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Document 52009DC0394

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo relativo a las actividades del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2008

/* COM/2009/0394 final */

52009DC0394

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo relativo a las actividades del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2008 /* COM/2009/0394 final */


ES

Bruselas, 28.7.2009

COM(2009) 394 final

INFORME DE LA COMISIÓN

AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

relativo a las actividades del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en 2008

1. Introducción

El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) fue establecido mediante el Reglamento (CE) nº 1927/2006 [1] («el Reglamento FEAG» [2]) con el objetivo de ayudar solidariamente a los trabajadores despedidos como consecuencia de los grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial. Se diseñó como una forma de conciliar las ventajas globales a largo plazo de la liberalización del comercio en términos de crecimiento y empleo con los posibles efectos negativos a corto plazo de la globalización, en particular en el empleo de los trabajadores más vulnerables y menos cualificados.

El artículo 16 del Reglamento FEAG establece que, antes del 1 de julio de cada año, la Comisión debe presentar al Parlamento Europeo y al Consejo un informe cuantitativo y cualitativo de las actividades del Fondo en el año anterior. Dicho informe debe centrarse principalmente en los resultados obtenidos por el FEAG y debe contener, en particular, información sobre las solicitudes presentadas, las decisiones aprobadas, las acciones financiadas, incluida su complementariedad con las acciones financiadas con cargo a los Fondos Estructurales, en especial el FSE, y la liquidación de la contribución financiera concedida. También debe contener información sobre las solicitudes rechazadas por falta de créditos suficientes o por no cumplir los criterios de elegibilidad.

2. Visión general de las actividades del FEAG en 2008

En 2008, la Comisión recibió cinco solicitudes de contribución del FEAG. Estas solicitudes, presentadas por tres Estados miembros, se referían a 6 587 despidos y su importe total ascendía a 20 626 022 EUR. Tras examinar detenidamente su elegibilidad, la Comisión presentó tres de ellas a la Autoridad Presupuestaria antes del 31 de diciembre de 2008, y prosiguió el examen de las otras dos.

En 2008 se concedieron 49 035 729 EUR en total (es decir, el 9,8 % del importe anual de que dispone el Fondo) distribuidos en ocho contribuciones del FEAG, de las cuales cinco correspondían a solicitudes recibidas en 2007 y tres a solicitudes recibidas en 2008. Estos fondos se utilizaron para cofinanciar medidas activas del mercado de trabajo (fundamentalmente, asignaciones para la búsqueda de empleo, ayudas a la formación e incentivos al empleo) dirigidas a 9 941 trabajadores despedidos en cinco Estados miembros.

Por primera vez en 2008, la Comisión recibió informes relativos a la ejecución de las contribuciones del FEAG, en los que se señalaba que el Fondo había contribuido directamente a la reinserción profesional de 2 158 trabajadores despedidos en la industria automovilística y el sector de la telefonía móvil. Los informes finales indicaban asimismo que las contribuciones del FEAG habían permitido a los Estados miembros en cuestión mejorar el paquete de medidas destinadas a los trabajadores despedidos, en particular mediante la puesta en marcha de acciones sociales innovadoras y la ampliación del periodo de aplicación de las ayudas, lo cual no hubiera sido posible sin la intervención del Fondo.

3. Seguimiento del informe anual relativo a las actividades del FEAG en 2007

El artículo 20 del Reglamento FEAG prevé la posibilidad de una revisión del mismo sobre la base del primer informe anual de actividades a fin de «garantizar que se cumplen los objetivos de solidaridad del FEAG». En consecuencia, en su primer informe anual sobre el FEAG, adoptado como parte integral de la Agenda Social Renovada [3] el 2 de julio de 2008 [4], la Comisión señaló que examinaría la manera de mejorar su impacto y simplificar sus procedimientos.

