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Document 32007G1129(01)
Resolution of the Council of 16 November 2007 on a European Agenda for Culture
Resolución del Consejo, de 16 de noviembre de 2007 , relativa a una Agenda Europea para la Cultura
Resolución del Consejo, de 16 de noviembre de 2007 , relativa a una Agenda Europea para la Cultura
OJ C 287, 29.11.2007, p. 1–4
(BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
In force
29.11.2007 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 287/1 |
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO
de 16 de noviembre de 2007
relativa a una Agenda Europea para la Cultura
(2007/C 287/01)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
(1) |
Recordando los objetivos asignados a la Comunidad Europea, en particular por el artículo 151 del Tratado, |
(2) |
Haciendo referencia a las disposiciones de la Convención de la Unesco sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, |
(3) |
Vista la comunicación de la Comisión del 10 de mayo de 2007 relativa a una Agenda Europea para la Cultura en un Mundo en vías de Globalización (1), |
(4) |
Recordando sus conclusiones del 24 de mayo de 2007 sobre la contribución de los sectores de la cultura y la creación a la consecución de los objetivos de Lisboa (2), |
(5) |
Teniendo en cuenta la experiencia derivada de la planificación y la ejecución de los planes de trabajo del Consejo para los periodos 2002-2004 y 2005-2007 (3), |
(6) |
Teniendo en cuenta los resultados del primer Foro cultural para Europa, celebrado en Lisboa los días 26 y 27 de septiembre de 2007, |
(7) |
Convencido de que la cultura y su especificidad, incluido el multilingüismo, son elementos clave del proceso de integración europea basado en unos valores y un patrimonio comunes, proceso que reconoce, respeta y promueve la diversidad cultural y el papel transversal de la cultura, |
(8) |
Subrayando que la cultura y la creatividad son importantes motores del desarrollo personal, la cohesión social, el crecimiento económico, la creación de empleo, la innovación y la competitividad, |
(9) |
Compartiendo la opinión de que el papel de la cultura debería reconocerse más ampliamente en la Agenda de Lisboa, en el nuevo ciclo que ésta inicia en 2008, |
(10) |
Considerando que la cultura debería desempeñar un papel importante en las relaciones exteriores de la UE como medio para reforzar la cooperación internacional, |
(11) |
Subrayando la sólida relación entre cultura y desarrollo, y acogiendo con satisfacción un papel más dinámico de los Estados miembros y de la Comunidad Europea en el contexto de su ayuda exterior respectiva, para estimular la aparición en los países en vías de desarrollo de un sector cultural dinámico, y tomando nota de la sugerencia de la Comisión de incrementar la puesta a disposición y la diversificación de la financiación en favor de un acceso creciente de la población local a la cultura, y de los bienes culturales de estos países a los mercados europeos, |
(12) |
Subrayando la importancia de profundizar en el diálogo intercultural a escala internacional, incluso con países en situación de fragilidad, y de implicar a los actores no gubernamentales, para fomentar un mayor conocimiento y una mayor comprensión. |
AGENDA EUROPEA PARA LA CULTURA
1. |
ACOGE CON SATISFACCIÓN la propuesta de la Comisión de definir una Agenda europea para la Cultura, considerándola un paso importante hacia un mayor desarrollo de la cooperación en el ámbito cultural y un incremento de la coherencia y de la notoriedad de la actuación europea en este ámbito, al tiempo que se consolida el papel transversal de la cultura. |
Objetivos estratégicos
2. |
APRUEBA los tres objetivos estratégicos definidos en la Comunicación de la Comisión con vistas a configurar una Agenda Europea compartida para la Cultura, es decir:
|
Objetivos específicos
3. |
CONVIENE en que estos tres objetivos estratégicos deben especificarse del siguiente modo:
|
Subsidiariedad y flexibilidad
4. |
HACE HINCAPIÉ en que la actuación para alcanzar estos objetivos debe tener un verdadero valor añadido europeo y llevarse a cabo con pleno respeto del principio de subsidiariedad, y que estas directrices comunes a escala de la UE no son óbice para que los Estados miembros definan y apliquen sus propios objetivos de política nacional. |
5. |
SUBRAYA que estos objetivos deben considerarse un marco flexible para orientar la actuación futura en el ámbito cultural. |
MÉTODOS DE TRABAJO
Diálogo con el sector cultural
6. |
