22.2.2016   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/30


Recurso interpuesto el 28 de noviembre de 2015 — Micula y otros/Comisión

(Asunto T-704/15)

(2016/C 068/40)

Lengua de procedimiento: inglés

Partes

Demandantes: Viorel Micula (Oradea, Rumanía), European Drinks SA (Ștei, Rumanía), Rieni Drinks SA (Rieni, Rumanía), Transilvania General Import-Export SRL (Oradea) y West Leasing International SRL (Pantasesti, Rumanía) (representantes: J. Derenne, A. Dashwood y D. Vallindas, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

Las demandantes solicitan al Tribunal General que:

Anule la Decisión (UE) no 2015/1470 de la Comisión, de 30 de marzo de 2015, relativa a la ayuda estatal SA.38517 (2014/C) (ex 2014/NN) ejecutada por Rumanía — Laudo arbitral Micula/Rumanía, de 11 de diciembre de 2013 [notificada con el número C(2015) 2112] (DO L 232, p. 43).

Con carácter subsidiario, anule la Decisión impugnada en la medida en que:

i)

califica a Viorel Micula de «empresa» y, por tanto, de parte en la supuesta sola unidad económica que constituye el beneficiario de la ayuda;

ii)

califica al beneficiario de la ayuda de sola unidad económica que comprende a Viorel Micula, Ioan Micula, S.C. European Food SA, S.C. Starmill S.R.L., S.C. Multipack, European Drinks SA, Rieni Drinks SA, Scandie Distilleries SA y Transilvania General Import-Export SRL;

iii)

resuelve, en su artículo 2, apartado 2, que Viorel Micula, Ioan Micula, S.C. European Food SA, S.C. Starmill S.R.L., S.C. Multipack, European Drinks SA, Rieni Drinks SA, Scandie Distilleries SA, Transilvania General Import—Export SRL y West Leasing SRL serán responsables de manera solidaria de la devolución de la ayuda estatal recibida por cada uno de ellos.

Condene a la Comisión a cargar con las costas del presente procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, las demandantes invocan ocho motivos.

1.

Primer motivo, basado en la falta de competencia y en la desviación de poder. Al calificar erróneamente la ejecución del laudo arbitral del CIADI (en lo sucesivo, «laudo») de otorgamiento de ayuda de Estado, en el sentido del artículo 107 TFUE, apartado 1, la Comisión ejerce retroactivamente —en relación con el periodo de preadhesión— competencias de las que sólo goza respecto de las ayudas de Estado otorgadas por Rumanía a partir de su adhesión a la Unión Europea. La Comisión manifiestamente no debe ejercer de ese modo sus competencias sobre ayudas de Estado. La adopción de una decisión con tal finalidad y efecto agrava la desviación de poder en relación con dichas competencias.

2.

Segundo motivo, basado en una infracción del artículo 107 TFUE, apartado 1

Primero, la Decisión no demuestra la existencia de ventaja económica alguna, pues califica la ejecución o aplicación del laudo de ayuda incompatible. En el presente caso concurren los requisitos del asunto Asteris (sentencia de 27 de septiembre de 1988, Asteris y otros, 106/87 a 120/87). Cualquier ventaja (quod non) precede a la adhesión de Rumanía a la Unión Europea, por lo que excede del ámbito de aplicación de las normas de la Unión sobre ayudas de Estado. Segundo, la Decisión no demuestra la existencia de selectividad. El Tratado bilateral de inversión Rumanía-Suecia («TIB» — base jurídica del laudo) establece un sistema de responsabilidad general que se aplica por igual a todos los inversores. Tercero, la Decisión no demuestra que la medida en cuestión sea imputable al Estado Rumano. Rumanía carece de margen de apreciación en la ejecución del laudo.

3.

Tercer motivo, basado en la violación del artículo 351 TFUE y de los principios generales de Derecho. El artículo 351 TFUE protege las obligaciones asumidas por Rumanía a través de la ejecución del TIB celebrado con Suecia mientras éste era aún un acuerdo entre un Estado miembro (Suecia) y un tercer país (Rumanía), frente a cualquier posible efecto posadhesión de las normas de la Unión Europea sobre ayudas de Estado.

4.

Cuarto motivo, basado en una violación del principio de la protección de la confianza legítima. Las autoridades de la Unión Europea incentivaron activamente la celebración de TIB, alimentando con ello una confianza legítima en que ningún esfuerzo para obligar al cumplimiento de tal TIB a través del arbitraje quedaría frustrado, por ejemplo, por las normas sobre ayudas de Estado.

5.

Quinto motivo, invocado con carácter subsidiario, basado en que la ayuda de Estado debería considerarse ayuda compatible. La medida nacional en cuestión, de la que traen causa tanto el arbitraje como el laudo, nunca ha sido objeto de una declaración definitiva de incompatibilidad. En todo caso, habría sido compatible con las normas de la Unión sobre ayudas de Estado.

6.

Sexto motivo, formulado con carácter subsidiario, basado en que la Decisión determina erróneamente los beneficiarios de la supuesta ayuda. La Decisión no demuestra que Viorel y Ioan Micula formen parte de la supuesta sola unidad económica, ni que haya en el presente caso una sola unidad económica.

7.

Séptimo motivo, basado en errores en la devolución de la ayuda ordenada por la Decisión. Dado que la Decisión determina erróneamente los beneficiarios de la supuesta ayuda, ordena la devolución de la misma a particulares y a empresas que no son beneficiarios de la supuesta ayuda.

8.

Octavo motivo, basado en la inobservancia de un requisito esencial del procedimiento (derecho a ser oído). La decisión de incoación del procedimiento de investigación formal en ningún punto menciona a las demandantes European Drinks, Rieni Drinks, West Leasing y Transilvania General Import-Export.