En el informe se apuntaban una serie de cuestiones que serían examinadas a fin de proponer modificaciones en el Reglamento FEAG antes de presentar su siguiente informe anual. La Comisión señala que el escaso número de solicitudes de contribución del FEAG recibidas durante su primer año de funcionamiento obedece a varias razones, entre las que cabe mencionar la incertidumbre en lo que se refiere a los criterios de elegibilidad para recibir financiación, el número mínimo de trabajadores despedidos necesario para la intervención del FEAG y el breve plazo de que se dispone para aplicar las medidas financiadas. En este sentido, la Comisión emprendió un examen en profundidad de las expectativas y necesidades de las principales partes interesadas en el FEAG (a saber, representantes de los Estados miembros y de las organizaciones de interlocutores sociales a nivel nacional y europeo) a través de un cuestionario y una conferencia celebrada en Bruselas el 4 de septiembre de 2008. La consulta puso de manifiesto que la mayoría de las partes interesadas eran favorables a un FEAG renovado, capaz de intervenir en una gama más amplia de situaciones, prestar ayuda a los trabajadores afectados por despidos colectivos de menos de mil trabajadores, y cuyo plazo de intervención fuera más amplio. La mayoría de los Estados miembros plantearon también la cuestión de la tasa de cofinanciación (a saber, el 50 %), que consideraban insuficiente para aquellos Estados miembros que ya tenían dificultades para hacer frente al clima económico desfavorable.

En su Plan Europeo de Recuperación Económica [5], presentado el 26 de noviembre de 2008, la Comisión reiteró su intención de revisar las normas del FEAG con el propósito de que la Unión Europea pudiera ayudar a los trabajadores afectados por la crisis y apoyar sus perspectivas de empleo a largo plazo. El 16 de diciembre de 2008, a fin de mitigar el impacto social de la crisis económica, la Comisión adoptó una propuesta de Reglamento para modificar el Reglamento FEAG [6], cuyas principales disposiciones eran las siguientes:

· reducción del umbral de despidos necesarios para presentar una solicitud (de mil a quinientos);

· ampliación de la duración de la intervención (de doce a veinticuatro meses);

· aumento de la tasa de cofinanciación (del 50 % al 75 % [7]);

· exención temporal en virtud de la cual los trabajadores despedidos como resultado de la crisis financiera económica global podrían recibir ayuda, a condición de que las solicitudes basadas en ese criterio se presenten antes de finales de 2010.

4. Análisis de las actividades del FEAG en 2008

4.1. Solicitudes recibidas en 2008

La Comisión recibió cinco solicitudes de contribución del FEAG en 2008, incluida una que había sido retirada en 2007 y fue presentada de nuevo a principios de 2008. Tres de dichas solicitudes fueron aprobadas por la Autoridad Presupuestaria en 2008, mientras que las dos restantes estaban siendo todavía evaluadas por los servicios de la Comisión a finales de año.

Cuadro 1 – Solicitudes recibidas en 2008

Solicitud(Referencia) | Fecha de la solicitud | Criterios de intervención | Financiación FEAG solicitada (EUR) | Trabajadores despedidos | Trabajadores a los que se destina la ayuda |

Toscana (IT)(EGF/2008/01) | 12.2.2008 | b | 3 854 200 | 1 558 | 1 558 |

DELPHI (ES)(EGF/2008/02) | 6.2.2008 | a | 10 471 778 | 1 589 | 1 589 |

Alytaus Tekstilė (LT)(EGF/2008/03) | 8.5.2008 | a | 298 994 | 1 089 | 600 |

Castilla y León y Aragón (ES)(EGF/2008/04) [8] | 29.12.2008 | b | 2 694 300 | 1 082 | 588 |

Cataluña (ES)(EGF/2008/05) | 29.12.2008 | b | 3 306 750 | 1 269 | 1 100 |

Total | 20 626 022 | 6 587 | 5 435 |

En 2008 no se rechazó ninguna solicitud, ni por incumplimiento de los criterios de elegibilidad ni por falta de créditos suficientes.

4.1.1. Solicitudes recibidas en 2008 por Estado miembro

En 2008, tres Estados miembros solicitaron la intervención del FEAG, a saber, España (tres solicitudes), Italia (una solicitud) y Lituania (una solicitud).

