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Orientaciones generales de las políticas económicas (2008-2010)

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Orientaciones generales de las políticas económicas (2008-2010)

Es preciso reforzar el potencial de estabilidad y de crecimiento económico de la Unión Europea (UE) mediante la aplicación de políticas nacionales adaptadas. El Consejo recomienda a los Estados miembros orientar sus políticas macroeconómicas * y microeconómicas * teniendo en cuenta la evolución de la sociedad europea y las fluctuaciones de la coyuntura internacional.

ACTO

Recomendación del Consejo 2008/390/CE, de 14 de mayo de 2008, relativa a las Orientaciones generales para las políticas económicas de los Estados miembros y de la Comunidad (2008-2010) [Diario Oficial L 137 de 27.5.2008].

SÍNTESIS

La Recomendación relativa a las Orientaciones generales de las políticas económicas (GOPE) instaura el marco de coordinación de las políticas de los Estados miembros de la Unión Europea (UE).

Políticas macroeconómicas favorables al crecimiento y el empleo

El respecto de las directrices 1 a 5 debe contribuir a:

  • Garantizar la estabilidad económica para el crecimiento sostenible, alentando a los Estados miembros a que garanticen la evolución de sus finanzas públicas en línea con el pacto de estabilidad y crecimiento (PEC). Y asegurándose de que, en caso de déficit de balanza por cuenta corriente, adopten las reformas estructurales y las políticas fiscales adecuadas para promover la competitividad de sus mercados;
  • Reforzar la viabilidad económica y presupuestaria sostenible, en el contexto del envejecimiento de la población europea. Los Estados miembros deben llevar a cabo una reducción lo suficientemente rápida de la deuda pública, mejorar la eficacia de sus sistemas de pensiones, de protección social y de asistencia sanitaria. Deben fomentar la presencia de los trabajadores en el mercado laboral durante un periodo de tiempo más largo;
  • Mejorar la eficacia de las finanzas públicas, orientando los gastos públicos a la consecución de los objetivos de crecimiento del Relanzamiento de la Estrategia de Lisboa y adoptando medidas fiscales que promuevan el trabajo y las inversiones;
  • Garantizar que la evolución de los salarios contribuya al crecimiento económico y a la estabilidad, fomentando la creación de unas condiciones marco adecuadas para los sistemas de negociación salarial. De hecho, el coste laboral debe favorecer la estabilidad de los precios y contribuir a la productividad;
  • Coordinar las políticas macroeconómicas, estructurales y de empleo, para reforzar la capacidad de adaptación de los mercados de productos y de empleo a la economía globalizada de acuerdo con el principio de flexiguridad.

La directriz 6 recomienda a los Estados de la zona euro una mejor coordinación de sus políticas económicas y presupuestarias, para contribuir al dinamismo y al buen funcionamiento de la zona euro. En particular, deben prestar atención a la viabilidad presupuestaria en lo que respecta al PEC, y acelerar las reformas estructurales orientadas a la productividad, competitividad y capacidad de adaptación económica. La zona euro debe, asimismo, reforzar su influencia y competitividad en el plano internacional.

Reformas microeconómicas para incrementar el potencial de crecimiento de Europa

De acuerdo con la Estrategia de Lisboa, las directrices 7 a 11 subrayan la importancia del conocimiento y de la innovación como motores de la competitividad, el crecimiento y el desarrollo sostenible. Los Estados miembros y la Comunidad deben adoptar un planteamiento integrado de la política del clima y de la energía, para mejorar la seguridad del suministro, la disponibilidad de energía a precios asequibles y la lucha contra el cambio climático.

Las medidas adoptadas por los Estados miembros deben permitir:

  • Aumentar las inversiones, sobre todo las empresariales, en investigación y desarrollo, con un objetivo general del 3% del PIB europeo de aquí a 2010. Deben desarrollarse las asociaciones entre el sector público y el privado, así como los centros de excelencia de establecimientos de enseñanza y de institutos de investigación nacionales, y la transferencia de tecnologías entre los institutos de investigación públicos y las empresas;
  • Facilitar la innovación en todas sus formas, mediante la creación de servicios de apoyo, el empleo de mercados públicos, el acceso a financiación nacional e internacional y la protección de los derechos de propiedad intelectual. Los polos de innovación locales y regionales deben contribuir a la consecución de la convergencia tecnológica de los territorios europeos;
  • Acelerar la difusión y el uso generalizado de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), favoreciendo sobre todo el despliegue, la potencia y la interoperabilidad de redes de información;
  • Reforzar la base industrial europea, mediante un planteamiento que refuerce la capacidad para reorientar sus actividades hacia sectores que posean una mayor productividad;
  • Utilizar los recursos de manera sostenible, y crear sinergias entre la producción, el medio ambiente y el crecimiento. Esto implica que los Estados miembros deben dar prioridad a la eficiencia energética y a la lucha contra el cambio climático.

La Unión Europea (UE) debe reforzar su capacidad para atraer a los inversores y trabajadores extranjeros. Las directrices 12 a 16 recomiendan:

  • Ampliar y profundizar el mercado interior, suprimiendo los últimos obstáculos a las actividades transfronterizas en la UE, incluidos los que se refieren al mercado de servicios y a los mercados públicos;
  • Asegurar la apertura y la competitividad de los mercados, gracias a una aplicación más eficaz de la política de competencia, también en las industrias de red. Las ayudas estatales deben orientarse hacia objetivos horizontales tales como la investigación, la innovación y la optimización del capital humano;
  • · Mejorar las reglamentaciones europeas y nacionales en función de su impacto en los ámbitos económico, social, medioambiental y en la competitividad empresarial. Es preciso reducir la carga administrativa que afecta a las empresas;
  • Promover la iniciativa empresarial y crear un entorno favorable para las pymes, sobre todo en lo que respecta a su creación, transmisión y acceso a financiación;
  • para lograr una mayor integración de los mercados. Los Estados miembros deben dar prioridad a las redes transeuropeas (RTE).

Términos clave del acto

  • Políticas macroeconómicas: este término engloba las políticas que deben influir en los factores económicos «a gran escala», como el nivel de precios, el desempleo, el potencial de crecimiento, el producto interior bruto, etc.
  • Políticas microeconómicas: este término engloba las políticas destinadas a orientar las decisiones de carácter económico, por ejemplo de las personas físicas o jurídicas.

ACTOS CONEXOS

Recomendación 2009/531/CE del Consejo, de 25 de junio de 2009, relativa a la actualización en 2009 de las Orientaciones Generales de Política Económica de los Estados miembros y de la Comunidad, y a la ejecución de las políticas de empleo de los Estados miembros [DO L 183 de 15.7.2009]. El Consejo formula recomendaciones para los Estados miembros a fin de que tengan en cuenta la revisión de 2009 de las directrices integradas para el crecimiento y el empleo. Estas recomendaciones están específicamente adaptadas a la situación de cada Estado. Se formulan en el contexto de la ralentización de la actividad económica y del crecimiento del empleo resultante de la crisis financiera internacional.

Los Estados miembros deben adaptar sus programas nacionales de reforma y rendir cuentas de estas adaptaciones en sus informes anuales de ejecución de los programas.

Estas recomendaciones, formuladas en el marco del segundo ciclo (2008 - 2010) de la Estrategia de Lisboa para el crecimiento y el empleo, se presentan en forma de un instrumento único destinado a la revisión de las orientaciones generales de política económica y de las directrices para las políticas de empleo.

See also

Última modificación: 19.11.2009

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