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Document 52013DC0269

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Informe sobre la ciudadanía de la UE 2013 Ciudadanos de la UE: vuestros derechos, vuestro futuro

/* COM/2013/0269 final */

52013DC0269

INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES Informe sobre la ciudadanía de la UE 2013 Ciudadanos de la UE: vuestros derechos, vuestro futuro /* COM/2013/0269 final */


INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO, AL CONSEJO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL EUROPEO Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES

Informe sobre la ciudadanía de la UE 2013 Ciudadanos de la UE: vuestros derechos, vuestro futuro

1.           Introducción

Los ciudadanos son y deben ser el eje de la integración europea. Para confirmarlo, las instituciones de la UE proclamaron el año 2013 como Año Europeo de los Ciudadanos con objeto de dar un nuevo impulso a la ciudadanía de la UE y a la vertiente ciudadana del proyecto europeo. En un momento en que la UE está dando grandes pasos hacia una Unión Económica y Monetaria profunda y auténtica[1], una de cuyas piedras angulares es la legitimidad democrática, con una Unión Política en el horizonte, es aún más importante centrarse en lo que hace la UE para que la vida de los ciudadanos sea más fácil, para ayudarlos a comprender sus derechos y para involucrarlos en un debate sobre la Europa en la que quieren vivir y que desean construir para las generaciones futuras.

La ciudadanía de la UE ofrece a los ciudadanos nuevos derechos y oportunidades. El derecho a desplazarse y vivir libremente dentro de la UE es el que asocian más estrechamente con la ciudadanía de la UE. Gracias a la tecnología moderna y a que ahora es más fácil viajar, la libre circulación permite a los europeos expandir sus horizontes más allá de las fronteras nacionales, salir de su país durante períodos más o menos largos, ir y venir entre los países de la UE para trabajar, estudiar y formarse, para viajar por motivos profesionales o de ocio o para hacer compras transfronterizas. La libre circulación incrementa las interacciones sociales y culturales dentro de la UE y crea unos lazos más estrechos entre los europeos. Además, genera beneficios económicos recíprocos para las empresas y los ciudadanos, incluso para aquellos que no se desplazan, ya que la UE suprime de forma constante los obstáculos interiores.

En 1993, el Tratado de Maastricht definió la ciudadanía de la UE y concedió un conjunto de derechos a todos los ciudadanos de la UE, con independencia de que ejercieran o no una actividad económica. El Tratado de Lisboa y la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE reforzaron los derechos de los ciudadanos de la UE[2].

En particular, los ciudadanos de la UE tienen derecho a:

– no sufrir discriminación por motivos de nacionalidad;

– circular y residir libremente en la UE;

– votar y ser candidatos en las elecciones municipales y al Parlamento Europeo, con independencia de su lugar de residencia en la Unión Europea, en las mismas condiciones que los nacionales;

– ser asistidos fuera de la UE por la embajada o el consulado de otro país de la UE en las mismas condiciones que los ciudadanos de ese país, si su país no tiene representación propia;

– presentar peticiones al Parlamento Europeo y dirigirse al Defensor del Pueblo Europeo y a las instituciones de la UE (en cualquier lengua oficial de la UE); y

– organizar o apoyar, junto con otros ciudadanos de la UE, iniciativas ciudadanas en favor de una nueva legislación comunitaria.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha confirmado la importancia constitucional de la ciudadanía de la UE al afirmar que «la vocación del estatuto de ciudadano de la Unión es convertirse en el estatuto fundamental de los nacionales de los Estados miembros»[3]. En una reciente sentencia trascendental[4], el Tribunal de Justicia ha manifestado que el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) se opone a las medidas nacionales que puedan privar a los ciudadanos de la Unión del disfrute efectivo de la esencia de los derechos conferidos por su estatuto de ciudadanos de la UE.

En 2010, la Comisión presentó su primer Informe sobre la ciudadanía de la UE[5] y anunció veinticinco acciones para garantizar que los ciudadanos de la UE puedan disfrutar de sus derechos en su vida cotidiana, sin encontrarse con obstáculos innecesarios. Desde entonces, la Comisión ha dado curso a estos veinticinco compromisos[6].

Las medidas adoptadas consisten en:

– facilitar la buena circulación de documentos públicos (como certificados relativos al de nacimiento, matrimonio o defunción, o títulos de propiedad);

– reforzar los derechos de los aproximadamente 75 millones de personas que cada año son víctimas de delitos en toda la UE;

– reducir la burocracia para los 3,5 millones de personas que cada año matriculan un vehículo en otro país de la UE, lo que supone un ahorro de al menos 1 500 millones EUR al año para las empresas, los ciudadanos y las autoridades encargadas de la matriculación;

– proponer soluciones rápidas y económicas para que los consumidores resuelvan sus litigios con comerciantes de la UE, lo que les permitirá ahorrar en torno a 22 500 millones EUR al año en toda Europa;

– mejorar la accesibilidad del sistema ferroviario para los aproximadamente 80 millones de europeos con discapacidad;

– eliminar los obstáculos al ejercicio efectivo de los derechos electorales en las elecciones europeas y locales por parte de los ocho millones de ciudadanos de la UE en edad de votar que viven en un país de la UE distinto del suyo;

– ofrecer a los ciudadanos información accesible sobre sus derechos en la UE a través de una ventanilla única de información en línea — Tu Europa y Europe Direct.

Hacer que la ciudadanía de la Unión sea una realidad en la vida cotidiana de los ciudadanos es una actividad permanente. La persistencia de los obstáculos se ha confirmado en una consulta pública de gran alcance sobre la ciudadanía de la UE, lanzada por la Comisión el 9 de mayo de 2012[7], las encuestas del Eurobarómetro de 2013 sobre la ciudadanía de la UE[8] y los derechos electorales[9], y varios actos organizados por los principales interesados como preparación del presente informe, en cooperación con el Parlamento Europeo[10], el Comité de las Regiones[11] y el Comité Económico y Social Europeo[12].

Los Diálogos con los ciudadanos[13] iniciados por la Comisión en el marco del Año Europeo de los Ciudadanos[14] están proporcionando un mejor conocimiento de las preocupaciones y sugerencias de los ciudadanos.

En este Informe sobre la ciudadanía de la UE 2013, la Comisión presenta doce nuevas medidas en seis ámbitos fundamentales con objeto de seguir eliminando los obstáculos que impiden que los ciudadanos disfruten de sus derechos en la UE[15].

Suprimir los obstáculos para los trabajadores, los estudiantes y los trabajadores en prácticas en la UE

Hoy en día, la principal preocupación de la población es la crisis financiera y de la deuda soberana y sus repercusiones económicas. Nueve de cada diez europeos consideran que el desempleo o la situación económica son los problemas más importantes a los que se enfrenta actualmente su región[16]. Lo que los europeos esperan de la UE ante todo es que luche contra la crisis, lo que significa reducir el desempleo y, en particular, el desempleo juvenil, cuya tasa duplica con creces la del paro entre los adultos (23,5 %, frente al 9,5 % en el primer trimestre de 2013). Los ciudadanos reclaman un verdadero mercado laboral de la UE que les permita beneficiarse de las oportunidades de empleo en otros países de la UE y contribuir a la economía europea. Además, piden iniciativas que les permitan mejorar sus cualificaciones y tener acceso a oportunidades de formación de calidad en otros países de la UE. La Comisión presenta propuestas para que los ciudadanos tengan más facilidades para trabajar, estudiar y formarse en otro país de la UE, que benefician tanto al desarrollo personal y profesional de los ciudadanos como al crecimiento económico del conjunto de la UE.

Reducir la burocracia en los Estados miembros

Los ciudadanos de la UE saben que tienen derecho a la libre circulación[17]. Más de dos tercios consideran que la libre circulación de personas en la UE aporta beneficios económicos para su país[18]. Los ciudadanos utilizan activamente este derecho haciendo cada año miles de millones de viajes en el interior de la UE. Sin embargo, casi uno de cada cinco de los que respondieron a la consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE, que hizo uso de su derecho a la libre circulación, se encontró con problemas, debidos a menudo a procedimientos administrativos largos y confusos. Los ciudadanos quieren soluciones que les faciliten la vida a la hora de viajar y vivir en la UE. La Comisión presenta sugerencias para reducir el papeleo excesivo y simplificar los procedimientos en los Estados miembros.

Proteger a los más vulnerables de la UE

Los cuidados específicos y la protección para las personas más vulnerables de la sociedad son aspectos fundamentales del modelo social europeo. En las consultas, los ciudadanos mencionaron las dificultades especiales a las que se enfrentan las personas con discapacidades (cerca de 80 millones en la UE), al viajar por la UE. También indicaron que algunos ciudadanos son más vulnerables a la hora de hacer valer sus derechos, en particular en los procesos penales, debido, por ejemplo, a su corta edad o a su condición mental o física. La Comisión propone avanzar en el refuerzo de los derechos de los ciudadanos más vulnerables.

Eliminar los obstáculos a las compras en la UE

Las compras transfronterizas en línea crecen constantemente en la UE. Una cuarta parte de los ciudadanos que compraron por internet en 2012 lo hicieron a vendedores de otros países de la UE[19]. Sin embargo, los ciudadanos de la UE siguen teniendo problemas al comprar en línea[20]. Esto exige que los consumidores estén mejor protegidos e informados, especialmente sobre los productos de sectores que se desarrollan con rapidez, como el de la tecnología digital. Las compras transfronterizas fáciles y seguras son inseparables de unos recursos judiciales transfronterizos fáciles y rápidos. La Comisión presenta medidas para velar por que los ciudadanos estén mejor informados, en particular al comprar en línea, y dispongan de medios de recurso sencillos cuando las cosas vayan mal.

Información específica y accesible en la UE

Se ha hecho mucho para mejorar la sensibilización de los ciudadanos sobre sus derechos en la UE, en particular mediante el desarrollo de «Europe Direct»[21] y del punto único de contacto «Tu Europa»[22]. Uno de cada tres ciudadanos afirma ahora que está bien informado de sus derechos en la UE[23]. Esto supone una mejora, pero sigue siendo insuficiente. Algo menos de una cuarta parte de los encuestados (24 %) se consideran bastante o muy bien informados de lo que pueden hacer si no se respetan sus derechos en la UE[24]. La Comisión está elaborando propuestas para agilizar y mejorar más la información a los ciudadanos sobre sus derechos en la UE y cómo utilizarlos.

Participar en la vida democrática de la UE

La plena participación de los ciudadanos en la vida democrática de la UE en todos los niveles es la esencia misma de la ciudadanía de la Unión. El fomento de la participación de los ciudadanos y de la sociedad civil en el debate sobre los problemas europeos es una tarea oportuna en el contexto del Año Europeo de los Ciudadanos y de las próximas elecciones al Parlamento Europeo, que son ocasiones clave para que los ciudadanos puedan manifestar su opinión. Los ciudadanos dudan de las prácticas de algunos Estados miembros que privan a sus nacionales de su derecho a votar en las elecciones nacionales, por haber vivido en otro país de la UE durante un cierto período de tiempo (denegación del derecho de voto)[25]. En la audiencia conjunta del Parlamento Europeo y de la Comisión sobre la ciudadanía de la UE, celebrada el 19 de febrero de 2013, los ciudadanos, la sociedad civil, los especialistas y los diputados del Parlamento Europeo debatieron la justificación de la denegación del derecho de voto a la luz de la realidad actual. La Comisión propone vías para promover la participación de los ciudadanos en la vida democrática de la UE.

Junto con el Informe sobre la ciudadanía de la UE 2013 se adjunta el Informe sobre el progreso hacia el ejercicio efectivo de la ciudadanía de la Unión durante el período 2011-2013 (con arreglo al artículo 25 TFUE), que analiza la aplicación de las disposiciones del Tratado sobre la ciudadanía de la UE en los últimos tres años.

Simultáneamente, la Comisión adoptó también el Informe anual sobre la aplicación de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE[26].

2.           Doce nuevas acciones clave para mejorar la vida de los ciudadanos de la UE

2.1 – Suprimir los obstáculos para los trabajadores, los estudiantes y los trabajadores en prácticas en la UE

Facilitar que los ciudadanos, especialmente los jóvenes, desarrollen sus cualificaciones, encuentren un empleo y contribuyan al crecimiento en la Unión Europea

La movilidad de los ciudadanos impulsa la economía de la UE

A pesar de los elevados niveles de desempleo (más de 26 millones de personas en la UE), el número de empleos vacantes va en aumento en comparación con 2009 y las empresas tienen dificultades a la hora de contratar personal cualificado. Esto constituye un riesgo para el crecimiento y la innovación de la economía de la UE. En este orden de cosas, la movilidad laboral puede ser un potente mecanismo de ajuste para hacer frente a los desequilibrios y para contribuir a mejorar el ajuste entre empleos y cualificaciones, al tiempo que restablece el dinamismo y alivia el sufrimiento social entre los ciudadanos de la UE. Aumenta las posibilidades de que los ciudadanos hagan una transición fluida al empleo y brinda oportunidades de desarrollo personal y profesional.

Hay fuertes razones económicas que abogan por la movilidad. La reciente experiencia de las ampliaciones de 2004 y 2007 ha puesto de manifiesto que la movilidad dentro de la UE tiene efectos positivos para las economías y los mercados laborales. Por ejemplo, se estima que el PIB de los países de la EU-15 ha aumentado casi un 1 % a largo plazo de resultas de la movilidad posterior a la ampliación (en 2004-2009)[27]. En el conjunto de la UE, el efecto sobre el PIB de los recientes flujos de movilidad dentro de la UE equivale a un incremento colectivo de los ingresos de cerca de 24 000 millones EUR para los ciudadanos de la UE[28]. Sin embargo, hoy en día la movilidad de los trabajadores sigue siendo baja en la UE[29].

Los ciudadanos de la UE aún dudan en buscar trabajo en otro país de la UE, ya que les preocupa su situación si no encuentran empleo rápidamente[30]. Actualmente, el Derecho de la UE garantiza que los ciudadanos desempleados que tienen derecho a prestaciones de desempleo y que van a otro país de la UE en busca de trabajo sigan recibiendo sus prestaciones de desempleo en su país de origen durante un período de tres meses[31]. Si bien el Derecho de la UE contempla la posibilidad de que los Estados miembros amplíen este derecho a un periodo máximo de seis meses, este aún no está garantizado en sus respectivas prácticas nacionales[32]. En la consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE, la mayoría de los encuestados (69 %) consideraba que debían recibir la prestación de desempleo durante al menos seis meses en caso de que se buscara empleo en otro país de la UE.

