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Reducir los costes administrativos

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Reducir los costes administrativos

La Comisión se ha fijado el objetivo de disminuir las cargas burocráticas a las que se enfrentan las empresas. A tal fin, propone que se reduzcan los costes administrativos en un 25 % en cinco años. Se espera que esa reducción genere un incremento del 1,5 % del PIB, lo que representa cerca de 150 000 millones de euros.

ACTO

Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones, de 24 de enero de 2007, «Programa de Acción para la Reducción de las Cargas Administrativas en la Unión Europea» [COM (2007) 23 final - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

Con objeto de lograr las metas y ambiciones de la estrategia de Lisboa revisada y del Programa «Legislar mejor», la Comisión ha constatado que era necesario reducir los costes administrativos * de las empresas. En efecto, las empresas deben dedicar mucho tiempo a cumplir determinadas obligaciones de información, en lugar de utilizar ese tiempo para llevar a cabo su actividad principal.

Los costes administrativos se derivan de la a veces abundante información que las empresas están obligadas a proporcionar a las autoridades en virtud de lo establecido en diversos textos legislativos; estas obligaciones de información constituyen precisamente el objetivo del Programa de reducción de los costes administrativos. Y ello es así porque resulta mucho más fácil comparar entre sí las obligaciones de información de los diferentes Estados miembros, que los textos legislativos, aunque uno y otro a veces difieren grandemente de un Estado miembro a otro. Por tanto, las medidas de reducción de los costes administrativos se limitan a simplificar estas exigencias de información, y no modifican los principios fundamentales de la legislación de base.

Los costes administrativos se derivan del Derecho internacional, del Derecho comunitario, del Derecho nacional o del Derecho regional. Tanto el Derecho internacional como una parte del Derecho comunitario requieren una transposición a nivel nacional. Por tanto, se trata de una responsabilidad compartida que exigirá una cooperación constante entre las instituciones de la Unión Europea y los Estados miembros.

Medir los costes administrativos a escala de la UE

Este Programa de Acción utiliza un modelo comunitario de cálculo de los costes administrativos. Dicho modelo está basado en el Modelo MCE (Modelo de Costes Estándar), en el cual introduce algunas variantes. El MCE se creó en los Países Bajos. Su objeto es identificar las obligaciones de información que figuran en la reglamentación en virtud de las cuales las empresas deben facilitar información a las autoridades públicas o a terceros. Consiste asimismo en evaluar los recursos internos y externos que utilizan las empresas para obtener la información exigida.

Una red de diecisiete Estados miembros utilizan el Modelo MCE. Sin embargo, la Comisión ha considerado necesario elaborar un verdadero modelo comunitario de cálculo de los costes administrativos (MCE UE). El MCE UE se basa en el modelo MCE, del cual se diferencia, en particular, en la composición de los grupos destinatarios de las obligaciones de información. Esos grupos son más amplios, e incluyen a las empresas, el sector asociativo, las autoridades públicas y los ciudadanos. El modelo MCE UE innova principalmente evaluando la reglamentación excesiva *.

El Programa de Acción tiene por objeto ofrecer, a más tardar en noviembre de 2008, una evaluación de los costes administrativos impuestos por la legislación comunitaria. Una medición de los costes administrativos a escala de la UE debe responder a tres retos:

