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Estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2002-2006)

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Estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2002-2006)

Esta estrategia se propone facilitar la aplicación de la legislación existente en materia de salud y seguridad en el trabajo y dar un nuevo impulso durante el periodo en cuestión. Se basa en un análisis tras el cual la Comisión recuerda las tres exigencias que deben cumplirse para garantizar un entorno de trabajo seguro y saludable: la consolidación de la cultura de prevención de los riesgos, una mejor aplicación del Derecho existente y un planteamiento global del «bienestar en el trabajo». Para satisfacer esas condiciones, la estrategia comunitaria propone tres grandes orientaciones: la adaptación del marco jurídico, el apoyo a las «gestiones de progreso» (elaboración de mejores prácticas, diálogo social y responsabilidad social de las empresas) y por último la integración de la problemática de la seguridad y la salud en el lugar de trabajo en otras políticas comunitarias.

ACTO

Comunicación de la Comisión, de 11 de marzo de 2002, relativa a la estrategia comunitaria de salud y seguridad en el trabajo (2002-2006) [COM (2002) 118 - no publicada en el Diario Oficial].

SÍNTESIS

1. El Consejo Europeo de Lisboa señaló que Europa estaba viviendo una transición hacia la economía del conocimiento caracterizada por profundos cambios que afectan a la composición de la población activa, las formas de empleo y los riesgos en el lugar de trabajo. El diagnóstico de esas distintas evoluciones permitirá delimitar con mayor precisión los problemas a los que deberá responder la estrategia «salud y seguridad en el trabajo».

ACOMPAÑAR LOS CAMBIOS DEL MUNDO DEL TRABAJO

Evolución de la población activa: feminización y envejecimiento

2. La evolución de la población activa requiere un planteamiento global de la calidad del empleo que tenga en cuenta la situación específica de las franjas de edad y de la dimensión de género.

3. De esta manera, el aumento constante de la proporción de mujeres que trabajan da lugar a determinadas exigencias específicas: las mujeres no son sensibles a los mismos tipos de enfermedades profesionales que los hombres y sufren accidentes de trabajo distintos. Debe integrarse mejor la especificidad de los sexos en la legislación. A tal efecto, deben invertirse esfuerzos en lo que se refiere a la ergonomía de los puestos de trabajo y a la consideración de las diferencias fisiológicas y psicológicas en la organización del trabajo.

4. Asimismo, los trabajadores de cierta edad (mayores de 50 años) sufren unos accidentes de trabajo más graves y que provocan una mortalidad más importante ya que tiende a ser más elevada su presencia en los oficios industriales manuales de mayor riesgo.

Diversificación de las formas de empleo

5. El aumento de los contratos de trabajo temporales y de los horarios atípicos (trabajo por turnos o nocturno) son factores que agravan los riesgos que corren los trabajadores. En efecto, estos últimos suelen estar mal formados, a veces poco motivados a causa de su contrato precario y sufren alteraciones psicosomáticas debidas a los ritmos de trabajo. Por último, algunas nuevas formas de empleo, como por ejemplo el teletrabajo, están creando nuevas problemáticas que conviene tener más en cuenta.

Modificación de los riesgos

6. Las mutaciones en la organización del trabajo (obligación de resultado y mayor flexibilidad) tienen una profunda incidencia sobre la salud en el trabajo y más en general sobre el bienestar de los trabajadores. Se observa que ciertas enfermedades como el estrés, la depresión, la violencia, el acoso y la intimidación en el trabajo están aumentando fuertemente y representaban ya en 1999 un 18 % de los problemas de salud relacionados con el trabajo. Las estrategias de prevención de esos nuevos riesgos sociales deberían incluir también la incidencia de las dependencias sobre el riesgo de accidentes, en especial las relacionadas con el alcohol y los medicamentos.

TRES EXIGENCIAS INELUDIBLES PARA UN ENTORNO DE TRABAJO DE CALIDAD

Un planteamiento global de bienestar en el trabajo

7. La política comunitaria de salud y seguridad en el trabajo debe ocuparse de fomentar un verdadero «bienestar en el trabajo» que sea tanto físico como moral o social y que no se mida sólo por la ausencia de accidentes o de enfermedades profesionales. Para cumplir ese objetivo, deberán emprenderse diversas medidas complementarias:

  • reducción continua de los accidentes y las enfermedades profesionales (deben contemplarse objetivos cuantificados a nivel comunitario y nacional);
  • prevención de los riesgos sociales (estrés, acoso en el trabajo, depresión, ansiedad y dependencias);
  • una mayor prevención de las enfermedades profesionales, en especial de las enfermedades causadas por el amianto, la pérdida de audición y los trastornos musculo-esqueléticos;
  • una mejor toma en consideración de la evolución demográfica en los riesgos, los accidentes y las enfermedades profesionales (envejecimiento de los trabajadores y protección de los jóvenes en el trabajo);
  • inclusión de la dimensión de género en la evaluación de los riesgos, las medidas de prevención y los dispositivos de reparación;
  • una mejor toma en consideración de los cambios en las formas de empleo y las modalidades de organización del trabajo (trabajo temporal y atípico);
  • inclusión de las problemáticas específicas relacionadas con las PYME, las microempresas y los trabajadores autónomos.

