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COUNCIL DIRECTIVE of 16 December 1980 on the approximation of the laws of the Member States relating to the fuel consumption of motor vehicles (80/1268/EEC)
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DIRECTIVA DEL CONSEJO
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THE COUNCIL OF THE EUROPEAN COMMUNITIES,
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de 16 de diciembre de 1980
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Having regard to the Treaty establishing the European Economic Community, and in particular Article 100 thereof,
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relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre el consumo de carburante de los vehículos a motor
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Having regard to the proposal from the Commission (1),
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( 80/1268/CEE )
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Having regard to the opinion of the European Parliament (2),
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EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS ,
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Having regard to the opinion of the Economic and Social Committee (3),
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Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea y , en particular , su artículo 100 ,
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Whereas the technical requirements which motor vehicles must satisfy pursuant to certain national laws relate inter alia to the method of measuring fuel consumption which must be used to indicate the fuel consumption of a vehicle type;
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Vista la propuesta de la Comisión (1) ,
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Whereas those requirements differ from one Member State to another ; whereas this results in technical barriers to trade which must be eliminated by all Member States adopting the same requirements either in addition to or in place of their existing rules, in order in particular to allow the EEC type-approval procedure which was the subject of Council Directive 70/156/EEC of 6 February 1970 on the approximation of the laws of the Member States relating to the type-approval of motor vehicles and their trailers (4), as last amended by Directive 80/1267/EEC (5), to be introduced in respect of each type of vehicle;
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Visto el dictamen del Parlamento Europeo (2) ,
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Whereas it is of paramount importance to establish a method of measuring fuel consumption by motor vehicles for inclusion in Community requirements;
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Visto el dictamen del Comité Económico y Social (3) ,
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Whereas a Community method of measuring fuel consumption is also necessary to ensure, in particular, that customers and users are supplied with objective and precise information;
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Considerando que las prescripciones técnicas a que deben ajustarse los vehículos a motor en virtud de determinadas legislaciones nacionales se refieren , entre otros aspectos , al método de medición del consumo de carburante que deberá utilizarse para indicar el consumo de carburante de un tipo de vehículo ;
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Whereas the requirements of this Directive apply only to motor vehicles in international motor vehicle classification category M1 as set out in Directive 70/156/EEC ; whereas a method of measuring the fuel consumption of the other categories of motor vehicles will be established as soon as certain technical difficulties can be resolved,
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Considerando que dichas disposiciones difieren de un Estado miembro a otro ; que de ello se derivan obstáculos técnicos a los intercambios comerciales cuya eliminación exige que , todos los Estados miembros adopten las mismas prescripciones , bien como complemento , o bien en sustitución de sus regulaciones actuales , con la finalidad concreta de permitir , para cada tipo de vehículo , la aplicación del procedimiento de homologación CEE objeto de la Directiva 70/156/CEE del Consejo , de 6 de febrero de 1970 , relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre homologación de vehículos a motor y de sus remolques (4) , modificada en último lugar por la Directiva 780/1267/CEE (5) ;
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HAS ADOPTED THIS DIRECTIVE:
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Considerando que es importante establecer , ante todo , en las disposiciones comunitarias , un método de medición del consumo de carburante de los vehículos a motor ;
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Considerando que el establecimiento de un método comunitario de medición del consumo de carburante es igualmente necesario , para asegurar a los compradores y usuarios una información objetiva y precisa ;
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Article 1
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Considerando que las prescripciones de la presente Directiva se aplicarán únicamente a los vehículos a motor de la categoría M1 , según la clasificación internacional de los vehículos a motor que figura en la Directiva 70/156/CEE ; que para las otras categorías de vehículos a motor se establecerá un método de medición del consumo de carburante una vez resueltas determinadas dificultades técnicas ,
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For the purpose of this Directive, "vehicle" means any motor vehicle intended for use on the road, with or without bodywork, having at least four wheels and a maximum design speed exceeeding 25 km/h, with the exception of vehicles which run on rails and of agricultural tractors and machinery.
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HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA :
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Artículo 1
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Article 2
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A los efectos de la presente Directiva , se entiende por vehículo , todo vehículo a motor destinado a circular en carretera , con o sin carrocería , con cuatro ruedas como mínimo y una velocidad máxima por construcción superior a 25 kilómetros por hora . Se exceptúan los vehículos que se desplacen sobre raíles y los tractores y máquinas agrícolas .
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No Member State may refuse to grant EEC type-approval or national type-approval in respect of a vehicle, or refuse or prohibit the sale, registration, entry into service or use of a vehicle, on grounds relating to its fuel consumption if the consumption figures have been determined in accordance with Annexes I and II and are set out in a document given to the vehicle owner at the time of purchase in a manner and form decided on by each Member State.