Fuente: Consulta pública sobre la ciudadanía de la UE 2012 - Base: encuestados que habían buscado un empleo en otro país de la UE

Frederico, un joven cocinero de Portugal decidió ir a Suecia en busca de un nuevo empleo. Pidió a los servicios de empleo de Portugal el documento que le permitiría recibir sus prestaciones de desempleo portuguesas en Suecia durante un período de tres meses y se inscribió en los servicios de empleo de Suecia en cuanto llegó. Sin embargo, no encontró trabajo en los tres meses de validez del documento. Tenía que elegir entre volver a Portugal para no perder sus derechos a la prestación de desempleo o quedarse en Suecia pero sin derecho alguno a esa prestación. Decidió hacer unas cuantas entrevistas de trabajo más en Suecia y regresó a Portugal una vez transcurridos cinco meses. Como consecuencia, perdió su derecho a las prestaciones de desempleo en Portugal.

Acción 1: la Comisión propondrá una revisión del Reglamento sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social[33] y estudiará la posibilidad de prorrogar la exportación de las prestaciones de desempleo por un periodo superior al obligatorio de tres meses para facilitar que los ciudadanos busquen un empleo en otro país de la UE. La Comisión insta a los Estados miembros a aplicar plenamente las normas vigentes para permitir que los solicitantes de empleo reciban sus prestaciones de desempleo durante un máximo de seis meses cuando busquen trabajo en otro Estado miembro[34].

Los ciudadanos desean mejorar sus cualificaciones y competencias en el extranjero

Tal como subrayó la Comisión en su paquete sobre empleo «Hacia una recuperación generadora de empleo»[35] y en su Agenda de nuevas cualificaciones y empleos[36], la inversión en sistemas de educación y formación es fundamental para aumentar la productividad, la competitividad, el crecimiento económico y, en último término, el empleo.

Los jóvenes ciudadanos de la Unión Europea están abiertos a mejorar sus cualificaciones y competencias estudiando o formándose en otro país de la UE[37]. En total, más de la mitad de los jóvenes europeos están dispuestos o quieren ir a trabajar en otro Estado miembro de la UE[38].

Disponibilidad de los jóvenes para trabajar en otro país de la UE

Fuente: Eurobarómetro 2011 sobre Juventud en movimiento

Los datos actualmente disponibles estiman que solo un 10 % de los europeos titulados de enseñanza superior han estudiado en otro lugar de la UE[39]. Las cifras correspondientes a la movilidad en la UE durante el grado (programa completo) son aún más bajas. Esto se debe en parte a los costes de estudiar en otro país de la UE. En su propuesta de programa Erasmus para todos[40], la Comisión ha presentado un sistema de garantía de préstamos para estudiantes para hacer posible que los estudiantes de máster que deseen cursar un programa entero en otro país de la UE accedan a préstamos bancarios en condiciones favorables. Según la propuesta de la Comisión, hasta 330 000 estudiantes deberían beneficiarse de ese sistema durante el período de siete años cubierto por el programa. Además, la Comisión seguirá fomentado la movilidad para que los jóvenes estudien, se formen o realicen una labor de voluntariado en el extranjero o participen en intercambios de jóvenes. También se dará a los profesores y al personal docente la posibilidad de enseñar o formarse en el extranjero. Gracias al nuevo programa, casi cinco millones de ciudadanos deberían beneficiarse de estas posibilidades durante el periodo 2014-2020.

Al plantarse la posibilidad de un periodo de prácticas en otro país de la UE, los jóvenes no siempre encuentran información pertinente sobre las oportunidades que existen y se preocupan por la calidad y las condiciones de los acuerdos laborales. Los estudios y encuestas ponen de manifiesto una serie de problemas de calidad relacionados con los periodos de prácticas: falta de contenidos didácticos y términos y condiciones insuficientes, en particular un bajo nivel (o carencia) de protección social y de compensación o remuneración[41]. Además, en varios países de la UE (hasta un 25 % según una encuesta de 2011 realizada por el Foro Europeo de la Juventud[42]) todavía no es obligatorio que el contrato en prácticas especifique los derechos y obligaciones de las partes. La escasa o nula remuneración suscita dudas respecto a la posibilidad de que los empleadores hagan uso de esto como una forma de empleo no retribuido. Existe la necesidad urgente de abordar estas deficiencias y mejorar las posibilidades de que los jóvenes desarrollen sus cualificaciones y adquieran experiencia laboral en el extranjero. Esto es necesario no solo para resolver las preocupaciones expresadas por los ciudadanos, en particular los jóvenes, sino también para resolver los terribles niveles de desempleo juvenil.

Nathalie se graduó en Francia y pensó en comenzar su carrera profesional en España o en Alemania. Como nunca había vivido en el extranjero, quería realizar primero un período de prácticas, pero se preguntaba si podría hacerlo sin estar matriculada en un programa educativo (en Francia es un requisito previo). Además, ignoraba los derechos que tendría como trabajadora en prácticas en esos países y si tendría protección social o derecho a compensación o remuneración.

En 2013, para que los jóvenes encuentren más fácilmente una experiencia profesional de calidad en otro país de la UE, la Comisión desarrollará un marco de calidad para los periodos de prácticas que establezca las principales características de los periodos de prácticas de alta calidad, protegiendo los derechos de los trabajadores en prácticas y ayudándoles a sacar el mayor provecho de su experiencia laboral. Asimismo, revisará y reformará la red EURES para adecuarla más a las necesidades reales del mercado laboral, mejorando los servicios de enlace entre la oferta y la demanda de empleo, en beneficio tanto de los solicitantes de empleo como de las empresas. Además lanzará una iniciativa piloto con algunos Estados miembros para mejorar el intercambio de información en EURES sobre periodos de prácticas y de aprendizaje para facilitar aún más la transición de los jóvenes al empleo.

Asimismo, la Comisión insta a los Estados miembros a aplicar rápidamente la Garantía Juvenil[43] de forma duradera y ambiciosa para ayudar a los jóvenes a adquirir experiencia laboral.

Acción 2: con objeto de ayudar a los jóvenes ciudadanos de la Unión Europea a desarrollar sus cualificaciones e introducirse en el mercado de trabajo, la Comisión desarrollará en 2013 un marco de calidad para los periodos de prácticas.

La Comisión presentará también una iniciativa en 2013 para modernizar EURES con objeto de reforzar la función y el impacto de los servicios de empleo a nivel nacional y mejorar la coordinación de la movilidad laboral en la UE. Además de la reforma de EURES, la Comisión lanzará una iniciativa piloto para mejorar el intercambio de información en EURES sobre periodos de prácticas y de aprendizaje.

2.2 – Reducir la burocracia en los Estados miembros

Suprimir los obstáculos administrativos y simplificar los procedimientos para los ciudadanos de la UE que viajan y viven en ella

Documentos de identidad y residencia de los ciudadanos

El derecho de la UE que los ciudadanos asocian más directamente a la ciudadanía de la Unión es el de circular y vivir libremente en la UE[44]. De acuerdo con el Eurobarómetro de 2013 sobre la ciudadanía de la UE[45], casi nueve de cada diez ciudadanos de la UE saben que tienen este derecho a la libre circulación.

Fuente: Eurobarómetro 2013 sobre la ciudadanía de la UE

Sin embargo, casi uno de cada cinco de todos los participantes en la consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE[46] señalaron la existencia de problemas al viajar o vivir en otro país de la UE (17 %); entre estos problemas están los obstáculos administrativos con documentos cuando quieren probar su identidad o viajar por la UE. Las preguntas relacionadas con la libre circulación y la residencia representaron el 21 % de las consultas formuladas en 2012 a Tu Europa-Asesoramiento[47] y el 13 % del total de los casos SOLVIT en 2012[48].

Los ciudadanos de la UE que residen en un país de la UE distinto del suyo durante más de tres meses pueden estar obligados a registrarse ante las autoridades locales, en cuyo caso reciben un certificado de registro. Sin embargo, estos certificados de registro no siempre se aceptan como documentos de identidad en la UE (especialmente por entidades privadas tales como bancos, empresas, etc.) y los ciudadanos no pueden utilizarlos como documento de viaje, ni siquiera dentro de la UE. Un problema similar se plantea a los ciudadanos de la UE que poseen documentos de identidad expedidos por su propio país y que a menudo no pueden usarlos en sus operaciones en otros países de la UE. Las empresas privadas no se encuentran cómodas a la hora de aceptar documentos «extranjeros» como prueba de identidad ya que, a diferencia de los pasaportes, el formato de esos documentos no está armonizado a escala de la UE. Los ciudadanos de la UE que viven en otro país de esta también se enfrentan a dificultades cuando tienen que obtener o renovar sus documentos de identidad o pasaportes para viajar por la UE a corto plazo, en particular cuando su consulado más cercano se encuentra en otro país.

Sanna, ciudadana finlandesa residente en Munich, ha reservado un vuelo para Finlandia pero, dos días antes del viaje, sufre un atraco y le roban su pasaporte y su documento de identidad. Sanna no puede obtener a tiempo un nuevo pasaporte, ya que las únicas representaciones consulares finlandesas en Alemania que podrían expedir un pasaporte se encuentran en Berlín y Hamburgo, y no puede ir allí en tan breve plazo. En el aeropuerto, cuando presenta únicamente su certificado de registro alemán, la compañía aérea se niega a permitirle embarcar, alegando normas de seguridad.

En la consulta pública sobre la ciudadanía de la UE, los ciudadanos reclamaron soluciones que les simplificasen la vida y reforzasen su identificación con la UE, incluso mediante documentos europeos uniformes, cuando proceda[49]. La Comisión va a plantearse, entre otras cosas, si sería conveniente establecer unas normas relativas a un formato común seguro para los certificados de registro expedidos a los ciudadanos de la UE por los Estados miembros y para los documentos de residencia expedidos a los miembros de sus familias. Esta iniciativa haría posible que los ciudadanos de la UE y sus familias usen un único documento en su vida diaria y resuelvan los problemas que se encuentren en sus relaciones con entidades privadas en otros países de la UE, al tiempo que mejoraría también la seguridad de los documentos.

Para reducir aún más las cargas administrativas, los ciudadanos de la UE también deben tener la opción de utilizar esos certificados de registro seguros como documentos de viaje para los desplazamientos en la UE, cuando dichos documentos hayan sido expedidos por su Estado miembro de residencia.

Acción 3: en 2013 y 2014, la Comisión estudiará soluciones para eliminar los obstáculos a que se enfrentan los ciudadanos de la UE y los miembros de sus familias que residen en un país de la UE distinto del suyo en relación con los documentos de identidad y residencia expedidos por los Estados miembros, incluso mediante documentos europeos uniformes facultativos para los ciudadanos, cuando proceda.

Formalidades de la fiscalidad transfronteriza de los ciudadanos

Los ciudadanos de la UE pueden vivir en un país, trabajar en otro y poseer bienes en un tercero. Esto puede hacer que les resulte difícil saber dónde deben pagar sus impuestos y cómo hacerlo. Las barreras lingüísticas y la falta de cooperación entre las autoridades tributarias de distintos países a la hora de resolver problemas de fiscalidad transfronteriza no facilitan las cosas. Los ciudadanos también pueden encontrarse con obstáculos administrativos importantes, en particular a la hora de solicitar la devolución de impuestos adeudados en otros países o debido a los sistemas tributarios contradictorios de distintos Estados miembros que pueden incluso dar lugar a que una misma renta sea objeto de doble imposición por parte de Estados miembros diferentes. Solo las preguntas sobre impuestos constituyeron un 9 % de los asuntos planteados a SOLVIT en 2012. Tu Europa-Asesoramiento, los servicios de asistencia como las oficinas del consumidor de las regiones transfronterizas y EURES también señalan que reciben muchas y variadas preguntas relacionadas con temas fiscales.

Ylva, ciudadana sueca, está casada con Martin, que es eslovaco. Viven en Suecia y en la actualidad ambos están jubilados. Aunque Ylva solo ha trabajado en Suecia, Martin también ha trabajado en Eslovaquia. Ahora quieren ir a vivir a los Países Bajos para estar cerca de sus nietos, pero tienen muchas dudas en cuanto a su situación fiscal y no saben a quién dirigirse. ¿Cuál será la fiscalidad de sus pensiones cuando se hayan trasladado? ¿Qué ocurre con los posibles impuestos sobre sucesiones? ¿Qué deberían hacer si después de trasladarse son objeto de una doble imposición? Si conservan su casa en Suecia, ¿dónde pagarán sus impuestos sobre bienes inmuebles y dónde estará gravada la renta de ese bien?

Durante 2013, la Comisión identificará las mejores prácticas en los países de la UE para ayudar a los ciudadanos que se encuentran en situaciones fiscales transfronterizas y va a participar en reuniones de seguimiento con las autoridades nacionales para fomentar la implantación a gran escala de esas prácticas. Las mejores prácticas podrían consistir en puntos de contacto informativos en las administraciones nacionales especializados en cuestiones de fiscalidad transfronteriza, sitios web que ofrezcan información básica para los ciudadanos y les dirijan al punto de contacto más apropiado, simplificación de los procedimientos para evitar la doble imposición y el pago excesivo de impuestos en el extranjero, códigos de los contribuyentes que describan sus derechos y deberes fundamentales, y cooperación estrecha entre países de la UE para resolver los litigios de imposición transfronteriza.

La Comisión acompañará esta acción con una nueva iniciativa aplicable a toda la UE para velar por que las legislaciones de todos los Estados miembros relativas a la fiscalidad de las personas que ejerzan la movilidad se atengan a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y que esos ciudadanos no sufran una carga administrativa innecesaria ni costes adicionales al ejercer su derecho a ir a otros países para trabajar o vivir en ellos.

Acción 4: la Comisión, en 2013, adoptará iniciativas para fomentar las mejores prácticas tributarias en situaciones transfronterizas y velar por la correcta aplicación del Derecho de la UE con objeto de hacer más fácil para los ciudadanos europeos el desplazamiento o la actividad transfronterizos para operar con conjuntos diferentes de normas tributarias y, en particular, para evitar la doble imposición.

Trámites de los ciudadanos relacionados con los automóviles

Hoy en día la inspección técnica de vehículos se realiza de muy distintas maneras en toda la Unión, las categorías de vehículos que deben someterse a esa inspección, la periodicidad, los métodos de la inspección y la evaluación de los fallos son diferentes. Por consiguiente, un mismo vehículo podría ser inspeccionado en distintos países de la UE con distintos resultados, lo que dará lugar a diferentes niveles de seguridad. Como consecuencia de estas normas divergentes, los países de la UE no reconocen recíprocamente sus certificados de inspección técnica. Esto supone una carga administrativa y unos costes innecesarios para los ciudadanos que viajan a otro país con su automóvil.

