EUR-Lex Access to European Union law

Back to EUR-Lex homepage

This document is an excerpt from the EUR-Lex website

Document 32008E0229

Acción Común 2008/229/PESC del Consejo, de 17 de marzo de 2008 , por la que se modifica la Acción Común 2007/369/PESC sobre el establecimiento de la Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (EUPOL Afganistán)

OJ L 75, 18.3.2008, p. 80–80 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

Legal status of the document No longer in force, Date of end of validity: 30/05/2010

ELI: http://data.europa.eu/eli/joint_action/2008/229/oj

18.3.2008   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

L 75/80


ACCIÓN COMÚN 2008/229/PESC DEL CONSEJO

de 17 de marzo de 2008

por la que se modifica la Acción Común 2007/369/PESC sobre el establecimiento de la Misión de Policía de la Unión Europea en Afganistán (EUPOL Afganistán)

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 14,

Considerando lo siguiente:

(1)

El 30 de mayo de 2007, el Consejo adoptó la Acción Común 2007/369/PESC (1) por un período de tres años. La fase operativa de la EUPOL Afganistán dio comienzo el 15 de junio de 2007.

(2)

Conviene que el importe de referencia financiera establecido en el artículo 13, apartado 1, de la Acción Común 2007/369/PESC se amplíe a fin de abarcar el período que va hasta el 30 de septiembre de 2008.

HA ADOPTADO LA PRESENTE ACCIÓN ACOMÚN:

Artículo 1

La Acción Común 2007/369/PESC se modifica como sigue:

1)

En el artículo 13, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1.   El importe de referencia financiera destinado a cubrir los gastos asociados a la EUPOL Afganistán hasta el 30 de septiembre de 2008 será de 43 600 000 EUR.».

2)

En el artículo 13, el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

«2.   El importe de referencia financiera para el resto del ejercicio 2008, así como para los ejercicios 2009 y 2010 de la EUPOL Afganistán será decidido por el Consejo.».

Artículo 2

La presente Acción Común surtirá efecto el día de su adopción.

Artículo 3

La presente Acción Común se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en Bruselas, el 17 de marzo de 2008.

Por el Consejo

El Presidente

I. JARC


(1)  DO L 139 de 31.5.2007, p. 33. Acción Común modificada por la Acción Común 2007/733/PESC (DO L 295 de 14.11.2007, p. 31).


Top