4.1.2. Solicitudes recibidas en 2008 por importe de la ayuda solicitada

Los Estados miembros que soliciten ayuda del FEAG deben diseñar un paquete coordinado de medidas adaptadas lo mejor posible al perfil de los trabajadores y decidir el importe de la ayuda que desean obtener. El Reglamento FEAG no recomienda ni limita el importe total que puede solicitarse, pero la evaluación de una solicitud por parte de los servicios de la Comisión puede suscitar preguntas que lleven al Estado miembro solicitante a revisar el paquete de servicios personalizados propuesto, con la consiguiente repercusión en el importe solicitado.

Las contribuciones del FEAG solicitadas en 2008 oscilaron entre 298 994 EUR en el caso de Lituania (EGF/2008/03) y 10 471 778 EUR de la solicitud española relativa al caso DELPHI (EGF/2008/02).

4.1.3. Solicitudes recibidas en 2008 por número de trabajadores destinatarios de la ayuda

El número de trabajadores despedidos a los que se dirigieron directamente las medidas financiadas por el Fondo en 2008 ascendió a 5 435 en 2008, desde los 588 trabajadores de la solicitud presentada por España con respecto a los antiguos trabajadores de la industria del automóvil en Castilla y León y Aragón (EGF/2008/04) hasta los 1 589 trabajadores de la solicitud española relativa a DELPHI (EGF/2008/02). Tres de las cinco solicitudes presentadas en 2008 tenían por objeto a más de mil trabajadores despedidos, mientras que dos contribuciones se referían a un número bastante menor (600 trabajadores en el caso de referencia EGF/2008/03 y 588 en el caso EGF/2008/04).

La diferencia en el número de trabajadores destinatarios de la ayuda del FEAG puede obedecer, en algunos casos, a la decisión del Estado miembro solicitante de prestar ayuda a todos los trabajadores despedidos o de centrar la ayuda solamente en algunos de ellos, sobre todo en aquellos que tienen grandes dificultades para permanecer en el mercado laboral.

4.1.4. Solicitudes recibidas en 2008 por importe de la ayuda solicitada por trabajador

El paquete de servicios personalizados que el Estado miembro solicitante propone para los trabajadores sin empleo se deja a su discreción, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento FEAG. Por lo tanto, el importe solicitado por trabajador afectado puede variar en función de la gravedad del despido, la situación del mercado de trabajo afectado, las circunstancias personales de los trabajadores a los que se destina la ayuda, las medidas ya previstas por el Estado miembro, etc.

En la práctica, las cantidades propuestas por trabajador en 2008 oscilaron entre algo menos de 500 EUR en el caso de Lituania (EGF/2008/03) a más de 6 500 EUR en el caso de la solicitud española en relación con el caso DELPHI (EGF/2008/02).

4.1.5. Solicitudes recibidas en 2008 por criterio de intervención

Dos de las solicitudes presentadas en 2008 se basaron en el artículo 2, letra a), del Reglamento FEAG, que se refiere a los despidos en una empresa y en los proveedores y transformadores de sus productos. Las tres solicitudes restantes de 2008 se basaron en el artículo 2, letra b), que tiene por objeto los despidos de un mismo sector del nivel 2 de la NACE en una región o dos regiones contiguas en el nivel NUTS II.

4.2. Contribuciones concedidas en 2008

En 2008, la Autoridad Presupuestaria adoptó ocho decisiones de concesión de financiación con cargo al FEAG, cinco de las cuales se referían a solicitudes presentadas en 2007 que no habían sido aprobadas todavía a finales de dicho año y las otras tres a solicitudes recibidas y evaluadas en 2008.

La Autoridad Presupuestaria no rechazó ninguna propuesta de intervención del FEAG presentada por la Comisión, ni tampoco las ha modificado en modo alguno.

Cuadro 2 – Contribuciones concedidas en 2008 en términos de decisiones de financiación

Solicitud(Referencia) | Fecha de la solicitud | Criterios de intervención | Decisión de la Autoridad Presupuestaria(Fecha) | Decisión de financiación de la Comisión(Fecha) | Financiación FEAG solicitada (EUR) |

Cerdeña (IT)(EGF/2007/05) | 9.8.2007 | b | 2008/916/CE(19.11.2008) | C(2008) 8074(8.12.2008) | 10 971 000 |

Piamonte (IT)(EGF/2007/06) | 10.8.2007 | b | 2008/916/CE(19.11.2008) | C(2008) 8070(8.12.2008) | 7 798 750 |

