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Document 32008E0480

Acción Común 2008/480/PESC del Consejo, de 23 de junio de 2008 , por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2005/190/PESC sobre la Misión Integrada de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Iraq, EUJUST LEX

OJ L 163, 24.6.2008, p. 50–50 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 30/06/2009

ELI: http://data.europa.eu/eli/joint_action/2008/480/oj

24.6.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 163/50


ACCIÓN COMÚN 2008/480/PESC DEL CONSEJO

de 23 de junio de 2008

por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2005/190/PESC sobre la Misión Integrada de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Iraq, EUJUST LEX

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 7 de marzo de 2005, el Consejo adoptó la Acción Común 2005/190/PESC (1), sobre la Misión Integrada de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Iraq, EUJUST LEX.

(2)

El 14 de abril de 2008, el Consejo adoptó la Acción Común 2008/304/PESC, por la que se modifica y prorroga la Acción Común 2005/190/PESC hasta el 30 de junio de 2008.

(3)

La Acción Común 2005/190/PESC debe prorrogarse hasta el 30 de junio de 2009.

(4)

Debe establecerse un nuevo importe de referencia financiera para cubrir los gastos asociados a la Misión para el período comprendido entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio de 2009.

(5)

El mandato de la Misión se está llevando a cabo en un contexto de seguridad que puede deteriorarse y socavar los objetivos de la política exterior y de seguridad común definidos en el artículo 11 del Tratado.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN COMÚN:

Artículo 1

La Acción Común 2005/190/PESC queda modificada como sigue:

1)

En el artículo 11, apartado 1, se añade el párrafo siguiente:

«El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la Misión durante el período comprendido entre el 1 de julio de 2008 y el 30 de junio de 2009 será de 7,2 millones EUR.».

2)

El párrafo segundo del artículo 14 se sustituye por el texto siguiente:

«La presente Acción Común expirará el 30 de junio de 2009.».

Artículo 2

La presente Acción Común entrará en vigor el día de su adopción.

Artículo 3

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Luxemburgo, el 23 de junio de 2008.

Por el Consejo

El Presidente

I. JARC


(1)  DO L 62 de 9.3.2005, p. 37. Acción Común modificada en último lugar por la Acción Común 2008/304/PESC (DO L 105 de 15.4.2008, p. 10).


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