Monika, lituana, trabaja en un hotel en una estación de esquí austríaca cinco meses al año. Como debe hacer la inspección anual de su coche en marzo, cuando está en Austria tiene que interrumpir su estancia y volver en coche a Lituania únicamente para realizar la inspección periódica de su vehículo. Sería mucho más fácil si pudiera hacerlo en Austria y su certificado de inspección técnica fuese reconocido automáticamente en Lituania y en el resto de la UE.

En 2012, la Comisión presentó propuestas[50] para establecer unas normas mínimas para el control y la seguridad de los automóviles (aumento de la calidad de las pruebas, introducción de requisitos aplicables a los equipos de inspección, mejora de las cualificaciones de los inspectores, mayor supervisión de los centros de inspección). Partiendo de unas normas armonizadas para controlar la inspección técnica de automóviles, durante 2014 la Comisión dará pasos concretos de cara a la creación de una «plataforma electrónica de información sobre vehículos» que facilite el reconocimiento de los certificados de inspección técnica.

Acción 5: partiendo de su trabajo para mejorar la seguridad vial de los ciudadanos de la UE, durante 2014 la Comisión dará pasos concretos de cara a la creación de una «plataforma electrónica de información sobre vehículos» que facilite el reconocimiento de los certificados de inspección técnica, haciendo que sea más fácil y más seguro para los ciudadanos viajar a otro país de la UE con su automóvil.

2.3 – Proteger a los más vulnerables de la UE

Eliminar los obstáculos para los ciudadanos con discapacidad y reforzar los derechos procesales de los ciudadanos, teniendo en cuenta la situación específica de los niños y los ciudadanos vulnerables

Ciudadanos con discapacidad

En la Unión Europea hay aproximadamente 80 millones de personas con discapacidades. A menudo tienen acceso a determinados derechos, en particular relacionados con los transportes públicos o las instituciones culturales, vinculados a su tarjeta de discapacidad. Contrariamente a las tarjetas de aparcamiento para las personas con discapacidad, para las que se estableció un modelo común de la UE hace casi quince años, las tarjetas de discapacidad solo se reconocen a nivel nacional, lo que complica la situación para las personas con discapacidad que viajan a otro país de la UE.

Seán, un ciudadano irlandés con discapacidad, quisiera ir con sus compañeros de clase a su viaje escolar anual. Sin embargo, no está seguro de que su tarjeta irlandesa de discapacidad esté reconocida en otros países de la UE y que, por lo tanto, pueda disfrutar de las condiciones para acceder al transporte que tienen los residentes locales con discapacidad. Si Seán tuviera una tarjeta de discapacidad de la UE, tendría la tranquilidad de tener acceso a algunas de las ventajas específicas de que disfrutan los nacionales de ese país.

La Comisión pondrá en marcha una iniciativa piloto para desarrollar una tarjeta de discapacidad reconocida recíprocamente en la UE, que facilite la igualdad de trato de las personas con discapacidades que viajen a otros países de la UE en lo que respecta al acceso al transporte, el turismo, la cultura y el ocio.

Acción 6: la Comisión facilitará la movilidad de las personas con discapacidad en la UE dando su apoyo, en 2014, al desarrollo de una tarjeta de discapacidad de la UE reconocida recíprocamente que garantice la igualdad de acceso en la UE a determinadas prestaciones (principalmente en los ámbitos del transporte, el turismo, la cultura y el ocio).

Derechos procesales de los ciudadanos

Todo acusado se presume inocente hasta que su culpabilidad haya sido legalmente declarada[51]. La divergencia de las normas nacionales que regulan la presunción de inocencia puede complicar la cooperación policial y judicial y el reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales. También crea incertidumbre entre los ciudadanos ante la protección que podrían obtener en otro país de la UE. Por otra parte, el derecho a asistencia jurídica gratuita en los procedimientos penales[52] varía considerablemente según los Estados miembros y en la actualidad no siempre se garantiza la asistencia jurídica efectiva y a tiempo de los sospechosos o acusados en procesos penales en otro país de la UE.

Determinadas personas sospechosas y acusadas son más vulnerables, ya que, debido a su edad o a su condición mental o física, tienen dificultades para comprender, seguir o participar efectivamente en las discusiones. Esto puede afectar a su derecho a un juicio justo y hace que sea aún más importante garantizar la presunción de inocencia y la asistencia jurídica. En la consulta pública sobre la ciudadanía de la UE, el 73 % de los encuestados apoyaron la idea de dar a los niños y a los adultos vulnerables una protección que garantice un juicio justo y que deba aplicarse en todos los países de la UE.

Christian, un joven de 16 años que vive con sus padres en un país de la UE distinto de su país de origen, fue detenido en su casa y llevado a una comisaría para ser interrogado en relación con el robo de un automóvil encontrado ese día cerca de la manzana donde vive. Se le interrogó durante seis horas, durante las cuales primero negó cualquier participación en el robo y luego, cuando la policía le dijo que una confesión tendría una repercusión positiva para el desenlace de su caso, acabó reconociendo que era el autor. Christian fue interrogado sin que se le permitiera contactar con sus padres y sin la presencia de un abogado. No se le informó de sus derechos a negarse a declarar y a no autoinculparse.

La Comisión tiene la intención de proponer, antes de que finalice el año 2013, un paquete de instrumentos jurídicos para garantizar la presunción de inocencia y la asistencia jurídica gratuita cuando un ciudadano sea sospechoso o esté acusado en un proceso penal en otro país de la UE y para reforzar los derechos procesales de los niños y las personas vulnerables.

Acción 7: a finales de 2013, la Comisión propondrá un paquete de instrumentos jurídicos para reforzar los derechos procesales de los ciudadanos que sean sospechosos o estén acusados en procesos penales, teniendo en cuenta la situación específica de los niños y los ciudadanos vulnerables.

2.4 –Eliminar las barreras a las compras en la UE

Los ciudadanos y los litigios de menor cuantía

En los últimos doce meses, cuatro de cada diez ciudadanos han comprado o pedido bienes o servicios a través de internet para uso privado (40 %). Los europeos que compran bienes o servicios a proveedores radicados en otros países de la UE son más numerosos que hace dos años (+4 puntos porcentuales). Casi uno de cada tres compra mercancías en línea o fuera de ella a empresas radicadas en otros Estados miembros (30 %)[53]. El hecho de que sea más fácil comprar en la UE puede significar que haya más conflictos y hay que resolverlos de manera fácil y rápida con objeto de no frustrar a los ciudadanos.

El Reglamento europeo de reclamaciones de escasa cuantía[54] introdujo una serie de soluciones prácticas para facilitar los litigios transfronterizos en las demandas de cuantía inferior a 2 000 EUR, tales como suprimir la necesidad de que se reconozca la sentencia para su ejecución en el extranjero o admitir un procedimiento escrito basado en un formulario normalizado. No obstante, las reclamaciones de los ciudadanos dirigidas a la Comisión demuestran que es necesario reforzar el Reglamento existente, en particular para hacer frente a las prácticas deficientes observadas en muchos Estados miembros, tales como la falta de asistencia práctica al rellenar el formulario, la inobservancia del principio de procedimiento escrito, las audiencias innecesarias, el uso insuficiente de la teleconferencia y la videoconferencia para oír a los testigos, etc.

Tibor, que vive en Hungría, quiere comprar un televisor nuevo. Encuentra su aparato ideal en una tienda cercana por 2 750 EUR pero decide buscar un mejor precio en la red. Encuentra exactamente el mismo televisor por EUR 2 200 y hace el pedido en línea. El televisor se entrega a tiempo pero, para su sorpresa, es negro y no plateado como había pedido. Devuelve el televisor y solicita la devolución de la cantidad abonada. El vendedor no contesta. Como este está domiciliado en Portugal, Tibor se pregunta cómo obtener reparación. Un amigo le informa sobre el proceso europeo de escasa cuantía, al que puede acceder a través del Portal Europeo de e-Justicia[55], y rápidamente comprendieron todas las ventajas: se puede presentar la reclamación en Hungría y no en Portugal, sin pagar los honorarios del abogado ¡e incluso sin tener que comparecer ante un tribunal! Entonces se da cuenta de que no podrá valerse de este procedimiento sencillo ya que el umbral de las reclamaciones con arreglo al proceso es de solo 2 000 EUR.

Los ciudadanos consideran que si se eleva el umbral del proceso europeo de escasa cuantía será más fácil para los consumidores obtener reparación en otro país de la UE[56]. En el Eurobarómetro 2013 sobre reclamaciones de escasa cuantía, los encuestados dijeron que lo que más les animaría a acudir a los tribunales de su país sería: la posibilidad de desarrollar el procedimiento solo por escrito, sin acudir físicamente al tribunal (37 %), la de realizar las actuaciones sin necesidad de recurrir a un abogado (31 %) y la de que el procedimiento se desarrolle en línea (20 %). La Comisión revisará las normas existentes para simplificar el proceso europeo de escasa cuantía, velará por que las facilidades que ofrece el mismo se aprovechen al máximo y elevará el umbral actual a 25 000 EUR. El Reglamento en cuestión también creará un marco jurídico con arreglo al cual los ciudadanos puedan intervenir en el procedimiento en línea.

Acción 8: a finales de 2013, la Comisión revisará el proceso europeo de escasa cuantía para facilitar la solución de litigios relativos a compras en otro país de la UE.

Las compras en línea de los ciudadanos

Los consumidores europeos se benefician de una legislación que les garantiza un trato justo, la seguridad de los productos que compran, una información completa antes de comprar y unos recursos en caso de problemas[57]. Muy recientemente, en febrero de 2013, la Comisión ha adoptado un paquete de medidas para mejorar la seguridad de los productos de consumo, incluso los comprados en línea, con objeto de impulsar la confianza de los ciudadanos y fomentar las ventas[58].

A pesar de esta protección, los ciudadanos siguen enfrentándose a problemas, en particular en las compras en línea, según manifiestan casi uno de cada cuatro participantes (24 %) en la consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE. Es frecuente que los consumidores se pierdan a menudo información crucial a la hora de comparar o adquirir productos digitales (por ejemplo, descargas audiovisuales de música, películas o juegos). Cuando la información existe, las personas no avezadas no siempre la entienden. A menudo les resulta difícil determinar si van a poder utilizar el producto en su dispositivo o juzgar la calidad que obtendrán.

Florian está buscando el mejor lugar para comprar y descargar el nuevo álbum de su grupo de rock favorito. Puede descargarlo en una importante tienda en línea. Hasta que no lo ha descargado no se da cuenta de que también tiene que comprar el reproductor de música de la tienda para poder escucharlo. Una presentación fácilmente comprensible de la información pertinente sobre las principales características, la interoperabilidad y la funcionalidad permitiría a Florian comparar fácilmente varias ofertas y comprar ficheros de música de alta calidad que funcionen en su reproductor de sonido.

La Comisión quiere garantizar que los consumidores que adquieren productos digitales reciban la información fundamental de manera comprensible y comparable.

La Comisión contribuirá a que las autoridades nacionales hagan cumplir las normas de protección de los consumidores, asesorándoles sobre las obligaciones de información para los productos digitales. También elaborará un modelo de presentación uniforme y de fácil utilización de la información esencial (p. ej. el precio, el tipo de contrato, el derecho de retractación, la interoperabilidad con el hardware y el software, la funcionalidad tal como el formato digital utilizado, la calidad y el tamaño del fichero, la portabilidad a otros dispositivos del consumidor, la posibilidad de hacer copias privadas, etc.) que aparecerá en la pantalla en el momento oportuno (es decir, cuando se hace la oferta).

Así será más fácil comparar los productos digitales y se facilitará el desarrollo de sitios web comparativos con datos exactos. Más del 80 % de los consumidores europeos usaron sitios web de comparación de precios en 2010 y cinco de cada diez consumidores los utilizaron al menos una vez al mes[59]. La Comisión, en consulta con los interesados, seguirá trabajando con objeto de mejorar la transparencia y fiabilidad para los consumidores de esos instrumentos de comparación[60].

La Comisión tiene intención de poner en marcha, para la primavera de 2014, una campaña de sensibilización en toda la UE para sensibilizar más a los ciudadanos sobre sus derechos como consumidores y, por consiguiente, reforzar su confianza en el mercado digital en línea.

Acción 9: la Comisión desarrollará, para la primavera de 2014, en estrecha colaboración con los responsables nacionales y las partes interesadas pertinentes, un modelo para la presentación en línea de los requisitos clave para que la información sobre productos digitales sea más clara y fácil de comparar. También emprenderá, en la primavera de 2014, una campaña de sensibilización en toda la UE sobre los derechos de los consumidores.

2.5 – Información específica y accesible en la UE

Los derechos de los ciudadanos a la libre circulación y la administración local

Las ventanillas de atención al público de las administraciones locales desempeñan un papel clave en la aplicación de los derechos de los ciudadanos a la libre circulación ya que suelen ser el primer contacto para aquellos que se instalan en otra ciudad así como una fuente primaria de información y asistencia. Sin embargo, las denuncias recibidas por la Comisión y los servicios de asistencia de la UE muestran que los problemas con que se encuentran los ciudadanos de la UE que se van a vivir en otro país de la UE están a menudo relacionados con el hecho de que los funcionarios de las administraciones locales que están en contacto con el público no están suficientemente familiarizados con los derechos de los ciudadanos de la UE a la libre circulación. Esto se ve confirmado en los resultados de un estudio de 2012 del Comité de las Regiones[61] y en la consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE. Uno de cada cuatro ciudadanos residentes en otro país de la UE señala problemas (27 %) y casi uno de cada dos afirma que el personal de las administraciones locales carece de información suficiente sobre sus derechos en la UE (47 %). Así pues, hay que dar al personal de las administraciones locales herramientas para que comprendan plenamente las normas sobre libre circulación.

Fuente: Consulta pública sobre la ciudadanía de la UE 2012 - Base: encuestados que han tenido problemas al trasladarse o residir en otro país de la UE

Cécile, que es belga, y su marido Nicolás, ciudadano argentino, se van a vivir a otro país de la UE y, en cuanto se establecen allí, Nicolás supera con éxito una entrevista de empleo para trabajar en una empresa local. Sin embargo, en respuesta a una consulta de la empresa, el funcionario del ayuntamiento afirma que Nicolás necesita un permiso de trabajo, sin darse cuenta inmediatamente de que ese requisito no se aplica a los miembros de la familia de los ciudadanos de la UE que ejercen su derecho a la libre circulación. De resultas de ello, Nicolás no es contratado.

Para finales de 2014, La Comisión desarrollará una herramienta de formación electrónica para las administraciones locales con objeto de velar por que los ciudadanos de la UE, independientemente del municipio de la UE al que se dirijan, se encuentren con funcionarios de atención al público que tengan un sólido conocimiento de sus derechos y de las condiciones y los procedimientos para ejercerlos.