Lombardía (IT)(EGF/2007/07) | 17.8.2007 | b | 2008/916/CE(19.11.2008) | C(2008) 8071(8.12.2008) | 12 534 125 |

Textiles (MT)(EGF/2007/08) | 12.9.2007 | c | 2008/370/CE(10.4.2008) | C(2008) 2176(22.5.2008) | 681 207 |

Lisboa-Alentejo (PT)(EGF/2007/10) | 9.10.2007 | b | 2008/370/CE(10.4.2008) | C(2008) 7278(21.11.2008) | 2 425 675 |

Subtotal de las solicitudes recibidas en 2007 | 34 410 757 |

Toscana (IT)(EGF/2008/01) | 12.2.2008 | b | 2008/916/CE(19.11.2008) | C(2008) 8073(8.12.2008) | 3 854 200 |

DELPHI (ES)(EGF/2008/02) | 6.2.2008 | a | 2008/818/CE(22.10.2008) | C(2008) 7292(24.11.2008) | 10 471 778 |

Alytaus Tekstilė (LT)(EGF/2008/03) | 8.5.2008 | a | 2008/818/CE(22.10.2008) | C(2008) 7278(21.11.2008) | 298 994 |

Subtotal de las solicitudes recibidas en 2008 | 14 624 972 |

Total | 49 035 729 |

Cuadro 3 – Contribuciones concedidas en 2008 en términos de trabajadores destinatarios de las ayudas

Solicitud(Referencia) | Sector afectado | Trabajadores despedidos | Trabajadores a los que se destina la ayuda | Financiación FEAG solicitada (EUR) | Importe medio por trabajador destinatario (EUR) |

Cerdeña (IT)(EGF/2007/05) | Textiles | 1 044 | 1 044 | 10 971 000 | 10 509 |

Piamonte (IT)(EGF/2007/06) | Textiles | 1 537 | 1 537 | 7 798 750 | 5 074 |

Lombardía (IT)(EGF/2007/07) | Textiles | 1 816 | 1 816 | 12 534 125 | 6 902 |

Textiles (MT)(EGF/2007/08) | Textiles | 675 | 675 | 681 207 | 1 009 |

Lisboa-Alentejo (PT)(EGF/2007/10) | Automóvil | 1 549 | 1 122 | 2 425 675 | 2 162 |

Subtotal de las solicitudes recibidas en 2007 | 6 621 | 6 194 | 34 410 757 | 5 555 |

Toscana (IT)(EGF/2008/01) | Textiles | 1 558 | 1 558 | 3 854 200 | 2 474 |

DELPHI (ES)(EGF/2008/02) | Automóvil | 1 589 | 1 589 | 10 471 778 | 6 590 |

Alytaus Tekstilė (LT)(EGF/2008/03) | Textiles | 1 089 | 600 | 298 994 | 498 |

Subtotal de las solicitudes recibidas en 2008 | 4 236 | 3 747 | 14 624 972 | 3 903 |

Total | 10 857 | 9 941 | 49 035 729 | 4 933 |

4.2.1. Acciones financiadas

El artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006 prevé que el FEAG puede cofinanciar únicamente medidas activas del mercado de trabajo destinadas a la reinserción laboral de los trabajadores que hayan perdido sus puestos de trabajo. Por otra parte, dispone que el FEAG puede financiar actividades de asistencia técnica realizadas por el Estado miembro para facilitar la preparación, gestión, información y publicidad, así como el control de la utilización de la contribución.

El desglose de los gastos estimados de las acciones propuestas en las ocho intervenciones FEAG concedidas en 2008, junto con sus respectivas actividades de asistencia técnica, es el siguiente:

Cuadro 4: Acciones financiadas en 2008 sobre la base de la clasificación de Eurostat [9]

Clasificación de las intervenciones en el ámbito de la política del mercado de trabajo (PMT) elaborada por Eurostat | Importe FEAG (EUR) | % del total |

