201808030202050072018/C 294/514072018CJC29420180820ES01ESINFO_JUDICIAL20180621373822

Asunto C-407/18: Petición de decisión prejudicial planteada por el Višje sodišče v Mariboru (Eslovenia) el 21 de junio de 2018 — Aleš Kuhar, Jožef Kuhar / Addiko Bank d.d.


C2942018ES3720120180621ES0051372382

Petición de decisión prejudicial planteada por el Višje sodišče v Mariboru (Eslovenia) el 21 de junio de 2018 — Aleš Kuhar, Jožef Kuhar / Addiko Bank d.d.

(Asunto C-407/18)

2018/C 294/51Lengua de procedimiento: esloveno

Órgano jurisdiccional remitente

Višje sodišče v Mariboru

Partes en el procedimiento principal

Demandantes: Aleš Kuhar, Jožef Kuhar

Demandada: Addiko Bank d.d.

Cuestión prejudicial

Habida cuenta del principio de efectividad del Derecho de la Unión, ¿debe interpretarse la Directiva 93/13/CEE ( 1 ) del Consejo en el sentido de que, en el procedimiento ejecutivo, el juez de la ejecución está obligado a denegar de oficio la ejecución en razón de la existencia de una cláusula abusiva contenida en un documento notarial directamente ejecutivo (título ejecutivo) en un supuesto como el controvertido en el presente asunto, en el que la normativa procesal del Estado miembro no otorga al juez de la ejecución una posibilidad efectiva de interrumpir o suspender la ejecución (a instancias del deudor o de oficio) hasta que, al término de un procedimiento declarativo iniciado por el deudor en su calidad de consumidor, se adopte una resolución definitiva sobre el fondo en cuanto el carácter abusivo de la cláusula?


( 1 ) Directiva 93/13/CEE del Consejo, de 5 de abril de 1993, sobre las cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores (DO 1993, L 95, p. 29).