1.8.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 279/18


Petición de decisión prejudicial presentada por el Juzgado de lo Social no 1 de Cuenca (España) el 13 de mayo de 2016 — Carlos Enrique Ruiz Conejero/Ferroser Servicios Auxiliares S.A. y Ministerio Fiscal

(Asunto C-270/16)

(2016/C 279/24)

Lengua de procedimiento: español

Órgano jurisdiccional remitente

Juzgado de lo Social no 1 de Cuenca

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Carlos Enrique Ruiz Conejero

Demandadas: Ferroser Servicios Auxiliares S.A. y Ministerio Fiscal

Cuestión prejudicial

¿Se opone la Directiva 2000/78 (1) a la aplicación de una norma legal nacional conforme a la que el empresario está facultado para despedir a un trabajador por causas objetivas, por falta[s] de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcance[n] el 20 % de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de las faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5 % de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un período de doce meses, en el caso de un trabajador al que se deba considerar discapacitado en el sentido de la Directiva cuando la baja laboral fue causada por la discapacidad?


(1)  Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación (DO L 303, p. 16).