantizar la adquisición de competencias clave que cada persona, en particular las que proceden de entornos desfavorecidos, necesita para prosperar en la sociedad del conocimiento,

aumentar la participación en los estudios de enseñanza superior o equivalente,

aumentar la calidad y atracción de la educación en todos los niveles, en particular por lo que respecta a la enseñanza superior, la educación y formación profesionales,

fomentar los beneficios de la movilidad en la formación por lo que respecta al aumento de conocimientos, cualificaciones y experiencia.

 

Por lo que respecta específicamente al ámbito de la juventud:

fomentar un enfoque intersectorial entre las políticas de juventud y otros ámbitos de actuación pertinentes,

reforzar tanto cualitativa como cuantitativamente la cualidad como la cantidad de la movilidad de los jóvenes, en particular de aquéllos que tengan menos oportunidades, en entornos de aprendizaje informal y no formal,

fomentar los resultados del aprendizaje no formal e informal y mejorar su reconocimiento, con el fin de que los adultos jóvenes tengan un acceso más fácil a la formación y a la educación formales y al mercado del trabajo,

fomentar la participación de los jóvenes en la vida democrática.

 

Por lo que respecta específicamente al ámbito del empleo:

las políticas de educación y formación, juventud y empleo deben abarcar de una manera correctamente coordinada la serie de pasos que los jóvenes deben dar en la transición de la educación al trabajo. Las políticas de empleo deben contribuir a reducir el desempleo de los jóvenes y a mejorar sus perspectivas laborales, como contribución clave hacia la consecución del objetivo de empleo del 75 % establecido en Europa 2020: Nueva estrategia para el crecimiento y el empleo.

POR CONSIGUIENTE, INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN, DENTRO DEL ÁMBITO DE SUS COMPETENCIAS RESPECTIVAS, A QUE:

apliquen plenamente las medidas existentes y lleven a cabo iniciativas que tengan la finalidad de lograr los objetivos generales de la iniciativa Juventud en movimiento en el amplio contexto de la Estrategia Europa 2020, así como el objetivo principal de la UE que se refiere específicamente a la educación y a la formación.

Al hacerlo, los Estados miembros y la Comisión deben:

1.

garantizar una estrecha colaboración entre todos los ámbitos de actuación que están interrelacionados, en especial, la educación, la juventud, los asuntos sociales, el empleo, la investigación y la innovación, con objeto de explorar la posibilidad de que existan objetivos comunes;

2.

garantizar que el Consejo de Educación, Juventud, Cultura y Deporte y otras formaciones del Consejo pertinentes desempeñan plenamente su parte en la Estrategia Europa 2020, principalmente proporcionando contribuciones periódicas al Consejo Europeo sobre la evolución hacia la consecución de los objetivos principales de la UE;

3.

racionalizar y garantizar un uso pleno y eficaz de los programas y presupuestos de la UE, incluso, en su caso, mediante su vinculación a recursos nacionales y regionales y mediante la consideración del uso de los fondos estructurales y de cohesión europeos y del Banco Europeo de Inversiones.

4.

tratar de maximizar el potencial de otras posibles nuevas fuentes de financiación para el fomento de la movilidad en la formación y en el empleo;

5.

estudiar las repercusiones de las presentes conclusiones sobre la próxima generación de programas de la UE y el próximo marco financiero de la UE.


(1)  El objetivo se refiere a dos ámbitos: reducir el abandono escolar a un porcentaje inferior al 10 % y aumentar la cuota de ciudadanos de entre 30 y 34 años de edad que completen estudios de enseñanza superior o equivalente a un porcentaje de al menos el 40 %.

(2)  Aumentar hasta un 75 % el nivel de empleo para hombres y mujeres con edades comprendidas entre los 20 y los 64 años, entre otras cosas mediante una mayor participación de la juventud, de los trabajadores de mayor edad y los trabajadores poco cualificados y de una mejor integración de los inmigrantes legales.

(3)  Para alejar al menos a 20 millones de personas del riesgo de pobreza y de exclusión.

(4)  Mejorar las condiciones de investigación y desarrollo, en particular con objeto de que los niveles de inversión pública y privada combinados en este sector lleguen al 3 % del PIB.

(5)  DO C 119 de 28.5.2009.

(6)  Objetivo 1: Hacer realidad el aprendizaje permanente y la movilidad; Objetivo 2: Mejorar la calidad y la eficacia de la educación y la formación; Objetivo 3: Promover la equidad, la cohesión social y la ciudadanía activa; Objetivo 4: Incrementar la creatividad y la innovación, incluido el espíritu empresarial, en todos los niveles de la educación y la formación.

(7)  DO C 311 de 19.12.2009.

(8)  Doc. 13726/10.

(9)  El porcentaje de los puestos de trabajo que requieran cualificaciones de alto nivel ascenderá de 29 % en 2010 a alrededor de 35 % en 2020 (estimaciones del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional).

(10)  El porcentaje de personas con formación de nivel superior o equivalente en la UE alcanzó el 32,3 % en 2009 (Eurostat).

(11)  Propuesta de Decisión del Consejo sobre directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros: Parte II de las Directrices Integradas Europa 2020.


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