52006DC0773

Comunicación de la Comisión al Consejo - Negociaciones de adhesión de Turquía /* COM/2006/0773 final */


[pic] | COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS |

Bruselas, 29.11.2006

COM(2006) 773 final

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO

Negociaciones de adhesión de Turquía

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO

Negociaciones de adhesión de Turquía

1. La Comisión observa que Turquía no ha aplicado en su totalidad el Protocolo Adicional del Acuerdo de Ankara y que siguen estando vigentes las restricciones a la libre circulación de mercancías, incluida la de los medios de transporte.

2. En estas circunstancias y habida cuenta de la Declaración de 21 de septiembre del 2005 de la Comunidad Europea y sus Estados miembros, la Comisión recomienda que la Conferencia Intergubernamental para la Adhesión de Turquía no inicie las negociaciones sobre los capítulos relacionados con las restricciones turcas a la República de Chipre hasta que la Comisión confirme que Turquía cumple sus compromisos. Dichos capítulos son los siguientes: Capítulo 1 – Libre circulación de mercancías, Capítulo 3 – Libertad de establecimiento y libre prestación de servicios, Capítulo 9 – Servicios financieros, Capítulo 11 – Agricultura y desarrollo rural, Capítulo 13 – Pesca, Capítulo 14 – Política de transporte, Capítulo 29 – Unión aduanera y Capítulo 30 – Relaciones exteriores.

3. La Comisión recomienda por otro lado que no se cierre provisionalmente ningún capítulo en tanto en cuanto la Comisión no confirme que Turquía ha respetado la totalidad de los compromisos contraídos en el Protocolo Adicional.

4. La Comisión informará al Consejo en los informes anuales de ejecución de cualquier avance que se produzca en las cuestiones objeto de la Declaración de 21 de septiembre del 2005.

5. Habida cuenta de los progresos alcanzados, habría que centrarse ahora en completar el proceso de verificación ( screening ). Los capítulos cuyos preparativos técnicos han sido dados por finalizados deberían mantenerse abiertos en consonancia con el marco de negociación.

6. La Comisión señala la importancia de reiniciar rápidamente el proceso que bajo los auspicios de la ONU dé inicio en el 2007 a las negociaciones propiamente dichas sobre la solución global de la Cuestión chipriota.