CONVIENE EN que un diálogo continuo, heterogéneo y flexible con los interlocutores de la cultura y en consulta con el sector a todos los niveles (local, regional, nacional y europeo) resulta fundamental tanto para el desarrollo como para la aplicación de la Agenda Europea para la Cultura. |
7. |
ACOGE CON SATISFACCIÓN la intención de la Comisión de identificar a los interlocutores representativos del sector y emprender una descripción del mismo, para establecer canales de comunicación y estructurar el diálogo con los interesados. |
8. |
CONVIENE, teniendo en cuenta el impacto positivo del primer Foro cultural celebrado en Lisboa los días 26 y 27 de septiembre de 2007, en que la interacción con la sociedad civil y dentro de ella, y tanto a escala nacional como europea, es un elemento importante para recabar el punto de vista de los interesados, en el contexto de la elaboración de informes periódicos. |
Método abierto de coordinación
9. |
CONSIDERA que el nuevo planteamiento propuesto por la Comisión para la cooperación en el ámbito de la cultura, es decir, utilizando el método abierto de coordinación (MAC) de forma específicamente adaptada y teniendo en cuenta las particularidades del sector, proporcionará un marco flexible y no vinculante para estructurar la cooperación en torno a los objetivos estratégicos de la Agenda Europea para la Cultura y para estimular el intercambio de buenas prácticas. |
10. |
DECIDE lo siguiente:
|
11. |
CONVIENE, de conformidad con la letra c) del punto 10, en que el plan de trabajo para el período 2008-2010 se concentrará en los ámbitos prioritarios de actuación establecidos en el anexo. |
12. |
El Consejo, en cooperación con la Comisión, podrá revisar la aplicación del MAC en el ámbito cultural a la luz de los progresos realizados, y teniendo en cuenta el ejercicio de información y evaluación mencionado en la letra e). |
13. |
Se mantendrá informados al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones acerca de la aplicación de los planes de trabajo. |
Aspectos horizontales
14. |
INVITA a la Comisión a proseguir su trabajo en el ámbito de las estadísticas sobre cultura en términos de definiciones y metodologías con objeto de conseguir la comparabilidad de los datos estadísticos para apoyar la formulación de normas y medidas empíricamente fundamentadas. |
15. |
ACOGE CON SATISFACCIÓN la creación por parte de la Comisión de un Grupo interservicios para asegurarse de que en su actuación en virtud de otras disposiciones del Tratado se tengan en cuenta los aspectos culturales, tal como establece el artículo 151, apartado 4, del TCE. |
16. |
RECOMIENDA que se consolide el interfaz entre aspectos culturales y otras políticas comunitarias, mediante la coordinación entre las formaciones del Consejo pertinentes sobre las cuestiones que tengan un impacto en la cultura y mediante el establecimiento de un mecanismo efectivo y coherente de información periódica y seguimiento acerca de los aspectos culturales, de conformidad con otras disposiciones del Tratado. |
17. |
INVITA al Consejo Europeo a que apruebe las presentes conclusiones, que proporcionan un marco para la Agenda Europea para la Cultura. |
(1) Doc. 9496/07 y documento de trabajo de acompañamiento que enumera las acciones comunitarias en el ámbito de la cultura (doc. 9496/07 ADD 1).
(2) Doc. 9021/07.
(3) DO C 162 de 6.7.2002 y doc. 13839/04.
(4) Artículo 5, según lo interpreta el Protocolo no 30 sobre la aplicación de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad anexo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, concretamente su punto 9.
ANEXO
ÁMBITOS PRIORITARIOS DE ACTUACIÓN PARA EL PERÍODO 2008-2010
De conformidad con las disposiciones de los puntos 10, letra c) y 11, en el contexto de los objetivos estratégicos de la Agenda Europea para la Cultura se realizarán las siguientes acciones prioritarias:
— |
mejorar las condiciones para la movilidad de artistas y otros profesionales del ámbito cultural, |
— |
promover el acceso a la cultura, en particular mediante la promoción del patrimonio cultural, el multilingüismo, la digitalización, el turismo cultural, las sinergias con la educación, especialmente la educación artística, y una mayor movilidad de las colecciones, |
— |
desarrollar datos, estadísticas y metodologías en el sector cultural y mejorar su comparabilidad, |
— |
aprovechar al máximo el potencial de las industrias culturales y creativas, en especial el de las PYME, |
— |
promover y aplicar la Convención de la Unesco sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales. |