5.11.2018   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 399/24


Recurso interpuesto el 12 de septiembre de 2018 — Comisión Europea / República Italiana

(Asunto C-576/18)

(2018/C 399/33)

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Comisión Europea (representantes: B. Stromsky y D. Recchia, agentes)

Demandada: República Italiana

Pretensiones de la parte demandante

Que se declare que la República Italiana ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Decisión 2008/854/CE de la Comisión, (1) de 2 de julio de 2008, y del artículo 260 TFUE, al no haber adoptado todas las medidas necesarias para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia de 29 de marzo de 2012, asunto C-243/10, relativa a la recuperación de los beneficiarios de las ayudas consideradas ilegítimas e incompatibles con el mercado común en el sentido de la citada Decisión.

Que se condene a la República Italiana a pagar a la Comisión una cantidad a tanto alzado cuyo importe resulta de la multiplicación de un importe diario de 13 892 euros por el número de días en que persista la infracción, con un mínimo de 8 715 000 euros, desde el día de la sentencia recaída en el asunto C-243/10 hasta la fecha en que se dicte sentencia en el presente asunto.

Que se condene a la República Italiana a pagar a la Comisión una multa coercitiva semestral, fijada por la Comisión a partir del semestre siguiente a la fecha de la sentencia en el presente asunto, por un importe igual a 126 840 euros al día.

Que se condene en costas a la República Italiana.

Motivos y principales alegaciones

Mediante la Decisión 2008/854/CE, de 2 julio de 2008, relativa al régimen de ayudas al sector hotelero en Cerdeña (Ley regional n.o 9 de 1998 — Aplicación abusiva de la ayuda N 272/98), publicada en el DOUE L 302 de 13 de noviembre 2008, la Comisión declaró ilegales e incompatibles con el mercado interior las ayudas de Estado en cuestión otorgadas por Italia y ordenó que se procediera a su recuperación.

Mediante la sentencia de 29 de marzo de 2012, asunto C-243/10, Comisión/Italia, el Tribunal de Justicia ha declarado que Italia ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de tal Decisión, al no haber adoptado, dentro del plazo señalado, todas las disposiciones necesarias para recuperar de los beneficiarios las ayudas otorgadas en el ámbito del régimen previsto en esa Decisión.

Transcurridos más de seis años de dicha sentencia, y a pesar de las múltiples peticiones por parte de la Comisión al Gobierno italiano en ese sentido, gran parte de las ayudas en cuestión todavía no han sido recuperadas. Las alegaciones formuladas a este respecto por el Gobierno italiano, con referencia en particular a los litigios nacionales pendientes, no constituyen justificaciones válidas ante este incumplimiento. Así pues, resulta que, en la fecha de presentación del presente recurso, Italia todavía no ha recuperado íntegramente la ayuda y, por lo tanto, no ha dado pleno cumplimiento a la sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-243/10.

Por consiguiente, la Comisión solicita al Tribunal de Justicia que declare que Italia ha infringido el artículo 260 TFUE y le pide que condene a Italia al pago de una cantidad a tanto alzado y de una multa coercitiva semestral hasta que se haya ejecutado plenamente la sentencia recaída en el asunto C-243/10.


(1)  Decisión de la Comisión, de 2 julio de 2008, relativa al régimen de ayudas estatales Ley regional n.o 9 de 1998 — Aplicación abusiva de la ayuda N 272/98 [C1/04 (ex NN 158/03 y CP 15/03)] (DO 2008, L 302, p. 9).