EUR-Lex Access to European Union law
This document is an excerpt from the EUR-Lex website
Document 52012DC0392
COMMUNICATION FROM THE COMMISSION TO THE EUROPEAN PARLIAMENT, THE COUNCIL, THE EUROPEAN ECONOMIC AND SOCIAL COMMITTEE AND THE COMMITTEE OF THE REGIONS A Reinforced European Research Area Partnership for Excellence and Growth
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Una asociación del Espacio Europeo de Investigación reforzada en pos de la excelencia y el crecimiento
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Una asociación del Espacio Europeo de Investigación reforzada en pos de la excelencia y el crecimiento
/* COM/2012/0392 final */
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Una asociación del Espacio Europeo de Investigación reforzada en pos de la excelencia y el crecimiento /* COM/2012/0392 final */
COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL
PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL
COMITÉ DE LAS REGIONES Una asociación del Espacio Europeo de
Investigación reforzada en pos de la excelencia y el crecimiento (Texto pertinente a efectos del EEE) 1. El EEI en un nuevo contexto económico y
político Mejorar el rendimiento de la
investigación en Europa para promover el crecimiento y la creación de empleo El conocimiento es la moneda de la nueva
economía. Por ello, una capacidad de investigación e innovación de primera
línea, construida sobre una sólida base científica pública, es fundamental para
lograr una recuperación económica duradera y consolidar la posición de Europa
en el nuevo orden mundial. La inversión directa extranjera (FDI) en
la UE en I+D se está manteniendo, en oposición a la tendencia general a la
disminución de la FDI en la UE[1].
Pero los indicadores de calidad, excelencia e impacto de la ciencia muestran
que la posición de la UE en el mundo se debilita y que se está produciendo un
éxodo del talento científico. La Comisión ha propuesto incrementar el
presupuesto de I+D de la UE hasta los 80 000 millones EUR para Horizonte 2020 y
los Estados miembros se han comprometido con el objetivo de la UE de invertir
en investigación por término medio un 3 % del PIB de la Unión de aquí a
2020. Pero para obtener el máximo rendimiento de esta inversión, Europa debe
aumentar la eficiencia, eficacia y excelencia de su sistema de investigación
pública. Esta es la razón por la que el Espacio
Europeo de Investigación (EEI) está en el núcleo de la estrategia Europa
2020 y su iniciativa emblemática «Unión por la innovación»[2] y por la que el
Consejo Europeo ha solicitado que se lleve a término el EEI para 2014[3]. «Unión por la
innovación» tiene por objeto garantizar que los nuevos productos y servicios
intensivos en conocimientos contribuyan de forma sustancial al crecimiento y al
empleo, pero para lograr este objetivo es indispensable una base científica de
categoría auténticamente mundial. Otro objetivo clave del EEI es contener
tanto la fuga de cerebros, en particular de las regiones más débiles, como las
enormes diferencias regionales en el rendimiento de la investigación y la
innovación, teniendo por meta la excelencia en toda la Unión a través de la
especialización inteligente. Como en el caso de la propuesta de la
Comisión relativa a Horizonte 2020, todo ello debe conseguirse utilizando
normas y procedimientos que sean lo más sencillos posible desde el punto de
vista del usuario. Definición del EEI: abrir y
conectar los sistemas de investigación de la UE El EEI se basa en los 27 sistemas
nacionales de investigación de los Estados miembros, financiados a partir de
los ingresos tributarios nacionales. Estos sistemas mantendrán su individualidad
en la medida en que ello beneficie a la UE y a cada Estado miembro, permitiendo
a Europa aprovechar su diversidad científica, cultural y geográfica. Es vital
que los Estados miembros y las regiones potencien sus sistemas de investigación
propios, basados en sus particulares puntos fuertes, en consonancia con la
especialización inteligente. Sin embargo, para conseguir un EEI competitivo a
escala mundial, que permita a Europa desempeñar un papel de liderazgo a la hora
de abordar los grandes retos y en el que participen todos los Estados miembros,
es preciso que los sistemas nacionales se abran más, tanto recíprocamente como
hacia el mundo, estén más interconectados y sean más interoperables. De este modo se reforzarán tanto la
competencia como la cooperación. La competencia garantiza que la financiación
se asigna a los mejores investigadores y equipos de investigación, en tanto que
la cooperación permite que las mentes más brillantes colaboren a fin de
acelerar la resolución de los grandes retos (el envejecimiento de la población,
la seguridad energética, la movilidad, la degradación del medio ambiente, etc.)
y evita la duplicación innecesaria de inversiones nacionales en investigación e
infraestructura. Con vistas a la apertura de la
innovación, y dado que la empresa científica cada vez exige más colaboración,
llevar a término el EEI significa también hacer realidad la «quinta libertad»[4], la libre
circulación de los investigadores y de los conocimientos científicos, en
particular a través de medios digitales[5].