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Artículo 2
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Los Estados miembros no podrán denegar la homologación CEE o la homologación de alcance nacional de un vehículo , ni rechazar o prohibir la venta , la matriculación , la puesta en circulación o el uso de un vehículo por motivos que se refieran al consumo de carburante , si el consumo estuviere determinado de conformidad con lo dispuesto en los Anexos I y II y los valores del mismo estuvieren recogidos en un documento entregado al adquiriente del vehículo en el momento de la compra , según las modalidades definidas por cada Estado miembro .
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Article 3
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Artículo 3
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Any amendments necessary for adapting the requirements of the Annexes to take account of technical progress shall be adopted in accordance with the procedure laid down in Article 13 of Directive 70/156/EEC. (1)OJ No C 104, 28.4.1980, p. 1. (2)OJ No C 265, 13.10.1980, p. 76. (3)OJ No C 182, 21.7.1980, p. 3. (4)OJ No L 42, 23.2.1970, p. 1. (5)See page 34 of this Official Journal.
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Las modificaciones necesarias para adaptar las prescripciones de los Anexos al progreso técnico se adoptarán de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 13 de la Directiva 70/156/CEE .
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Artículo 4
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Article 4
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1 . Los Estados miembros adoptarán , en un plazo de dieciocho meses , a partir del día de su notificación , las disposiciones necesarias para cumplir la presente Directiva e informarán de ello inmediatamente a la Comisión .
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1. Member States shall bring into force the provisions necessary in order to comply with this Directive within 18 months of its notification. They shall forthwith inform the Commission thereof.
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2 . Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las disposiciones básicas de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva .
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2. Member States shall ensure that the texts of the main provisions of national law which they adopt in the field covered by this Directive are communicated to the Commission.
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Artículo 5
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Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros .
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Article 5
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Hecho en Bruselas , el 16 de diciembre de 1980 .
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This Directive is addressed to the Member States.
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Por el Consejo
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El Presidente
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Colette FLESCH
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Done at Brussels, 16 December 1980.
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(1) DO n º C 104 de 28 . 4 . 1980 , p. 1 .
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For the Council
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(2) DO n º C 265 de 13 . 10 . 1980 , p. 76 .
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The President
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(3) DO n º C 182 de 21 . 7 . 1980 , p. 3 .
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Colette FLESCH
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(4) DO n º L 42 de 23 . 2 . 1980 , p. 1 .
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(5) DO n º L 375 de 31 . 12 . 1980 , p. 34 .
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ANEXO I
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DETERMINACIÓN DEL CONSUMO DE CARBURANTE
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ANNEX I DETERMINATION OF FUEL CONSUMPTION
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1 . HOMOLOGACIÓN CEE
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1. EEC TYPE-APPROVAL
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1.1 . Solicitud de homologación CEE
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1.1. Application for EEC type-approval
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1.1.1 . La solicitud de homologación CEE de un tipo de vehículo en lo que se refiere al consumo de carburante del motor , deberá presentarla el fabricante del vehículo o su representante .
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1.1.1. The application for EEC type-approval for a vehicle type in respect of the fuel consumption of the engine is submitted by the vehicle manufacturer or his authorized representative
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1.1.2 . Dicha solicitud irá acompañada de los documentos que abajo se mencionan y de las siguientes informaciones , en tres ejemplares :
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1.1.2. It must be accompanied by three copies of the document mentioned below and of the following: 1.1.2.1. Information sheet duly completed;
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1.1.2.1 . ficha de datos debidamente cumplimentada ;
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1.1.2.2. Information necessary to prepare the document provided for in Annex II.
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1.1.2.2 . datos necesarios para la elaboración del documento que se prevé en el Anexo II .
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1.1.3 . Si fuere el mismo servicio técnico encargado de las pruebas el que realizare las pruebas , se le deberá presentar un vehículo representativo del tipo de vehículo cuya homologación se solicita .
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1.2 . Documentación
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1.1.3. If the technical service responsible for the type-approval tests carries out the tests itself, a vehicle representative of the vehicle type to be approved must be provided.
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Si se aceptare la solicitud a que se refiere el número 1.1 , la autoridad competente elaborará el documento cuyo modelo se encuentra en el Anexo II . Para la elaboración de dicho documento , la autoridad competente del Estado miembro que proceda a la homologación CEE podrá utilizar el acta elaborada por un laboratorio autorizado o reconocido en aplicación de las disposiciones de la presente Directiva .
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2 . ÁMBITO DE APLICACIÓN
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1.2. Documents
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El presente método se aplicará a los vehículos de la categoria M1 equipados con motor de combustión interna .