Servicios PMT | 30 537 989 | 62,28 % |

1 | Servicios al cliente (asistencia para la búsqueda de empleo, orientación profesional, certificación de competencias, etc.) | 4 519 185 | 9,22 % |

| Asignaciones de búsqueda de empleo | 26 018 804 | 53,06 % |

Medidas PMT | 16 718 820 | 34,09 % |

2 | Formación | 7 899 843 | 16,11 % |

| Ayuda para la formación | 3 033 250 | 6,19 % |

3 | Rotación en el puesto de trabajo y trabajo compartido | n.p. | n.p. |

4 | Incentivos laborales | 4 709 608 | 9,60 % |

4.1 | Incentivos a la contratación | 2 666 896 | 5,44 % |

4.2 | Incentivos para la permanencia en el empleo | 2 042 712 | 4,17 % |

5 | Empleo protegido y readaptación | n.p. | n.p. |

6 | Creación directa de empleo | n.p. | n.p. |

7 | Incentivos para la creación de empresas | 1 076 119 | 2,19 % |

Asistencia técnica (artículo 3 del Reglamento (CE) nº 1927/2006) | 1 778 920 | 3,63 % |

Total | 49 035 729 | 100 % |

4.2.2. Perfil de los trabajadores que se han beneficiado de asistencia del FEAG

Las contribuciones concedidas en 2008 tuvieron por objeto apoyar a un total de 9 941 trabajadores despedidos en cinco Estados miembros (véase el anexo: Perfil de los trabajadores a los que se destina la ayuda en 2008).

4.2.3. Complementariedad con las acciones financiadas por los Fondos Estructurales, en particular el FSE

El FEAG y el FSE son importantes instrumentos de la UE que aspiran a aumentar la empleabilidad y garantizar la rápida reinserción laboral mediante la aplicación de medidas activas del mercado de trabajo. Su complementariedad reside en la capacidad de abordar esas cuestiones desde dos perspectivas temporales diferentes: mientras que el FEAG ofrece ayuda adaptada a los trabajadores despedidos para responder a un despido masivo a escala europea, el FSE actúa en apoyo de objetivos estratégicos a largo plazo (por ejemplo, el refuerzo del capital humano, la gestión del cambio, etc.) a través de programas plurianuales. A la luz del impacto social de la actual crisis económica, la Comisión ha propuesto, en su Plan Europeo de Recuperación Económica, modificar el funcionamiento de ambos Fondos, de modo que tengan una capacidad de reacción más flexible mientras dure la crisis.

Un buen ejemplo de la complementariedad positiva entre el FEAG y el FSE es el caso BenQ (EGF/2007/03) para el que se concedió una contribución en 2007. En este caso, la ayuda se concedió a los trabajadores despedidos que aceptaron integrarse en una «compañía de transferencia» (Transfergesellschaft), en la que las medidas aplicadas en el marco de los programas del FSE [10] también se pusieron a disposición de los trabajadores de BenQ despedidos. Algunos de estos trabajadores se beneficiaron en primer lugar de una formación breve cofinanciada por el FSE con el fin de obtener el «diploma europeo de aptitudes informáticas», seguida de una formación de cinco meses, cofinanciada por el FEAG, para ser «asistente de gestión».

4.2.4. Resultados obtenidos

La principal fuente de información sobre los resultados obtenidos por el FEAG es el informe final que deben presentar los Estados miembros a más tardar seis meses después de transcurrido el periodo de intervención del Fondo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento FEAG.

En 2008, la Comisión recibió tres informes finales relativos a las siguientes solicitudes: PSA (Francia), Renault (Francia) y BenQ (Alemania). En estos informes finales se subrayaba el valor añadido del FEAG al permitir a ambos Estados miembros utilizar con éxito nuevos enfoques (por ejemplo, la interacción en grupos inter pares y mayor orientación y asesoramiento) destinados específicamente a trabajadores poco cualificados mayores de 45 años. Además, en el caso de BenQ, el FEAG hizo posible que se ampliara la duración de algunas acciones de formación y de asesoramiento más allá del periodo habitual, lo que permitió ofrecer una asistencia reforzada y más eficaz.

