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Seguridad en materia de explosivos

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Seguridad en materia de explosivos

La Comisión ha establecido una serie de medidas de seguridad en materia de explosivos, detonadores, material para la fabricación de bombas y armas de fuego, cuyo fin es velar por la seguridad de los ciudadanos mediante la reducción y eliminación de las posibilidades de su uso con fines delictivos. Las medidas afectan al almacenamiento, el transporte y la fabricación, así como a la detección, de explosivos y tienen por objeto reforzar la cooperación entre las partes interesadas, en especial, la industria, los Estados miembros y Europol.

ACTO

Comunicación de la Comisión, de 18 de julio de 2005, relativa a las medidas para garantizar una mayor seguridad en el control de los explosivos, detonadores, material para la fabricación de bombas y armas de fuego [COM (2005) 329 final -no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

La Comunicación de la Comisión prevé la adopción de una serie de medidas en materia de almacenamiento, transporte y trazabilidad de los explosivos en todas las etapas de la cadena de suministro. El objetivo final sigue siendo la lucha contra el terrorismo y, en particular, impedir que materiales explosivos caigan en las manos de terroristas.

Esta Comunicación aboga por una mayor coordinación de todas las partes interesadas: fabricantes y comerciantes de explosivos, expertos de Europol y SitCen, expertos nacionales de los Estados miembros, la Comisión y el Grupo de trabajo sobre terrorismo del Consejo. La Comisión contempla asimismo la creación de un grupo de expertos encargado de elaborar un plan de la Unión Europea para aumentar la seguridad en materia de explosivos y armas de fuego.

La Comunicación cubre los explosivos comerciales, los explosivos «caseros» así como los explosivos desmilitarizados que suponen un riesgo muy importante puesto que normalmente no están marcados. Las medidas propuestas por la Comisión afectan a varias fases de la cadena de suministro, desde la fabricación hasta la comercialización.

Almacenamiento de explosivos

El almacenamiento de explosivos y, más concretamente, la seguridad de las instalaciones en las que se almacenan sustancias peligrosas se rige por la Directiva Seveso II. La Comisión ha decidido analizar las consecuencias de posibles actos hostiles intencionados, de accidentes graves y de las posibles medidas destinadas a impedirlos. La Comisión dirigirá también recomendaciones a los Estados miembros para que se tomen iniciativas con el fin de mejorar la seguridad de todas las empresas y del personal que maneja mercancías de alto riesgo.

Transporte de explosivos y otras mercancías peligrosas (TDG)

En abril de 2004, la Comisión aprobó la Decisión 2004/388/CE que armoniza la información necesaria y los procedimientos que deben seguirse durante la transferencia de explosivos entre Estados miembros. Con la presente Comunicación, la Comisión pretende:

  • facilitar el control del camino seguido por los explosivos y comprobar que su recorrido ha sido aprobado por las autoridades nacionales;
  • elaborar una política de seguridad en la cadena nacional de suministro, para complementar la legislación ya existente en diversos sectores de la seguridad en el transporte (seguridad aérea, marítima y portuaria) y aumentar la seguridad en el transporte terrestre;
  • concienciar en mayor medida a los sectores profesionales sobre la importancia de la seguridad en la cadena nacional de suministro;
  • comprobar, con la ayuda del Comité de seguridad para la aviación (AVSEC), la aplicación de los criterios técnicos y las medidas de rendimiento de los diversos tipos de equipos de detección empleados en los aeropuertos de los Estados miembros.

Producción, comercialización y trazabilidad de los explosivos

La armonización de las disposiciones relativas a la puesta en el mercado y el control de los explosivos para uso civil está regulada por la Directiva 93/15/CEE del Consejo. A la vista de la intensificación del riesgo de ataques terroristas, la Comisión prevé la adopción de nuevas prácticas:

  • el marcado de los explosivos y detonadores;
  • el refuerzo de la seguridad en materia de almacenamiento y transporte;
  • la descripción de las transacciones sospechosas.

La Comisión también propone evaluar la relación coste-beneficios del marcado de los explosivos mediante un código electromagnético.

