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Document 12002M025

Tratado de la Unión Europea (versión consolidada Niza)
Título V: Disposiciones relativas a la Política Exterior y de Seguridad Común
Artículo 25

OJ C 325, 24.12.2002, p. 19–19 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)

Legal status of the document In force

ELI: http://data.europa.eu/eli/treaty/teu_2002/art_25/oj

12002M025

Tratado de la Unión Europea (versión consolidada Niza) - Título V: Disposiciones relativas a la Política Exterior y de Seguridad Común - Artículo 25

Diario Oficial n° C 325 de 24/12/2002 p. 0019 - 0019
Diario Oficial n° C 340 de 10/11/1997 p. 0161 - Versión consolidada


Tratado de la Unión Europea (versión consolidada Niza)

Título V: Disposiciones relativas a la Política Exterior y de Seguridad Común

Artículo 25

Artículo 25

Sin perjuicio de las disposiciones del artículo 207 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, un Comité Político y de Seguridad seguirá la situación internacional en los ámbitos concernientes a la política exterior y de seguridad común y contribuirá a definir la política mediante la emisión de dictámenes dirigidos al Consejo, bien a instancia de éste o por propia iniciativa. Asimismo supervisará la ejecución de las políticas acordadas, sin perjuicio de las competencias de la Presidencia y de la Comisión.

En el marco del presente título, el Comité ejercerá, bajo la responsabilidad del Consejo, el control político y la dirección estratégica de las operaciones de gestión de crisis.

A efectos de una operación de gestión de crisis y para el tiempo que dure dicha operación, según determine el Consejo, éste podrá autorizar al Comité a que adopte las decisiones adecuadas en lo que se refiere al control político y a la dirección estratégica de la operación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 47.

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