Asimismo, a partir de 2013, la Comisión también apoyará, a través de su sistema de hermanamiento de ciudades, los intercambios de las mejores prácticas entre los municipios y proyectos destinados a reforzar el conocimiento de los derechos de los ciudadanos y a facilitar su aplicación.

Acción 10: la Comisión tomará medidas para garantizar que se den a las administraciones locales los instrumentos para comprender plenamente los derechos de los ciudadanos de la UE a la libre circulación.

Los ciudadanos buscan a quién dirigirse para hacer valer sus derechos

Demasiado a menudo los ciudadanos no saben qué hacer cuando no se respetan sus derechos y, en particular, si deben acudir a las autoridades nacionales, a las instituciones de la UE o a otros organismos como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Incluso cuando está claro que es competencia de las instituciones de la UE, los ciudadanos suelen tener dudas acerca de a cuál de ellas dirigirse.

El Eurobarómetro 2013 sobre la ciudadanía de la UE muestra que algo menos de una cuarta parte de los encuestados (24 %) se consideran bastante o muy bien informados de lo que pueden hacer cuando no se respetan sus derechos en la UE. Aproximadamente la mitad de los encuestados (51 %) piensan que no están muy bien informados, mientras que otra cuarta parte (23 %) piensan que no están nada informados.

Fuente: Eurobarómetro 2013 sobre la ciudadanía de la UE

Estas constataciones se confirmaron en la consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE. Muchos de los encuestados afirmaron también que no conocían los instrumentos enumerados en la pregunta (SOLVIT, Europe Direct, Tu Europa - Asesoramiento). La mayoría de los encuestados indicaron que verían con agrado una herramienta en línea que les permitiera comprender fácilmente a qué nivel (de la UE, nacional o local) se resolvería mejor su problema (63 %).

Fuente: Consulta pública sobre la ciudadanía de la UE 2012 - Base: todos los encuestados

Maja, ciudadana eslovena, compró un pequeño apartamento en Bulgaria, pero posteriormente descubrió que su edificación infringía varias normativas sobre construcción y que el agente inmobiliario lo sabía, pero no le había comunicado esta información. Ella cree que se ha infringido su derecho fundamental a la propiedad, pero se pregunta si debe presentar una denuncia ante la Comisión Europea, el Defensor del Pueblo Europeo, el Defensor del pueblo búlgaro o el esloveno. Tampoco sabe que las autoridades nacionales de consumo son el organismo adecuado al que dirigirse.

El punto único de información a través de Tu Eruropa y de Europe Direct, así como otros instrumentos temáticos, ofrece a los ciudadanos información práctica sobre sus derechos y se desarrollará en mayor medida.

En su sitio web central Europa, la Comisión facilitará a los ciudadanos orientaciones de fácil uso hacia el servicio más adecuado para resolver su problema, ya sean los servicios de asistencia e instituciones de la UE o las instancias nacionales y locales.

Acción 11: durante 2013, la Comisión hará que los ciudadanos puedan saber con más claridad y sencillez a quién dirigirse para obtener reparación de sus derechos proporcionando orientaciones de fácil comprensión en su sitio web central Europa.

2.6 – Participar en la vida democrática de la UE

Mejorar los derechos electorales de los ciudadanos y promover su plena participación en la vida democrática de la UE

Los ciudadanos y su participación política en la UE

Reforzar la plena participación de los ciudadanos de la UE en la vida democrática de esta, a todos los niveles, es la esencia misma de la ciudadanía de la Unión. La movilización de los ciudadanos, el refuerzo del diálogo con la sociedad civil y el fomento de la libertad de prensa y el pluralismo son fundamentales para un debate político informado en un proceso democrático. La participación en las elecciones al Parlamento Europeo es la manera principal en que los ciudadanos contribuyen a configurar la política de la UE y constituye la piedra angular de la democracia representativa en la Unión Europea. Casi seis de cada diez ciudadanos de la UE creen que votar en las elecciones al Parlamento Europeo es la mejor manera de asegurarse de que los responsables políticos de la UE oigan su voz[62]. La Comisión presentó recientemente una serie de recomendaciones para seguir mejorando la transparencia de las elecciones europeas y reforzar los vínculos entre los ciudadanos y la UE, que subraya el importante cometido de los partidos políticos europeos[63]. Además, la Comisión seguirá fomentando el uso de la iniciativa ciudadana europea.

Para propiciar la concienciación sobre la ciudadanía de la UE y los derechos concretos que esta confiere a todos los ciudadanos de la UE, en particular sus derechos electorales, y sobre las posibilidades de participar en el proceso decisorio de la UE, la Comisión elaborará y fomentará la difusión de un manual en el que se presenten al ciudadano de forma clara, concisa y de fácil lectura, los derechos vinculados a la ciudadanía de la UE. Las autoridades nacionales podrían distribuir ese manual a cada joven ciudadano de la UE que alcance la edad para votar, pero también en otras ocasiones diferentes, como la inscripción de los nacimientos en el registro, la expedición de pasaportes, la adquisición de la nacionalidad de un Estado miembro, o como material para incluirlo en los programas escolares, especialmente en la educación para la ciudadanía.

Los ciudadanos y su derecho a participar en las elecciones en su país de origen de la UE

En general, los europeos creen que los ciudadanos de la UE no deben perder su derecho a votar en las elecciones nacionales de su país de origen por el mero hecho de haberse trasladado a otro país de la UE (denegación del derecho de voto).

Fuente: Consulta pública sobre la ciudadanía de la UE 2012 - Base: todos los encuestados

Fuente: Eurobarómetro 2013 sobre los derechos electorales

Una pareja danesa ha encontrado unas oportunidades de empleo interesantes en una empresa en Polonia y se traslada a vivir allí, mientras que su hija se queda en Dinamarca para finalizar sus estudios. A menudo vuelven a Copenhague a ver a su familia y amigos y se mantienen estrechamente conectados con la evolución política y social en Dinamarca, donde tienen la intención de regresar en última instancia. Sin embargo, no pueden votar en las elecciones nacionales, ya que la legislación solo permite a los ciudadanos daneses que abandonan el país seguir figurando en el censo electoral si hacen constar su intención de volver en el plazo de dos años.

Las políticas nacionales de denegación del derecho a voto, si existen, se suelen justificar por el hecho de que, tras un determinado período de tiempo de estancia en el extranjero, el vínculo con la sociedad de origen se debilita. Este argumento debe ser objeto de un nuevo examen teniendo en cuenta las actuales realidades socioeconómicas y tecnológicas, las mayores facilidades para moverse y la creciente interpenetración social y cultural en la UE. El hecho de residir en otro país de la UE ya no supone una ruptura definitiva de los vínculos con el país de origen, como podía ocurrir anteriormente. Los ciudadanos de la UE deben poder ahora decidir por sí mismos si quieren seguir participando en la vida política de su país de origen o intervenir en la de su sociedad de acogida. Los debates en la audiencia conjunta del Parlamento Europeo y la Comisión sobre la ciudadanía de la UE, de 19 de febrero de 2013, han puesto también de relieve la incongruencia que supone privar a los ciudadanos de la UE de los derechos políticos esenciales por la mera razón de que han ejercido su derecho fundamental de la Unión Europea a la libre circulación. Quienes han ejercido su derecho a la libre circulación pueden encontrarse en una situación menos favorable que si hubieran permanecido en su país o reducido su estancia en otro país de la UE. Ha habido litigios nacionales que han cuestionado la conformidad de las políticas nacionales de denegación del derecho a voto con la legislación de la UE[64], pero hasta la fecha no se ha planteado ninguna cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia.

Los ciudadanos y su derecho a participar en las elecciones en su Estado miembro de residencia

La ciudadanía de la UE incluye los derechos de los ciudadanos de la UE a votar y a ser candidatos en las elecciones municipales y europeas en el país de acogida en las mismas condiciones que los nacionales. Estos derechos pretendían plasmar en concreto el principio de no discriminación entre nacionales y no nacionales y permitir que los ciudadanos de la UE se integrasen mejor y participasen en la vida democrática de su país de acogida[65]. No obstante, no incluyen los niveles más importantes de participación política, es decir, el nivel nacional y, en los trece Estados miembros en los que las regiones tienen poder legislativo, el nivel regional[66].

Esa asimetría supone que los ciudadanos de la UE que ya son miembros de la comunidad a escala local se ven privados de una voz efectiva por lo que respecta a las decisiones del legislador nacional que les afectan directamente. Esta laguna en el ámbito de la igualdad de trato y la participación política de los ciudadanos de la UE que ejercen su derecho de la UE a circular y residir libremente en la UE aumenta a medida que avanza la integración europea y el fomento de la participación de los ciudadanos de la UE en la vida democrática de la Unión gana importancia.

En la consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE y en el Eurobarómetro 2013 sobre los derechos electorales, el 72 % y el 67 %, respectivamente, de los encuestados consideraban que los ciudadanos de la UE no nacionales debían poder votar en las elecciones nacionales de su país de acogida. Esto representa un importante aumento desde 2010 (+17 puntos porcentuales).

Fuente: Consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE - Base: todos los encuestados

Fuente: Eurobarómetro 2013 sobre los derechos electorales

Por lo que se refiere a las elecciones regionales, el 64 % de los encuestados en el Eurobarómetro 2013 sobre los derechos electorales declaró que debe darse el derecho de voto a los ciudadanos de la UE (suponiendo que se celebren esas elecciones en ese país). También en este caso ello supone un aumento considerable desde 2010 (+10 puntos porcentuales).

Fuente: 2013 Eurobarómetro sobre los derechos electorales

Si se diera a los ciudadanos de la UE que residen en otro país de la Unión el derecho a determinar por sí mismos, en función de los vínculos que mantienen con su Estado miembro de nacionalidad o que han creado con su Estado miembro de residencia, en cuál de estos dos países desean ejercer sus derechos políticos clave, se daría un nuevo impulso a su inclusión y participación en la vida democrática de la Unión. La dinámica tendente a reforzar los derechos vinculados a la ciudadanía de la UE está incorporada en el propio Tratado (por ejemplo, en el artículo 25 TFUE). En el contexto de las reflexiones de mayor alcance en torno a la forma del futuro de la Unión Europea, la Comisión examinará las formas de hacer posible que los ciudadanos de la UE participen en las elecciones nacionales y regionales de su país de residencia.

Los ciudadanos y su acceso a un debate europeo

Actualmente el 68 % de los ciudadanos de la UE no se sienten suficientemente informados sobre los asuntos europeos. El 74 % de las personas que tienen una percepción negativa de la UE declaran espontáneamente que no están bien informadas sobre ella. A pesar de un mayor uso de internet y de las redes sociales, en especial entre los ciudadanos más jóvenes, para la mayor parte de los encuestados (58 %) la televisión sigue siendo el medio elegido en primer lugar a la hora de informarse sobre los asuntos europeos[67]. La Directiva de servicios de comunicación audiovisual[68] fomenta el pluralismo de los medios de comunicación abriendo los mercados nacionales a los radiodifusores y los proveedores de video a la carta procedentes de otros países. Además, internet hace que el acceso a contenidos de otros Estados miembros sea más fácil. Sin embargo, los canales nacionales de televisión informan a menudo sobre temas europeos desde un punto de vista nacional para un público nacional. Al facilitar información a los ciudadanos sobre los temas europeos desde un punto de vista europeo, pero también desde un abanico de perspectivas nacionales de otros Estados miembros, se puede incrementar el espacio público europeo y contribuir a un debate democrático más informado[69].

Acción 12: la Comisión:

- promoverá la concienciación de los ciudadanos de la UE sobre sus derechos de ciudadanía de la Unión y, en particular, sus derechos electorales, publicando el Día de Europa de mayo de 2014 un manual en el que se presenten esos derechos de la UE en un lenguaje claro y sencillo,

- propondrá formas constructivas para que los ciudadanos de la UE que viven en otro país puedan participar plenamente en la vida democrática de la UE conservando su derecho a votar en las elecciones nacionales de su país de origen, y

- explorará en 2013 cómo reforzar y desarrollar el espacio público europeo, basándose en las estructuras nacionales y europeas existentes, con objeto de poner fin a la actual fragmentación de la opinión pública siguiendo las fronteras nacionales.

3.           Conclusión: Un nuevo impulso para la ciudadanía de la UE

Con su Informe de 2013 sobre la ciudadanía de la UE y con las consultas de gran alcance que han contribuido a configurarlo, la Comisión se basa en las experiencias de los ciudadanos para velar por que puedan disfrutar plenamente de sus derechos de la UE y de los beneficios que la ciudadanía de la Unión les aporta en su vida diaria.

El informe y los debates en torno a él son pasos, junto con el Año Europeo de los Ciudadanos[70] y los Diálogos con los ciudadanos[71] actualmente en curso, para involucrar a los ciudadanos junto con los políticos, los especialistas y la sociedad civil, en el período previo a las elecciones al Parlamento Europeo de 2014, en un auténtico debate sobre cómo avanzar hacia una Unión más fuerte y cada vez más estrecha en la que el ciudadano ocupe el centro de su actuación.

Tal como ha subrayado el Presidente Barroso en su discurso sobre el estado de la Unión 2012, «Europa tiene que ser cada vez más democrática». Los ciudadanos de la UE seguirán adelante con el proyecto si perciben sus ventajas concretas para ellos y sus familias, si se identifican con su objetivo y su idea y si están implicados en el proceso.

ANEXO 1

Seguimiento del Informe de 2010 sobre la ciudadanía de la UE: 25 acciones realizadas

El Informe de 2010 sobre la ciudadanía de la UE destacaba 25 acciones previstas por la Comisión para eliminar los principales obstáculos a los que se enfrentan los ciudadanos de la UE cuando quieren ejercer sus derechos de la UE en distintas facetas de su vida cotidiana. El presente anexo recoge las principales acciones adoptadas por la Comisión para cumplir sus compromisos de 2010[72].

Aportar seguridad jurídica a los derechos patrimoniales de las parejas internacionales - Acción 1

El 16 de marzo de 2011, la Comisión adoptó dos propuestas de Reglamento en materia de competencia, ley aplicable, y reconocimiento y ejecución de resoluciones

- sobre regímenes económicos matrimoniales[73], y

- sobre los efectos patrimoniales de las uniones registradas[74].

Las propuestas de Reglamento tienen por objeto ayudar a las parejas internacionales que intentan resolver problemas relacionados con la propiedad en caso de divorcio, separación o fallecimiento, a determinar la legislación aplicable y el tribunal competente. También contienen normas para el reconocimiento y ejecución de las resoluciones judiciales sobre el patrimonio de una pareja en todos los Estados miembros mediante un único procedimiento. De este modo, las parejas podrían ahorrarse una media estimada de entre 2 000 y 3 000 EUR por caso, dependiendo de su complejidad.