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Where an application within the meaning of 1.1 is accepted, the competent authority must prepare the document, the model for which is contained in Annex II. In order to draw up this document, the competent authority of the Member State conducting the EEC type-approval tests may use the report prepared by an approved or recognized laboratory in accordance with the provisions of this Directive.
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3 . ESPECIFICACIONES GENERALES
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3.1 . El consumo de carburante se determinará mediante las siguientes pruebas :
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2. SCOPE
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3.1.1 . ciclo que simule la conducción urbana que se describe en el Anexo III de la Directiva 70/220/CEE del Consejo , de 20 de marzo de 1970 , relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre medidas que se deberán adoptar contra la contaminación del aire por los gases procedentes de los motores de explosión instalados en los vehículos a motor (1) , modificada en último lugar por la Directiva 78/665/CEE (2) ( número 5 ) ;
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This method applies to category M1 vehicles equipped with internal combustion engines.
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3.1.2 . velocidad constante de 90 kilómetros por hora ( número 6 ) ;
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3. GENERAL SPECIFICATIONS
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3.1.3 . velocidad constante de 120 kilómetros por hora ( número 6 ) . Dicha prueba no se realizará si el vehículo tuviere una velocidad máxima por construcción inferior a 130 kilómetros por hora .
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3.1. Fuel consumption is determined by the following tests: 3.1.1. Cycle simulating urban driving, as described in Annex III to Council Directive 70/220/EEC of 20 March 1970 on the approximation of the laws of the Member States relating to measures to be taken against air pollution by gases from positive-ignition engines of motor vehicles (1), as last amended by Directive 78/665/EEC (2) (see section 5);
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3.2 . Los resultados de las pruebas deberán expresarse en litros por 100 kilómetros , redondeados al decimal más próximo .
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3.1.2. Constant speed test at 90 km/h (see section 6);
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3.3 . Las distancias deberán medirse con una precisión del 5 por mil , los tiempos con una precisión de dos décimas de segundo .
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3.1.3. Constant speed test at 120 km/h (see section 6). This test is not performed if the vehicle's maximum design speed is less than 130 km/h.
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3.4 . Carburante de prueba
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El carburante que se utilice deberá ser , según el caso , el carburante de referencia que se define en el Anexo VI de la Directiva 70/220/CEE o el que se define en el Anexo V de la Directiva 72/306/CEE del Consejo , de 2 de agosto de 1972 , relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre medidas que se deberán adoptar contra las emisiones de contaminantes procedentes de motores Diesel que se destinen a la propulsión de vehículos (3) .
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4 . CONDICIONES DE PRUEBA
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3.2. The results of the tests must be expressed in 1/100 km rounded off to the nearest 0 71.
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4.1 . Estado general del vehículo
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3.3. Distances must be measured to within an accuracy of 0 75 % and times to within an accuracy of 0 72 s. (1)OJ No L 76, 6.4.1970, p. 1. (2)OJ No L 223, 14.8.1978, p. 48.
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4.1.1 . El vehículo deberá estar limpio , con los cristales y entradas de aire cerrados . Unicamente estarán en servicio los equipos necesarios para el funcionamiento del vehículo durante la realización de la prueba . Si en la admisión de aire del carburador hubiere un dispositivo de calentamiento de aire de mando manual , se pondrá en la posición « verano » . En general , los dispositivos auxiliares necesarios para la marcha normal del vehículo deberán estar en servicio .
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3.4. Test fuel
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4.1.2 . Si el ventilador funcionare de acuerdo con la temperatura , deberá funcionar de la forma en que normalmente lo haga en el vehículo . No deberán funcionar ni el sistema de calefacción del habitáculo ni el sistema de aire acondicionado , pero el compresor de éste último deberá funcionar normalmente .
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The fuel used must be either the reference fuel specified in Annex VI to Directive 70/220/EEC or that specified in Annex V to Council Directive 72/306/EEC, of 2 August 1972 on the approximation of the laws of the Member States relating to the measures to be taken against the emission of pollutants from diesel for use in vehicles (1), as appropriate.
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4.1.3 . Si hubiera un dispositivo de sobrealimentación , éste deberá estar en sus condiciones normales de funcionamiento por la velocidad de prueba .
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4.1.4 . El vehículo estar rodado y haber recorrido , un mínimo de 3 000 kilómetros antes de la prueba .
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4. TEST CONDITIONS
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4.2 . Lubricantes
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4.1. General condition of the vehicle
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Todos los lubricantes serán los recomendados por el fabricante del vehículo y deberán indicarse en el acta de prueba .
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4.1.1. The vehicle must be clean and the windows and air intakes closed, with only the equipment necessary for the functioning of the vehicle during the test being in operation. If there is a manually controlled device on the carburettor inlet for air heating, it must be in the "summer" position. In general, the auxiliary equipment required for the normal running of the vehicle must be in operation.