PSA (EGF/2007/01)

En la primera solicitud presentada al FEAG el 9 de marzo de 2007, Francia indicó que los destinatarios de la ayuda serían 267 trabajadores despedidos en las empresas proveedoras del fabricante de automóviles francés PSA. Según el informe final, 256 de dichos trabajadores se beneficiaron de las medidas financiadas por el Fondo. Al final del periodo de intervención del FEAG, 106 de los trabajadores beneficiarios de ayuda (41 %) seguían desempleados, mientras que 150 (59 %) habían encontrado un empleo sostenible, de los cuales:

· 76 con un contrato de duración indeterminada;

· 20 habían creado su propia empresa;

· 54 con un contrato de duración determinada o un contrato temporal de más de seis meses.

Renault (EGF/2007/02)

En la segunda solicitud presentada al FEAG el 23 de marzo de 2007, Francia indicó que los destinatarios de la ayuda serían, en principio, 628 trabajadores despedidos en las empresas proveedoras de Renault. El informe final señaló que 366 se habían beneficiado de las medidas financiadas por el FEAG, mientras que 262 consideraron que eran capaces pos sí mismos de encontrar un empleo sin medidas adicionales o ya habían encontrado un empleo antes de que comenzaran a aplicarse las medidas cofinanciadas. Al final del periodo de ejecución de la ayuda del FEAG, 133 de los trabajadores beneficiarios (36 %) seguían desempleados o estaban empleados o en cursos de formación de una duración inferior a seis meses. Por otra parte, 105 de ellos (29 %) participaron en cursos de formación con una duración de al menos seis meses y 129 (35 %) había encontrado un empleo sostenible, de los cuales:

· 77 tenían un contrato de duración indeterminada;

· 10 habían creado su propia empresa;

· 42 tenían un contrato de duración determinada o un contrato temporal de más de seis meses.

BenQ (FEAG/2007/03)

El 27 de junio de 2007, Alemania presentó una solicitud de contribución FEAG destinada, en principio, a 2 400 trabajadores despedidos por BenQ, un fabricante de teléfonos móviles. El informe de aplicación señala que, de los 2 528 trabajadores despedidos que se habían integrado en la «compañía de transferencia» (Transfergesellschaft) creada el 1 de enero de 2007 con el fin de beneficiarse de medidas activas de mercado de trabajo, 561 (22 %) seguía desempleado al final del periodo de intervención del FEAG, 88 habían dejado de estar disponibles en el mercado de trabajo (por motivos de formación de larga duración, enfermedad o jubilación) y 1 879 habían encontrado un empleo estable (77 de ellos habían creado sus propias empresas).

Cuadro 5: Resultados descritos en los informes finales recibidos en 2008

| EGF/2007/01 | EGF/2007/02 | EGF/2007/03 | Total |

| PSA (Francia) | Renault (Francia) | BenQ (Alemania) | |

Número de trabajadores a los que se dirige inicialmente la ayuda | 267 | 628 | 2 400 | 3 295 |

Número de trabajadores que no precisan ayuda del FEAG | 9 | 262 | - | 271 |

Número de trabajadores que reciben la ayuda, | 256 | 366 | 2 528 | 3 150 |

de los cuales: | | | | |

Formación / reciclaje | 198 (77 %) | 198 (54 %) | 256 (10 %) | 652 (21 %) |

Asignaciones para la búsqueda de empleo / formación | 256 (100 %) | - | 2 528 (100 %) | 2 784 (88 %) |

Asistencia / Asesoramiento para la búsqueda de empleo | - | 366 (100 %) | 2 055 (81 %) | 2421 (77 %) |

Incentivos al espíritu empresarial | - | - | 99 (4 %) | 99 (3 %) |

Incentivos al empleo | 150 (59 %) | 38 (10 %) | 408 (16 %) | 596 (19 %) |

Número de trabajadores que se han reintegrado al mercado de trabajo tras la intervención del FEAG | 150 (59 %) | 129 (35 %) | 1 879 (74 %) | 2 158 (69 %) |

4.2.5. Actividades de asistencia técnica realizadas por la Comisión

Información y publicidad

El artículo 9 del Reglamento FEAG establece que la Comisión «creará un sitio web en Internet, disponible en todas las lenguas comunitarias, para facilitar información sobre el FEAG y orientaciones para la presentación de solicitudes, así como información actualizada sobre las solicitudes admitidas y rechazadas, en la que se destacará el cometido de la Autoridad Presupuestaria».