Una verdadera cultura de prevención

8. La mejora del conocimiento de los riesgos requiere:

  • educación y formación (sensibilización en los programas escolares, enseñanza en la formación profesional y en el ámbito de la formación profesional continua);
  • sensibilización de los empresarios sobre el reto que representa la creación de un entorno de trabajo bien controlado;
  • anticipación de los riesgos nuevos y emergentes, tanto los que proceden de las innovaciones técnicas como los derivados de la evolución social (creación de un observatorio de los riesgos en el seno de la Agencia europea para la salud y la seguridad en el trabajo).

La Agencia europea para la salud y la seguridad en el trabajo debería ser una de las fuerzas motrices de esas acciones de sensibilización y anticipación.

Una mejor aplicación de la legislación existente

9. La aplicación efectiva del Derecho comunitario es una condición necesaria para mejorar la calidad del entorno de trabajo. Para facilitarla, la Comisión va a elaborar, en concertación con los interlocutores sociales, unas guías de aplicación de las directivas que tendrán en cuenta la diversidad de los sectores de actividad y de las empresas. Además, la Comisión va a llevar a cabo acciones que favorezcan, mediante una estrecha colaboración entre las autoridades nacionales, una aplicación correcta y equivalente de las directivas. De esa forma, se estimulará la elaboración de objetivos comunes de inspección y de métodos comunes de evaluación de los sistemas nacionales de inspección. Por otra parte, los controles ejercidos por los servicios de inspección de los Estados miembros deben dar lugar a sanciones homogéneas que sean a la vez disuasivas, proporcionadas y efectivamente aplicadas.

UN PLANTEAMIENTO GLOBAL QUE COMBINE LOS INSTRUMENTOS JURÍDICOS Y LAS ASOCIACIONES

10. La promoción de un entorno de trabajo de calidad, que tenga en cuenta las tres dimensiones citadas, exige un planteamiento global basado en todos los mecanismos disponibles.

Adaptación del marco jurídico e institucional:

  • adaptación de las directivas existentes a la evolución científica y al progreso técnico;
  • análisis de los informes nacionales de aplicación de las directivas para identificar las dificultades encontradas por los distintos actores en el momento de la aplicación de la legislación;
  • nuevas disposiciones legislativas que incluyan la ampliación del campo de aplicación de la Directiva « agentes carcinógenos », la creación de un marco legislativo relativo a la ergonomía de los puestos de trabajo, una comunicación sobre los trastornos musculo-esqueléticos y una nueva legislación relativa a los riesgos emergentes (acoso moral y violencia en el trabajo, entre otros);
  • racionalización del marco jurídico: codificación de las directivas existentes y elaboración de un informe único de aplicación que sustituya a los informes específicos previstos en las distintas directivas;
  • fusión del Comité consultivo de seguridad, higiene y protección de la salud en el trabajo y del Órgano permanente de seguridad e higiene en las minas de hulla y otras industrias extractivas.

Apoyo a las gestiones de progreso:

  • El «benchmarking» (evaluación comparativa) y la identificación de las mejores prácticas debería permitir:

- fomentar progresos convergentes en los Estados miembros gracias a la fijación de objetivos nacionales para la reducción de accidentes, enfermedades profesionales y días perdidos a causa de dichos accidentes o enfermedades;

- detectar mejor los fenómenos emergentes como los trastornos y enfermedades por causa del estrés y los trastornos musculo-esqueléticos;

- desarrollar el conocimiento y el seguimiento de los costes económicos y sociales derivados de los accidentes y las enfermedades profesionales.

  • Los acuerdos voluntarios celebrados por los interlocutores sociales

El diálogo social y la acción de los interlocutores sociales interprofesionales y sectoriales son unos excelentes instrumentos, ya que permiten abordar los riesgos y problemas específicos de las diferentes profesiones y ramas. Además, a menudo conducen a la elaboración de buenas prácticas, códigos de conducta o incluso de acuerdos-marco.