La siguiente definición de EEI se basa en el Tratado de Lisboa[6] y en las
Conclusiones del Consejo Europeo: un espacio de investigación unificado
abierto al mundo y basado en el mercado interior, en el que circulan libremente
los investigadores, el conocimiento científico y la tecnología y a través de
cual la Unión y sus Estados miembros consolidan sus bases científicas y
tecnológicas, así como su competitividad y su capacidad para abordar
colectivamente los grandes retos. Prioridades del EEI Partiendo de
un análisis de los puntos fuertes y débiles de los sistemas de investigación de
Europa[7]
y del objetivo global de inducir saltos cualitativos duraderos en el
rendimiento y la eficacia de la investigación en Europa para 2014, se definen
las siguientes prioridades del EEI: ·
Mayor eficacia de los sistemas nacionales
de investigación, incluidos un aumento de la
competencia dentro de las fronteras nacionales e inversiones en investigación
sostenidas o superiores. ·
Cooperación y competencia transnacionales
óptimas: definición y ejecución de agendas de
investigación comunes sobre los grandes retos, elevando la calidad a través de
una competencia abierta a escala europea, y construcción y gestión eficaces de
infraestructuras de investigación clave sobre una base paneuropea. ·
Mercado laboral abierto para los
investigadores, a fin de garantizar la
eliminación de los obstáculos a su movilidad, su formación y unas carreras
atractivas. ·
Igualdad entre los sexos e integración de
la perspectiva de género en la investigación, para
poner fin a un desperdicio de talentos que no podemos permitirnos, diversificar
los puntos de vista y los planteamientos en la investigación y fomentar la
excelencia. ·
Circulación, acceso y transferencia óptimos
del conocimiento científico, en particular a través del EEI digital, para garantizar que los conocimientos sean accesibles y
utilizables por todos. Llevar a término el EEI aportará mejoras
de eficiencia, calidad e impacto y nuevas oportunidades para todos los Estados
miembros. Es una oportunidad que se ofrece a los Estados miembros menos
eficaces para asumir la responsabilidad de reformar sus sistemas de
investigación, impulsando un proceso de especialización inteligente y
contribuyendo al cierre de la brecha de la innovación. Se contará con el apoyo
de Horizonte 2020 y de los Fondos Estructurales. La dimensión exterior es una parte
integrante, transversal y fundamental del EEI. Será abordada más avanzado 2012
dentro de una Comunicación independiente sobre un enfoque estratégico para
aumentar y focalizar la cooperación internacional de la UE en materia de
investigación e innovación. Situación El EEI no parte de cero. La UE, los
Estados miembros, otros países involucrados y las partes interesadas han
realizado progresos importantes desde el año 2000. Ejemplos de avances en la
construcción del EEI Sucesivos Programas Marco han contribuido al EEI a través
de acciones directas[8]
e indirectas, incluidas importantes iniciativas de la Comisión: ·
el Consejo Europeo de Investigación, que
implica competencia a escala europea en pos de la excelencia para la
investigación en las fronteras del conocimiento; ·
los proyectos ERA-NET para la coordinación de
programas de investigación europeo, nacionales y regionales (por ejemplo
E-Rare, que coordina casi la mitad de la investigación sobre enfermedades raras
en Europa); ·
las iniciativas del artículo 185 que combinan
esfuerzos de la UE, nacionales y regionales en programas europeos unitarios
(por ejemplo, la iniciativa PEIM sobre metrología, que agrupa el 44 % de
los recursos de la UE para la ciencia de la medición); ·
las acciones Marie Curie, que han hecho
posible la movilidad de más de 60 000 investigadores. Iniciativas dirigidas por Estados miembros: ·
avances hacia una política coordinada de las
infraestructuras de investigación, por ejemplo la creación del Foro Estratégico
Europeo sobre Infraestructuras de Investigación (ESFRI), que ha generado la
primera hoja de ruta europea para las infraestructuras de investigación[9] y dos
infraestructuras europeas de investigación que han obtenido[10] la categoría de
consorcios de infraestructuras de investigación europeas (ERIC[11]), estando otras
varias en preparación o ya iniciadas[12]; ·
la programación conjunta[13] para abordar los
grandes retos, que está cobrando impulso y generando compromiso político –por
ejemplo, el acuerdo de los Estados miembros de 2010 relativo a unas directrices
sobre las condiciones marco de la programación conjunta en materia de
investigación[14]–;
un caso aparte es la Alianza Europea para la Investigación en el Sector Energético,
para llevar a cabo programas de investigación paneuropea dentro del Plan EETE[15]; ·
la «Asociación Europea para los
Investigadores»[16],
que propicia una mejor gestión de la carrera del investigador en un número cada
vez mayor de instituciones, ha promovido la adopción de la Carta Europea del
Investigador y del Código de Conducta para la Contratación de Investigadores[17] (en lo sucesivo,
«la Carta y el Código») que algunos de los Estados miembros han incorporado a
sus contextos nacionales, y creado marcos habilitadores[18] con notables
resultados; ·
trabajo conjunto sobre la transferencia de
conocimientos[19],
que ha contribuido a que los Estados miembros hayan adoptado políticas sobre
difusión del conocimiento. Las comunidades de conocimiento e innovación del Instituto
Europeo de Innovación y Tecnología están ayudando a crear asociaciones
paneuropeas de investigación, innovación y educación, que deben formar parte de
Horizonte 2020. No obstante, los progresos no han sido
uniformes en todas las dimensiones del EEI ni en todos los Estados miembros.
Mientras que las infraestructuras de investigación, por ejemplo, se han
beneficiado de la combinación de un organismo estratégico, la hoja de ruta y la
regulación, la ejecución de la programación conjunta sigue siendo lenta y no se
han alcanzado los niveles de competencia óptimos. Además, la variabilidad entre
los Estados miembros más y menos avanzados es especialmente notable en las
prácticas de difusión del conocimiento y en las condiciones y las perspectivas
de carrera del investigador. 2. Un enfoque pragmático para llevar a
término el EEI en 2014: responsabilidad y acción Dadas las limitaciones de tiempo, el
enfoque más eficaz y pragmático para cumplir el plazo de 2014 es una asociación
del EEI reforzada –más profunda, amplia y eficiente que hasta la fecha–
entre los Estados miembros, la Comisión y las organizaciones
de partes interesadas en la investigación[20].