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4.3 . Neumáticos
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4.1.2. If the radiator fan is temperature controlled, it must be operating as it would normally on the vehicle. The passenger compartment heating system must not be operating, nor must the air conditioning system, although its compressor must be operating normally.
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Los neumáticos deberán ser de uno de los tipos que , en calidad de equipo de origen , haya especificado el fabricante del vehículo y deberán inflarse a la presión recomendada para la carga y las velocidades de prueba ( las cuales se adaptarán , en su caso , para el funcionamiento en el banco dentro de las condiciones de prueba ) . Dichas presiones deberán indicarse en el acta de prueba .
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4.1.3. If a pressure charging device is fitted, it must be operating as it would normally for the test speed.
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4.4 . Medición del consumo de carburante
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4.1.4. The vehicle must have been run in and have covered at least 3 000 km before the test.
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4.4.1 . El carburante se suministrará al motor mediante un dispositivo capaz de medir la cantidad consumida con una precisión de ± 2 % ; dicho dispositivo no deberá alterar las condiciones normales de alimentación . Si el sistema de medida fuere volumétrico , la temperatura del carburante deberá medirse en el punto de media del volumen .
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4.4.2 . Un sistema de válvula deberá permitir el paso rápido del sistema de alimentación general de carburante al sistema de medida . El tiempo de paso deberá ser , como máximo , de 0,2 segundos .
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4.2. Lubricants
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4.5 . Condiciones de referencia
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All lubricants must be those recommended by the manufacturer of the vehicle and must be indicated in the test report.
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Presión : H o = 1 000 mbar
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4.3. Tyres
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Temperatura : T o = 293 ° K ( 20 ° C ) .
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The tyres must be of one of the types specified as original equipment by the vehicle manufacturer, inflated to the pressure recommended for the test load and speeds (adjusted, where necessary, for test-bed operation under test conditions). The pressures used must be indicated in the test report.
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4.4.5.1 . Densidad del aire
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4.4. Measurement of fuel consumption
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4.5.1.1 . La densidad del aire en el momento de la prueba , calculada como se indica en el número 4.5.1.2 , no deberá apartarse más del 7,5 % de la densidad del aire en las condiciones de referencia .
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4.4.1. The fuel must be supplied to the engine through a device capable of measuring the quantity consumed to within ± 2 % ; this device must not interfere with normal supply. If the system of measurement is volumetric, the temperature of the fuel must be measured at the volume measuring point.
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4.5.1.2 . La densidad del área se calcula con la fórmula siguiente :
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4.4.2. There must be a valve system to permit rapid change-over from the general fuel supply system to the measuring system. This change-over must not take longer than 0 72 s.
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[ d T = d o · H T/H o ]
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donde
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4.5. Reference conditions
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d T = densidad del aire en las condiciones de prueba ,
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Pressure : Ho = 1 000 mbar
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d o = densidad del aire en las condiciones de referencia ,
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Temperature : To = 293 K (20 ºC)
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H T = presión en el momento de la prueba ,
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4.5.1. Air density
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T T = temperatura absoluta en el momento de la prueba ( ° K ) .
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4.5.1.1. The air density when the vehicle is tested, calculated as described in 4.5.1.2 below, must not differ by more than 7 75 % from the air density under the reference conditions. (1)OJ No L 190, 20.8.1972, p. 1.
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5 . MEDICIÓN DEL CONSUMO DE CARBURANTE EN UN CICLO QUE SIMULE LA CONDUCCIÓN URBANA
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4.5.1.2. The air density is calculated using the formula: >PIC FILE= "T0013780">
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5.1 . El ciclo de prueba será el que se describe en el Anexo III de la Directiva 70/220/CEE .
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dT = air density under test conditions;
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5.1.1 . En el caso de un vehículo dotado de un motor Diesel , la regulación del freno vendrá determinada por la versión correspondiente de gasolina , o mediante un método alternativo reconocido como equivalente .
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do = air density under reference conditions;
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5.1.2 . Masa de referencia del vehículo
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HT = pressure during the test;
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La masa del vehículo será la masa de referencia , tal como se define en el número 1.2 del Anexo I de la Directiva 70/220/CEE .
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TT = absolute temperature during the test (K).
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5.2 . El banco dinamométrica estará regulado de acuerdo con la inercia equivalente , tal como se recomienda en el número 4.2 del Anexo III de la Directiva 70/220/CEE .
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5.3 . Medición de consumo
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5.3.1 . El consumo se calculará en función de la cantidad de carburante consumido durante la realización de dos ciclos de prueba consecutivos .
