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Derechos de autor en la economía del conocimiento

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Derechos de autor en la economía del conocimiento

El progreso técnico ha hecho que la información resulte más accesible, sobre todo gracias a Internet. Por eso mismo, se hace necesario adaptar el marco de los derechos de autor a los recientes avances tecnológicos. La presente Comunicación estudia posibles vías de actuación que pueden establecerse en relación con la digitalización de obras, el tratamiento de obras huérfanas, el acceso por parte de las personas con discapacidad y la protección a los nuevos creadores de contenidos de Internet.

ACTO

Comunicación de la Comisión, de 19 de octubre de 2009, titulada «Los derechos de autor en la economía del conocimiento» [COM(2009) 532 final – No publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Tras el análisis de las respuestas recibidas posteriormente a la publicación del Libro verde sobre los derechos de autor en la economía del conocimiento, la Comisión europea anuncia en la presente comunicación una serie de actuaciones en materia de derechos de propiedad intelectual.

¿Cuáles son las posturas de las distintas partes interesadas?

La Comisión ha recibido 372 respuestas a la consulta iniciada con motivo del Libro verde. El análisis de estas respuestas revela posiciones radicalmente opuestas entre las principales partes interesadas:

  • los archivos, bibliotecas y universidades son favorables a un sistema de derechos de autor más amplio, así como a un sistema de excepciones «de interés público» que facilite el acceso a las obras;
  • los editores, las sociedades de gestión colectiva y otros titulares de derechos son más partidarios de mantener el statu quo en materia de derechos de autor, y prefieren contratos que se adapten a cada caso concreto y que tengan en cuenta las nuevas tecnologías.

¿Cuál es la estrategia de la Comisión en materia de derechos de autor?

Bibliotecas y archivos

La producción de copias digitales y la difusión electrónica de obras digitalizadas constituyen los dos principales retos para bibliotecas y archivos. En la actualidad, la digitalización de las colecciones de bibliotecas está sometida a la autorización previa de los titulares de derechos, y la difusión de las obras en línea sólo puede efectuarse en los locales de las bibliotecas.

Por lo tanto, la Comisión tiene la intención de continuar el trabajo a nivel europeo con el objeto de clarificar las implicaciones jurídicas de la digitalización a gran escala y aportar soluciones al problema de los costes de transacción asociados a la comercialización de derechos.

Obras huérfanas

Las obras huérfanas son aquellas que están protegidas por derechos de autor pero cuyos

titulares no pueden ser identificados o localizados. No se pueden explotar porque es imposible obtener la autorización previa de los titulares de los derechos. Por consiguiente, estas obras no se pueden integrar en proyectos de digitalización, como la biblioteca Europeana. A pesar de que la Comisión publicó en 2006 una recomendación sobre la digitalización en línea del patrimonio cultural y un memorando de acuerdo sobre obras huérfanas en 2008, en la actualidad no existe un marco jurídico vinculante en este ámbito.

La Comisión prevé realizar una evaluación de impacto, para explorar medios que faciliten la digitalización y difusión de obras huérfanas. Se contemplan diversas opciones, entre las que figura la adopción de un instrumento independiente y jurídicamente obligatorio que regule el comercio y el reconocimiento mutuo de las obras huérfanas (que sería una excepción a las disposiciones de la Directiva 2001/29/CE), o establecimiento de unas directrices sobre el reconocimiento mutuo transfronterizo de obras huérfanas.

Enseñanza e investigación

Gracias a las modernas tecnologías de la información y la comunicación, los sectores de la enseñanza y la investigación se han internacionalizado en gran medida. Por ello, es importante que los derechos de autor de las obras y publicaciones no constituyan un freno a su desarrollo. En este sentido, se prevé establecer tratamiento diferenciado entre las publicaciones con fines científicos y las publicaciones con fines artísticos o literarios. Por otro lado, la Comisión se propone facilitar la adquisición y utilización de materiales de investigación científica. En la actualidad, el sistema se basa en acuerdos de concesión de licencias suscritos con los editores. La Comisión desea reunir las mejores prácticas en este ámbito para conseguir que un sistema de derechos de uso de las publicaciones menos fragmentado.

Personas con discapacidad

La Convención sobre los derechos de la personas con discapacidad de las Naciones Unidas establece para estas personas el derecho fundamental de disfrutar de igualdad de acceso a los productos de información, publicaciones y productos culturales en un formato accesible. Sin embargo, por el momento, estas personas tienen un acceso muy limitado a las obras (sólo el 5% de las obras publicadas en Europa se convierte a formatos accesibles). Además, los intercambios transfronterizos de este tipo de material se ven dificultados por la limitación territorial de las excepciones a los derechos de autor, que son de competencia nacional.

El principal objetivo de la Comisión consiste en animar a los editores a publicar más obras en formatos accesibles a las personas con discapacidad. Para ello, se organizará un foro que reunirá a las partes interesadas y que facilitará la elaboración de soluciones que permitan que estas personas tengan un mejor acceso a las obras, garantizando al mismo tiempo una remuneración adecuada a los titulares de derechos por el uso de sus obras.

Contenidos creados por el usuario

Con el desarrollo de las aplicaciones de Internet, los usuarios pueden producir y compartir textos, vídeos e imágenes, o crear contenidos en ocasiones basados en material protegido por derechos de autor.

Este fenómeno de creación de contenidos por parte de los usuarios de Internet es, sin embargo, bastante reciente. Por eso, la Comisión pretende ante todo profundizar en el análisis de las necesidades de protección de los derechos de este tipo de usuarios.

Última modificación: 09.07.2010

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