52009DC0193


Título y referencia

Informe de la Comisión - Fondo de Solidaridad de la Unión Europea - Informe anual de 2008 e Informe sobre la experiencia adquirida tras seis años de aplicación del nuevo instrumento

/* COM/2009/0193 final */

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Bruselas, 23.4.2009

COM(2009) 193 final

INFORME DE LA COMISIÓN

Fondo de Solidaridad de la Unión Europea Informe anual de 2008 e Informe sobre la experiencia adquirida tras seis años de aplicación del nuevo instrumento

ÍNDICE

Parte 1: Informe anual de 2008 3

1. Introducción 3

2. Solicitudes pendientes y solicitudes nuevas recibidas en 2008 3

3. Financiación 5

4. Cierres 6

Parte 2: Informe sobre la experiencia adquirida tras seis años de aplicación del nuevo instrumento 8

1. Introducción 8

2. Resultados generales de la aplicación del Fondo 8

3. Limitaciones y puntos flacos en el funcionamiento del Fondo 9

4. El Tribunal de Cuentas informa sobre el Fondo de Solidaridad 10

5. Conclusiones: Mejora del funcionamiento del instrumento 11

Anexo I: Solicitudes presentadas al Fondo de Solidaridad de la Unión Europea en 2008 14

Anexo II: Solicitudes presentadas al Fondo de Solidaridad de la Unión Europea desde 2002 15

PARTE 1: INFORME ANUAL DE 2008

1. Introducción

El Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (FSUE) se creó el 15 de noviembre de 2002[1]. El artículo 12 del Reglamento (CE) n° 2012/2002 del Consejo, de 11 de noviembre de 2002, por el que se crea el Fondo de Solidaridad de la Unión Europea (en lo sucesivo, el «Reglamento del Fondo de Solidaridad») dispone que la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre las actividades del Fondo durante el año anterior. La primera parte de este informe presenta las actividades del Fondo en 2008, y abarca, al igual que en informes anteriores, el tratamiento de las solicitudes pendientes y de las nuevas y la evaluación de los informes de ejecución con el fin de prepararlos para el cierre.

2. Solicitudes pendientes y solicitudes nuevas recibidas en 2008

En 2008, la Comisión examinó cuatro solicitudes presentadas en 2007 y recibió dos nuevas solicitudes de intervención del FSUE. El anexo I ofrece una descripción detallada de estos casos, que se evaluaron teniendo en cuenta los criterios establecidos en el Reglamento del Fondo de Solidaridad y la información que los Estados solicitantes pudieron facilitar.

Reino Unido

A raíz de las graves inundaciones que se produjeron en diferentes partes del Reino Unido en junio y julio de 2007, las autoridades británicas presentaron una solicitud de ayuda financiera el 20 de agosto de 2007, que se completó el 26 de octubre de 2007. Como el total de los daños directos, más de 4 600 millones EUR, superaba el umbral de 3 267 millones EUR aplicable al Reino Unido para movilizar el FSUE, la catástrofe fue considerada «catástrofe grave de carácter natural», y entró por lo tanto de este modo dentro del ámbito de aplicación principal del Fondo. El 10 de diciembre de 2007, la Comisión decidió proponer a la autoridad presupuestaria que movilizase el Fondo de Solidaridad y concediera una ayuda financiera que ascendería a 162,388 millones EUR. En 2008, se completó el procedimiento presupuestario en el Consejo y en el Parlamento Europeo y se pagó la subvención al Reino Unido el 27 de octubre de 2008.

Francia (Martinica y Guadalupe)

En agosto de 2007, los departamentos franceses de ultramar de Martinica y Guadalupe, dos islas de las Antillas Francesas, se vieron afectados por el huracán «Dean», que causó graves daños a las infraestructuras y a diferentes sectores de la economía. El 26 de octubre de 2007, Francia presentó una solicitud de ayuda financiera del FSUE, que se completó el 8 de enero de 2008. A pesar de haber causado daños por valor de 511 millones EUR, la tormenta no cumplía los criterios establecidos en el Reglamento del Fondo de Solidaridad para las «catástrofes graves». Sin embargo, teniendo en cuenta la especial vulnerabilidad de esta región ultraperiférica (mencionada específicamente en el Reglamento del Fondo de Solidaridad) y las graves consecuencias y repercusiones, la Comisión concluyó que la solicitud cumplía los criterios específicos del Reglamento del Fondo de Solidaridad para las catástrofes regionales de carácter extraordinario. El 10 de septiembre de 2008, la Comisión propuso movilizar una ayuda financiera de 12,780 millones EUR. Tras el procedimiento presupuestario en el Consejo y el Parlamento Europeo, se pagó la subvención a Francia el 24 de diciembre de 2008.