Sitio internet

En 2008, el sitio web del FEAG (http://ec.europa.eu/egf registró 81 206 páginas consultadas por 36 937 visitantes. Las páginas más visitada fueron la página principal, las páginas en las que se describen las solicitudes recibidas y las que contienen los principales documentos relativos al Fondo. El folleto sobre el FEAG elaborado la Comisión en 2007 se descargó unas 2 800 veces en el transcurso de 2008.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 del Reglamento FEAG, los servicios de la Comisión han traducido el sitio del FEAG a las veintitrés lenguas comunitarias.

Eurobarómetro

La encuesta estándar Eurobarómetro 70 se llevó a cabo entre el 6 de octubre y el 6 de noviembre de 2008. A la pregunta «¿Ha oído hablar alguna vez o ha leído algo acerca del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, que es un Fondo para ayudar a las víctimas de la globalización?, las posibles respuestas eran:

– «Sí, lo conozco muy bien»

– «Sí, pero no lo conozco muy bien»

– «No, nunca he oído hablar ni he leído nada acerca de ello».

Los resultados, aún no publicados en el momento de la redacción del presente informe, muestran que el 22 % de los ciudadanos de la EU-27 habían oído hablar del FEAG, aunque sólo el 3 % lo conocía muy bien, y que el 71 % ignoraba por completo su existencia.

Reuniones con las autoridades nacionales y los interlocutores sociales

La tercera reunión del «Grupo de expertos sobre personas de contacto del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización» (código E2100), formado por representantes de los Estados miembros, se celebró el 6 de marzo de 2008.

Con objeto de preparar la revisión del Reglamento FEAG, los servicios de la Comisión invitaron a las partes interesadas en el FEAG a una conferencia celebrada en Bruselas el 4 de septiembre de 2008. El objetivo era reunirse con los Estados miembros y los interlocutores sociales para examinar las respuestas al cuestionario enviado en julio de 2008, así como los principales aspectos del Informe Anual del FEAG de 2007 (véase el punto 3).

4.2.6. Informe financiero

Fondos aportados

Con arreglo al Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006, el importe máximo anual del Fondo no podrá exceder de 500 millones EUR, que podrán proceder de cualquier margen disponible dentro de los límites máximos de gasto del ejercicio anterior o de créditos de compromiso anulados en los dos ejercicios anteriores. Por otra parte, el artículo 12 del Reglamento FEAG establece que al menos un cuarto del importe máximo anual del FEAG deberá seguir estando disponible el 1 de septiembre de cada año para responder a las necesidades que pudieran surgir hasta finales de año.

Durante 2008, la Autoridad Presupuestaria decidió movilizar el FEAG para atender ocho solicitudes por un importe de 49 035 729 EUR (véanse los cuadros 2 y 3 relativos a las contribuciones del FEAG).

Gastos en concepto de asistencia técnica

En 2008 no hubo asistencia técnica a iniciativa de la Comisión, tal como se define en el artículo 8 del Reglamento FEAG.

Irregularidades notificadas durante 2008

En el transcurso de 2008 no se notificaron a la Comisión irregularidades con respecto al FEAG, de conformidad con el Reglamento (CE) nº 1681/94 de la Comisión.

Irregularidades corregidas durante 2008

No se corrigió ninguna irregularidad durante 2008.

4.2.7. Cierre de las contribuciones financieras

En 2008 no se cerró ninguna de las contribuciones concedidas desde que el FEAG comenzara a ser operativo.

Anexo: Perfil de los trabajadores que se han beneficiado de asistencia del FEAG en 2008

Solicitud(Referencia) | Fecha de la solicitud | Trabajadores despedidos | Trabajadores a los que se destina la ayuda | De los cuales: | con problemas de salud de larga duración o con discapacidad [11] |

| | | | Mujeres(%) | Nacionales de terceros países | 15-24 | 25-54 | 55-64 | 65+ | |

Cerdeña (IT)(EGF/2007/05) | 9.8.2007 | 1 044 | 1 044 | 427(41 %) | 1 | 5 | 899 | 138 | 2 | n.p. |

