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Document 31978R1423
Council Regulation (EEC) No 1423/78 of 20 June 1978 amending Regulation (EEC) No 2759/75 on the common organization of the market in pigmeat
Reglamento (CEE) n° 1423/78 del Consejo, de 20 de junio de 1978, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2759/75 sobre organización común de mercados en el sector de la carne de porcino
Reglamento (CEE) n° 1423/78 del Consejo, de 20 de junio de 1978, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2759/75 sobre organización común de mercados en el sector de la carne de porcino
OJ L 171, 28.6.1978, p. 19–19
(DA, DE, EN, FR, IT, NL)
Greek special edition: Chapter 03 Volume 021 P. 218 - 218
Spanish special edition: Chapter 03 Volume 014 P. 163 - 163
Portuguese special edition: Chapter 03 Volume 014 P. 163 - 163
Special edition in Finnish: Chapter 03 Volume 010 P. 36 - 36
Special edition in Swedish: Chapter 03 Volume 010 P. 36 - 36
Special edition in Czech: Chapter 03 Volume 003 P. 235 - 235
Special edition in Estonian: Chapter 03 Volume 003 P. 235 - 235
Special edition in Latvian: Chapter 03 Volume 003 P. 235 - 235
Special edition in Lithuanian: Chapter 03 Volume 003 P. 235 - 235
Special edition in Hungarian Chapter 03 Volume 003 P. 235 - 235
Special edition in Maltese: Chapter 03 Volume 003 P. 235 - 235
Special edition in Polish: Chapter 03 Volume 003 P. 235 - 235
Special edition in Slovak: Chapter 03 Volume 003 P. 235 - 235
Special edition in Slovene: Chapter 03 Volume 003 P. 235 - 235
Special edition in Bulgarian: Chapter 03 Volume 003 P. 13 - 13
Special edition in Romanian: Chapter 03 Volume 003 P. 13 - 13
No longer in force, Date of end of validity: 30/06/2008; derog. impl. por 32007R1234
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
---|---|---|---|---|---|
Modifies | 31975R2759 | sustitución | artículo 5.1 | 01/07/1978 |
Relation | Act | Comment | Subdivision concerned | From | To |
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Implicitly repealed by | 32007R1234 | 01/07/2008 |
Reglamento (CEE) n° 1423/78 del Consejo, de 20 de junio de 1978, por el que se modifica el Reglamento (CEE) n° 2759/75 sobre organización común de mercados en el sector de la carne de porcino
Diario Oficial n° L 171 de 28/06/1978 p. 0019 - 0019
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 10 p. 0036
Edición especial griega: Capítulo 03 Tomo 21 p. 0218
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 10 p. 0036
Edición especial en español: Capítulo 03 Tomo 14 p. 0163
Edición especial en portugués: Capítulo 03 Tomo 14 p. 0163
REGLAMENTO ( CEE ) N º 1423/78 DEL CONSEJO de 20 de junio de 1978 por el que se modifica el Reglamento ( CEE ) n º 2759/75 sobre organización común de mercados en el sector de la carne de porcino EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS , Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 43 , Vista la propuesta de la Comisión , Visto el dictamen del Parlamento europeo (1) , Considerando que el apartado 1 del artículo 15 del Reglamento ( CEE ) n º 2759/75 del Consejo , de 29 de octubre de 1975 , sobre organización de mercados en el sector de la carne de porcino (2) , modificado por el Reglamento ( CEE ) n º 367/76 (3) , prevé que el precio de compra en intervención para el cerdo sacrificado de la calidad tipo no puede ser superior al 92 % ni inferior al 85 % del precio de base ; Considerando que , habida cuenta de las sensibles variaciones de los costes de producción de las canales de cerdo en el transcurso de los últimos años en la Comunidad y en el mercado mundial , es oportuno aumentar la gama de fijación de los precios de compra para intervención en lo referente al cerdo sacrificado , HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO : Artículo 1 El apartado 1 del artículo 15 del Reglamento ( CEE ) n º 2759/75 se sustituirá por el texto siguiente : « 1 . El precio de compra para el cerdo sacrificado de la calidad tipo no podrá ser superior al 92 % ni inferior al 78 % del precio de base . » Artículo 2 El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de julio de 1978 . El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro . Hecho en Luxemburgo , el 12 de junio 1978 . Por el Consejo El Presidente P. DALSAGER (1) Dictamen emitido el 16 de junio de 1978 ( sin publicar aún en el Diario Oficial ) . (2) DO n º L 282 de 1 . 11 . 1975 , p. 1 . (3) DO n º L 45 de 21 . 2 . 1976 , p. 1 .