Grecia

En agosto de 2007, una buena parte de Grecia se vio afectada por incendios forestales, que causaron importantes daños a diversos sectores de la economía y al medio ambiente . Las autoridades griegas pidieron la intervención del FSUE el 30 de octubre de 2007 y completaron la solicitud el 24 de enero de 2008. Los daños directos totales se estimaron en 2 118 millones EUR. Dado que esta cantidad superaba el umbral de 1 066,497 millones EUR (es decir, el 0,6 % de la RNB) aplicable a Grecia, la catástrofe fue considerada «catástrofe grave de carácter natural». El 8 de abril de 2008, la Comisión propuso movilizar una ayuda financiera de 89,769 millones EUR. Tras el procedimiento presupuestario en el Consejo y el Parlamento Europeo, se pagó la subvención a Grecia el 29 de septiembre de 2008.

Eslovenia

A mediados de septiembre de 2007, algunas regiones de Eslovenia se vieron afectadas por fuertes lluvias y tormentas, que provocaron graves inundaciones y corrimientos de tierra. La catástrofe ocasionó importantes daños en infraestructuras, en edificios públicos y privados, en empresas y en la agricultura. Las autoridades eslovenas presentaron una solicitud de intervención del FSUE el 19 de noviembre de 2007. Los daños directos totales se estimaron en 233,39 millones EUR. Dado que esta cantidad supera el umbral de 164,27 millones EUR (es decir, el 0,6 % de la RNB) aplicable a Eslovenia, la catástrofe fue considerada «catástrofe grave de carácter natural». El 3 de marzo de 2008, la Comisión propuso movilizar una ayuda financiera de 8,254 millones EUR. Tras el procedimiento presupuestario en el Consejo y el Parlamento Europeo, se pagó la subvención a Eslovenia el 12 de diciembre de 2008.

Chipre

En 2008, Chipre sufrió una falta de precipitaciones que desembocó en graves problemas en las condiciones de vida, la economía y el medio ambiente. Las autoridades chipriotas presentaron una solicitud de intervención del FSUE el 1 de julio de 2008, que se completó el 16 de octubre de 2008. Esta era la primera solicitud relacionada con la sequía. El Reglamento del Fondo de Solidaridad exige que se presente una solicitud a más tardar en un plazo de diez semanas a partir de la fecha en que se haya producido el primer daño relacionado con la catástrofe. En el contexto del periodo de tres años de lluvias inusualmente escasas, al final de la temporada de lluvias, en abril de 2008, la ausencia de precipitaciones alcanzó su máximo. La Comisión consideró, por lo tanto, que podía aceptarse como fecha de inicio de la catástrofe grave el 22 de abril de 2008, es decir, diez semanas antes de la recepción de la solicitud.

Las autoridades chipriotas estimaron los daños directos totales, contraídos después del 22 de abril de 2008, en 176,15 millones EUR. Dado que esta cantidad superaba el umbral de 84,673 millones EUR (es decir, el 0,6 % de la RNB) aplicable a Chipre, la sequía fue considerada «catástrofe grave de carácter natural». La Comisión observó que la crisis se refería a una «catástrofe grave», que afectó a todo el territorio del país. Desde abril/mayo de 2008, los poderes públicos habían adoptado importantes medidas de emergencia para abordarla. Los costes de las operaciones de emergencia esenciales están relacionados con el transporte de agua desde Grecia y con las inversiones inmediatas en la infraestructura hídrica con el fin de garantizar el funcionamiento de la red de distribución de agua en condiciones de discontinuidad del caudal. El 24 de octubre de 2008, la Comisión propuso movilizar una ayuda financiera de 7,605 millones EUR.

Rumanía

En julio de 2008 una buena parte de Rumanía se vio afectada por fuertes lluvias, que provocaron graves inundaciones y corrimientos de tierra. Las autoridades rumanas solicitaron la intervención del FSUE el 1 de octubre de 2008. Los daños directos totales se estimaron en 471,41 millones EUR. Como esta cantidad era inferior al umbral de «catástrofe grave» para Rumanía (566,84 millones EUR, es decir, el 0,6 % de la RNB de ese país), si bien representa aproximadamente el 83 % del umbral, la solicitud se evaluó siguiendo el denominado criterio de «catástrofe regional de carácter extraordinario».