Esto significa complementar la asociación del EEI primaria, entre los
Estados miembros y la Comisión, con una participación sistemática de las
organizaciones de partes interesadas, como Science Europe (que reúne a
organizaciones financiadoras y ejecutoras de la investigación), cuando proceda. El papel explícito que van a desempeñar
las organizaciones de partes interesadas en la investigación es nuevo e
importante. Es, además, coherente con sus deseos, con la respuesta a la
consulta pública sobre el EEI y con los reiterados llamamientos del Consejo[21]. Se apoya en
anteriores iniciativas de las partes interesadas, como la hoja de ruta del EEI
elaborada por la Fundación Europea para la Ciencia (European Science
Foundation, ESF)/Asociación Europea de Responsables de Organizaciones
Financiadoras de la Investigación y Ejecutoras de la Investigación (European
Association of the Heads of Research Funding and Research Performing
Organisations, EUROHORCs)[22]
y una serie de simposios trilaterales informales[23] con participación
de representantes de alto nivel de los Estados miembros, organizaciones
financiadoras de la investigación y la Comisión organizados por EUROHORC y
continuados por Science Europe. El enfoque, centrado en prioridades
clave, se basa en responsabilidades y se orienta a la acción, con el deber de
todas las partes de lograr mejoras concretas del sistema de investigación de la
UE en el marco de sus competencias. Se recogen
a continuación las reformas y acciones que se ejecutarán en 2014 para cada prioridad: 2.1. Unos sistemas nacionales
de investigación más eficaces La competencia abierta a nivel nacional
es crucial para maximizar el valor generado por los fondos públicos invertidos
en la investigación. El rendimiento asociado a las mejores prácticas al
respecto, que todos los Estados miembros deberían alcanzar, supone: ·
asignar fondos por medio de convocatorias
abiertas de propuestas, evaluadas por grupos de reconocidos expertos
independientes nacionales y no nacionales (revisión inter pares[24]); esto incita a
los investigadores a alcanzar unos niveles de rendimiento competitivos a nivel
internacional; ·
evaluar la calidad de las organizaciones y
equipos que ejecutan la investigación y de sus resultados como base para las
decisiones de financiación institucional; la revisión inter pares puede
formar parte de este tipo de evaluación y, a largo plazo, conducir a un cambio
organizativo. Si bien el equilibrio entre estos dos
planteamientos puede variar, ambos deben estar en la base de las decisiones de
financiación de la investigación en todos los Estados miembros a fin de superar
las discrepancias en el rendimiento en distintos lugares de la UE. Se invita a los Estados miembros a: ·
introducir o mejorar la financiación
competitiva por medio de convocatorias de propuestas y evaluaciones
institucionales como método principal de asignar fondos públicos a la
investigación y la innovación, introduciendo reformas legislativas en caso
necesario; ·
velar por que todos los organismos públicos
responsables de la asignación de fondos para la investigación apliquen los
principios básicos de la revisión inter pares internacional. La Comisión: ·
apoyará el aprendizaje mutuo y el intercambio
de buenas prácticas entre los Estados miembros sobre la supresión de los
obstáculos nacionales, jurídicos y de otro tipo, que se oponen al EEI en
relación con las prioridades establecidas en la presente Comunicación; ·
a través de la Plataforma de Especialización
Inteligente, apoyará a los Estados miembros y las regiones que utilicen los
Fondos Estructurales para desarrollar la capacidad de investigación y las
estrategias de especialización inteligente, respaldando en particular los
programas de investigación conjunta, en consonancia con los objetivos de la
política de cohesión; ·
apoyará las «cátedras del EEI» destinadas a
fomentar los cambios estructurales en las instituciones para situar la calidad
de su investigación en los niveles internacionales de excelencia. 2.2. Cooperación y
competencia transnacionales óptimas Abordar conjuntamente los grandes
retos La UE tiene que actuar con urgencia y
coherencia para alcanzar, en esfuerzo e impacto, la escala necesaria para abordar
los grandes retos con los limitados fondos públicos de que dispone la
investigación. Las Agendas Estratégicas de Investigación desarrolladas en el
marco de las Iniciativas de Programación Conjunta demuestran el compromiso de
los Estados miembros para abordar los grandes retos según lo solicitado en la
Declaración de Lund[25]
de 2009 y por el Consejo[26].
La programación conjunta puede asimismo dar una base más firme a la cooperación
con los socios internacionales, pero su aplicación hasta la fecha deja que
desear. Lo esencial es hacer posible la investigación y la innovación
transnacionales explotando las sinergias entre los programas nacionales e
internacionales y, más que aportar financiación transfronteriza propiamente
dicha, alinear estratégicamente diferentes fuentes de fondos nacionales y de
otro tipo a nivel de la UE. El nivel de alineación es actualmente demasiado
bajo para incidir sustancialmente en los retos grandes y complejos[27]. Esto se debe, en
parte, a las diferencias entre las normas de financiación y los procedimientos
de selección nacionales, pero también es una cuestión de voluntad política. Es preciso crear las condiciones que
permitan a todos los Estados miembros beneficiarse de una cooperación y
competencia transfronterizas reforzadas a través de: –
La definición de prioridades comunes y agendas
de investigación conjunta, basándose en las Iniciativas de Programación
Conjunta y en las aportaciones de las actividades estratégicas de prospectiva. –
La ejecución de agendas de investigación
conjuntas, cuando sea posible a través de convocatorias comunes o al menos
sincronizadas entre los Estados miembros, basadas en revisiones inter pares
internacionales conjuntas que ofrezcan puntuaciones comparables para todas las
propuestas. De este modo se garantizaría la competencia paneuropea, cuyos
beneficios reconocen ya ampliamente los Estados miembros (casi todos ellos
participan a menudo en las convocatorias conjuntas ERA-NET y algunos optan por
adjudicar fondos nacionales a investigadores de la lista de reserva del CEI por
este mismo motivo). También permitiría identificar los puntos fuertes y débiles
nacionales en cada sector en toda la UE, a fin de ayudar a los Estados miembros
a decidir cómo especializarse. –
La ejecución y/o financiación conjuntas de convocatorias
y proyectos, basándose en la experiencia obtenida hasta la fecha y en las
disposiciones en materia de asociaciones público-públicas de Horizonte 2020.
