15.2.2016 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 59/50 |
Recurso interpuesto el 23 de diciembre de 2015 — Países Bajos/Comisión
(Asunto T-760/15)
(2016/C 059/58)
Lengua de procedimiento: neerlandés
Partes
Demandante: Reino de los Países Bajos (representantes: M. Bulterman, B. Koopman y M. de Ree, agentes)
Demandada: Comisión Europea
Pretensiones
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
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Anule la Decisión de la Comisión de 21 de octubre de 2015 de referencia C(2015) 7143 relativa a la ayuda estatal SA.38374 (2014/C ex 2014/NN) que los Países Bajos aplicaron en favor de Starbucks. |
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Condene en costas a la Comisión. |
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos.
1. |
Primer motivo, basado en la errónea aplicación del artículo 107 TFUE, apartado 1, puesto que la Comisión declara que el «Advanced Pricing Agreement» (en lo sucesivo, «APA») tiene carácter selectivo.
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2. |
Segundo motivo, basado en la errónea aplicación del artículo 107 TFUE, apartado 1, puesto que la Comisión coteja la existencia de una ventaja con el principio de plena competencia del Derecho de la Unión. La parte demandante alega, no obstante, que no existe ningún principio de plena competencia del Derecho de la Unión y que este principio no forma parte del pronunciamiento como ayuda estatal. |
3. |
Tercer motivo, basado en la errónea aplicación del artículo 107 TFUE, apartado 1, puesto que la Comisión declara que el APA concede una ventaja a Starbucks Manufacturing EMEA BV como consecuencia de decantarse por el «Transactional Net Margin Method» como método de cálculo del precio. Estima que la Comisión indica indebidamente que el método acordado en el APA no logra un enfoque de confianza del mercado eficiente. La Comisión tampoco demuestra que el resarcimiento a Alki y el incremento del precio de coste de los granos verdes tengan ningún valor objetivo. |
4. |
Cuarto motivo, basado en la errónea aplicación del artículo 107 TFUE, apartado 1, puesto que la Comisión indica que el APA concede una ventaja a Starbucks Manufacturing EMEA BV como consecuencia del modo de aplicar el «Transactional Net Margin Method». La Comisión consideró indebidamente probado que el «Transactional Net Margin Method» acordado en el APA se aplicó de modo erróneo y da como resultado una ventaja para Starbucks Manufacturing EMEA BV. La Comisión en modo alguno demuestra que la —desde su punto de vista— mejor aplicación del «Transactional Net Margin Method» llevaría a un beneficio imponible superior y a que no haya ventaja. |
5. |
Quinto motivo, basado en el incumplimiento de la obligación de diligencia debida puesto que la Comisión no consideró ni incluyó todos los datos relevantes en la Decisión y se basó además en datos anónimos, al menos datos que nunca se compartieron con el Gobierno neerlandés. |