La región afectada es una zona cohesionada, comprende cinco condados del noreste de Rumanía y tiene una población de 3 046 000 habitantes. La mayor parte de la población de la zona donde se produjo la catástrofe se vio afectada, al quedar sus hogares y cosechas agrícolas parcial o totalmente destruidos. Se presentaron pruebas que demostraban repercusiones graves y duraderas en las condiciones de vida y en la estabilidad económica de la región afectada. Se informó de daños graves en las infraestructuras básicas, la agricultura, la silvicultura, la ganadería y los hogares. La catástrofe tuvo repercusiones duraderas en las condiciones de vida de la región afectada, donde unas 14 644 casas quedaron destruidas, infraestructuras básicas (como el agua o la energía) estuvieron indisponibles durante mucho tiempo y la infraestructura de transportes quedó seriamente dañada, lo que provocó el completo aislamiento de unos cien municipios. El 22 de enero de 2009, la Comisión concluyó que la solicitud cumplía los criterios para las catástrofes regionales de carácter extraordinario y propuso conceder una ayuda por importe de 11,785 millones EUR.

3. Financiación

Los cuatro casos de 2007 para los cuales el procedimiento presupuestario todavía no se había completado antes de fin de año (inundaciones en el Reino Unido y Eslovenia, fuegos forestales en Grecia y un huracán en Francia, en concreto en Martinica y Guadalupe) se trataron en tres presupuestos rectificativos. Los anteproyectos de presupuestos rectificativos números 1/2008[2], 3/2008[3] y 7/2008[4] fueron aprobados por la autoridad presupuestaria el 9 de abril de 2008, el 5 de junio de 2008 y el 21 de octubre de 2008, respectivamente. Los pagos pudieron efectuarse tras la adopción de la decisión de subvención y tras la firma del acuerdo de ejecución.

En 2008, el Fondo se movilizó para un nuevo caso (sequía en Chipre)[5]. El importe de la ayuda se determinó en cada caso utilizando el método normalizado previamente elaborado por la Comisión y explicado en detalle en el informe anual 2002-2003. En 2008, los importes de las ayudas fueron los siguientes:

Beneficiario | Catástrofe | Categoría | Importe de la ayuda (EUR) |

Reino Unido | Inundación | grave | 162 387 985 |

Grecia | Incendios forestales | grave | 89 769 009 |

Eslovenia | Inundación | grave | 8 254 203 |

Francia (Martinica y Guadalupe) | Huracán | regional/ ultraperiférica | 12 780 000 |

Chipre | Sequía | grave | 7 605 445 |

Total | 280 796 642 |

En relación con una solicitud de Rumanía (inundación) recibida en 2008, el procedimiento presupuestario no pudo completarse antes de fin de año. Para esta solicitud, la Comisión presentó el Anteproyecto de presupuesto rectificativo nº 1 al presupuesto general 2009[6]. El informe anual del próximo año informará sobre este caso.

4. Cierres

En el artículo 8, apartado 2, del Reglamento del Fondo de Solidaridad se establece que, a más tardar seis meses después de finalizar el plazo de un año a partir de la fecha de desembolso de la subvención, el Estado beneficiario presentará un informe de ejecución financiera (en lo sucesivo, -«informe de ejecución»), con una relación de gastos justificativa referente al uso de la subvención (en lo sucesivo, «declaración de validez»). Una vez cumplido este procedimiento, la Comisión dará por terminada la intervención del Fondo.

Por lo que se refiere al cierre de la ayuda del caso relativo a la tormenta («Gudrun») de 2005 en Suecia, en relación con la cual el informe de ejecución se recibió el 17 y el 20 de octubre de 2007, la Comisión observó que los gastos declarados ascendían a 66 455 534 EUR. Como la ayuda financiera total ascendía a 81 724 975 EUR, se recuperó el saldo restante de 15 269 441 EUR. La Comisión liquidó la ayuda el 8 de julio de 2008.

En 2008, la Comisión recibió informes finales de ejecución relativos a las subvenciones concedidas en 2006 de Bulgaria (correspondientes a las inundaciones de mayo y agosto de 2005), Rumanía (correspondientes a las inundaciones de abril y julio de 2005) y Austria (correspondientes a las inundaciones de agosto de 2005). Al final del periodo cubierto por el presente informe anual, se estaban evaluando estos informes de ejecución.