Esto exige que las normas nacionales de financiación sean compatibles y
converjan hacia unas normas comunes europeas. Las agendas de investigación conjunta
deben aplicarse en cooperación con países no pertenecientes a la UE cuando sea
pertinente y adecuado. Se invita a los Estados miembros a: ·
intensificar sus esfuerzos por aplicar agendas
de investigación conjunta que aborden los grandes retos, intercambiar
información sobre las actividades en ámbitos prioritarios acordados, garantizar
que se comprometa una adecuada financiación nacional y se alinee
estratégicamente a nivel europeo en estos ámbitos y que se lleve a cabo una
evaluación ex post común; ·
garantizar el reconocimiento mutuo de las
evaluaciones que se ajusten a las normas internacionales de revisión inter
pares como base para las decisiones de financiación nacionales; ·
eliminar los obstáculos jurídicos y de otro
tipo que dificultan la interoperabilidad transfronteriza de los programas
nacionales, permitiendo la cofinanciación de acciones que incluyan la
cooperación con terceros países cuando proceda. Se invita a las organizaciones de partes interesadas en la
investigación a: ·
acordar unos principios de financiación
comunes (costes subvencionables, requisitos en materia de informes, etc.) en
virtud de los cuales los programas nacionales de investigación resulten
compatibles, interoperables (a escala transfronteriza) y más sencillos para los
investigadores; ·
seguir desarrollando y desplegando modelos de
cooperación transfronteriza como los de «agencia líder», «el dinero sigue a la
cooperación», «el dinero sigue al investigador» y otros; ·
utilizar experimentalmente convocatorias
sincronizadas evaluando las propuestas, en la medida de lo posible, mediante
una revisión internacional inter pares conjunta única, como base para
las decisiones de financiación. La Comisión: ·
propiciará y fomentará, además de participar
en ellas, las asociaciones público-públicas que aborden los grandes retos,
según lo establecido en la Comunicación sobre las asociaciones en la
investigación y la innovación[28]
para estimular las contribuciones de los Estados miembros y garantizar una
estrecha coordinación con las actividades correspondientes en el marco de
Horizonte 2020; ·
sobre la base de la información facilitada por
los Estados miembros, repertoriará las actividades en ciertos ámbitos
prioritarios acordados, con vistas a identificar puntos fuertes y débiles,
lagunas y duplicidades; ·
apoyará a los Estados miembros y a las
organizaciones financiadoras de la investigación en la realización de
evaluaciones inter pares internacionales conjuntas y en la fijación de
normas comunes de financiación, por ejemplo a través de una etiqueta del EEI
que reconozca las mejores prácticas en las actividades de investigación
transfronteriza. Eficacia en la inversión en
infraestructuras de investigación y en su uso Una investigación excelente se apoya en
instalaciones e infraestructuras de investigación (II) de categoría mundial,
incluidas las infraestructuras electrónicas (IIE) basadas en las TIC. Tales II
atraen el talento y estimulan la innovación y las oportunidades de negocio. Las
IIE, en particular, hacen posible la cada vez más frecuente investigación
mediante la colaboración de equipos geográficamente dispersos (la eScience).
Los retos son conseguir compromisos nacionales respecto a la aplicación de la
hoja de ruta del ESFRI, alcanzar el máximo rendimiento de la inversión a todos
los niveles, superar los obstáculos a la construcción y el funcionamiento y
garantizar el acceso abierto a las II de los investigadores de toda Europa.
«Unión por la Innovación» incluye el compromiso para 2015 de completar o poner
en marcha la construcción del 60 % de las II prioritarias de interés
paneuropeo de la hoja de ruta del ESFRI. Esto requiere inversiones que están
fuera del alcance de los países considerados individualmente, por lo que es
preciso poner en común fondos regionales, nacionales y de la Unión Europea,
particularmente para las II de los ERIC, incluyendo instalaciones distribuidas
que requieren la participación del mayor número posible de países con capacidad
nacional y regional de categoría mundial. Muchas nuevas II europeas también cuentan
con socios internacionales o constituyen ramas europeas de redes mundiales. Es
fundamental garantizar el control del gasto y la gestión de los proyectos
mundiales. El grupo de las veinte economías principales (G-20) está abordando
estos problemas con la participación activa de la Comisión. Se invita a los Estados miembros a: · confirmar los compromisos financieros para la construcción y funcionamiento de las II mundiales, nacionales y regionales de interés paneuropeo del ESFRI, especialmente a la hora de elaborar hojas de ruta nacionales y los próximos programas de los Fondos Estructurales; · eliminar los obstáculos jurídicos y de otro tipo que dificultan el acceso transfronterizo a las infraestructuras de investigación. La Comisión: · a través de Horizonte 2020, apoyará el acceso a las II, así como la integración global en curso de las II de la UE, en particular las consideradas ERIC; · instará a los Estados miembros a vincular las hojas de ruta de las II con la hoja de ruta del ESFRI y las estrategias de especialización inteligente en los programas de investigación e innovación cofinanciados por los Fondos Estructurales, reforzando la capacidad de las regiones menos favorecidas para acoger II de interés paneuropeo e internacional y participar en ellas; · apoyará los programas de formación para la gestión de estas II; · desarrollará, en cooperación con el ESFRI, el e-IRG[29] y otras partes interesadas una Carta del Acceso que fije normas comunes y reglas y condiciones de acceso armonizadas para el uso de las II; · trabajará con el ESFRI para establecer las prioridades en la aplicación de la hoja de ruta y asesorar y orientar a los Estados miembros sobre cómo superar los obstáculos jurídicos, financieros o técnicos que dificultan dicha aplicación; · definirá con el ESFRI, el e-IRG y otras partes interesadas unos principios de evaluación, criterios de evaluación del impacto y herramientas de seguimiento comunes que puedan aplicarse en los programas regionales, nacionales y europeos para ayudar a combinar fondos procedentes de fuentes diversas; · trabajará con el e-IRG a fin de promover la aproximación de los planteamientos de la UE y nacionales en relación con el desarrollo y uso de las IIE. 2.3. Un mercado laboral
abierto para los investigadores Aunque sea indiscutible que la movilidad
de los investigadores[30]
contribuye a la excelencia, varios obstáculos impiden la consecución de un
auténtico mercado laboral europeo de la investigación[31]. Uno de los más
importantes es la ausencia de una contratación transparente, abierta y basada
en el mérito[32],
que hace menos atractivas las carreras de investigación y obstaculiza la
movilidad, la igualdad de género y el rendimiento de la investigación. Permitir que los no nacionales/no
residentes accedieran a las becas nacionales y hacerlas transferibles a través
de las fronteras facilitaría la movilidad[33].