Eliminar los trámites complejos y costosos del reconocimiento transfronterizo de certificados de registro civil y facilitar el acceso transfronterizo a la justicia - Acciones 2 y 3

Acción 2

El 14 de diciembre de 2010, la Comisión publicó un Libro Verde «Menos trámites administrativos para los ciudadanos: promover la libre circulación de los documentos públicos y el reconocimiento de los efectos de los certificados de estado civil»[75] y realizó, hasta el 10 de mayo de 2011, una consulta pública. El 24 de abril de 2013, la Comisión propuso un Reglamento[76] que ayudará a que los ciudadanos consigan el reconocimiento de los documentos públicos exigidos en situaciones transfronterizas (como los certificados de nacimiento, fallecimiento o matrimonio o los documentos relacionados con la propiedad inmobiliaria). Las normas propuestas suponen una reducción de la burocracia al simplificar los trámites administrativos. También se reducirán los costes de traducción relacionados con el uso de documentos públicos en la UE. La propuesta establece también unos modelos de formularios multilingües de la UE, que pueden pedir los ciudadanos, relativos, entre otras cosas, al nacimiento, matrimonio o fallecimiento.

Acción 3

La Comisión puso en marcha en julio de 2010 el Portal Europeo de e-Justicia, una ventanilla única electrónica de acceso a la justicia en toda la UE. Los ciudadanos pueden obtener respuesta rápidamente a una serie de preguntas relacionadas con acontecimientos como divorcios, fallecimientos, litigios o mudanzas, cuando necesitan hacer valer sus derechos ante los tribunales de otro país de la UE. En especial, pueden encontrar un abogado en otro país, saber cómo se podrían evitar pleitos costosos gracias a la mediación, dónde presentar una denuncia, cuál es el Estado miembro cuya legislación se aplica en su caso y si tienen derecho a asistencia jurídica.

Mejorar la protección de los sospechosos y los acusados en procesos penales y la protección de las víctimas de delitos - Acciones 4 y 5

Acción 4

El 8 de junio de 2011, la Comisión presentó una propuesta de Directiva[77] sobre el derecho de acceso a un abogado en los procesos penales y el derecho de comunicación en el momento de la detención con el fin de garantizar que todo acusado en un proceso penal disfrute del mismo nivel básico de derechos, independientemente de su nacionalidad y del país de la UE en el que se sustancie el proceso. Esta propuesta establece unas normas mínimas a escala de la UE sobre el derecho de los sospechosos y acusados a tener acceso a un abogado y sobre el derecho del detenido a comunicarse en el momento de la detención con una persona de su elección, como por ejemplo un miembro de su familia, un empleador o una autoridad consular[78].

Acción 5

El 18 de mayo de 2011, la Comisión presentó:

-           una Comunicación sobre el «refuerzo de los derechos de las víctimas en la UE»[79], que establece la posición de la Comisión sobre las medidas relativas a las víctimas de los delitos;

-           una propuesta de Directiva por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos[80], que tiene por objeto mejorar las medidas nacionales existentes mediante unas normas mínimas a escala de la UE, de modo que cualquier víctima pueda disfrutar del mismo nivel de derechos, sea cual sea su nacionalidad y el país de la UE donde se haya cometido el delito; y

-           una propuesta de Reglamento relativo al reconocimiento mutuo de medidas de protección en materia civil[81] (como complemento de la Directiva de 2012 sobre la orden europea de protección[82], que se aplica a las medidas de protección en materia penal). La propuesta pretende garantizar que las víctimas de la violencia puedan seguir disponiendo de una medida de protección dictada contra los autores de estos actos cuando viajen o se trasladen a otro país de la UE.

A raíz de la propuesta de la Comisión, el 25 de octubre de 2012 se adoptó la Directiva 2012/29/UE por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos[83]. Las normas mínimas que establece garantizan, entre otras cosas, que las víctimas sean tratadas con respeto, obtengan información sobre sus derechos y sobre su caso y puedan participar activamente en el proceso. Asimismo, velan por la existencia del apoyo a las víctimas en todos los Estados miembros y por la identificación y protección adecuada de las víctimas con necesidades especiales de protección debido a su vulnerabilidad (incluidos los niños).

Suprimir los problemas fiscales en situaciones transfronterizas, en particular por lo que respecta a la tributación de los automóviles[84], y simplificar los procedimientos de matriculación de estos - Acción 6

El 20 de diciembre de 2010[85], la Comisión publicó una Comunicación titulada «Eliminar las barreras fiscales transfronterizas en beneficio de los ciudadanos de la UE», que identificaba los problemas fiscales más graves a los que se enfrentan los ciudadanos de la UE en situaciones transfronterizas y anunciaba su intención de presentar propuestas en algunos ámbitos específicos, así como, de forma más general, ayudar a los Estados miembros a hacer que sus sistemas fiscales sean más compatibles y a cooperar mejor en interés de los ciudadanos de la UE. Además, la Comisión constató la existencia de infracciones del Derecho de la UE y tomó medidas contra los Estados miembros afectados cuando fue necesario.

La Comunicación sobre «La doble imposición en el mercado único», de 11 de noviembre de 2011[86], subrayaba los principales problemas de doble imposición en la UE y las medidas concretas que la Comisión propondrá a los Estados miembros para resolverlos, como por ejemplo la creación de un foro sobre la doble imposición y la adopción por los Estados miembros de un código de conducta y un mecanismo de resolución de controversias.

El 15 de diciembre de 2011, la Comisión adoptó una iniciativa de gran alcance sobre la fiscalidad de las sucesiones, incluida una Recomendación[87] con objeto de estimular a los Estados miembros a resolver los problemas de doble o múltiple imposición de una misma herencia. La Comisión también proporcionó a los Estados miembros orientaciones sobre cómo hacer que sus sistemas de impuestos sobre sucesiones no sean discriminatorios. Además, la Comisión efectuó una revisión de las disposiciones tributarias de los Estados miembros aplicables a las herencias transfronterizas y tomó medidas, cuando fue necesario, contra los Estados miembros en cuestión. En 2014, la Comisión elaborará un informe.

Entre el 3 de marzo y el 26 de mayo de 2011, la Comisión realizó una consulta pública para determinar las principales dificultades a las que se enfrentan los ciudadanos de la UE en lo que respecta a la matriculación de vehículos matriculados anteriormente en otro Estado miembro. Sobre esta base, el 4 de abril de 2012, la Comisión adoptó una Propuesta de Reglamento que simplifica considerablemente los procedimientos de nueva matriculación[88]. Esta iniciativa pretende reducir las cargas administrativas innecesarias, lo que supondrá un ahorro total de, por lo menos, 1 500 millones EUR al año para las empresas, los ciudadanos y las autoridades encargadas de la matriculación.

Para hacer frente a los problemas de los ciudadanos de la UE en relación con la fiscalidad transfronteriza de los automóviles, el 14 de diciembre de 2012 la Comisión presentó una Comunicación titulada «Fortalecer el mercado único mediante la eliminación de las barreras fiscales transfronterizas a los vehículos de turismo»[89], que aclara las normas de la UE por lo que respecta a la tributación de los vehículos de turismo e identifica las mejores prácticas que los Estados miembros deberían aplicar, tales como informar a los ciudadanos sobre sus derechos y obligaciones por lo que respecta a la aplicación de los impuestos sobre vehículos en situaciones transfronterizas y la devolución parcial del impuesto de matriculación de los automóviles que se trasladan con carácter permanente a otro Estado miembro con objeto de evitar la doble imposición. En el documento de trabajo de los servicios de la Comisión que acompaña a dicha Comunicación[90], la Comisión presenta un resumen de la protección jurídica de que disponen los ciudadanos y operadores económicos con arreglo al Derecho de la UE.

Ayudar a que los ciudadanos europeos disfruten plenamente de la atención sanitaria transfronteriza y de la tecnología de los servicios de salud en línea - Acción 7

La Directiva 2011/24/UE, relativa a los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza[91] entró en vigor el 24 de abril de 2011 y debe transponerse al Derecho nacional a más tardar el 25 de octubre de 2013. Aclara los derechos de los pacientes a tener acceso transfronterizo a un tratamiento seguro y de buena calidad y a que se les reembolse.

La Directiva 2011/24/UE creó una Red de autoridades nacionales responsables en materia de sanidad electrónica, denominada la Red de sanidad electrónica. Uno de los objetivos de esta red consiste en desarrollar unas orientaciones que definan un conjunto mínimo de datos sobre los pacientes para facilitar el intercambio transfronterizo de estos datos entre los Estados miembros[92]. Además, la Red apoyará a los Estados miembros a desarrollar unas medidas comunes de identificación y autenticación que faciliten la transferibilidad de los datos.

Por otra parte, el 6 de diciembre de 2012, la Comisión publicó un Documento de trabajo de los servicios de la Comisión sobre la aplicabilidad de la legislación vigente de la UE a los servicios de telemedicina[93] para aclarar el marco jurídico de los servicios de telemedicina prestados con carácter transfronterizo. Ese documento acompañaba al Plan de acción sobre salud en línea 2012-2020 que presenta la visión de la UE para mejorar el despliegue de la salud en línea así como la capacitación de los pacientes y de los trabajadores de la sanidad al usar la sanidad electrónica.

Por último, con vistas a equipar a los europeos con un acceso seguro en línea a sus datos médicos, la Comisión financia, desde enero de 2012 hasta finales de 2014, dos proyectos piloto[94] en los que participan más de veinte regiones de distintos Estados miembros.

Hacer que el derecho a la protección consular de los ciudadanos de la UE que se enfrentan a dificultades en los terceros países sea plenamente efectivo - Acción 8

El 23 de marzo de 2011, la Comisión presentó una Comunicación titulada «Protección consular para los ciudadanos de la UE en terceros países: situación actual y perspectivas de futuro»[95] que anunciaba medidas concretas para aumentar la eficacia del derecho de los ciudadanos de la UE a recibir asistencia en terceros países, incluso en tiempos de crisis, por parte de las autoridades diplomáticas y consulares de todos los Estados miembros. Ese mismo día, la Comisión abrió una página web dedicada a la protección consular[96] para uso de los ciudadanos que busquen información general sobre la protección consular, las direcciones de las representaciones diplomáticas y consulares en países no pertenecientes a la UE y acceso a las recomendaciones de viaje de los Estados miembros.

El 14 de diciembre de 2011, la Comisión adoptó una propuesta de Directiva sobre la protección consular para los ciudadanos de la Unión en el extranjero[97].

Mejorar el conocimiento y aplicación de los derechos de los ciudadanos al comprar paquetes turísticos, y cuando viajan como pasajeros y como turistas, y suprimir los obstáculos para las personas con discapacidad - Acciones 9, 10, 11 y 12

Acción 9

La Comisión ha estudiado a fondo el mercado de los viajes combinados, incluidas las posibles respuestas políticas a los cambios registrados en este mercado desde la adopción en 1990 de la Directiva vigente. Entre esos cambios cabe citar, en particular, la introducción y la expansión de internet como canal de distribución que ha cambiado la manera en que los consumidores organizan sus vacaciones. La Comisión ha organizado recientemente varias consultas con asociaciones de consumidores, las partes interesadas del sector y los Estados miembros y cabe esperar que anuncie su propuesta para el futuro a más tardar en el verano de 2013.

Acción 10

La nueva legislación europea que entró en vigor en 2012 y 2013 garantiza que los pasajeros tengan derechos básicos similares en toda Europa, con independencia de si viajan en avión, tren, barco o autobús: el Reglamento (UE) nº 1177/2010[98] sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables entró en vigor el 6 de enero de 2011, y el Reglamento (UE) nº 181/2011[99] sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar entró en vigor el 20 de marzo de 2011. Estas nuevas normas garantizan que los viajeros que usan todos esos modos de transporte tengan derecho a ser informados y obtengan asistencia en caso de que surja algún problema con su viaje. En particular, las personas con discapacidad y las personas con movilidad reducida se beneficiarán de protección y asistencia gratuita cuando viajen.

Entre 2010 y 2012 la Comisión organizó una campaña de concienciación a escala europea sobre los derechos de los pasajeros que proporcionaba información sobre los derechos de los viajeros por avión y ferrocarril en Europa e incluía un «Día del aeropuerto», un acto informativo paneuropeo celebrado en veintiocho aeropuertos el 4 de julio de 2012. La actividad de la Comisión para concienciar a la opinión pública sobre los derechos de los viajeros por todos los modos de transporte proseguirá con una nueva campaña de información a escala europea, que se pondrá en marcha en 2013 y concluirá a mediados de 2015.

Además, el 13 de marzo de 2013, la Comisión propuso revisar los derechos de los pasajeros[100], lo que reforzará la aplicación de esos derechos mediante una aclaración de los textos jurídicos y unos mejores mecanismos de aplicación y de tramitación de denuncias.

Acción 11

El 15 de noviembre de 2010, la Comisión adoptó la Estrategia sobre Discapacidad 2010-2020[101], destinada a hacer que las personas con discapacidad puedan disfrutar de sus derechos y participar plenamente en la sociedad. La estrategia se centra en la eliminación de las barreras en ocho ámbitos principales: accesibilidad, participación, igualdad, empleo, educación y formación, protección social y salud.

El 11 de abril de 2011, la Comisión presentó un informe sobre el Reglamento (CE) nº 1107/2006 sobre los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida en el transporte aéreo[102], en el que se identifican las áreas confusas de la aplicación del Reglamento. Como consecuencia de este informe, en junio de 2012, la Comisión publicó unas Directrices[103] para las autoridades nacionales y los interesados del sector del transporte aéreo que ofrecían aclaraciones y pretendían mejorar la aplicación del Reglamento. La nueva campaña de sensibilización de la Comisión que se pondrá en marcha a mediados de 2013 incluirá acciones específicas dedicadas a los pasajeros con discapacidad o con movilidad reducida. El 11 de marzo de 2013, la Comisión adoptó la Directiva 2013/9/UE[104] que añade requisitos esenciales explícitos en términos de accesibilidad del sistema ferroviario por parte de las personas con discapacidad y los pasajeros con movilidad reducida.

Otro aspecto de la acción de la Comisión se refiere al actual proceso de normalización de la accesibilidad de los entornos construidos. La Comisión ha elaborado un estudio que describe la situación fragmentada en la UE y presenta una visión general de más de 250 regulaciones, normas y directrices y, en 2013, actuará para desarrollar una norma europea.