Piamonte (IT)(EGF/2007/06) | 10.8.2007 | 1 537 | 1 537 | 1 013(66 %) | 55 | 23 | 1 347 | 167 | 0 | n.p. |

(EGF/2007/07) | 17.8.2007 | 1 816 | 1 816 | 1 230(68 %) | 71 | 6 | 1 537 | 272 | 1 | n.p. |

(EGF/2007/08 | 12.9.2007 | 675 | 675 | 533(79 %) | 0 | 242 | 401 | 32 | 0 | 4 |

Lisboa-Alentejo (PT) (EGF/2007/10) | 9.10.2007 | 1 549 | 1 122 | 339(30 %) | 16 | 39 | 1 024 | 59 | 0 | 12 |

Subtotal de las solicitudes recibidas en 2007 | 6 621 | 6 194 | 3 542(57 %) | 143 | 315 | 5 208 | 668 | 3 | n.p. |

Toscana (IT) (EGF/2008/01) | 12.2.2008 | 1 558 | 1 558 | 746(48 %) | 998 | 102 | 1 276 | 175 | 5 | n.p. |

DELPHI (ES) (EGF/2008/02) | 6.2.2008 | 1 589 | 1 589 | 23(2 %) | 0 | 2 | 1 524 | 63 | 0 | 5 |

Alytaus Tekstilė (LT) (EGF/2008/03) | 8.5.2008 | 1 089 | 600 | 494(82 %) | 0 | 4 | 372 | 224 | 0 | 34 |

Subtotal de las solicitudes recibidas en 2008 | 4 236 | 3 747 | 1 263(38 %) | 998 | 108 | 3 172 | 462 | 5 | n.p. |

Total | 10 857 | 9 941 | 4 805(48 %) | 1 141 | 423 | 8 380 | 1 130 | 8 | n.p. |

[1] DO L 406 de 30.12.2006, p.1. Los errores técnicos del Reglamento FEAG fueron corregidos en 2008 y publicados en el DO L 48 de 22.2.2008, p. 82 para todas las lenguas, así como en el DO L 202 de 31.7.2008, p. 74, únicamente para la lengua inglesa.

[2] El «Reglamento FEAG» se refiere al Reglamento en vigor el 31 de diciembre de 2008, sin perjuicio de las enmiendas a dicho Reglamento adoptadas desde entonces.

[3] Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: «Agenda Social Renovada: Oportunidades, acceso y solidaridad en la Europa del siglo xxi» , COM(2008) 412 final de 2.7.2008.

[4] Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo «Solidaridad frente al cambio: El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) en 2007 – Análisis y perspectivas», COM(208) 421 final de 2.7.2008.

[5] Comunicación de la Comisión al Consejo Europeo, de 26 de noviembre de 2008, «Un Plan Europeo de Recuperación Económica», COM(2008) final 800 de 26.11.2008.

[6] Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que modifica el Reglamento (CE) nº 1927/2006, por el que se crea el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización, COM(2008) 867 de 16.12.2008.

[7] El Reglamento de modificación adoptado por el Parlamento Europeo y el Consejo en 2009 prevé un aumento temporal de la tasa de cofinanciación del 50 % al 65 % hasta que concluya el plazo de aplicación de la excepción de «crisis» fijado para el 31 de diciembre de 2011.

[8] Revisado el 23 de febrero de 2009.

[9] Este cuadro no se corresponde exactamente con la metodología utilizada por Eurostat, que se describe en el documento «Labour market policy database – Methodology – Revision of June 2006» (Base de datos de políticas del mercado de trabajo – metodología- revisión de junio de 2006), ya que algunas de las medidas cofinanciadas por el FEAG no se inscriben en ninguna de sus categorías (por ejemplo, las asignaciones para la búsqueda de empleo y las ayudas a la formación). Las categorías de la clasificación de Eurostat que llevan la indicación n.p. en el cuadro no han sido propuestas por los Estados miembros en el marco de las ocho intervenciones FEAG aprobadas en 2008.

[10] El denominado programa del FSE de la Oficina Federal de Empleo, el programa operativo del objetivo 2 de Renania del Norte-Westfalia y el programa del Estado libre de Baviera.

[11] Con arreglo a las clasificaciones nacionales.

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