En algunos casos, lo impiden obstáculos jurídicos y administrativos.
Iniciativas tales como «el dinero sigue al investigador»[34] muestran cómo se
pueden eliminar estos obstáculos y cómo los Estados miembros y las
organizaciones de investigación puede organizar el acceso a las becas
nacionales y su transferibilidad, al tiempo que defienden los intereses de
todas las partes. Otros obstáculos derivan de políticas de
recursos humanos que ofrecen escasas perspectivas de carrera para los jóvenes
investigadores, de prácticas inadecuadas de igualdad entre los sexos, de
dificultades con la seguridad social y de una insuficiente movilidad entre los
mundos académico y empresarial, ya que solo uno de cada seis investigadores
académicos cuenta con experiencia en el sector privado[35]. Persisten
asimismo los obstáculos para un reconocimiento equitativo de los títulos
académicos. Se invita a los Estados miembros a: · eliminar los obstáculos jurídicos y de otro tipo que dificultan la contratación de investigadores abierta, transparente y basada en el mérito; · eliminar los obstáculos jurídicos y de otro tipo que dificultan el acceso transfronterizo a las becas nacionales y su transferibilidad; · apoyar la aplicación de la Declaración[36] relativa al compromiso de facilitar información y servicios personalizados y coordinados a los investigadores a través de la red paneuropea EURAXESS[37]; · apoyar la creación y el funcionamiento de programas de formación de doctorado estructurados e innovadores que apliquen los Principios sobre la Formación de Doctorado Innovadora[38]; · crear un marco favorable[39] a la aplicación de la estrategia de recursos humanos para los investigadores que incorpora la Carta y el Código[40]. Se invita a las organizaciones de partes interesadas en la investigación a: · dar a conocer todas las plazas vacantes en el portal de empleo EURAXESS utilizando los perfiles comunes establecidos en el Marco Europeo para las Carreras de Investigación[41]; · atribuir las plazas de investigación con arreglo a procedimientos de selección abiertos, transparentes y basados en el mérito, que guarden proporción con el nivel de la plaza, en consonancia con los principios básicos de la Carta y el Código e incluyendo a nacionales de países no pertenecientes a la UE; · desarrollar estrategias para apoyar el desarrollo de las carreras de los investigadores, en consonancia con la estrategia de recursos humanos para los investigadores; · definir y aplicar los principios de accesibilidad a las becas nacionales y transferibilidad de las mismas; · facilitar una formación de doctorado estructurada basada en los Principios sobre la Formación de Doctorado Innovadora; · elaborar y aplicar programas estructurados para aumentar la movilidad entre la industria y el mundo académico[42]. · La Comisión: · reforzará la colaboración y la coordinación en la red EURAXESS de manera que se convierta en un medio de acceso a una asistencia a la medida para los investigadores; · apoyará la creación de un mecanismo europeo de acreditación para la gestión de recursos humanos basada en la Carta y el Código en las universidades y en las instituciones de investigación con financiación pública; · apoyará el trabajo de un «grupo pionero» de países para conseguir el reconocimiento automático de los títulos comparables[43]; · tomará iniciativas para combatir los obstáculos en materia de seguridad social que encuentran los investigadores en la UE y facilitará la entrada y estancia de investigadores que sean nacionales de terceros países: – aclarando en una Comunicación las normas de la UE sobre coordinación de los regímenes de seguridad social para grupos de trabajadores con un alto nivel de movilidad dentro de la UE, entre ellos los investigadores; – reanudando el trabajo acerca de una Directiva sobre la transferibilidad de las pensiones que establezca unas normas mínimas para la adquisición y conservación de los derechos de pensión complementarios[44]; – apoyando a las partes interesadas en la creación de fondos de pensión complementarios paneuropeos para los investigadores; – revisando la Directiva 2005/71/CE relativa a un procedimiento específico de admisión de nacionales de terceros países a efectos de investigación científica. 2.4. Igualdad entre los sexos
e integración de la perspectiva de género en la investigación A pesar de
las estrategias nacionales y a nivel de la UE sobre la igualdad entre los
sexos, la investigación europea sigue adoleciendo de una pérdida considerable y
uso ineficiente de las mujeres altamente cualificadas. El incremento anual del
número de investigadoras es inferior a la mitad del número anual de mujeres que
se doctoran, y son demasiado pocas las mujeres que ocupan posiciones de
liderazgo o participan en la toma de decisiones. En 2005, el Consejo fijó el objetivo
de que las mujeres ocupasen el 25 % de los principales puestos de
investigación del sector público, pero en 2009 tan solo el 13 % de los
responsables de instituciones de enseñanza superior eran mujeres[45]. La integración de
la dimensión del género en el diseño, evaluación y ejecución de la
investigación sigue siendo igualmente demasiado limitada. El reto
consiste en mejorar en todos estos puntos para incrementar la calidad y la
pertinencia de la investigación. La Comisión ya se ha comprometido a garantizar
un 40 % de personas del sexo menos representado en todos sus grupos de
expertos, paneles y comités, y aplicará este compromiso especialmente en el
marco de Horizonte 2020. Se invita a los Estados miembros a: · crear un entorno jurídico y político y ofrecer incentivos para: – eliminar los obstáculos jurídicos y de otro tipo que dificultan la contratación, retención y promoción profesional de las investigadoras, respetando plenamente la legislación de la UE sobre igualdad entre hombres y mujeres[46], – combatir los desequilibrios de género en los procesos de toma de decisiones, – reforzar la dimensión de género en los programas de investigación; · participar en asociaciones con organismos de financiación, organizaciones de investigación y universidades para fomentar el cambio cultural e institucional en materia de género (protocolos, acuerdos de resultados, premios); · velar por que al menos un 40 % de personas del sexo menos representado participen en los comités que intervienen en la contratación/progresión en la carrera del personal y en el establecimiento y evaluación de los programas de investigación. Se invita a las organizaciones de partes interesadas en la investigación a: · aplicar modificaciones institucionales relativas a la gestión de recursos humanos, la financiación, la toma de decisiones y los programas de investigación a través de planes de igualdad entre los sexos que tengan por finalidad: – llevar a cabo evaluaciones de impacto o auditorías de los procedimientos y prácticas con el fin de detectar sesgos por motivos de género, – aplicar estrategias innovadoras para corregir cualquier sesgo, – fijar objetivos y efectuar un seguimiento de los avances por medio de indicadores. La Comisión: · fomentará la igualdad entre los sexos y la integración de la dimensión de género en los proyectos y programas de Horizonte 2020 desde su inicio a su evaluación, pasando por su ejecución, en particular mediante el uso de incentivos; · propondrá en 2013 una Recomendación a los Estados miembros con directrices comunes sobre el cambio institucional a fin de promover la igualdad entre hombres y mujeres en las universidades e instituciones de investigación. 