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Adjudicaciones de contratos y concesiones públicas: sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones

Adjudicaciones de contratos y concesiones públicas: sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 92/13/CEE relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de las normas comunitarias en los procedimientos de formalización de contratos de las entidades que operen en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Exige a los países de la Unión Europea (UE) que las decisiones sobre la concesión de contratos y concesiones públicas en el sector de los servicios públicos, así como las decisiones de procedimiento en ese contexto, puedan revisarse con celeridad y eficacia cuando dichas decisiones hayan violado el Derecho de la UE en materia de contratación pública.

PUNTOS CLAVE

  • La Directiva 92/13/CEE se aplica a los contratos y las concesiones públicas en el sector de los servicios públicos comprendidas en el marco de las normas sustantivas pertinentes (la Directiva 2014/23/UE —véase la síntesis— y la Directiva 2014/25/UE —véase la síntesis— que sustituye a la Directiva 2004/17/CE a partir del 18 de abril de 2016).
  • Los países de la UE deben garantizar que los procedimientos de recurso sean accesibles, como mínimo, a cualquier persona que tenga, o haya tenido, interés en obtener un determinado contrato y que se haya visto, o pueda verse, perjudicada por una presunta violación.
  • La Directiva 92/13/CEE permite emprender acciones tanto antes de la firma del contrato (vías de recurso precontractuales) como después (vías de recurso poscontractuales).
    • Las vías de recurso precontractuales pretenden corregir las infracciones de las normas de contratación pública en el transcurso del procedimiento de licitación y, en todo caso, antes de que el contrato entre en vigor. Incluyen el derecho a medidas provisionales, un período suspensivo obligatorio y el requerimiento de suspensión del procedimiento de adjudicación mientras se investiga el recurso para evitar la adjudicación del contrato.
    • Las vías de recurso poscontractuales pretenden declarar un contrato existente ineficaz o la concesión de una indemnización (principalmente por daños y perjuicios) a las partes perjudicadas tras la adjudicación del contrato de que se trate.
  • La Directiva 92/13/CEE fue profundamente modificada por la Directiva 2007/66/CE. La Directiva 2014/23/UE introdujo una serie de modificaciones, principalmente para ampliar el ámbito de aplicación de la Directiva 92/13/CEE en relación con las concesiones previstas en la Directiva 2014/23/UE y para actualizar las referencias a las disposiciones fundamentales para los contratos públicos que se establecen en la Directiva 2014/25/UE.
  • La Directiva 89/665/CEE (véase la síntesis) es el equivalente a la Directiva 92/13/CEE para el sector público y fue profundamente modificada por la Directiva 2007/66/CE. La Directiva 2014/23/UE introdujo nuevas modificaciones para cubrir sus propias necesidades y las de la Directiva 2014/24/UE (véase la síntesis).

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el 6 de marzo de 1992 y tenía que adquirir rango de ley en los países de la UE a más tardar el 1 de enero de 1993.

ANTECEDENTES

Para obtener más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 92/13/CEE del Consejo, de 25 de febrero de 1992, relativa a la coordinación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas referentes a la aplicación de las normas comunitarias en los procedimientos de formalización de contratos de las entidades que operen en los sectores del agua, de la energía, de los transportes y de las telecomunicaciones (DO L 76 de 23.3.1992, pp. 14-20).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 92/13/CEE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Directiva 2014/23/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión (DO L 94 de 28.3.2014, pp. 1-64).

Véase la versión consolidada.

Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE (DO L 94 de 28.3.2014, pp. 65-242).

Véase la versión consolidada.

Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la contratación por entidades que operan en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales y por la que se deroga la Directiva 2004/17/CE (DO L 94 de 28.3.2014, pp. 243-374).

Véase la versión consolidada.

última actualización 09.01.2020

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