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5.3.2 . Antes de efectuar las mediciones , se deberá poner el motor a la temperatura normal de funcionamiento , mediante la realización de cinco ciclos de pruebas completos . También se podrán realizar las mediciones inmediatamente después de las pruebas de tipo I y tipo II que se definen en la Directiva 70/220/CEE . La temperatura se mantendrá dentro de los valores normales de funcionamiento del motor ; si fuere necesario , se utilizará el dispositivo de refrigeración auxiliar .
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5. MEASUREMENT OF FUEL CONSUMPTION OVER A CYCLE SIMULATING URBAN DRIVING
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5.3.3 . El período de ralentí entre dos ciclos consecutivos podrá prolongarse 60 segundos , como máximo , para facilitar la medición del consumo de carburante .
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5.1. The test cycle is as described in Annex III to Directive 70/220/EEC
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5.4 . Cálculo del consumo
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5.1.1. In the case of diesel-powered vehicles the load adjustment is determined for the corresponding petrol-driven model or by an alternative method recognized as equivalent
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5.4.1 . si el consumo se determinase con el método gravimétrico , el consumo se expresará en litros por 100 kilómetros , mediante la conversión de la medida M ( carburante consumido expresado en kilogramos ) con la ayuda de la siguiente fórmula :
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5.1.2. Reference mass of the vehicle
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C = [ M/ ( D · Sg ) · 100 ] ( litros/100 km )
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The mass of the vehicle is the reference mass, as defined in section 1.2 of Annex I to Directive 70/220/EEC
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donde :
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Sg = masa específica del carburante en las condiciones de referencia ( kg dm³ ) ,
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5.2. The dynamometer is set to the equivalent inertia, as stipulated in section 4.2 of Annex III to Directive 70/220/EEC.
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D = distancia recorrida durante la prueba ( km ) .
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5.3. Measurement of consumption
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5.4.2 . Si el consumo de carburante se determinase con el método volumétrico , el consumo se expresará en litros por 100 kilómetros mediante la siguiente fórmula :
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5.3.1. Consumption is calculated on the basis of the quantity of fuel consumed during two consecutive cycles.
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C = [ ( V ( 1 + a ( T o - T F ) ) ) /D · 100 ] ( litros/100 km )
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5.3.2. Before the measurements are made, the engine must be warmed up from cold by the completion of five full test cycles. The measurements may also be carried out immediately following the type I and type II tests described in Directive 70/220/EEC. The temperature is kept within the normal operating range for that engine, if necessary by using the auxiliary cooling device.
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donde :
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5.3.3. The idling period between two consecutive cycles may be extended by not more than 60 s to facilitate fuel consumption measurement.
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V = volumen , expresado en litros , de carburante consumido ,
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a = coeficiente de dilatación volumétrica del carburante . Para la gasolina y el carburante Diesel , dicho coeficiente será , en ambos casos , de 0,001 por grado Celsius ,
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5.4. Calculation of fuel consumption
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T o = temperatura de referencia expresada en grados Celsius ,
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5.4.1. If the fuel consumption is measured gravimetrically, the consumption is expressed (in litres/100 km) by converting the measurement M (fuel consumed expressed in kilograms) using the following formula: >PIC FILE= "T0013781">
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T F = temperatura del carburante medida en el punto de medición del volumen , expresada en grados Celsius .
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Sg = density of the fuel under the reference conditions (kg/dm3);
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5.5 . Expresión de los resultados
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D = distance covered during the test (km).
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5.5.1 . El consumo convencional en circuito urbano será la media aritmética de tres mediciones sucesivas realizadas de acuerdo con el procedimiento anteriormente descrito .
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5.4.2. If the fuel consumption is measured volumetrically, the consumption is expressed (in litres/100 km) by the following formula: >PIC FILE= "T0013782">
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5.5.2 . Si las mediciones extremas se desviaren más del 5 % del valor medio , deberán realizarse otras pruebas de acuerdo con dicho procedimiento , con el fin de obtener un grado de precisión en la medición de igual como mínimo al 5 % .
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To = reference temperature expressed in ºC;
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5.5.3 . La precisión de la medición se calculará por medio de la fórmula :
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TF = fuel temperature in ºC measured at the volume measuring point.
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Precisión = k · S/ * n · 100/C %
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fórmula donde :
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5.5. Expression of results
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C Se deriva de la fórmula del número 5.4 ,
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5.5.1. The standard consumption in urban driving is the arithmetic mean of three consecutive measurements carried out in accordance with the procedure described above.
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C es la media aritmética de n valores de C ,
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5.5.2. If the extreme measurements differ by more than 5 % from the mean, further tests must be carried out in accordance with this procedure until a degree of accuracy of at least 5 % is obtained.