2.5. Circulación, acceso y
transferencia óptimos de los conocimientos científicos La investigación y la innovación salen
beneficiadas cuando los científicos, las instituciones de investigación, las
empresas y los ciudadanos pueden acceder a los conocimientos científicos
existentes, compartirlos y utilizarlos, y cuando resulta posible expresar
oportunamente sus expectativas y preocupaciones sobre esas actividades. Un
importante reto es el de generalizar el acceso abierto (es decir, el libre
acceso y uso a través de Internet de las publicaciones y los datos científicos
financiados con fondos públicos), habida cuenta de los desiguales progresos de
las políticas de los Estados miembros en este ámbito. Más en general, para
aumentar el impacto económico de la investigación debemos estimular la
innovación abierta, los vínculos entre la investigación, la empresa y la
enseñanza (el triángulo del conocimiento), por ejemplo a través del EIT, y, en
particular, la transferencia de conocimientos entre las instituciones de
investigación públicas y el sector privado, respetando al mismo tiempo los
derechos de propiedad intelectual. Como la creación y transferencia de
conocimientos tiene lugar mayoritariamente en soporte digital, también deben
eliminarse, mediante el fomento de un EEI digital, todos los obstáculos que
impiden un acceso en línea sin fisuras a los servicios de investigación digital
para la colaboración, la computación y el acceso a la información científica
(ciencia electrónica) y a las infraestructuras electrónicas. Los diferentes
tipos de circulación, acceso y transferencia de conocimientos también deberían
ser juiciosamente incluidos en la cooperación en materia de investigación con
terceros países. Se invita a los Estados miembros a: · definir y coordinar sus políticas en materia de acceso a la información científica y conservación de la misma[47]; · garantizar que la investigación pública contribuya a la innovación abierta y fomentar la transferencia de conocimientos entre los sectores público y privado a través de estrategias nacionales de transferencia de conocimientos; · armonizar las políticas de acceso y uso de las infraestructuras electrónicas públicas de investigación y educación y de los servicios de investigación digital asociados para hacer posibles consorcios con distintos tipos de socios públicos y privados; · adoptar y aplicar estrategias nacionales de identidad electrónica para los investigadores que les otorguen un acceso transnacional a los servicios de investigación digitales. Se invita a las organizaciones de partes interesadas en la investigación a: · adoptar y aplicar medidas de acceso abierto a las publicaciones y los datos derivados de la investigación financiada con fondos públicos; · ejecutar y promover la aceptación de la identidad electrónica y los servicios de investigación digitales; · asegurar una interacción y vinculación óptimas y unas asociaciones estratégicas entre el mundo académico y la industria y definir agendas conjuntas de investigación en colaboración para maximizar el uso de los resultados de la investigación; · mejorar el reconocimiento y la profesionalización de las actividades de transferencia de conocimientos y reforzar el papel de las oficinas de transferencia de conocimientos. La Comisión: · establecerá un acceso abierto a las publicaciones científicas como principio general para todos los proyectos financiados por la UE en Horizonte 2020; para los datos de investigación, desarrollará un planteamiento flexible que tenga en cuenta los diferentes ámbitos científicos e intereses empresariales; · seguirá financiando proyectos relacionados con el acceso abierto; · adoptará una Comunicación y una Recomendación a los Estados miembros sobre acceso y conservación de la información científica en la era digital; · propondrá una hoja de ruta para el desarrollo de infraestructuras electrónicas que respalden la ciencia electrónica mediante un acceso abierto a los instrumentos y recursos de investigación; · apoyará actividades encaminadas a sensibilizar a las partes interesadas sobre el acceso abierto y la ciencia electrónica; · elaborará, mediante la evaluación de las iniciativas existentes, un enfoque político global con respecto a la innovación abierta y la transferencia de conocimientos, con respecto al cual consultará a las partes interesadas; · trabajará con las partes interesadas para desarrollar un conjunto de modelos de acuerdo de consorcio destinados a mejorar la transferencia de conocimientos; · propiciará un foro de Estados miembros para intercambiar opiniones y presentar periódicamente la evolución en cada país de la prestación, asimilación y uso de servicios de investigación digital. 3. Condiciones para el éxito: voluntad política,
responsabilidad, modos de entrega y transparencia Estados miembros: los protagonistas Esencialmente, los Estados miembros deben
introducir las reformas nacionales necesarias y establecer las condiciones
precisas para llevar a término el EEI. Deben asimismo respaldar la aplicación
de estas reformas, facilitando las acciones que sean responsabilidad de las
organizaciones financiadoras y ejecutoras de la investigación. Una aplicación
óptima exigirá estructuras y procesos de trabajo tanto permanentes como ad hoc
y una dirección de alto nivel de parte del Consejo[48]. Esto puede
conseguirse parcialmente mediante la adaptación de los comités y grupos del EEI
existentes, tales como el CEEI, principal organismo consultivo sobre la
política del EEI ante el Consejo y la Comisión, cuyo mandato deberá revisarse a
finales de 2012[49].