Parte 2: Informe sobre la experiencia adquirida tras seis años de aplicación del nuevo instrumento

1. Introducción

En 2002, tras las graves inundaciones de Europa Central, se creó el FSUE con objeto de hacer frente a esos sucesos acaecidos en la UE y en los países que habían iniciado entonces las negociaciones para la adhesión. Durante los seis primeros años de su aplicación, el Fondo ha ayudado a aliviar la carga financiera a los países afectados por catástrofes y ha sido, por lo tanto, beneficioso para la imagen de la Unión ante los ojos de sus ciudadanos, ofreciendo ayuda y recursos adicionales en momentos de especial dificultad.

Después de efectuar un profundo análisis del funcionamiento del Fondo, la Comisión propuso en abril de 2005 un Reglamento del Fondo de Solidaridad revisado. Los principales elementos de la propuesta son ampliar el ámbito de aplicación, permitir que la Comunidad reaccione a las catástrofes de origen no natural, la provisión de anticipos, acelerar el índice de respuesta y la visibilidad del apoyo de la Unión y una simplificación, introduciendo criterios más claros para la activación del Fondo.

2. Resultados generales de la aplicación del Fondo

Desde la creación del Fondo en 2002, la Comisión ha recibido sesenta y dos solicitudes de ayuda financiera de veintiún países distintos: veintiuna de estas solicitudes entran en la categoría de «catástrofes graves», treinta y nueve en la de «catástrofes regionales» y dos en los criterios «países vecinos». De estas solicitudes, treinta y una desembocaron en la concesión de ayuda financiera por un total de más de 1 500 millones EUR. La Comisión ha rechazado veintinueve peticiones y otras dos fueron retiradas por los Estados solicitantes. Las peticiones corresponden a tipos muy diversos de catástrofes naturales: tormentas, inundaciones, terremotos, una erupción volcánica, fuegos forestales y una sequía. El anexo II ofrece una descripción de todas las solicitudes recibidas desde 2002.

Como puede verse en la descripción estadística que figura más adelante, la experiencia desde 2002 ha demostrado que la mayoría de las solicitudes de ayuda del FSUE no se presentan para las catástrofes graves que representan el ámbito de aplicación principal del Fondo, sino siguiendo los criterios excepcionales para las catástrofes regionales. Sigue siendo relativamente difícil cumplir estos criterios, que, según el Reglamento, han de ser estudiados por la Comisión «con máximo rigor». El porcentaje de solicitudes no admitidas en razón de los criterios de carácter regional (excepcionales) sigue siendo elevado y se sitúa en torno a los dos tercios. En cuanto a las solicitudes relativas a catástrofes graves, a las que les es aplicable un único criterio cuantitativo, el porcentaje de evaluaciones positivas se sitúa hasta ahora en el 100 %.

Descripción estadística

N° total de solicitudes recibidas catástrofes graves catástrofes regionales criterio de «país vecino» | 62 21 39 2 | 34 % de las solicitudes 63 % 3 % |

Solicitudes aceptadas Solicitudes rechazadas Solicitudes retiradas | 31 29[7] 2 | 50 % de las solicitudes 47 % 3 % |

3. LIMITACIONES Y PUNTOS FLACOS EN EL FUNCIONAMIENTO DEL FONDO

Aunque el Fondo ha operado bien en general, la experiencia adquirida durante los seis primeros años de su ejecución demuestra que existen importantes limitaciones y puntos flacos en su funcionamiento. Estos se refieren a la falta de rapidez con la que se pone a disposición de los beneficiarios la financiación del Fondo, a la transparencia de los criterios para movilizar el Fondo en caso de «catástrofes regionales» y a la limitación a las catástrofes de origen natural.

Rapidez

Las inquietudes planteadas por lo que se refiere a la rapidez son inherentes a las condiciones y procedimientos impuestos por el Reglamento del Fondo de Solidaridad. El Fondo de Solidaridad de la UE se confunde a menudo con un instrumento de respuesta rápida para la gestión de crisis, que no es para lo que fue concebido. Se trata de un instrumento para ayudar a refinanciar operaciones de emergencia financiadas inicialmente por los poderes públicos del país afectado. Habría que tener en cuenta que, en primer lugar, la Comisión no puede actuar por iniciativa propia para movilizar el Fondo de Solidaridad. Tiene que esperar una solicitud formal presentada por las autoridades nacionales, que generalmente hacen uso del periodo completo de diez semanas desde el comienzo de la catástrofe que permite el Reglamento para presentar su solicitud. En la mayoría de los casos, la Comisión tiene que pedir información complementaria. En segundo lugar, el dinero del Fondo de Solidaridad no está inmediatamente disponible en el presupuesto de la UE. Se consigue mediante un esfuerzo financiero adicional por parte de los Estados miembros, complementario a sus contribuciones normales a la UE. Antes de poder desembolsar la ayuda, la Comisión tiene que pedir al Consejo y al Parlamento Europeo que aprueben un presupuesto rectificativo, lo cual implica un procedimiento bastante pesado (que dura generalmente entre dos y cuatro meses).

