3.8.2015   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 254/8


Petición de decisión prejudicial planteada por el Rechtbank Den Haag (Países Bajos) el 20 de mayo de 2015 — Brite Strike Technologies Inc./Brite Strike Technologies SA

(Asunto C-230/15)

(2015/C 254/11)

Lengua de procedimiento: neerlandés

Órgano jurisdiccional remitente

Rechtbank Den Haag

Partes en el procedimiento principal

Demandante: Brite Strike Technologies Inc.

Demandada: Brite Strike Technologies SA

Cuestiones prejudiciales

1)

¿Debe considerarse que el CBPI [Convenio del Benelux sobre propiedad intelectual (marcas y dibujos y modelos)] (en su caso, en virtud de los motivos formulados en la sentencia del gerechtshof Den Haag de 26 de noviembre de 2013, apartados 28 a 34) constituye un convenio posterior, de suerte que el artículo 4.6 del CBPI no puede tener la consideración de regla especial en el sentido del artículo 71 del Reglamento Bruselas I (1)?

En caso de respuesta afirmativa a esta cuestión:

2)

¿Se desprende del artículo 22, número 4, del Reglamento Bruselas I que tanto los tribunales belgas como los neerlandeses y los luxemburgueses tienen competencia internacional para conocer del litigio?

3)

En caso de respuesta negativa, ¿cómo debe determinarse en un caso como el de autos si tienen competencia internacional los tribunales belgas, o bien los neerlandeses o los luxemburgueses? ¿Puede aplicarse el artículo 4.6 del CBPI para esta (ulterior) determinación de la competencia internacional?


(1)  Reglamento (CE) no 44/2001 del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO 2001, L 12, p. 1).