10.9.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 319/22


Recurso interpuesto el 12 de julio de 2018 — WN/Parlamento

(Asunto T-431/18)

(2018/C 319/26)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandante: WN (representantes: L. Levi y A. Champetier, abogadas)

Demandada: Parlamento Europeo

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la decisión de la parte demandada de 28 de septiembre de 2017 que puso fin al contrato de la parte demandante.

Si procede, anule la decisión de la parte demandada de 4 de abril de 2018 que desestimó la reclamación de la parte demandante de 7 de noviembre de 2017.

Condene a la parte demandada a pagar a la parte demandante una indemnización por el daño moral sufrido por esta, evaluado en 20 000 euros.

Condene a la parte demandada a cargar con todas las costas de la parte demandante en relación con el presente procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.

1.

Primer motivo, por el que se alegan vicios de procedimiento, incluida la violación del derecho de defensa y, en particular, del derecho a ser oído, así como el incumplimiento de la obligación de motivación.

2.

Segundo motivo, por el que se alega una infracción de las disposiciones que regulan el procedimiento de conciliación y, en particular, de los artículos 23 y 25 de las normas de aplicación del título VII del régimen aplicable a los otros agentes de la Unión Europea.

3.

Tercer motivo, por el que se alega la infracción del artículo 1 quinquies del Estatuto de los Funcionarios, de los artículos 21 y 23 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y de la Directiva 2006/54/CE. (1)

4.

Cuarto motivo, por el que se alega que la parte demandada cometió un error manifiesto de apreciación respecto a los elementos contenidos en las decisiones impugnadas.

5.

Quinto motivo, por el que se alega la vulneración del principio de buena administración, del principio de protección de la confianza legítima y del deber de asistencia y protección que incumbía a la parte demandada respecto a la parte demandante.


(1)  Directiva 2006/54/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación (DO 2006, L 204, p. 23).