Transparencia

La definición de «catástrofe regional» que figura en el Reglamento del Fondo de Solidaridad es bastante vaga y las condiciones para que las solicitudes sean aceptadas son difíciles de cumplir. Cuando no se alcanza el umbral de «catástrofe grave», el Fondo puede movilizarse excepcionalmente si una catástrofe regional de carácter extraordinario afecta a la mayoría de la población de una región y si tiene efectos graves y duraderos en su estabilidad económica y en sus condiciones de vida. Con arreglo al Reglamento del Fondo de Solidaridad, la Comisión tiene que examinar «con máximo rigor» cualquier solicitud de catástrofe regional. Como consecuencia de ello, los Estados miembros y la Comisión invierten un tiempo y un esfuerzo considerables en preparar y evaluar, respectivamente, las solicitudes relativas a las catástrofes regionales más pequeñas que, en la mayoría de casos, acaban siendo rechazadas.

Ámbito de aplicación

Con los instrumentos existentes resulta muy difícil, por no decir imposible, responder adecuadamente, a escala de la UE, a las crisis graves de origen no natural, como se ha comprobado en los casos de accidentes industriales, por ejemplo el vertido de combustible del Prestige, o de actos terroristas como los atentados de Madrid de marzo de 2004. Tampoco es posible actualmente ofrecer ayuda del FSUE en los casos de crisis graves de salud pública (por ejemplo, la propagación en Europa de una epidemia como el síndrome respiratorio agudo grave o las consecuencias de un accidente del tipo de Chernóbil), que pueden desbordar fácilmente la capacidad de respuesta individual de un Estado.

Prevención de riesgos

La Comisión examinará de qué forma puede integrar mejor los problemas de prevención de riesgos en el Reglamento del Fondo de Solidaridad.

4. El Tribunal de Cuentas informa sobre el Fondo de Solidaridad

En 2008, el Tribunal de Cuentas Europeo presentó los resultados de una auditoría de gestión del FSUE. La auditoría examinó si el Fondo era rápido, eficaz y flexible a la hora de proporcionar ayuda y si los Estados beneficiarios estaban satisfechos con él. Con este fin, el Tribunal revisó todas las solicitudes hasta finales de 2006 y realizó una encuesta, enviando cuestionarios a los Estados solicitantes. El informe fue publicado por el Tribunal el 18 de junio de 2008 (Informe especial n° 3/2008[8]).

El Tribunal concluyó que los costes directos asociados a la gestión del Fondo por parte de la Comisión eran bajos, por lo que se consideró que el Fondo funcionaba con eficacia. Los procedimientos administrativos se habían reducido a un nivel que garantiza que los procedimientos sean eficaces también para los Estados beneficiarios. Por lo que respecta a la flexibilidad, el Tribunal no encontró ningún caso en que la Comisión mostrara una falta de flexibilidad en la tramitación de las solicitudes de ayuda. Observó, no obstante, que las condiciones para que prosperase una solicitud para las catástrofes regionales más pequeñas eran más difíciles de cumplir (en comparación con las «catástrofes graves»). El informe también hace referencia a la vaga definición de catástrofes regionales que figura en el Reglamento del Fondo de Solidaridad y a una posible falta de claridad a la hora de rechazar dichas catástrofes. El Tribunal reservó sus principales críticas a la falta de rapidez del instrumento. El tiempo transcurrido entre la solicitud y el pago se situaba generalmente en torno a un año. El Tribunal encontró, por lo tanto, que el Fondo no ofrecía una respuesta rápida. A pesar del prolongado proceso necesario para obtener la ayuda, los Estados que recibieron el dinero estaban satisfechos o muy satisfechos con el Fondo, por lo que el Tribunal concluyó que el Fondo ha logrado su objetivo subyacente de demostrar solidaridad con los Estados miembros en los momentos de catástrofes. Se recomendó que la Comisión orientara detalladamente a los solicitantes y les asesorara sobre cómo conseguir que las solicitudes se presentaran con rapidez.