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n es el número de mediciones realizadas ,
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5.5.3. The accuracy of measurement is calculated using the formula: >PIC FILE= "T0013783">
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S = * S (n,i = i)(C - C i)2/ ( n - 1 )
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k is given by the following table: >PIC FILE= "T0013785">
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k se da en el siguiente cuadro :
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5.5.4. If at least 5 % accuracy has not been attained after 10 measurements, the consumption is determined by using another vehicle of the same type.
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Número de mediciones * 4 * 5 * 6 * 7 * 8 * 9 * 10 *
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k * 3,2 * 2,8 * 2,6 * 2,5 * 2,4 * 2,3 * 2,3 *
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5.5.4 . Si después de diez mediciones no se hubiere obtenido una precisión de , por lo menos , el 5 % , el consumo se determinará con la ayuda de otro vehículo del mismo tipo .
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6. MEASUREMENT OF FUEL CONSUMPTION AT CONSTANT SPEED
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6 . MEDICIÓN DEL CONSUMO DE CARBURANTE A VELOCIDAD CONSTANTE
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6.1. These tests may be carried out either on a dynamometer or on the road.
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6.1 . Dichas pruebas podrán realizarse en un banco dinamométrico o en carretera .
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6.1.1. Mass of the vehicle
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6.1.1 . Masa del vehículo
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6.1.1.1. The mass of the vehicle is the mass in running order, as defined in 6.1.1.2, plus 180 kg, or plus half the full load if that figure exceeds 180 kg, including measuring equipment and occupants. The suspension height of the vehicle is that obtained when the centre of gravity of the load is in the middle of the straight line joining the R points of the front (side) seats.
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6.1.1.1 . La masa del vehículo será la masa en orden de marcha que se define en el número 6.1.1.2 , aumentada en 180 kilogramos o un peso igual a la mitad de la carga útil cuando ésta fuera superior a 360 kg , aparatos de medida y ocupantes incluidos . La altura de la suspensión del vehículo será la que se obtenga cuando el centro de gravedad de la carga coincida con el centro de la línea recta que une los puntos R de los asientos laterales delanteros .
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6.1.1.2. For the purposes of this Directive, "mass of the vehicle in running order" means its total unladen mass with all tanks except the fuel tank full, the fuel tank being filled to 90 % of the capacity specified by the manufacturer, and with a set of tools and the spare wheel on board.
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6.1.1.2 . A los efectos de la presente Directiva , se entenderá por masa en orden de marcha del vehículo , la masa total del vehículo en vacío , con todos sus depósitos llenos excepto el de carburante , que estará lleno al 90 % de la capacidad que haya especificado el fabricante , y con sus herramientas y rueda de repuesto .
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6.2 . Caja de cambio de velocidades
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Si el vehículo estuviere equipado de cambio de velocidades manual , la relación de transmisión que se utilizará será la más elevada que haya recomendado el fabricante para la conducción en cada una de las velocidades de prueba .
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6.2. Gearbox
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6.3 . Procedimiento de prueba
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If the vehicle is fitted with a manual gear change, the gear ratio used is the highest recommended by the manufacturer for driving at each of the test speeds.
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6.3.1 . Prueba en carretera
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6.3. Test procedure
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6.3.1.1 . Condiciones meteorológicas
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6.3.1. Road test
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6.3.1.1.1 . La humedad relativa deberá ser inferior al 95 % ; la carretera deberá estar seca ; la superficie de la carretera , no obstante , podrá tener huellas de humedad , siempre que no haya una película apreciable de agua en ningún punto de la misma .
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6.3.1.1. Weather conditions 6.3.1.1.1. The relative humidity must be less than 95 % ; the road must be dry ; the road surface may, however, bear traces of moisture, provided that there is no appreciable film of water at any one place.
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6.3.1.1.2 . La velocidad media del viento deberá ser inferior a 3 metros por segundo y la de las ráfagas inferior a 8 metros por segundo .
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6.3.1.1.2. The average wind speed must be less than 3 m/s and gusts less than 8 m/s.
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6.3.1.2 . Antes de realizarse las mediciones , el vehículo deberá cubrir en el circuito elegido , a una velocidad aproximada a la velocidad de prueba , una distancia suficiente para alcanzar la temperatura de régimen . Dicha distancia en ningún caso podrá ser inferior a 10 kilómetros .
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6.3.1.3 . Recorrido de prueba
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6.3.1.2. Before the measurements are taken, the vehicle must travel on the chosen circuit, at a speed close to the test speed, a sufficient distance for the running temperature to be reached ; in no case, however, must this distance be less than 10 km.
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El recorrido de prueba deberá ser tal que permita rodar a una velocidad estabilizada . El recorrido deberá ser , como mínimo , de 2 kilómetros ; deberá formar un circuito cerrado y la superficie deberá estar en buen estado . Se podrá utilizar una carretera rectilínea , siempre que el recorrido de 2 kilómetros se realice en los dos sentidos . La pendiente no deberá ser superior a ± 2 % entre dos puntos cualesquiera .
