20.7.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 207/42


Recurso interpuesto el 7 de mayo de 2013 — Francia/Comisión

(Asunto T-259/13)

2013/C 207/71

Lengua de procedimiento: francés

Partes

Demandante: República Francesa (representantes: E. Belliard, D. Colas y C. Candat, agentes)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule parcialmente la Decisión 2013/123/UE de la Comisión, de 26 de febrero de 2013, por la que se excluyen de la financiación de la Unión Europea determinados gastos efectuados por los Estados miembros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), en la medida en que excluye los gastos efectuados por la República Francesa en el marco de la ayuda Indemnizaciones Compensatorias de las Desventajas Naturales (ICDN) del plan de desarrollo rural francés 2007-2013 con cargo a los ejercicios financieros de 2008 y 2009.

Con carácter subsidiario, anule parcialmente la Decisión 2013/123/UE, por una parte, en la medida en que excluye de la financiación de la Unión Europea la parte de los gastos efectuados por la República Francesa en el marco de la ayuda ICDN por ovinos que no se declaran por lo que respecta a la ayuda ovina y, por otra parte, en la medida en que excluye de la financiación de la Unión Europea la parte de los gastos efectuados por la República Francesa en el marco de la ayuda ICDN por bovinos que han sido objeto de controles sobre el terreno con arreglo a los controles de identificación animal o de los controles de las primas bovinas.

Condene en costas a la Comisión.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca tres motivos.

1)

Primer motivo, basado en una infracción del artículo 10, apartados 2 y 4, y del artículo 14, apartado 2, del Reglamento no 1975/2006, (1) al haber considerado la Comisión que el Gobierno francés había incumplido sus obligaciones en materia de controles porque no había procedido, por lo que respecta a los bovinos y a los ovinos para los que se había solicitado una prima por oveja, al recuento de dichos animales durante los controles efectuados sobre el terreno en concepto de las Indemnizaciones Compensatorias de las Desventajas Naturales (en lo sucesivo, «ayuda ICDN»). Este motivo se divide en dos partes en el marco de las cuales la parte demandante alega:

que la obligación de recuento de los animales durante los controles sobre el terreno en concepto de la ayuda ICDN es contraria al carácter de continuidad del criterio de coeficiente de carga y al principio de igualdad de trato y

que la Comisión interpretó el artículo 10, apartados 2 y 4, y el artículo 14, apartado 2, del Reglamento no 1975/2006 de manera errónea al considerar que el sistema de control francés no era adecuado para verificar el cumplimiento del criterio de carga.

2)

Segundo motivo, basado en una infracción del artículo 2, apartado 2, del Reglamento no 1082/2003 (2) y del artículo 26, apartado 2, letra b), del Reglamento no 796/2004 (3) relativos a las modalidades de controles en el marco de la identificación bovina o de las primas bovinas, al haber considerado la Comisión que los artículos 10, apartados 2 y 4, y 14, apartado 2, del Reglamento no 1975/2006 exigen que se proceda al recuento de los animales cuando se realiza un control sobre el terreno para verificar el criterio del coeficiente de carga.

3)

Tercer motivo, basado, con carácter subsidiario, en una extensión ilegal por parte de la Comisión de la aplicación de la corrección a tanto alzado a las explotaciones ovinas que no pueden optar a la prima por oveja y a las explotaciones bovinas controladas en el marco de la identificación bovina o de las primas bovinas.


(1)  Reglamento (CE) no 1975/2006 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2006, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1698/2005 del Consejo en lo que respecta a la aplicación de los procedimientos de control y la condicionalidad en relación con las medidas de ayuda al desarrollo rural (DO L 368, p. 74).

(2)  Reglamento (CE) no 1082/2003 de la Comisión, de 23 de junio de 2003, por el que se establecen determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) no 1760/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta al nivel mínimo de controles que deben realizarse en el marco del sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina (DO L 156, p. 9).

(3)  Reglamento (CE) no 796/2004 de la Comisión, de 21 de abril de 2004, por el que se establecen disposiciones para la aplicación de la condicionalidad, la modulación y el sistema integrado de gestión y control previstos en el Reglamento (CE) no 1782/2003 del Consejo por el que se establecen disposiciones comunes aplicables a los regímenes de ayuda directa en el marco de la política agrícola común y se instauran determinados regímenes de ayuda a los agricultores (DO L 141, p. 18).