La Comisión está totalmente de acuerdo con la recomendación del Tribunal. Ha publicado directrices para los Estados miembros solicitantes y explicado detalladamente de qué manera aplica las disposiciones del Reglamento del Fondo de Solidaridad. Con el fin de simplificar el procedimiento y ayudar a evitar retrasos en la presentación de la información, la Comisión elaboró un formulario tipo de solicitud, así como una nota orientativa detallada para cumplimentar las solicitudes. Se puede acceder a ambos documentos a través del sitio internet especialmente dedicado al Fondo de Solidaridad (http://ec.europa.eu/regional_policy/funds/solidar/solid_en.htm). La Comisión también seguirá buscando el contacto directo con el organismo que elabora la petición, tal como ha sugerido el Tribunal. En el pasado, no obstante, en muchas ocasiones las solicitudes se han presentado ad hoc , sin que los Estados solicitantes buscaran ningún contacto previo con la Comisión. Con la intención de simplificar el primer contacto de los potenciales países solicitantes, en el sitio internet sobre el Fondo de Solidaridad figuran los datos de contacto de la Comisión.

En general, la Comisión considera que las críticas del Tribunal en lo referente a la falta de rapidez del instrumento y del tratamiento de las catástrofes regionales corroboran la necesidad de contar con un instrumento revisado, con unos criterios más simples y más claros, para una activación más rápida, como ha propuesto la Comisión.

5. Conclusiones: Mejora del funcionamiento del instrumento

Aunque, en general, el Fondo ha funcionado bien, en especial por lo que se refiere a las catástrofes graves de carácter natural para las cuales fue creado inicialmente, la experiencia adquirida hasta la fecha demuestra que es necesario seguir desarrollando el instrumento. En concreto, en lo relativo a la falta de rapidez con la que la financiación se pone a disposición de los Estados beneficiarios y a la transparencia de los criterios para movilizar el Fondo en caso de catástrofes regionales. Ambos puntos son destacados por el Tribunal de Cuentas. Asimismo, el instrumento podría mejorarse para permitir una respuesta adecuada a escala de la UE a las crisis graves que no sean de origen natural. Esta es la razón por la que la Comisión adoptó su propuesta para un nuevo Reglamento del Fondo de Solidaridad el 6 de abril de 2005 [COM(2005) 108], que ha obtenido el apoyo mayoritario del Parlamento Europeo. Esta propuesta amplía el alcance del Fondo e introduce varias modificaciones en su funcionamiento.

Dotar al Fondo de una mayor transparencia

La Comisión sigue estando a favor de mejorar la transparencia y la simplicidad de los criterios que rigen la movilización del Fondo de Solidaridad. Esto ayudaría a las autoridades nacionales a tener una idea más clara de cuándo es probable que el Fondo les ayude a recuperarse de una catástrofe. Por lo tanto, un elemento importante es definir nuevamente los criterios para movilizar el Fondo. La propuesta de bajar el umbral (a la cantidad más baja entre 1 000 millones EUR o 0,5 % de la RNB), suprimiendo al mismo tiempo la movilización excepcional del Fondo para catástrofes regionales, en conjunto, mejoraría la transparencia del Fondo y evitaría crear falsas esperanzas que acaban en el rechazo de las solicitudes. Una opción alternativa, basada en la actual normativa, manteniendo al mismo tiempo la posibilidad de movilizar el Fondo para catástrofes regionales, sería la introducción de un umbral cuantitativo claro para las catástrofes regionales, es decir, un porcentaje del PIB regional (NUTS I o NUTS II). Ambas opciones permitirían movilizar el Fondo teniendo como base un criterio único y claro (la importancia del daño) en todos los casos en que la solidaridad europea sea realmente necesaria, entre ellos las catástrofes para las cuales se utiliza ahora con dificultad el criterio regional. Con este cambio, se aseguraría la igualdad de trato y los Estados miembros estarían en mejores condiciones para evaluar la posibilidad de presentar una solicitud. La consiguiente bajada del índice de rechazo por parte de la Comisión (cerca de dos tercios en el caso de las catástrofes regionales) también contribuiría a dar una imagen positiva del Fondo como instrumento de solidaridad.

