Anteproyecto de presupuesto general 2010
Artículo 2 1 0 — Material, gastos de explotación y prestaciones relacionadas con la informática y las telecomunicaciones
Partida 2 1 0 0 — Compra, trabajos, mantenimiento y conservación de los equipos y los soportes lógicos
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Créditos 2010 |
Créditos 2009 |
Ejecución 2008 |
|---|---|---|
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1 331 299 |
1 180 502 |
1 312 141,— |
Comentarios
Este crédito se destina a cubrir los gastos relativos a la compra, el alquiler, el mantenimiento y la conservación del material y de los soportes lógicos para la institución y los trabajos correspondientes.
El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 EUR.
Partida 2 1 0 2 — Prestaciones de personal externo para la explotación, la realización y el mantenimiento de sistemas informáticos
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Créditos 2010 |
Créditos 2009 |
Ejecución 2008 |
|---|---|---|
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2 285 652 |
1 818 183 |
1 605 250,— |
Comentarios
Este crédito se destina a cubrir los gastos de asistencia de sociedades de servicios y asesoramiento informático para la explotación del centro informático y de la red, la realización y el mantenimiento de aplicaciones, la asistencia a los usuarios, incluidos los miembros, la realización de estudios y la realización y recogida de documentación técnica.
El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 EUR.
Partida 2 1 0 3 — Telecomunicaciones
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Créditos 2010 |
Créditos 2009 |
Ejecución 2008 |
|---|---|---|
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837 982 |
719 480 |
449 734,— |
Comentarios
Este crédito se destina a cubrir las cuotas de abono y los gastos de telecomunicaciones por cable o radioondas (telefonía fija y móvil, televisión), así como los gastos relativos a las redes de transmisión de datos y a los servicios telemáticos. Cubre asimismo la cofinanciación de los medios puestos a disposición de los miembros y delegados para recibir electrónicamente los documentos del Comité Económico y Social Europeo.
El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 1 000 EUR.
Artículo 2 1 2 — Mobiliario
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Créditos 2010 |
Créditos 2009 |
Ejecución 2008 |
|---|---|---|
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224 895 |
181 066 |
164 031,— |
Comentarios
Este crédito se destina a cubrir la compra, el alquiler, el mantenimiento y la reparación de mobiliario, incluida la compra de mobiliario de oficina ergonómico y la sustitución de mobiliario vetusto y fuera de uso, así como de aparatos de oficina.
En cuanto a las obras de arte, este crédito se destina a cubrir tanto los gastos de adquisición y de compra de material específico como los gastos corrientes conexos, incluidos los gastos de enmarcado, restauración, limpieza y seguros, así como los gastos ocasionales de transporte.
El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 5 000 EUR.
Artículo 2 1 4 — Material e instalaciones técnicas
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Créditos 2010 |
Créditos 2009 |
Ejecución 2008 |
|---|---|---|
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870 368 |
783 955 |
880 911,— |
Comentarios
Este crédito se destina a la adquisición, alquiler, mantenimiento y reparación de instalaciones y equipo técnicos y, en particular:
de diversos materiales e instalaciones técnicos, fijos y móviles, en los sectores de edición, archivos, seguridad, restaurantes, inmuebles, etc.;
de equipos, en particular en los sectores de imprenta, archivos, servicio telefónico, cantinas, economatos, seguridad, servicios técnicos de conferencias, audiovisual, etc.
El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 35 000 EUR.
Artículo 2 1 6 — Material de transporte
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Créditos 2010 |
Créditos 2009 |
Ejecución 2008 |
|---|---|---|
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110 400 |
100 671 |
87 703,— |
Comentarios
Este crédito se destina a cubrir la adquisición, mantenimiento, explotación y reparación de vehículos (parque de automóviles y bicicletas) y el alquiler de automóviles, taxis, autocares y camiones, con o sin conductor, incluidos los correspondientes seguros.
El importe de los ingresos afectados con arreglo al artículo 18, apartado 1, letras e) a j), del Reglamento financiero se estima en 4 000 EUR.
| Aviso jurídico importante | Última actualización el: '17/06/2009' |
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