Por otra parte, el 3 de diciembre de 2012 la Comisión presentó por tercera vez el Premio Ciudad Accesible. Este galardón, que se concede anualmente con motivo del Día Europeo de las personas con discapacidad, premia a las ciudades de más de 50 000 habitantes que toman iniciativas ejemplares para mejorar la accesibilidad en el entorno urbano. Hasta la fecha los ganadores han sido Berlín en 2012, Salzburgo en 2011 y Ávila en 2010.

Por último, entre el 12 de diciembre de 2011 y el 29 de febrero de 2012, la Comisión lanzó una consulta pública como preparativo de la Ley europea de accesibilidad. Esta iniciativa tiene por objeto velar por que las personas con discapacidad tengan acceso a bienes y servicios importantes en los Estados miembros. Asimismo redundará en beneficio de las personas con movilidad reducida, como las personas de edad avanzada.

Acción 12

Para aumentar la confianza de los consumidores en los servicios turísticos la Comisión está preparando una etiqueta europea de calidad con objeto de garantizar la coherencia de la evaluación de la calidad de los servicios ofrecidos a los consumidores. La Comisión también quiere que aumente el número de ciudadanos que pueden irse de vacaciones, a pesar de su discapacidad o las dificultades relacionadas con la edad o con problemas económicos. Para ello, promueve la sensibilización de las empresas sobre los beneficios de invertir en accesibilidad, fomenta el turismo en temporada baja y realiza actividades de comunicación específicas para promover los destinos turísticos sostenibles.

Aumentar la sensibilización de los consumidores sobre sus derechos y las vías de recurso existentes y facilitar la resolución extrajudicial rápida y poco costosa de los conflictos de los consumidores - Acciones 13 y 14

Acción 13

En consonancia con el objetivo de la Agenda Digital para Europa de fomentar la sensibilización y la comprensión de los derechos digitales de los ciudadanos, el 17 de diciembre de 2012 la Comisión presentó el Código de derechos en línea de la UE[105]. Este Código no crea nuevos derechos sino que expone de manera transparente y comprensible los principales principios y derechos vigentes de los ciudadanos con arreglo a la legislación de la UE, que les protegen al utilizar servicios en línea y comprar bienes en línea y en caso de conflicto con sus prestadores de dichos servicios. Aunque el Código no tiene fuerza imperativa en sí mismo, los derechos y principios concretos sí la tienen conforme a la legislación nacional de transposición de las normas de la UE de las que aquellos que se derivan.

Acción 14

Para facilitar una resolución extrajudicial rápida y poco costosa de conflictos en materia de consumo en la UE, el 29 de noviembre de 2011 la Comisión presentó un paquete legislativo que incluye una propuesta de Directiva relativa a la resolución alternativa de litigios (RAL) en materia de consumo[106] y una propuesta de Reglamento sobre resolución de litigios en línea (RLL) en materia de consumo[107]. El Parlamento Europeo y el Consejo adoptaron ambas propuestas en diciembre de 2012. La legislación se publicará en junio de 2013.

- La Directiva RAL en materia de consumo permitirá a los consumidores resolver extrajudicialmente los litigios con los comerciantes cuando tengan un problema con un producto o un servicio que han comprado (excepto los litigios en los sectores de la sanidad y la educación), con la intervención de una entidad de RAL (p. ej., un árbitro, un conciliador, un mediador, un Defensor del consumidor, una oficina de reclamaciones, etc.). La entidad de RAL deberá cumplir unos requisitos específicos de calidad (como transparencia, independencia, equidad y eficacia) y deberá comunicar el desenlace del procedimiento en el plazo de 90 días. Los comerciantes en línea también deberán informar a los consumidores sobre la RAL.

- El Reglamento RLL en materia de consumo crea una plataforma en línea para toda la UE que proporcionará a consumidores y empresas un único punto de entrada para resolver totalmente en línea, en un plazo de 90 días, los litigios referentes a compras hechas en línea. Los comerciantes en línea también deberán informar a los consumidores sobre la RLL.

La RAL y la RLL son más rápidas, más baratas y más sencillas que un procedimiento judicial y se espera que ahorren a los consumidores de toda Europa en torno a 22 500 millones EUR al año.

La Comisión se centró aún más en promover la mediación, ya que puede dar lugar a importantes ahorros de tiempo y dinero para los ciudadanos. Las normas de la UE sobre la mediación están contempladas en una Directiva[108] adoptada el 21 de mayo de 2008 y que tenía que ser incorporada por los Estados miembros a más tardar el 21 de mayo de 2011. En julio de 2012, la Comisión puso en marcha un estudio para evaluar de forma exhaustiva la transposición de la Directiva por los Estados miembros, centrándose también en la importancia de fomentar el uso generalizado de la mediación para una justicia más sencilla para los ciudadanos. Este análisis también debería permitir a la Comisión determinar si es necesario adoptar nuevas medidas.

Facilitar la movilidad de los ciudadanos de la UE en el interior de esta y el ejercicio de sus derechos en materia de seguridad social - Acciones 15 y 16

Acción 15

La Comisión ha seguido una política de aplicación rigurosa a fin de alcanzar la plena y correcta incorporación y aplicación de las normas sobre libre circulación en toda la Unión Europea. Como consecuencia de esta política, la mayoría de los Estados miembros han modificado su legislación o se han comprometido a adoptar, en un plazo determinado, las modificaciones destinadas a garantizar el pleno respeto de dichas normas. Entre los problemas resueltos cabe citar la transposición incorrecta o incompleta de las disposiciones de la legislación de la UE relativa a los derechos de entrada y residencia de los miembros de las familias de los ciudadanos de la Unión, incluidas las parejas del mismo sexo, las condiciones de expedición de visados y tarjetas de residencia para los nacionales de terceros países miembros de la familia y las salvaguardias contra las expulsiones. En siete de los doce procedimientos de infracción incoados, la Comisión ha enviado un dictamen motivado a los Estados miembros interesados, lo que constituye el último paso antes de llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la UE. Para una evaluación más detallada cabe consultar el Informe sobre el progreso hacia el ejercicio efectivo de la ciudadanía de la Unión durante el período 2011-2013 (informe elaborado de conformidad con el artículo 25 TFUE), anejo al Informe sobre la ciudadanía de la UE de 2013.

El 26 de abril de 2013, la Comisión propuso una Directiva para facilitar el ejercicio efectivo del derecho a la libre circulación de los trabajadores en la UE[109]. El objetivo de esa propuesta es mejorar el ejercicio del derecho a la libre circulación de los trabajadores y prevenir la discriminación por motivos de nacionalidad. En particular, se exigirá a los Estados miembros que creen una serie de instituciones a nivel nacional que faciliten información sobre los derechos de los trabajadores migrantes de la UE y que ayuden a los que sufren una discriminación por motivos de nacionalidad. Por otra parte, los Estados miembros tendrán que garantizar a los trabajadores móviles de la UE que consideren que son víctimas de una discriminación unos medios adecuados de reparación a nivel nacional, y velar por que las asociaciones y organizaciones tales como los sindicatos y las ONG puedan incoar procedimientos administrativos o judiciales en nombre de los trabajadores migrantes de la UE que sean víctimas de discriminación o en su apoyo.

Para aumentar la concienciación de los ciudadanos europeos y garantizar su fácil acceso a la información sobre su derecho a circular y residir libremente en la UE, en 2010 la Comisión publicó en el portal especial Tu Europa[110], que también da acceso a servicios de asistencia personalizada, y en el folleto de 2012 «Tu Europa – Tus derechos»[111], una información sencilla y fácilmente comprensible sobre las normas de la UE aplicables y sobre cómo beneficiarse realmente de este derecho. Además, en 2013 publicó una versión actualizada de la Guía para los ciudadanos de la UE sobre la libertad de circulación y residencia en Europa, que explica de forma sencilla los derechos y oportunidades que se les ofrecen[112].

Acción 16

Con objeto de ayudar a los ciudadanos que se desplazan por Europa a ejercer sus derechos de seguridad social, la Comisión está desarrollando el Intercambio Electrónico de Información sobre Seguridad Social (EESSI), un sistema informático para ayudar a los organismos de la seguridad social de toda la UE a intercambiar información de forma más rápida y segura. Mediante este sistema, la comunicación entre los organismos nacionales de seguridad social se efectúa a través de documentos electrónicos estructurados que sustituyen a los intercambios en papel. Este sistema aportará importantes ventajas para los ciudadanos, ya que permite gestionar mejor y calcular y abonar con más rapidez las prestaciones de seguridad social y reducir los errores en el tratamiento de las reclamaciones.

La Comisión y los Estados miembros están desarrollando actualmente el sistema central y orientarán más sus esfuerzos a apoyar los preparativos de los organismos nacionales de seguridad social con vistas a operar en un entorno electrónico.

Eliminar los obstáculos al ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos - Acciones 17, 18, 19 y 20

Las iniciativas tomadas por la Comisión para eliminar los obstáculos a que se enfrentan los ciudadanos de la UE que desean participar en las elecciones europeas se presentaron en la Comunicación de la Comisión de 12 de marzo de 2013 titulada «Preparación de las elecciones al Parlamento Europeo de 2014: intensificación de su desarrollo democrático y eficiente»[113] y se resumen en el Informe sobre el progreso hacia el ejercicio efectivo de la ciudadanía de la Unión durante el período 2010-2013 (informe elaborado de conformidad con el artículo 25 TFUE), que acompaña al Informe sobre la ciudadanía de la UE de 2013.

La presente sección resume los avances realizados en otros dos problemas expuestos en el Informe sobre la ciudadanía de la UE de 2010.

En primer lugar, como se anunció en la Acción 18, la Comisión ha seguido una política de aplicación rigurosa para garantizar que todos los Estados miembros permitan a los ciudadanos que no son nacionales de la UE fundar un partido político o afiliarse a uno. El principio de no discriminación por razón de la nacionalidad implica no solo la supresión del requisito de la nacionalidad como condición para que los ciudadanos de la Unión puedan presentarse como candidatos o votar en las elecciones municipales y europeas, sino también la eliminación de cualquier medida que les pueda impedir ejercer este derecho en igualdad de condiciones, tal como garantiza el Tratado.

La prohibición de que los ciudadanos que no son nacionales de la UE se afilien a un partido político les priva de la posibilidad de usar la principal plataforma de participación política, en particular durante las elecciones, y tiene un impacto negativo en sus posibilidades de ser elegidos en comparación con las de los nacionales. La Comisión ha adoptado medidas contra siete Estados miembros y cuatro asuntos se aclararon satisfactoriamente y se cerraron.

En segundo lugar, tal como se anunció en la Acción 20, en 2011, la Comisión puso en marcha un diálogo político con aquellos Estados miembros cuyos nacionales pueden perder sus derechos políticos en su país de origen (al denegarles el derecho al voto) si viven en otro Estado miembro durante un determinado período de tiempo. El objetivo era determinar las opciones para impedir que los ciudadanos de la UE pierdan de este modo su derecho a participar en las elecciones nacionales en cualquier país por haber ejercido su derecho a la libre circulación. En particular, la Comisión envió cartas a los Estados miembros interesados en las que explicaba su punto de vista y les invitaba a contribuir a una reflexión común. Las respuestas aportaron aclaraciones sobre las leyes y políticas vigentes y sobre los debates que tienen lugar a escala nacional. Este diálogo destacó la necesidad de buscar maneras constructivas de avanzar con vistas a promover la participación de los ciudadanos en la vida democrática de la UE a todos los niveles, tal como se explica y se desarrolla en la Acción 12 anunciada en el presente Informe sobre la ciudadanía.

Facilitar a los ciudadanos información fácilmente accesible sobre sus derechos en la UE - Acciones 21 y 22

Acción 21

Durante los tres últimos años, la Comisión ha procurado una integración más estrecha de los servicios de Europe Direct, el Centro de contacto de Europe Direct y la red de de alrededor de 450 Centros de información de Europe Direct, y el portal web Tu Europa-Ciudadanos, para ofrecer a los ciudadanos una plataforma de información plenamente multilingüe y multicanal: en línea, por teléfono, por correo electrónico y en persona.

El portal Tu Europa se ha renovado completamente y ahora ofrece información práctica y de fácil utilización en 22 lenguas sobre los derechos de la UE y sus normas de aplicación nacionales desde la perspectiva de los usuarios, mientras que, para un asesoramiento más personalizado, se orienta a los visitantes hacia los servicios de ayuda y asistencia pertinentes (tales como Europe Direct, Tu Europa Asesoramiento, SOLVIT, EURES, ECC-Net). El portal se está desarrollando aún más, en particular merced a una cooperación más intensa con los Estados miembros para garantizar la disponibilidad de información específica para cada país sobre los derechos de los ciudadanos de la UE (por ejemplo, contactos de las autoridades nacionales, orientación sobre los procedimientos específicos que se deben seguir o los documentos que deben presentarse para ejercer los derechos de la UE, e información sobre las normas nacionales pertinentes, tales como las aplicables al comprar bienes inmuebles). Al mismo tiempo, la Comisión continuará reforzando SOLVIT y aumentando su visibilidad en línea y fuera de ella.

Durante 2011 y 2012, los 450 Centros de información Europe Direct de todos los Estados miembros recibieron información detallada sobre el contenido del portal Tu Europa-Ciudadanos y sobre cómo utilizar este contenido para satisfacer las necesidades de información de los ciudadanos. La misión de la nueva Red Europe Direct para el período 2013-2017 se redefinió, estableciendo claramente el papel de los Centros de información como interlocutores privilegiados de la «ventanilla única» y a la hora de proporcionar información sobre la UE orientando a los ciudadanos hacia el contenido pertinente de Tu Europa.

Paralelamente, la Comisión se esforzó por atraer la atención del mayor número posible de europeos hacia la existencia de Europe Direct y Tu Europa como punto único de información primario y de fácil acceso por lo que respecta a los derechos en la UE. Como resultado de estos esfuerzos de sensibilización, en 2012 el número de preguntas contestadas por el Centro de contacto de Europe Direct aumentó más de un 20 % en comparación con 2011. Tu Europa también atrajo un número cada vez mayor de visitantes (tuvo cerca de 4,3 millones de visitantes en 2012, frente a 2,4 millones en 2011 y 1,5 millones en 2010). Las encuestas recientes a los usuarios indican un alto grado de satisfacción: el 70 % de visitantes encuentra al menos parte de la información que buscan, y el 93 % de los usuarios califican al portal como satisfactorio o mejor[114].

Acción 22

Con el apoyo y coordinación de las Representaciones de la Comisión en los países de la UE, los Centros de información Europe Direct han llegado a ser importantes vehículos de información sobre los derechos en la UE a nivel local, regional y nacional. Las Representaciones reforzaron también su cooperación con Tu Europa-Asesoramiento para ofrecer a los ciudadanos asesoramiento personalizado en temas jurídicos.