Permitir una respuesta más rápida a las catástrofes

Para poder reaccionar más rápidamente, podrían plantearse algunas mejoras operativas que permitieran la inmediata adopción de medidas de solidaridad, realizando un anticipo tan pronto como el Estado afectado solicitara la ayuda. Este pago a cuenta se consideraría un anticipo de la ayuda que se determinaría cuando concluyeran la evaluación y el procedimiento presupuestario. Sin embargo, es condición previa para dar una respuesta más rápida a la catástrofe contar con unos criterios claros y transparentes para movilizar el Fondo, dado que el Estado solicitante tendría que devolver el anticipo a la Comisión en caso de que no se aceptara la solicitud.

Ampliar el ámbito de aplicación

En caso de catástrofes graves de carácter no natural, los ciudadanos esperan con razón que la UE esté presente y ofrezca ayuda, lo cual se refleja en los llamamientos políticos para que la UE se involucre. La Comisión considera, por lo tanto, que el Fondo de Solidaridad debe poder responder en caso de crisis grave, con independencia de su naturaleza u origen. La nueva propuesta de Reglamento de 2005 amplía el ámbito de aplicación del FSUE, para incluir las catástrofes sanitarias, terroristas e industriales o tecnológicas (dentro del límite máximo anual general de gastos del FSUE).

Próximos pasos

Aunque desde 2005 no se hayan producido avances en el Consejo sobre la propuesta de Reglamento del Fondo de Solidaridad revisado, la Comisión sigue estando preparada para apoyar activamente la búsqueda de un compromiso. El objetivo sería identificar las áreas donde podría encontrarse un compromiso que permitiera a la Comisión modificar su propuesta. Se invita, por lo tanto, al Consejo y al Parlamento Europeo a reexaminar la propuesta de la Comisión de 2005 a la vista de este informe para permitir a la Comisión presentar una propuesta modificada en 2009.

ANEXO I: SOLICITUDES PRESENTADAS AL FONDO DE SOLIDARIDAD DE LA UNIÓN EUROPEA EN 2008

Fecha de la solicitud* | 20.8.2007 | 26.10.2007 | 30.10.2007 | 19.11.2007 | 1.7.2008 | 1.10.2008 |

Información completa disponible en fecha | 22.10.2007 | - | 20.12.2007 | - | - | - |

Umbral catástrofe grave (millones EUR) | 3 266,629 | 3 266,629 | 1 066,497 | 164,272 | 84,673 | 566,84 |

Total daños directos (millones EUR)** | 4 612 | 511,2 | 2 118,27 | 223,28 | 176,15 | 471,41 |

Categoría | grave | regional | grave | grave | grave | regional |

Daños/umbral | 141,19 % | 15,65 % | 198,62 % | 135,92 % | 208,03 % | 83,16 % |

Coste de las operaciones de emergencia subvencionables millones EUR)** | 356,7 | 119,9 | 1 007 | 154,39 | 59,45 | 390,81 |

Coste subvencionable / total daños | 7,73 % | 23,45 % | 47,52 % | 69,15 % | 33,74 % | 82,9 % |

Ayuda / coste subvencionable | 45,53 % | 10,66 % | 8,91 % | 4,95 % | 12,79 % | 3,01 % |

Porcentaje de la ayuda (% del total de daños) | 3,52 % | 2,5 | 4,24 % | 3,42 % | 4,31 % | 2,49 % |

Fecha de la decisión de subvención | 17.6.2008 | 25.11.2008 | 8.9.2008 | 22.9.2008 | 2009 | 2009 |

Fecha del acuerdo de aplicación | 7.8.2008 | 11.12.2008 | 8.9.2008 | 7.11.2008 | 2009 | 2009 |

2 | CZ | Inundación | 2 300 | grave | 129 |

3 | FR | Inundación (Le Gard) | 835 | regional | 21 |

4 | DE | Inundación | 9 100 | grave | 444 |

Total ayuda para las solicitudes 2002 | 728 |

2 0 0 3 | 1 | ES | Vertido de combustible (Prestige) | 436 | regional | 8,626 |

2 | IT | Terremoto (Molise/Apulia) | 1 558 | regional | 30,826 |

3 | IT | Erupción volcánica (Etna) | 894 | regional | 16,798 |

4 | IT | Inundación (norte de Italia) | 1 900 | (grave) | Rechazada (plazo) |

5 | GR | Mal tiempo invernal | no están claros | (grave) | Rechazada (plazo) |

6 | PT | Incendios forestales | 1 228 | grave | 48,539 |

7 | FR | Incendios forestales (sur de Francia) | 531 | (regional) | Rechazada |

8 | ES | Incendios forestales (frontera con Portugal) | 53 | país vecino | 1,331 |