Los Estados miembros también deben intervenir en el seguimiento y evaluación de
los avances y apoyar la dirección política en el contexto del ciclo anual del
Semestre Europeo. Partes
interesadas en la investigación: acelerar la aplicación Las organizaciones de partes interesadas
en la investigación deben asumir la responsabilidad sobre las acciones del EEI
dirigidas a ellos dentro de los límites de sus respectivas autonomías y
jurisdicciones establecidas por las autoridades nacionales. Se invitará a las
organizaciones de partes interesadas en la investigación pertinentes a firmar
con el Comisario una declaración conjunta genérica sobre su voluntad de
trabajar en pos de la realización del EEI. También deben establecer las
acciones específicas del EEI que asumirán en términos de calendario,
prestaciones, informes públicos sobre los progresos logrados, etc., en un
memorándum de acuerdo firmado con la Comisión o en una declaración unilateral,
informando a sus autoridades nacionales respectivas y los demás socios. La Comisión: un mayor apoyo La Comisión emprenderá las acciones antes
mencionadas que son responsabilidad suya y, en relación con las demás, prestará
apoyo a los Estados miembros y a las organizaciones de partes interesadas.
Velará por que Horizonte 2020 ayude a consolidar la realización y
funcionamiento del EEI a partir de 2014, apoyando acciones que se ajusten al
EEI relativas a la carrera y movilidad de los investigadores, al género, a la
cooperación transfronteriza, al acceso abierto, a la transferencia de
conocimientos y a las infraestructuras. Garantizará un desarrollo integrador de
la política del EEI, apoyando el diálogo estructurado con las organizaciones de
partes interesadas en la investigación y de los organismos de la sociedad civil
pertinentes, por ejemplo en la forma de una plataforma específica de partes
interesadas. Seguimiento transparente El planteamiento de asociación reforzada
expuesto en la presente Comunicación no sustituye a la legislación, ni va en
detrimento del derecho de la Comisión a presentar propuestas legislativas
basadas en las nuevas disposiciones relativas al EEI contenidas en el TFUE. La
Comisión, por lo tanto, elaborará un sólido mecanismo de seguimiento del EEI
(MSE) basado en indicadores[50]
para todas las acciones de seguimiento de las reformas de la política del EEI y
de su aplicación, a fin de ofrecer transparencia al Consejo, al Parlamento
Europeo y a la comunidad científica y de sentar las bases para sus propias
decisiones futuras. La Comisión determinará la situación de referencia en 2012
utilizado las estadísticas oficiales y los resultados de estudios/encuestas. El
primer informe anual de situación sobre el EEI en 2013, que se transmitirá al
Consejo y al Parlamento Europeo, comparará la situación de referencia con las
acciones anunciadas por los Estados miembros a raíz de la presente
Comunicación. A partir de 2014, se transmitirá al Consejo y al Parlamento
Europeo una evaluación completa de los progresos realizados. Si los progresos
son insuficientes, se tendrán en cuenta distintas opciones, incluidas las
opciones legislativas basadas en las nuevas disposiciones del TFUE, que figuran
en la evaluación de impacto adjunta. El seguimiento se llevará a cabo en
estrecha relación con el Semestre Europeo, manteniendo la coherencia con las
demás actividades de seguimiento pertinentes, como por ejemplo las relativas a
la «Unión por la Innovación» y a Horizonte 2020. [1] «Internationalisation of business investments in R&D
and analysis of their economic impact», estudio para la DG de Investigación e
Innovación de la Comisión que se hará público próximamente. [2] COM(2010) 546. [3] «Europa necesita un espacio unificado de investigación
que atraiga el talento y la inversión. Para ello, deben subsanarse rápidamente
las lagunas que sigue habiendo a este respecto, de modo que pueda realizarse en
2014 el Espacio Europeo de Investigación, con lo que se habrá creado un
verdadero mercado único del conocimiento, la investigación y la innovación»,
Conclusiones del Consejo Europeo de febrero de 2011; Conclusiones del Consejo
Europeo de marzo de 2012. [4] Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo,
7652/1/08, marzo de 2008. [5] Es decir, un espacio en línea unificado para la circulación
del conocimiento y la tecnología: el «EEI digital». [6] Véase el artículo 179 del Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea. [7] Véanse la evaluación de impacto ex ante, los
resultados de la consulta pública sobre el EEI (http://ec.europa.eu/research/era/),
el dictamen 1215/11 del Comité del Espacio Europeo de Investigación de
diciembre de 2011. [8] Apoyo científico del JRC a la política de la UE. [9] http://ec.europa.eu/research/infrastructures/pdf/esfri-strategy_report_and_roadmap.pdf [10] Encuesta de Salud, Envejecimiento y Jubilación en Europa (http://www.share-project.org/)
e Infraestructura Común de Tecnología y Recursos Lingüísticos (http://www.clarin.eu/external/)
[la Encuesta Europea de Ciencias Sociales solicitó la condición de ERIC en
marzo de 2012]. [11] http://ec.europa.eu/research/infrastructures/index_en.cfm?pg=eric [12] Se están ejecutando diez de los 48 proyectos de la hoja de
ruta 2010 del ESFRI; el año pasado se pusieron en marcha tres relacionados con