En la actualidad, los Centros de información Europe Direct sirven de principal punto de entrada a la información a nivel local: responden a preguntas del público local o dirigen a hacia servicios y puntos de información temáticos de la UE a nivel nacional. En 2012, se estableció un canal automatizado para conectar la red al Centro de contacto de Europe Direct, con sede en Bruselas. Este canal permite a cada Centro local de información de Europe Direct presentar preguntas directamente al Centro de contacto en nombre de los ciudadanos.

Prosiguiendo su labor de racionalización del acceso a la información que necesitan los ciudadanos sobre cómo beneficiarse de sus derechos en la UE, la Comisión está implantando actualmente una política de «cualquier puerta vale», es decir, unas conexiones sin cortes entre Europe Direct y los proveedores de información temática de la UE de tal modo que las preguntas de los ciudadanos recibirán siempre una respuesta del proveedor de información adecuado, con independencia de su punto de entrada.

Las representaciones de la Comisión en los Estados miembros realizaron numerosas acciones de sensibilización y divulgación en relación con los derechos de los ciudadanos, ya fueran con un vínculo temático o de carácter más general y también participaron activamente en la concienciación en torno a la iniciativa ciudadana europea, empleando una variedad de medios de comunicación. En 2012, el Centro de contacto de Europe Direct se convirtió en el punto central de contacto para la información sobre la Iniciativa ciudadana europea.

Sensibilizar a la opinión pública sobre la ciudadanía de la UE y los derechos que se derivan de este estatuto - Acciones 23, 24 y 25

Acción 23

Basándose en una propuesta de la Comisión, el Consejo y el Parlamento Europeo designaron 2013 como el Año Europeo de los Ciudadanos[115]. El Año (http://europa.eu/citizens-2013/es/home) tiene como objetivo sensibilizar a los ciudadanos de la Unión sobre sus derechos de la UE y las políticas y programas que existen para apoyar el ejercicio de esos derechos, y fomentar un debate sobre las políticas de la Unión y reforzar la participación cívica y democrática en ellas.

El Año Europeo de los Ciudadanos ofrece muchas oportunidades en todo el continente para que los ciudadanos debatan estos importantes aspectos. Para alcanzar los objetivos del Año Europeo, la Comisión colabora estrechamente con muchas partes interesadas, instituciones y otros terceros, todos ellos multiplicadores fundamentales, con el fin de asegurarse de que los mensajes del Año Europeo puedan llegar hasta el nivel local.

Además, el Séptimo Programa Marco de Investigación, Ciencias socioeconómicas y humanidades, gestionado por la Comisión, dedica un ámbito de actividad al tema «El ciudadano en la Unión Europea». La investigación en este sector pretende impulsar el conocimiento sobre la ciudadanía de la UE, contribuir a la concienciación y difundir los resultados de la investigación entre los medios académicos, los responsables políticos, las organizaciones de la sociedad civil y el público en general. La Comisión ha financiado una serie de proyectos de investigación multidisciplinares que tratan en particular de cuestiones relativas a la consecución de un sentimiento de titularidad y participación democrática de los ciudadanos de la UE[116].

Acción 24

El 15 de noviembre de 2011 y el 14 de diciembre de 2011, la Comisión presentó, respectivamente, sus propuestas del futuro Programa de Derechos y Ciudadanía[117], y del futuro Programa Europa con los ciudadanos[118]. Estas dos propuestas tienen por objeto prestar apoyo financiero a la ciudadanía de la UE de manera coherente y complementaria. En particular, el Programa de Derechos y Ciudadanía abordará los derechos que se derivan de la ciudadanía de la UE, mientras que el programa Europa con los Ciudadanos fomentará la participación de estos en la vida democrática de la Unión. Ambos programas se complementan mutuamente, aprovechan las sinergias y evitan las duplicaciones.

Al elaborar estas propuestas, el objetivo final de Comisión era la racionalización y simplificación[119]. Como consecuencia de ello, estos programas están plenamente en consonancia con el Reglamento financiero, lo que significa que, en principio, estarán sujetos a la misma normativa general y se beneficiarán de los elementos de simplificación introducidos en el nuevo Reglamento financiero.

Acción 25

Con el fin de garantizar un alto grado de calidad de la información y reforzar la comunicación facilitada sobre asuntos europeos, en la primavera de 2011 se lanzaron nuevos programas en Euronews y el 14 de junio de 2011 se abrió un estudio situado en Bruselas. De resultas de ello, la cobertura diaria de los asuntos de la UE se ha visto reforzada y se ha agilizado, con más debates y entrevistas, así como con programas en los que participan los ciudadanos. Además, la Comisión firmó un acuerdo de asociación con Euronews, que ha permitido apoyar estas iniciativas a largo plazo.

ANEXO 2 — Doce nuevas acciones clave para mejorar la vida de los ciudadanos de la UE

1.           La Comisión propondrá una revisión de la normativa de coordinación de la seguridad social y estudiará la ampliación de la exportación de las prestaciones de desempleo durante un período de tiempo superior a tres meses para facilitar a los ciudadanos la búsqueda de empleo en otro país de la UE. La Comisión insta a los Estados miembros a que hagan pleno uso de las normas actuales para que los demandantes de empleo perciban sus prestaciones de desempleo durante un período de hasta seis meses mientras buscan trabajo en otro Estado miembro.

2.           Con el fin de ayudar a los jóvenes ciudadanos de la UE a desarrollar sus capacidades y entrar en el mercado laboral, la Comisión desarrollará, en 2013, un marco de calidad para los períodos de prácticas. La Comisión presentará también en 2013 una iniciativa para modernizar EURES con objeto de reforzar el papel y el impacto de los servicios de empleo a nivel nacional y mejorar la coordinación de la movilidad laboral en la UE. Además de la reforma de EURES, la Comisión pondrá en marcha una iniciativa piloto para mejorar el intercambio de información sobre las oportunidades de periodos de prácticas y de aprendizaje en otros países de la UE a través de EURES.

3.           En 2013 y 2014 la Comisión buscará soluciones para eliminar los obstáculos a que se enfrentan los ciudadanos de la UE y los miembros de sus familias que residen en un país de la UE distinto del suyo en relación con los documentos de identidad y residencia expedidos por los Estados miembros, incluso a través de documentos optativos europeos uniformes para los ciudadanos, cuando proceda.

4.           La Comisión, en 2013, adoptará iniciativas para promover las mejores prácticas fiscales en situaciones transfronterizas y garantizar la correcta aplicación del Derecho de la UE para que resulte más fácil para los ciudadanos europeos que se desplazan u operan a través de las fronteras hacer frente a distintos conjuntos de normas fiscales y, en particular, evitar la doble imposición.

5.           Partiendo de su trabajo para mejorar la seguridad vial de los ciudadanos de la UE, durante 2014 la Comisión tomará medidas para establecer una «plataforma de información sobre vehículos» con el fin de facilitar el reconocimiento de los certificados de inspección técnica, para que los ciudadanos puedan viajar a otro país de la UE con su automóvil de forma más fácil y más segura.

6.           La Comisión facilitará la movilidad de las personas con discapacidad en la UE dando su apoyo, en 2014, al desarrollo de una tarjeta de discapacidad reconocida recíprocamente que garantice la igualdad de acceso en la UE a determinadas prestaciones (principalmente en los ámbitos del transporte, el turismo, la cultura y el ocio).

7.           La Comisión propondrá, a finales de 2013, un paquete de instrumentos jurídicos para reforzar los derechos procesales de los ciudadanos que sean sospechosos o estén acusados en procesos penales, teniendo en cuenta la situación específica de los niños y los ciudadanos vulnerables.

8.           Para finales de 2013, la Comisión revisará el proceso europeo de escasa cuantía para facilitar la solución de litigios relativos a compras en otro país de la UE.

9.           La Comisión desarrollará, para la primavera de 2014, en estrecha cooperación con las autoridades nacionales y las partes interesadas pertinentes, un modelo para la presentación en línea de los requisitos clave para que la información sobre productos digitales sea más clara y fácil de comparar. Además, para la primavera de 2014, lanzará una campaña de sensibilización específica en toda la UE sobre los derechos de los consumidores.

10.         La Comisión tomará medidas para velar por que se dote a las administraciones locales de instrumentos para comprender plenamente la libre circulación de los ciudadanos de la UE.

11.         Durante 2013, la Comisión hará que los ciudadanos puedan saber con más claridad y sencillez a quién dirigirse para obtener reparación de sus derechos proporcionando orientaciones de fácil comprensión en su sitio web central Europa.

12.         La Comisión:

– promoverá la concienciación de los ciudadanos de la UE sobre sus derechos de ciudadanía de la Unión y, en particular, sus derechos electorales, lanzando, el Día de Europa de mayo de 2014, un manual en el que se presenten esos derechos de la UE en un lenguaje claro y sencillo;

– propondrá formas constructivas para que los ciudadanos de la UE que viven en otro país puedan participar plenamente en la vida democrática de la UE conservando su derecho a votar en las elecciones nacionales de su país de origen; y

– explorará en 2013 las maneras de reforzar y desarrollar el espacio público europeo, basándose en las estructuras nacionales y europeas existentes, para poner fin a la actual fragmentación de la opinión pública siguiendo las fronteras nacionales.

[1]               Un Plan director para una Unión Económica y Monetaria profunda y auténtica - Apertura de un debate europeo, COM(2012) 777 final/2.

[2]               Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (título II, artículos 20-24) y Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (capítulo V). En el presente informe, el término «ciudadano» puede referirse también a cualquier persona residente en la UE de conformidad con las disposiciones pertinentes del Tratado y del Derecho derivado.

[3]               Véase, por ejemplo, el asunto C-184/99, Grzelczyk, apartado 31.

[4]               Asunto C-34/09, Ruiz Zambrano, apartado 42.

[5]               Informe sobre la ciudadanía de la UE 2010, La eliminación de los obstáculos a los derechos de los ciudadanos de la UE, COM(2010) 603.

[6]               La descripción detallada de las acciones emprendidas desde 2010 se encuentra en el anexo 1 del presente informe.

[7]               Consulta pública sobre la ciudadanía de la UE lanzada por la Comisión el 9 de mayo de 2012 (en lo sucesivo, «la consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE») -        http://ec.europa.eu/justice/citizen/files/eu-citizen-brochure_en.pdf

[8]               Encuesta «Flash» de Eurobarómetro nº 365 - La ciudadanía de la Unión Europea - febrero de 2013 (en lo sucesivo, «el Eurobarómetro de 2013 sobre la ciudadanía de la UE») -          http://ec.europa.eu/public_opinion/flash/fl_365_en.pdf

[9]               Encuesta «Flash» de Eurobarómetro nº 364 - Derechos electorales - marzo de 2013 (en lo sucesivo, «el Eurobarómetro de 2013 sobre los derechos electorales») — http://ec.europa.eu/public_opinion/flash/fl_364_en.pdf.

[10]             Audiencia conjunta del Parlamento Europeo y la Comisión sobre la ciudadanía de la UE de 19 de febrero de 2013 «Aprovechar al máximo la ciudadanía de la UE» — http://ec.europa.eu/justice/citizen/document/files/eu_hearing_report.pdf.

[11]             Foro de 28 de noviembre de 2012 «Agenda de los ciudadanos a escala local» -   http://www.cor.europa.eu/en/news/forums/Documents/proceeding_forum_citizens.pdf

[12]             Conferencia de 22-23 de enero de 2013 «Aprovechar al máximo el Año Europeo de los ciudadanos».

[13]             http://ec.europa.eu/european-debate/index_en.htm.

[14]             http://europa.eu/citizens-2013/.

[15]             Todas las acciones propuestas presentadas en la presente sección estarán sujetas a los procedimientos habituales de la Comisión de preparación del proceso decisorio y del marco financiero plurianual 2014-2020.

[16]             Eurobarómetro estándar 78 – Ciudadanía Europea – Otoño 2012 (en lo sucesivo «el Eurobarómetro estándar 78») - http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/eb/eb78/eb78_first_en.pdf. El desempleo es una preocupación cada vez mayor para los ciudadanos europeos (+ 4 puntos porcentuales desde la encuesta del Eurobarómetro de la primavera de 2012).

[17]             Así lo afirman nueve de cada diez ciudadanos, según el Eurobarómetro de 2013 sobre la ciudadanía de la UE.

[18]             Eurobarómetro de 2013 sobre la ciudadanía de la UE.

[19]             Eurostat - Compras de particulares en Internet             http://appsso.eurostat.ec.europa.eu/nui/submitViewTableAction.do. Las cifras son más altas tratándose de jóvenes (de entre 25 y 34 años).

[20]             La consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE pone de relieve que uno de cada cuatro encuestados encuentra dificultades a la hora de comprar en línea.

[21]             http://europa.eu/europedirect/index_en.htm.

[22]             http://europa.eu/youreurope/index.htm.

[23]             Véase el Eurobarómetro de 2013 sobre la ciudadanía de la UE.

[24]             Ibídem.

[25]             Consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE y Eurobarómetro de 2013 sobre los derechos electorales.

[26]             COM(2013) 271 - http://ec.europa.eu/justice/fundamental-rights/files/charter_report_2012_en.pdf.

[27]             Véase Empleo y evolución social en Europa 2011, capítulo 6: Movilidad laboral dentro de la UE y el impacto de la ampliación, p.274.

[28]             Véase el informe del European Integration Consortium sobre movilidad laboral en la UE en el contexto de la ampliación y el funcionamiento del régimen transitorio, Nuremberg, 2009, p. 132. Véase también Five years of an enlarged EU, Economic achievements and challenges, European economy 1/2009, p. 135.

[29]             Solo el 3 % de los ciudadanos de la UE en edad laboral vive en otro país de la UE. La movilidad transfronteriza anual en la UE se sitúa en una tasa media anual de solo el 0,29 %. Esta cifra es muy inferior a las de Australia (1,5 %) y Estados Unidos (2,4 %). Véase OECD Economic Surveys – European Union – March 2012 - http://www.oecd.org/eco/49950244.pdf.

[30]             Según la encuesta del Eurobarómetro sobre movilidad geográfica y del mercado laboral, casi una cuarta parte de los encuestados (24 %) espera encontrar o ha encontrado dificultades para encontrar trabajo en el extranjero. Eurobarómetro especial 337 - Movilidad geográfica y del mercado laboral - junio 2010 - http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/ebs/ebs_337_en.pdf

[31]             El Reglamento (CE) nº 883/2004 sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, DO L 166, p. 70, establece en su artículo 64, apartado 1, letra c) que «el interesado conservará el derecho a las prestaciones durante un periodo de tres meses a partir d la fecha en que haya dejado de estar a disposición de los servicios de empleo del Estado miembro del que proceda, a condición de que la duración total del período durante el cual se facilitan las prestaciones no supere la duración total del período de prestaciones a las que tenía derecho con arreglo a la legislación de dicho Estado; los servicios o instituciones competentes podrán prorrogar dicho período de tres meses hasta un máximo de seis meses». Las modalidades de los intercambios de información, cooperación y asistencia mutua entre las instituciones y servicios de los Estados miembros interesados, en particular la información sobre la observancia, por parte del demandante de empleo, de los procedimientos de control organizados, se establecen el artículo 55 del Reglamento (CE) nº 987/2009, DO L 284, p. 19.

