4.5.2013   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 129/29


Recurso interpuesto el 18 de marzo de 2013 — Comune di Milano/Comisión

(Asunto T-167/13)

2013/C 129/54

Lengua de procedimiento: italiano

Partes

Demandante: Comune di Milano (Italia) (representantes: A. Grassani y A. Franchi, abogados)

Demandada: Comisión Europea

Pretensiones

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

Anule la Decisión de la Comisión C(2012) 9448 de 19 de diciembre de 2012, relativa a los aumentos de capital efectuados por la sociedad SEA S.p.A. en favor de SEA Handling S.p.A.

Con carácter subsidiario, una vez determinada la existencia de circunstancias específicas excepcionales que generaron en el recurrente la confianza legítima de que el aumento de capital no constituía ayuda de Estado en el sentido del artículo 107 TFUE, apartado 1, anule los artículos 3, 4 y 5 de la Decisión que obligan a Italia a recuperar las ayudas.

Condene a la Comisión al pago de las costas del presente procedimiento.

Motivos y principales alegaciones

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cuatro motivos.

1)

Primer motivo, basado en la infracción y aplicación incorrecta del artículo 107 TFUE, apartado 1, mediante el cual el Comune di Milano critica que la Comisión considerara en su Decisión las medidas controvertidas imputables al Comune (y por tanto al Estado). En opinión del Comune, la Comisión no demostró en modo alguno dicha imputabilidad, por lo que las medidas controvertidas no pueden calificarse de ayudas de Estado.

2)

Segundo motivo, basado también en la infracción y aplicación incorrecta del artículo 107 TFUE, apartado 1, mediante el cual el Comune di Milano alega que la Decisión adolece de un error consistente en que la Comisión consideró que, en el presente asunto, no se cumplía el llamado requisito del inversor privado que opera en condiciones de mercado. Al contrario, dicho requisito se cumple plenamente y el beneficiario no obtuvo ninguna ventaja de las medidas, por lo que las medidas controvertidas no pueden calificarse de ayudas de Estado.

3)

Tercer motivo, mediante el cual el Comune di Milano alega la infracción y aplicación incorrecta de las Directrices de salvamento y de reestructuración de empresas en crisis y de las Directrices del sector aeroportuario, de las que se desprende el carácter ilícito de las conclusiones a las que llega la Comisión en relación con la supuesta incompatibilidad de las medidas controvertidas.

4)

Cuarto motivo, dividido en dos partes, mediante el cual el Comune, haciendo referencia a la conducta adoptada por la Comisión durante el procedimiento de investigación, denuncia en primer lugar, la vulneración del principio de buena administración, el menoscabo del derecho a ser oído y de los derechos de defensa y, en segundo lugar, la vulneración del principio de confianza legítima, que dio carácter ilícito a la orden de recuperación.