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República Checa - Mercado interior

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República Checa - Mercado interior

Prioridades a corto plazo:

  • derechos de propiedad intelectual (legislación y aplicación);
  • certificación y normalización (continuación de la alineación de las medidas reglamentarias sobre el acervo y celebración de un acuerdo europeo de evaluación de la conformidad);
  • modificación de la ley antitrust;
  • continuación del desarrollo del marco legislativo relativo al control de las ayudas públicas y mejora de la transparencia mediante el establecimiento de un inventario suplementario de las ayudas públicas.
  • libre circulación de mercancías: modificación de la legislación horizontal sobre exigencias técnicas aplicables a los productos, sobre evaluación de la conformidad y sobre protección de la Salud Pública;
  • libre circulación de capitales: alineación de las leyes sobre telecomunicaciones, seguros y obligaciones;
  • libre circulación de servicios: refuerzo de la comisión de operaciones de bolsa y ampliación de su ámbito de intervención.

Evaluación (octubre de 1999)

Se hicieron algunos progresos en cuanto a normalización y certificación a raíz de la aprobación de una legislación sectorial importante. No obstante, no se adoptó aún la enmienda de la ley marco sobre exigencias técnicas. Las negociaciones relativas al protocolo sobre la evaluación europea de conformidad continúan. Se realizaron otros progresos por lo que se refiere a los controles en frontera relativos a los derechos de propiedad intelectual. Se estableció una parte del inventario de las ayudas públicas existentes. No se registró, sin embargo, ningún progreso relacionado con la legislación antitrust ni con la relativa a las ayudas públicas.

Evaluación (noviembre de 2000)

Las leyes sobre la propiedad industrial y sobre los derechos de autor indican progresos importantes, pero sería necesario mejorar su aplicación y su control. En el marco del derecho de sociedades, no se ha abordado aún la cuestión de la protección de los pequeños inversores. La nueva ley sobre protección de los datos personales se ajusta al acervo, pero es necesario establecer la autoridad de vigilancia prevista. Se ha acordado la necesaria prioridad a la libre circulación de mercancías. En el ámbito de la libre circulación de capitales, siguen existiendo problemas por lo que se refiere al derecho de compra de bienes inmuebles por parte de no residentes y al cierre de las cuentas anónimas existentes. Las prioridades relativas a la libre circulación de servicios han registrado progresos limitados. La ley antimonopolio no está alineada aún con el acervo. Se han realizado grandes progresos en la legislación en materia de ayudas estatales y se ha acabado una gran parte del inventario.

Evaluación (noviembre de 2001)

Ha terminado la adaptación en el ámbito de los derechos de propiedad intelectual e industrial. Por lo general, el derecho de sociedades checo es conforme al acervo comunitario; al igual que la legislación sobre protección de datos, donde se ha instituido un órgano de vigilancia independiente. En el ámbito de la libre circulación de mercancías y en el sector audiovisual, la adecuación ha avanzado a buen ritmo. La liberalización de flujos de capital prácticamente ha terminado. Se han realizado importantes progresos en el ámbito de la competencia. La autoridad reguladora de las telecomunicaciones debería ser más independiente.

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Prioridades a medio plazo:

  • alineación de la legislación relativa a contratos públicos, contabilidad, protección de datos, servicios financieros, impuestos indirectos, sector audiovisual y protección de los consumidores;
  • continuación del desarrollo de los organismos encargados de la normalización y de la evaluación de conformidad e instauración de un sistema de vigilancia del mercado;
  • aprobación de una legislación técnica sobre productos industriales;
  • refuerzo de las autoridades responsables en materia de competencia;
  • conclusión de la alineación del derecho de la competencia con el acervo;
  • promoción del desarrollo de las empresas (pequeñas y medianas empresas, en particular);
  • alineación de los ámbitos de las telecomunicaciones, la protección de los consumidores y el mercado interior de la energía con el acervo comunitario.

Evaluación (octubre de 1999)

La República Checa progresó en la alineación de su legislación bancaria y de su legislación técnica sobre productos industriales. Prosiguió también sus políticas en favor de las PYME.

Evaluación (noviembre de 2000)

Por lo que se refiere a los contratos públicos, queda por suprimir la cláusula de preferencia nacional. Se ha adoptado una nueva ley relativa a protección de datos. La aprobación de las nuevas leyes sobre seguros y el refuerzo del órgano de vigilancia de los seguros constituyen progresos importantes. El personal responsable de la competencia ha recibido una buena formación en política comunitaria de la competencia. Se han realizado algunos progresos en la alineación de la protección de los consumidores.

Evaluación (noviembre de 2001)

En el ámbito de los contratos públicos, debe derogarse la cláusula de preferencia nacional. La adaptación en el ámbito de los derechos de propiedad intelectual e industrial casi ha terminado. La legislación sobre protección de datos es prácticamente conforme al acervo y se ha instituido un órgano de vigilancia. La adecuación ha avanzado a buen ritmo en lo relativo a la libre circulación de mercancías, los seguros y el IVA; al contrario de lo que sucede con la libre circulación de personas. Todavía debe garantizarse la aplicación de la legislación antimonopolio y la relativa a las ayudas estatales. Se han realizado importantes progresos en cuanto a protección de los consumidores. La legislación aduanera es en gran medida compatible con el acervo.

Evaluación (noviembre de 2003)

Consultar las fichas relativas a la asimilación del acervo comunitario.

Tras la firma del Tratado de adhesión el 16 de abril de 2003, Chipre, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia,Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Polonia y la República Checa se incorporaron a la Unión Europea el 1 de mayo de 2004.

REFERENCIAS

Decisión 98/267/CE de 30.03.1998Diario Oficial L 121 de 23.04.1998

Decisión 1999/858/CE de 06.12.1999Diario Oficial L 335 de 28.12.1999

Dictamen de la Comisión COM(97) 2009 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(98) 708 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(1999) 503 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2000) 703 finalNo publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2001) 700 final - SEC(2001) 1746No publicado en el Diario Oficial

Informe de la Comisión COM(2003) 675 final - SEC(2003) 1200No publicado en el Diario Oficial

Tratado de adhesión a la Unión Europea (Diario Oficial L 236 de 23.9.2003)

Última modificación: 19.11.2004

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