15.4.2019 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 139/85 |
Recurso interpuesto el 19 de febrero de 2019 — Dermavita/EUIPO — Allergan Holdings France (JUVÉDERM)
(Asunto T-104/19)
(2019/C 139/86)
Lengua de procedimiento: inglés
Partes
Recurrente: Dermavita Co. Ltd (Beirut, Líbano) (representante: G. Paricheva, abogada)
Recurrida: Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Allergan Holdings France SAS (Courbevoie, Francia)
Datos relativos al procedimiento ante la EUIPO
Titular de la marca controvertida: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Marca controvertida: Marca denominativa de la Unión «JUVÉDERM» — Marca de la Unión n.o5 807 169
Procedimiento ante la EUIPO: Procedimiento de nulidad
Resolución impugnada: Resolución de la Cuarta Sala de Recurso de la EUIPO de 19 de diciembre de 2018 en el asunto R 2630/2017-4
Pretensiones
La parte recurrente solicita al Tribunal General que:
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Anule la resolución impugnada. |
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Condene a la EUIPO y a la otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso a cargar con sus propias costas y con las de la solicitante de nulidad en todas las fases del procedimiento de nulidad y recursos, incluidas las costas del presente procedimiento. |
Motivo invocado
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Infracción del artículo 18 del Reglamento (UE) 2017/1001 del Parlamento Europeo y del Consejo. |