las ciencias biológicas: Análisis y Experimentación en Ecosistemas (ANAEE),
Sistemas Biología-Europa (ISBE), e Infraestructura de Investigación sobre Recursos
Microbianos de la UE (MIRRI)
[http://europa.eu/rapid/pressReleasesAction.do?reference=IP/11/522] y otros 16
podrían empezar dentro de 2012
(http://ec.europa.eu/research/infrastructures/index_en.cfm?pg=preparatory_phase_projects). [13] COM(2008) 468; véase también el portal de las IPC (http://ec.europa.eu/research/era/areas/programming/joint_programming_en.htm). [14] http://ec.europa.eu/research/era/docs/en/voluntary_guidelines.pdf,
acogida con satisfacción por las Conclusiones del Consejo 17166/10 de noviembre
de 2010. [15] www.eera-set.eu;
COM(2007) 723. [16] COM(2008) 317 y Conclusiones del Consejo 13671/08 de
septiembre de 2008. [17] Recomendación de la Comisión Europea a los Estados
miembros C(2005) 576; la Carta establece un marco para la gestión de las
carreras de los investigadores; el Código fomenta la apertura y la
transparencia en la contratación y en los procedimientos de evaluación. [18] Por ejemplo, la revisión de la ejecución del concordato
del Reino Unido en sus tres primeros años, http://www.vitae.ac.uk/, marzo de
2012. [19] Sobre la base de la Recomendación de la Comisión sobre la
gestión de la propiedad intelectual en las actividades de transferencia de
conocimientos y Código de buenas prácticas para las universidades y otros
organismos públicos de investigación, C(2008) 1329. [20] Organismos federativos y representativos de los agentes
públicos y privados de la investigación (incluidos los investigadores, las
universidades y las organizaciones que la financian y la ejecutan) y sus
miembros. [21] Conclusiones del Consejo 10231/08 de mayo de 2008, 16767/08
de diciembre de 2008 y 9956 /09 de mayo de 2009; Resoluciones del Consejo
17159/09 de diciembre de 2009 y 10255/10 de mayo de 2010. [22] «Vision on a Globally Competitive ERA and their Road Map
for Actions», 2009, ESF/EUROHORCs. [23] Lisboa 2009, Zurich 2010, Tartu 2011, Bled 2012. [24] Principios fundamentales enunciados en las «Directrices
voluntarias sobre las condiciones marco de la programación conjunta en materia
de investigación», CEEI – GPC, 2010. [25] http://www.se2009.eu/polopoly_fs/1.8460!menu/standard/file/lund_declaration_final_version_9_july.pdf,
suscrita por 350 investigadores, entidades financiadoras, representantes
empresariales y políticos con motivo de la Conferencia «Nuevos mundos, nuevas
soluciones» de la Presidencia sueca, celebrada en julio de 2009, de la que el
Consejo tomó nota
(http://ue.eu.int/uedocs/cms_data/docs/pressdata/en/intm/110310.pdf). [26] Conclusiones del Consejo 16127/09 de diciembre de 2009. [27] La financiación transnacional ascendió a sólo el
0,8 % de los CPPID en 2010. [28] COM(2011) 572. [29] Grupo de reflexión sobre infraestructuras electrónicas (e-Infrastructures
Reflection Group, www.e-irg.eu). [30] En los últimos tres años, en torno al 30 % de los
investigadores de la UE ha trabajado en el extranjero durante un período de al
menos tres meses (CE, 2010). [31] Véase también la agenda para la modernización de la
educación superior en Europa, COM (2011) 567. [32] Grupo de expertos de la Comisión sobre la profesión de
investigador, 2012. [33] Informe del SGHRM del EEI sobre el acceso y la
transferibilidad de las becas, 2012. [34] «Vision on a Globally Competitive ERA and their Road Map
for Actions», ESF/EUROHORCs, 2009. [35] Informe del SGHRM del EEI sobre el desarrollo profesional
de los investigadores, 2012. [36] En virtud de esta Declaración, los miembros de la red EURAXESS
reconocen los objetivos de Euraxess. [37] Esta red conecta cuatro actividades (empleos, servicios,
derechos y vínculos) dedicadas al desarrollo de las carreras y la movilidad de
los investigadores (http://ec.europa.eu/euraxess). [38] COM(2011) 567; Conclusiones del Consejo 126375 de
noviembre de 2011. [39] Informe del SGHRM del EEI sobre cuestiones de recursos
humanos, 2012. [40] http://ec.europa.eu/euraxess/index.cfm/rights/strategy4Researcher [41] http://ec.europa.eu/euraxess/pdf/research_policies/Towards_a_European_Framework_for_Research_Careers_final.pdf [42] Semejantes a los «Itinerarios y asociaciones
industria-universidad» Marie Curie y sus futuros sucesores dentro de Horizonte
2020. [43] http://www.ehea.info/Uploads/(1)/Bucharest%20Communique%202012.pdf [44] COM(2012) 55. [45] Cifras del SHE, 2009. [46] Véase la Directiva 2006/54/CE. [47] La Comisión tiene previsto adoptar en breve una
Comunicación y una Recomendación sobre este tema. [48] El Consejo podrá apoyarse también en las conferencias
ministeriales anuales del EEI, implicando a los países asociados con
aportaciones del CEEI y de la Comisión. [49] Resolución 10255/10 del Consejo, de mayo de 2010.. [50] Véase una lista provisional en el anexo del documento de
trabajo de la Comisión adjunto que contiene la evaluación de impacto; por
ejemplo, la proporción del presupuesto público nacional de I + D asignado a la
financiación competitiva basada en proyectos como indicador de la eficacia del
sistema de investigación nacional, o el porcentaje de plazas vacantes de
investigación en la UE anunciadas en Euraxess como indicador de la apertura de
la contratación.