  • La responsabilidad social de las empresas y la competitividad

Numerosas empresas convierten el respeto de un entorno de trabajo seguro y saludable en un criterio importante para la elección de sus subcontratistas y la comercialización de sus productos. La salud y la seguridad en el trabajo se incluyen cada vez con más frecuencia en iniciativas voluntarias de certificación y etiquetado. Un entorno de trabajo saludable depende de un planteamiento global de «gestión de la calidad» que beneficie a las realizaciones y a la competitividad. Las relaciones entre salud y seguridad en el trabajo y competitividad son más complejas que la simple cuestión de los costes ocasionados por el cumplimiento de las normas. Efectivamente, la ausencia de una política en este ámbito se traduce en una pérdida de capacidades productivas mucho más perjudicial en términos de costes.

  • Los incentivos económicos

La aplicación en empresas de primas de seguro en función de las tasas de accidentes, de incentivos económicos representa un incentivo económico real. Dicha práctica merecería una aplicación más sistemática.

Integración de la salud y la seguridad en el trabajo en las demás políticas comunitarias

11. La promoción del bienestar en el trabajo no se puede conseguir exclusivamente a través de la política de salud y seguridad, sino que está muy relacionada con otros planteamientos comunitarios como la estrategia europea de empleo, la salud pública y la comercialización de los equipos de trabajo y de los productos químicos, así como con otras políticas destinadas a la protección que se basan en medidas preventivas (transporte, pesca y medio ambiente).

DIMENSION INTERNACIONAL DE LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL LUGAR DE TRABAJO

Preparación de la ampliación

12. Con objeto de garantizar una aplicación real del acervo comunitario, deberían aplicarse las siguientes medidas:

  • refuerzo de los programas de asistencia técnica y de los intercambios de experiencias a través de las fórmulas de asociación y hermanamiento;
  • refuerzo del diálogo social;
  • promoción de la recogida y análisis de datos sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Desarrollo de la cooperación internacional

13. La articulación de las acciones que lleva a cabo la Comisión con las de las organizaciones internacionales (Organización Mundial de la Salud y Organización Internacional del Trabajo) es indispensable, principalmente en temas como la lucha contra el trabajo infantil y los efectos de las dependencias de los medicamentos y el alcohol sobre la salud y la seguridad en el trabajo.

En el ámbito de los trabajos del Consejo, esa coordinación ha permitido la adopción, en el marco de las Conferencias Internacionales del Trabajo, de un convenio y una recomendación sobre «la seguridad y la salud de los trabajadores en las minas y en la agricultura», de un protocolo y una recomendación sobre «el registro y declaración de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, incluyendo la revisión de la lista de enfermedades profesionales» y, por último, la adopción de una «resolución sobre la seguridad y la salud en el trabajo».

La cooperación con terceros países, especialmente los de la cuenca mediterránea, ASEAN (Association of Southeast Asian Nations), TLCAN (Tratado de Libre Comercio de América del Norte) y Mercosur (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), son fundamentales para que se respeten las normas mínimas.

Por último, deberían profundizarse las relaciones de cooperación y de intercambios de experiencias en materia de salud y seguridad en el trabajo, iniciadas en el marco del Pacto Transatlántico con los Estados Unidos.

CONTEXTO

14. Esta estrategia es la continuación de la Comunicación de la Comisión de 1995 sobre un programa comunitario en el ámbito de la seguridad, la higiene y la salud en el lugar de trabajo (1996-2000).

En aquella ocasión, se había concedido la prioridad a los siguientes puntos principales:

  • la creación de la Agencia Europea para la salud y la seguridad en el trabajo en Bilbao;
  • la correcta transposición de las distintas directivas y su aplicación práctica (informes de evaluación y control de la inspección de trabajo);
  • la creación de una cultura de seguridad en las empresas;
  • el desarrollo del vínculo con la empleabilidad (la calidad del trabajo de los empleados depende en gran parte de sus condiciones de trabajo).

Cifras clave del acto

  • En 1998, murieron 5 500 trabajadores como consecuencia de accidentes de trabajo y 4,8 millones de accidentes provocaron una incapacidad laboral superior a tres días. En relación con la situación de 1994, la incidencia de los accidentes de trabajo disminuyó en cerca del 10 %.
  • La pesca, la agricultura, la construcción y los servicios de salud y de acción social tienen índices de incidencia superiores en un 30 % a la media.
  • Los sectores de la industria extractiva, de transformación, los transportes y la hostelería- restauración registran índices de incidencia superiores en un 15 % a la media.

Última modificación: 08.03.2004

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