Por lo que se refiere al comercio de abonos, la Comisión prevé la modificación del Reglamento (CE) n° 2003/2003 para que los abonos a base de nitrato amónico sólo puedan venderse a las personas autorizadas previa demostración de que se utilizarán con fines estrictamente agrícolas. Además la Comisión propone estudiar los medios para obligar a los comerciantes de explosivos a notificar toda transacción sospechosa.

Detección de explosivos y detonadores

Con el fin de facilitar la detección de explosivos, la Comisión propone:

  • hacer obligatoria la utilización de una sustancia o de un agente de marcado en la Unión Europea para todos los explosivos;
  • establecer las medidas oportunas para hacer obligatoria la utilización de dispositivos de detección en algunos lugares estratégicos (por ejemplo, en los aeropuertos);
  • realizar un estudio detenido de las técnicas de detección existentes con el fin de concebir iniciativas legislativas sobre este tema.

La Comisión desea que se fabriquen detonadores más fáciles de detectar. Para reducir el riesgo de robo o de no detección de los detonadores, la Comisión ha solicitado al Centro Común de Investigación (CCI) (EN) que le presente propuestas con el fin de facilitar su detectabilidad.

Cooperación de las autoridades de policía en el ámbito de los explosivos y de las armas de fuego

La Comisión destaca la necesidad de colmar las lagunas detectadas en términos de recursos humanos, técnicas y materiales destinados a detectar, controlar y neutralizar artefactos explosivos improvisados y no convencionales en la UE. Europol, que administra una base de datos sobre los artefactos explosivos utilizados por las organizaciones terroristas y delictivas, deberá fomentar la consulta de esta base de datos por los cuerpos de policía europeos, especialmente por sus unidades de desactivación de artefactos explosivos, y por la Comisión. La Comisión prevé también las siguientes medidas:

  • elaborar un inventario de los medios con que cuentan los Estados miembros para evaluarlos y facilitar su coordinación;
  • crear una red de unidades de desactivación de artefactos explosivos entre Estados miembros, que posteriormente podría extender su competencia al intercambio de información sobre los diferentes aspectos de los artefactos explosivos improvisados (IED) y transformarse en una red de policía científica.

Ya se han tomado varias iniciativas con el fin de mejorar la cooperación de las autoridades de policía en la lucha contra las armas de fuego ilícitas. En este ámbito, Europol está estudiando la viabilidad de trazar el camino seguido por las armas de fuego ilícitas. La Comisión, por su parte, está considerando la posibilidad de establecer unas normas comunes que regulen la notificación de las armas de fuego incautadas o recuperadas tras haber sido utilizadas con fines delictivos o de las armas de fuego desviadas, perdidas o robadas.

La Comisión presentará una propuesta de Reglamento del Consejo relativo a un sistema de licencias de importación y exportación para las armas de fuego de aquí al 2007. Este Reglamento aplicará en la legislación comunitaria el artículo 10 del Protocolo de las Naciones Unidas contra la fabricación y el tráfico ilícitos de armas de fuego, sus partes, elementos y municiones (pdf). En este sentido, la Comisión también propondrá una modificación de la Directiva 91/477/CEE.

Invertir en investigación y desarrollo tecnológico

En 2007, empezará a aplicarse un programa europeo de investigación sobre la seguridad. Mientras tanto, en el contexto del 6º Programa marco de investigación y desarrollo tecnológico, la Comisión lanzó una convocatoria de propuestas de investigación en el ámbito de las nanotecnologías para sistemas de seguridad mejorados, incluidos los detectores de explosivos.

Contexto

Tras los atentados perpetrados en Madrid el 11 de marzo de 2004, el Consejo Europeo en su declaración de 25 de marzo de 2004 reconoció la necesidad de impedir que los terroristas accedan a los instrumentos que necesitan para sus actividades. Velar por la seguridad de los ciudadanos reduciendo o eliminando las posibilidades de que se desvíen explosivos y armas de fuego se ha convertido en una prioridad. Por eso el Programa de La Haya «Consolidación de la libertad, la seguridad y la justicia en la Unión Europea» invita a la Comisión a presentar propuestas destinadas a mejorar la seguridad en el almacenamiento y el transporte de los explosivos y a garantizar la trazabilidad de los precursores industriales y químicos.

Última modificación: 20.10.2005

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