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Eslovaquia - Mercado interior

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Eslovaquia - Mercado interior

Prioridades a corto plazo:

  • continuar la integración de la legislación en materia de normas y certificación;
  • aprobar una ley relativa a las ayudas estatales;
  • adoptar la legislación en el ámbito de la propiedad intelectual;
  • adoptar la legislación en materia de contratación pública (transparencia), procedimientos de quiebra y agricultura (ámbitos veterinario y fitosanitario);
  • instaurar estructuras de normalización y evaluación de la conformidad.

Evaluación (octubre de 1999)

Se han respetado plenamente estas prioridades.

Se han realizado progresos en cuanto a la adopción de la legislación en materia de normas y certificación, ayudas estatales, contratación pública y agricultura (en especial por lo que se refiere a los sectores veterinario y fitosanitario).

Evaluación (noviembre de 2000)

Se registraron algunos progresos en todas las prioridades, con ciertas salvedades: la legislación relativa a marcas y patentes aún no se aplica; debe reforzarse la lucha contra la piratería y la falsificación, así como mejorar la gestión de las fronteras. Subsisten ciertas restricciones a la libre circulación de capitales. El inventario de ayudas estatales no progresa debidamente. Ni el tipo de IVA ni la legislación sobre productos químicos se han alineado con la legislación comunitaria.

Evaluación (noviembre de 2001)

Se ha creado una oficina de contratos públicos. Es necesario el fortalecimiento de las capacidades de lucha contra la falsificación. Va por buen camino la adecuación en lo relativo a la libre circulación de mercancías. Persisten determinadas restricciones en lo referente a la libre circulación de capitales. Debe mejorarse la coordinación de las autoridades de vigilancia de los servicios financieros. Se echa en falta un inventario de las ayudas estatales, y la aplicación de la legislación pertinente plantea problemas. Se ha progresado en la adecuación de los impuestos especiales, contrariamente a la adecuación del IVA.

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Prioridades a medio plazo:

  • adoptar la legislación, así como su puesta en práctica y su aplicación efectiva, en materia de normas y de evaluación de la conformidad, competencia (control y transparencia de las ayudas estatales y las concentraciones), impuestos indirectos, propiedad intelectual (aplicación), servicios financieros, protección de datos y del sector audiovisual;
  • consolidar las estructuras de normalización y evaluación de la conformidad;
  • instaurar un sistema de vigilancia del mercado;
  • adoptar la reglamentación técnica sobre los productos industriales;
  • promover el desarrollo de las empresas, en particular, de las PYME;
  • adoptar el acervo comunitario en los ámbitos de las telecomunicaciones, la protección de los consumidores y el mercado interior de la energía.

Evaluación (octubre de 1999)

No se han hecho progresos en estos ámbitos.

Evaluación (noviembre de 2000)

No se han hecho progresos en estos ámbitos.

Evaluación (noviembre de 2001)

Está pendiente de transposición la Directiva sobre la protección de datos de carácter personal. Ya se han adecuado y aplicado las principales directivas bancarias. Se han registrado escasos avances en lo relativo a los seguros, servicios de inversión y mercados de valores mobiliarios. Se está retrasando el reconocimiento mutuo de títulos. La adecuación en el ámbito de la competencia y las aduanas va por buen camino. Debe reforzarse la autoridad reglamentaria independiente de la telecomunicaciones.

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Tras la firma del Tratado de adhesión el 16 de abril de 2003, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y la República Checa se incorporaron a la Unión Europea el 1 de mayo de 2004.

REFERENCIAS

Decisión 98/262/CE de 30.03.1998Diario Oficial L 121 de 23.04.1998

Decisión 1999/853/CE de 6.12.1999Diario Oficial L 335 de 28.12.1999

Dictamen de la Comisión COM(97) 2004 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(98) 703 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(1999) 511 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2000) 711 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM (2001) 700 final - SEC (2001) 1754Sin publicar en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2003) 675 final - SEC(2003) 1209No publicado en el Diario Oficial

Tratado de adhesión a la Unión Europea (Diario Oficial L 236 de 23.9.2003)

Última modificación: 19.11.2004

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