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6.3.1.3. Test run
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6.3.1.4 . Durante cada recorrido de prueba se mantendrá una velocidad estabilizada , dentro de un margen de ± 2 kilómetros por hora . La velocidad media de cada prueba no deberá diferir de la velocidad de referencia en más de 2 kilómetros por hora .
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The test run must be such as to allow a steady speed to be maintained and must be at least 2 km in length. It must form a closed circuit and the surface must be in good condition. A straight road may be used provided that a run of 2 km is made in both directions. The gradient must not exceed 2 % between any two points.
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6.3.1.5 . Para calcular el consumo correspondiente a cada una de las velocidades de referencia ( véase el gráfico más abajo ) se realizarán cuatro pruebas : dos a una velocidad media inferior a la velocidad de referencia y dos a una velocidad media superior a la velocidad de referencia .
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6.3.1.4. During each test run, the speed must be kept steady to within ± 2 km/h. The average speed for each test must not differ from the reference speed by more than 2 km/h.
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6.3.1.6 . El consumo de carburante en cada recorrido de prueba se calculará según las fórmulas que se dan en el número 5.4 .
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6.3.1.5. To determine the consumption at each reference speed (see graph below), four tests are performed ; two at an average speed less than the reference speed and two at an average speed exceeding the reference speed.
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6.3.1.7 . La diferencia entre los dos valores calculados para las velocidades inferiores no deberá sobrepasar el 5 % de su valor medio . Esta misma condición también se aplicará a los dos valores calculados para las velocidades superiores . El valor del consumo de carburante en la velocidad de referencia considerada se calculará por interpolación lineal , tal como se indica en el gráfico más abajo .
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6.3.1.6. The fuel consumption for each test run is calculated from the formulae in 5.4.
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6.3.1.7.1 . Si las condiciones del número 6.3.1.7 no se obtuvieren por ninguno de los pares de valores calculados , deberán repetirse las cuatro pruebas . Si después de diez intentos no se hubiere alcanzado la precisión deseada , deberá escogerse otro vehículo y someterlo a todas las pruebas especificadas en este procedimiento .
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6.3.1.7. The difference between the two lower calculated values must not exceed 5 % of their average value, this same condition applying also to the two higher calculated values. The value of the fuel consumption at the appropriate reference speed is calculated by linear interpolation as shown on the graph below. 6.3.1.7.1. If the conditions in 6.3.1.7 are not achieved for either pair of calculated values, the four test runs must be repeated. If after ten attempts the required consistency has not been achieved, another vehicle must be selected and subjected to all the tests specified in this procedure.
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Ejemplo de cálculo para una velocidad media de 90 kilómetros por hora : ver D.O.
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Example : Calculation for an average speed of 90 km/h. >PIC FILE= "T0013786">
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6.3.2 . Prueba en banco dinamométrico
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The four crosses correspond to the calculated values for each test run. Co is the value calculated for the consumption at the reference speed Vo over the test distance.
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6.3.2.1 . Regulación del banco dinamométrico
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El banco deberá regularse en la forma que se describe en el número 4.1 del Anexo III de la Directiva 70/220/CEE con las siguientes modificaciones :
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- el banco deberá regularse para la velocidad de prueba adecuada ,
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6.3.2. Dynamometer test
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- el estado del vehículo los recorridos de prueba deberá ser el que se especifica en los números 4.1 , 4.2 y 4.3 y las condiciones meteorológicas durante la prueba en carretera deberán ser las que se especifican en el número 6.3.1.1 con objeto de que se pueda determinar la correcta regulación de la depresión en el interior del colector de admisión .
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6.3.2.1. Dynamometer setting
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Cuando el vehículo esté equipado con motor Diesel , el banco deberá regularse de acuerdo con las disposiciones del número 5.1.1 .
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The dynamometer must be set as described in section 4.1 of Annex III to Directive 70/220/EEC with the following amendments: - the dynamometer must be set for the appropriate test speed;
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6.3.2.2 . Refrigeración
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- the condition of the vehicle during the test runs must be as specified in sections 4.1 to 4.3, and the weather conditions during the road test must be as specified in 6.3.1.1 to enable the correct inlet manifold depression setting to be determined.
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Podrán utilizarse dispositivos adicionales de refrigeración por aire para mantener las condiciones de marcha , y la temperatura de los lubricantes y del refrigerante dentro de los límites normalmente existentes a la misma velocidad en carretera .