[32]             COM(2012) 173.

[33]             Reglamento (CE) nº 883/2004 sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, DO L 166, p. 1.

[34]             COM(2012) 173 final.

[35]             Ibídem.

[36]             COM(2010) 682.

[37]             Según el Eurobarómetro de 2011 sobre el Mercado único, un 28 % de los ciudadanos de la UE en edad de trabajar se plantearía trabajar en otro país de la UE en el futuro. La proporción es particularmente elevada (54 %) entre los jóvenes (de 15 a 24 años) y entre las personas de 25 a 39 años (38 %). Eurobarómetro especial 363 - Mercado interior: sensibilización, percepción e impacto - septiembre de 2011 - http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/ebs/ebs_363_en.pdf.

[38]             Encuesta «Flash» de Eurobarómetro nº 319b - Juventud en movimiento: educación y formación, movilidad, empleo y espíritu emprendedor - mayo de 2011 -        http://ec.europa.eu/public_opinion/flash/fl_319b_sum_en.pdf.

[39]             En 2011 el Consejo adoptó un valor de referencia sobre la movilidad en la formación en el ámbito de la educación superior según el cual al menos un 20 % de los titulados de enseñanza superior debería haber realizado un período de estudios o de formación en el extranjero relacionado con la enseñanza superior (ya sea para obtener un título o al menos por un período de tres meses) en 2020.

[40]             Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se crea «Erasmus para todos» El Programa de educación, formación, juventud y deporte de la Unión, COM(2011) 788.

[41]             Estudio de la Comisión Europea relativo a una visión global de las disposiciones sobre los períodos de prácticas en los Estados miembros - 2012 -               http://ec.europa.eu/social/main.jsp?catid=738&langid=en&pubid=6717.

[42]             Estudio del Foro Europeo de la Juventud 2011 - Interns revealed -          http://issuu.com/yomag/docs/yfj_internsrevealed_web

[43]             La Garantía Juvenil es un programa que garantiza que todos los jóvenes menores de veinticinco años reciban una oferta de empleo de buena calidad, una educación continuada, un aprendizaje o un periodo de prácticas en los cuatro meses siguientes a quedar desempleados o dejar la enseñanza ordinaria, conforme a la Recomendación del Consejo adoptada el 22 de abril de 2013.

[44]             Eurobarómetro especial 75.1 — El Defensor del Pueblo Europeo y los derechos de los ciudadanos - julio de 2011 -    http://www.ombudsman.europa.eu/es/press/statistics/eb751_eb_report.faces.

[45]             http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/flash_arch_374_361_en.htm#365.

[46]             http://ec.europa.eu/justice/citizen/files/eu-citizen-brochure_en.pdf.

[47]             Tu Europa-Asesoramiento es un servicio de asesoría jurídica destinada al público compuesto por un equipo de juristas que abarcan todas las lenguas oficiales de la UE y conocen tanto el Derecho de la UE como las normativas nacionales de todos países de la UE.   http://europa.eu/youreurope/advice/index_es.htm

[48]             SOLVIT se ocupa de los problemas que presentan un componente transfronterizo y que se deben a una aplicación incorrecta del Derecho de la UE por parte de las autoridades públicas de los Estados miembros de la UE. http://ec.europa.eu/solvit/.

[49]             La acción en cuestión solamente será aplicable a los Estados miembros que expiden documentos de identidad o certificados de registro.

[50]             Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las inspecciones técnicas periódicas de los vehículos de motor y de sus remolques, COM(2012) 380; Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las inspecciones técnicas en carretera de vehículos comerciales que circulan en la Unión, COM(2012) 382; y Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a los documentos de matriculación de los vehículos, COM(2012) 381.

[51]             Este principio básico del Derecho penal se establece en el artículo 48 de la Carta de los derechos Fundamentales de la UE y en el artículo 6, apartado 2, del Convenio Europeo de Derechos Humanos; emana además de las tradiciones constitucionales comunes a los Estados miembros.

[52]             El derecho a la asistencia jurídica gratuita se establece en el artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y en el artículo 6, apartado 3, del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

[53]             Eurobarómetro especial 395 sobre el procedimiento de escasa cuantía - abril de 2013 - (en lo sucesivo el Eurobarómetro de 2013 sobre reclamaciones de escasa cuantía -

                http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/eb_special_399_380_en.htm#395

[54]             En vigor desde el 1 de enero de 2009.

[55]             https://e-justice.europa.eu/home.do

[56]             Véase en particular la consulta pública de 2012 sobre la ciudadanía de la UE.

[57]             Véase el Informe sobre la ciudadanía de la UE 2010, «La eliminación de los obstáculos a los derechos de los ciudadanos de la UE», COM(2010) 603, y, en particular, las acciones 9 a 13, la Agenda del consumidor COM(2012) 225; y el Acta del Mercado Único II - Juntos por un nuevo crecimiento, COM(2012) 573.

[58]             El paquete sobre seguridad de los productos y vigilancia del mercado consiste, entre otras cosas, en una propuesta de Reglamento sobre seguridad de los productos de consumo [COM(2013) 78 final], una propuesta de Reglamento relativo a la vigilancia del mercado de los productos [COM(2013) 75 final] y una Comunicación de la Comisión titulada «Veinte acciones en pro de unos productos más seguros y conformes en Europa: Plan de Acción Plurianual para la Vigilancia de los Productos en la UE» [COM(2013) 76 final]. Los documentos están disponibles en   http://ec.europa.eu/consumers/safety/psmsp/index_en.htm

[59]             «Consumer market study on the functioning of e-commerce» (2011), realizado por Civic Consulting en nombre de la Comisión Europea, DG Salud y Consumidores.

[60]             Para más información, véase el Informe del Diálogo multilateral sobre instrumentos de comparación: http://ec.europa.eu/consumers/documents/consumer-summit-2013-msdct-report_en.pdf.

[61]             Estudio de 2012 del Comité de las Regiones sobre «La promoción de la ciudadanía de la UE y los derechos de los ciudadanos por parte de los entes locales y regionales» -         http://www.cor.europa.eu/en/news/forums/Documents/summary_cor_study_citizenship.pdf.

[62]             Eurobarómetro del Parlamento Europeo 77.4 - Los europeos a dos años de las elecciones europeas de 2014, junio de 2012.   http://www.europarl.europa.eu/pdf/eurobarometre/2012/election_2012/eb77_4_ee2014_synthese_analytique_en.pdf.

[63]             Recomendación de la Comisión con vistas a reforzar el desarrollo democrático y eficaz de las elecciones al Parlamento Europeo C(2013) 1303.

[64]             Por ejemplo, en el asunto Preston, el Tribunal Superior de Justicia y el Tribunal de Apelación del Reino Unido desestimaron la demanda de una ciudadana del Reino Unido que había residido en España durante más de 15 años y había impugnado su denegación del derecho de voto. La solicitud del derecho a recurrir la decisión ante el Tribunal Supremo se desestimó sin que se presentase una cuestión prejudicial.

[65]             Preámbulo de las Directivas 93/109/CE y 94/80/CE, respectivamente.

[66]             Los 13 Estados miembros cuyas regiones tienen poder legislativo son: Alemania (Länder), Austria (Länder), Bélgica (Région), Dinamarca (Amtskommuner), Eslovaquia (Kraje), España (comunidades autónomas), Francia (Région), Italia (2 provincias autónomas y 20 regiones), Países Bajos (provinciale staten), Polonia (województwo), Reino Unido, República Checa (Kraje) y Suecia (Landstingsfullmäktige).

[67]             Eurobarómetro estándar 78 – Informe sobre el uso de los medios de comunicación en Europa - http://ec.europa.eu/public_opinion/archives/eb/eb78/eb78_media_en.pdf

[68]             Directiva 2010/13/UE, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la prestación de servicios de comunicación audiovisual (Directiva de servicios de comunicación audiovisual), DO L 95, p. 1-24.

[69]             Véase el discurso del presidente Barroso sobre el estado de la Unión 2012: «Me gustaría que se creara un espacio público europeo, en el que se debatieran los problemas europeos desde un punto de vista europeo. No podemos seguir intentando resolver problemas de dimensión europea solo con soluciones nacionales». http://europa.eu/rapid/press-release_SPEECH-12-596_es.htm; véase también la Resolución del Parlamento Europeo de 7 de septiembre de 2010 sobre «Periodismo y nuevos medios de comunicación: creación de un ámbito público en Europa» [2010/2015(INI)] y el discurso sobre Europa del Canciller federal alemán Joachim Gauck de 22 de febrero de 2013.      http://www.bundespraesident.de/shareddocs/reden/en/joachimgauck/reden/2013/130222-europe.html

[70]             http://europa.eu/citizens-2013/.

[71]             http://ec.europa.eu/european-debate/index_es.htm.

[72]             El seguimiento de las 25 acciones presentadas en el informe de 2010 se actualizará periódicamente – http://ec.europa.eu/commission_2010-2014/reding/factsheets/pdf/table_of_actions_en.pdf

[73]             COM(2011) 126.

[74]             COM(2011) 127/2.

[75]             COM(2010) 747 final.

[76]             Propuesta de Reglamento por el que se facilita la libertad de circulación de los ciudadanos y de las empresas, simplificando la aceptación de determinados documentos públicos en la Unión Europea, y por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 1024/2012 COM(2013) 228.

[77]             COM(2011) 326.

[78]             Esta propuesta forma parte de una serie de medidas que se están implantando para definir unos derechos claros en toda la UE y salvaguardar el derecho fundamental de los ciudadanos a un juicio justo y el derecho de defensa. Una Directiva relativa al derecho a interpretación y a traducción en los procesos penales entró en vigor en noviembre de 2010 y debe transponerse al Derecho nacional a más tardar el 27 de octubre de 2013, y una Directiva relativa al derecho a la información en los procesos penales entró en vigor el 21 de junio de 2012 y debe transponerse antes del 2 de junio de 2014.

[79]             COM(2011) 274.

[80]             COM(2011) 275.

[81]             COM(2011) 276.

[82]             Directiva 2011/99/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 2011, DO L 338, p. 2.

[83]             Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos y por la que se sustituye la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo, DO L 315, p. 57.

[84]             Incluidos los impuestos de matriculación y circulación.

[85]             COM(2010) 769.

[86]             COM(2011) 712.

[87]             2011/856/UE.

[88]             Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se simplifica el traslado de vehículos de motor ya matriculados en otro Estado miembro en el mercado único, COM(2012) 164.

[89]             COM(2012) 756.

[90]             SWD(2012) 429.

[91]             Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de marzo de 2011, relativa a la aplicación de los derechos de los pacientes en la asistencia sanitaria transfronteriza, DO L 88, p. 45.

[92]             A tal fin, la Red cuenta con el apoyo de la Acción Común sobre la Iniciativa de buena gestión de la sanidad electrónica (eHGI) y de la Acción Común sobre los registros de pacientes (PARENT).

[93]             SWD(2012) 414 final.

[94]             Proyectos SUSTAINs y PALENTE.

[95]             COM(2011) 149.

[96]             http://ec.europa.eu/consularprotection.

[97]             COM(2011) 881.

[98]             Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre los derechos de los pasajeros que viajan por mar y por vías navegables y por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2006/2004, DO L 334, p. 1.

[99]             Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de febrero de 2011, sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar y por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 2006/2004, DO L 55, p. 1.

[100]            COM(2013) 130.

[101]            COM(2010) 636.

[102]            Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo sobre el funcionamiento y los efectos del Reglamento (CE) nº 1107/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2006, sobre los derechos de las personas con discapacidad y de las personas con movilidad reducida en el transporte aéreo [COM(2011) 166 final].

[103]            SWD(2012) 171 final, http://ec.europa.eu/transport/themes/passengers/air/doc/prm/2012-06-11-swd-2012-171_es.pdf.

[104]            Directiva de la Comisión por la que se modifica el anexo III de la Directiva 2008/57/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la interoperabilidad del sistema ferroviario dentro de la Unión Europea, DO L 68, p. 55.

[105]            El Código está disponible en su versión completa, junto con los resúmenes, en el sitio web la Agenda Digital para Europa mientras que se ha publicado una versión simplificada en el portal Tu Europa-Ciudadanos en una nueva sección sobre los derechos en línea.

[106]            Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo, que modifica el Reglamento (CE) nº 2006/2004 y la Directiva 2009/22/CE (Directiva sobre RAL en materia de consumo), COM(2011) 793.

[107]            Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre resolución de litigios en línea en materia de consumo (Reglamento sobre RLL en materia de consumo), COM(2011) 794.

[108]            Directiva 2008/52/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2008, sobre ciertos aspectos de la mediación en asuntos civiles y mercantiles.

[109]            Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre medidas para facilitar el ejercicio de los derechos concedidos a los trabajadores en el marco de la libre circulación de los trabajadores, COM(2013) 236.

[110]            http://europa.eu/youreurope/citizens/residence/index_es.htm

[111]            http://bookshop.europa.eu/en/your-europe-your-rights-pbKM3212120/

[112]            http://bookshop.europa.eu/en/freedom-to-move-and-live-in-europe-pbNE3210299/

[114]            Conclusiones de una encuesta a los interesados realizada del 18.12.2012 al 1.2.2013 para evaluar la pertinencia y utilidad de Tu Europa tras su renovación en 2009 y de una encuesta mediante una ventana desplegable realizada directamente en el portal en enero/febrero de 2013 para saber más sobre el perfil de los visitantes del portal y su satisfacción con el mismo.

[115]            Decisión nº 1093/2012/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre el Año Europeo de los ciudadanos (2013), DO L 325, p. 1.

[116]            Puede encontrarse una descripción general en http://ec.europa.eu/research/social-sciences/research_en.html.

[117]            Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establece el Programa de Derechos y Ciudadanía para el periodo 2014 a 2020, COM(2011) 758.

[118]            Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establece el programa Europa con los Ciudadanos para el período 2014-2020, COM(2011) 884.

[119]            Véanse las Comunicaciones de la Comisión de 8 de febrero de 2012, Un programa de simplificación para el marco financiero plurianual 2014-2020, COM(2012) 42, y de 20 de septiembre de 2012, Primer cuadro de indicadores de la simplificación para el MFP 2014-2020, COM(2012) 531.

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