  • Identificar con precisión todas las obligaciones de información establecidas en actos legislativos. El Programa de reducción de los costes administrativos se basa en las obligaciones de información, y no en los textos legislativos íntegros. Es necesario que se realice una clasificación clara de las obligaciones de información, tanto a nivel de la UE como a nivel nacional.
  • Armonizar las obligaciones de información que deben medirse. Es necesario un mínimo de armonización a fin de poder comparar los datos de los Estados miembros y establecer unos objetivos comunes de reducción. Resulta preciso armonizar varios parámetros, entre los que cabe destacar los siguientes: la clasificación de las obligaciones de información según su origen, los coeficientes de costes estandarizados, el tipo de actividades administrativas y el tipo de poblaciones afectadas, la definición de «empresa eficaz» y, por último, las entidades afectadas. Por razones prácticas, en una primera fase la armonización debería afectar únicamente a las medidas asignadas a las empresas.
  • Seleccionar las obligaciones de información que deben medirse. Por razones prácticas, la Comisión propone que se midan únicamente los reglamentos y las directivas comunitarias, y las disposiciones adoptadas para su transposición a la legislación nacional. La Comisión propone asimismo que se limiten las obligaciones de información que deben medirse a determinados ámbitos prioritarios, a saber: Derecho de sociedades, legislación farmacéutica, entorno de trabajo/relaciones laborales, legislación fiscal e impuesto sobre el valor añadido, estadísticas, agricultura y subsidios agrícolas, seguridad alimentaria, transporte, pesca, servicios financieros, medio ambiente, política de cohesión y, por último, contratación pública. La Comisión tiene intención de actuar de forma prioritaria en esos ámbitos, que tienen los costes administrativos más elevados.

Establecer una estrategia comunitaria de reducción de las cargas administrativas

La Comisión propone, en primer lugar, elegir como objetivo global la reducción de los costes administrativos en un 25 % para toda la UE. Ese objetivo debería alcanzarse en cinco años.

Para alcanzar ese objetivo, la Comisión tiene previsto reducir determinadas cargas en los ámbitos en los que sea posible una acción inmediata. Algunos cambios de escasa importancia en la legislación existente permitirían obtener resultados significativos con sencillez y rapidez. La Comisión ha identificado once sectores en los que las cargas administrativas pueden reducirse en 1 300 millones de euros.

Los Estados miembros también deberán tomar decisiones que permitan reducir los costes, puesto que una parte importante de los mismos proviene directamente de las legislaciones nacionales y regionales.

Para alcanzar esos objetivos, la Comisión propone que se elaboren unos principios comunes a fin de reducir las cargas administrativas, a saber:

  • reducir la frecuencia de las declaraciones obligatorias a los niveles mínimos necesarios;
  • verificar que no se impone varias veces la misma obligación de información;
  • promover la recogida de información a través de Internet;
  • reducir las exigencias impuestas a las pequeñas y medianas empresas, e introducir umbrales para los requisitos de información;
  • centrarse específicamente en los operadores más expuestos a los costes administrativos en determinados sectores;
  • reducir o suprimir los requisitos de información impuestos en relación con exigencias legislativas que hayan desaparecido o que entretanto hayan sido modificadas;
  • facilitar una aclaración sobre aquellos actos legislativos complejos que pudieran ralentizar la actividad empresarial.

Organización

Por último, la Comisión especifica la estructura organizativa del Programa. Por ejemplo, recurrirá a consultores externos para el ejercicio de medición de los costes administrativos de la legislación comunitaria, y trabajará en estrecha colaboración con los Estados miembros para aplicar el Programa.

Próximos pasos

La Comisión invita a los Estados miembros a que concluyan su ejercicio de medición de aquí a 2009 y a que fijen objetivos de reducción de las cargas administrativas a escala nacional a más tardar en octubre de 2008.

Sugiere asimismo al Parlamento Europeo y al Consejo que adopten lo antes posible las medidas relativas a los ámbitos prioritarios.

Por último, la Comisión se informará periódicamente sobre los progresos obtenidos en lo que respecta a la aplicación del Programa.

Términos clave del acto

  • Costes administrativos: costes habidos por las empresas, el sector asociativo, los poderes públicos y los ciudadanos para cumplir las obligaciones legales de facilitar información sobre sus actividades (o su producción), ya sea a las autoridades públicas, ya sea a entidades privadas.
  • Exceso de reglamentación: la reglamentación excesiva se produce cuando una autoridad transpone un texto creando o ampliando las obligaciones previstas inicialmente.

Última modificación: 12.02.2007

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