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6.3.2.3 . Antes de efectuar las mediciones , el vehículo deberá recorrer en el banco , a una velocidad aproximada a la velocidad de prueba , una distancia suficiente para permitir al motor alcanzar la temperatura de régimen . En ningún caso dicha distancia deberá ser inferior a 10 kilómetros .
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In the case of diesel-powered vehicles, the dynamometer must be set as specified in 5.1.1.
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6.3.2 . La distancia de prueba no deberá ser inferior a 2 kilómetros . Esta distancia se medirá mediante un cuentarrevoluciones unido al banco .
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6.3.2.2. Cooling
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6.4 . En el acta de prueba deberá indicarse el tipo de banco de prueba utilizado .
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Additional air-cooling devices may be used to keep the operating conditions and the temperature of the lubricants and coolant within the range normally obtained at the same speed on the road.
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6.5 . Expresión de los resultados
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6.3.2.3. Before any measurements are taken, the vehicle must cover, at a speed close to the test speed, a sufficient distance on the dynamometer for the running temperatures to be reached ; this distance must in no case be less than 10 km.
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Cualquiera que fuera el método de medición empleado , los resultados deberán expresarse en litros por 100 kilómetros en las condiciones de referencia que se especifican en el número 4.5 .
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6.3.2.4. The test distance must not be less than 2 km, as measured by a revolution counter on the dynamometer.
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(1) DO n º L 76 de 6 . 4 . 1970 , p. 1 .
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(2) DO n º L 223 de 14 . 8 . 1978 , p. 48 .
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(3) DO n º L 190 de 20 . 8 . 1972 , p. 1 .
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6.4. The type of dynamometer used must be indicated in the test report.
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ANEXO II
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6.5. Expression of results
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Indicación de la administración
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Whatever the method of measurement used, the results must be expressed in litres/100 km under the reference conditions specified in 4.5.
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MODELO
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ANEXO AL CERTIFICADO DE HOMOLOGACIÓN CEE DE UN TIPO DE VEHÍCULO EN LO QUE SE REFIERE AL CONSUMO DE CARBURANTE
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( Apartado 2 del artículo 4 y artículo 10 de la Directiva 70/156/CEE del Consejo , de 6 de febrero de 1970 , relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre homologación de vehículos a motor y de sus remolques )
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ANNEX II
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Número de homologación CEE : ...
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>PIC FILE= "T0013787""PIC FILE= "T0013788">
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1 . Marca de fábrica o de comercio del vehículo : ...
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2 . Tipo y denominación comercial del vehículo : ...
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3 . Nombre y dirección del fabricante : ...
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4 . En su caso , nombre y dirección del representante del fabricante : ...
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5 . Descripción del vehículo
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5.1 . Masa del vehículo ( número 6.1.1.2 del Anexo I ) : ...
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5.2 . Peso máximo autorizado : ...
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5.3 . Tipo de carrocería : berlina , break , cupé (1)
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5.4 . Ruedas motrices : delanteras , traseras , 4 × 4 (1)
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5.5 . Motor
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5.5.1 . Cilindrada : ...
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5.5.2 . Alimentación : carburador , inyección (1)
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5.5.3 . Carburante recomendado por el fabricante : ...
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5.5.4 . Potencia máxima ... kW a ... revoluciones/min
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5.5.5 . Sobrealimentación : sí - no (1)
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5.5.6 . Encendido : por compresión/encendido convencional o electrónico (1)
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5.6 . Transmisión
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5.6.1 . Tipo de caja de cambio de velocidades : manual - automática (1)
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5.6.2 . Número de marchas : ...
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5.6.3 . Desmultiplicaciones globales ( incluidas las circunferencias de rodamiento bajo de los neumáticos ) : velocidad en km/h por 1 000 revoluciones/min del motor :
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1 ª velocidad : ...
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2 ª velocidad : ...
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3 ª velocidad : ...
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4 ª velocidad : ...
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5 ª velocidad : ...
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Overdrive : ...
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5.6.4 . Relación del grupo final : ...
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5.6.5 . Neumáticos :
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Tipo : ...
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Dimensiones : ...
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Circunferencia de rodada bajo carga : ...
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6 . Número de homologación CEE concedida conforme a la Directiva 70/220/CEE ó 72/306/CEE : ...
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7 . Consumos de carburante :
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- en ciclo urbano : ... 1/100 km
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- a velocidad constante de 90 km/h ... 1/100 km
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- a velocidad constante de 120 km/h ... 1/100 km
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8 . Fecha de presentación del vehículo para la homologación CEE : ...
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9 . Servicio técnico/laboratorio autorizado o reconocido que haya realizado las pruebas de consumo : ...
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10 . Número del acta : ...
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11 . Fecha del acta : ...
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12 . Lugar : ...
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13 . Fecha : ...
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14 . Firma : ...
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(1) Táchese lo que no proceda .
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