9 | MT | Inundación | 30 | grave | 0,961 |

10 | IT | Inundación (Friuli Venecia-Giulia) | 525 | regional | Rechazada |

Total ayuda para las solicitudes 2003 | 107,081 |

2 0 0 4 | 1 | FR | Inundación (delta del Ródano) | 785 | regional | 19,625 |

2 | ES | Inundación (Málaga) | 73 | (regional) | Rechazada |

3-9 | ES | Incendios forestales (7 solicitudes) | (480) | (regional) | Rechazadas las 7 |

10 | SK | Inundación | 29 | (regional) | Rechazada |

11 | SI | Terremoto | 13 | (regional) | Retirada |

Total ayuda para las solicitudes 2004 | 19,625 |

2 | IT | Inundación (Cerdeña) | (223, sobrestimado) | (regional) | Rechazada |

3 | EE | Tormenta | 48 | grave | 1,29 |

4 | LV | Tormenta | 193 | grave | 9,487 |

5 | SE | Tormenta «Gudrun» | 2 297 | grave | 81,725 |

6 | LT | Tormenta | 15 | país vecino | 0,379 |

7 | EL | Inundación Evros | (112) | (regional) | Rechazada |

8 | RO | Inundación de primavera | 489 | grave | 18,798 |

9 | BG | Inundación de primavera | 222 | grave | 9,722 |

10 | BG | Inundación de verano | 237 | grave | 10,632 |

11 | RO | Inundación de verano | 1 050 | grave | 52,4 |

12 | AT | Inundación (Tirol/Vorarlberg) | 592 | regional | 14,799 |

Total ayuda para las solicitudes 2005 | 204,891 |

2 0 0 6 | 1 | UK | Explosión depósito de combustible de Buncefield | (700) | (regional) | Retirada |

2 | EL | Inundación Evros | 372 | regional | 9,306 |

3 | HU | Inundación | 519 | grave | 15,064 |

4 | ES | Incendios forestales de Galicia | (91) | (regional) | Rechazada |

Total ayuda para las solicitudes 2006 | 24,370 |

2 0 0 7 | 1 | DE | Tormenta «Kyrill» | 4 750 | grave | 166,9 |

2 | FR | Reunión, Ciclón «Gamede» | 211 | regional | 5,29 |

3 | ES | Inundación El Hierro | (18) | (regional) | Rechazada |

4 | ES | Inundación La Mancha | 66 | (regional) | Rechazada |

5 | UK | Inundación | 4 612 | grave | 162,387 |

6 | CY | Incendios forestales | 38 | (regional) | Rechazada |

7 | ES | Incendios forestales Islas Canarias | 144 | (regional) | Rechazada |

8-16 | IT | 9 solicitudes por incendios forestales en 9 regiones | - | (regional) | No admisible, fuera de plazo |

17 | FR | Tormenta «Dean»/Martinica | 509 | regional | 12,78 |

18 | EL | Incendios forestales | 2 118 | grave | 89,769 |

19 | SI | Inundación | 233 | grave | 8,254 |

Total ayuda para las solicitudes 2007 | 445,38 |

2 0 0 8 | 1 | CY | Sequía | 165,4 | grave | 7,605 |

2 | RO | Inundaciones | 471,4 | regional | 11,785 |

[1] DO L 311 de 14.11.2002.

[2] COM(2008) 15; Anteproyecto de presupuesto rectificativo nº 1 al presupuesto general 2008, adoptado el 9 de abril de 2008, DO L 175 de 4 de julio de 2008, p. 1.

[3] COM(2008) 201; Anteproyecto de presupuesto rectificativo nº 3 al presupuesto general 2008, adoptado el 5 de junio de 2008, DO L 208 de 5 de agosto de 2008, p. 1.

[4] COM(2008) 556; Anteproyecto de presupuesto rectificativo nº 7 al presupuesto general 2008, adoptado el 21 de octubre de 2008, DO L 315 de 25 de noviembre de 2008, p. 1.

[5] COM(2008) 732; Anteproyecto de presupuesto rectificativo nº 10 al presupuesto general 2008, adoptado el 18 de diciembre de 2008, DO L 27 de 30 de enero de 2009, p. 91.

[6] COM(2009) 22.

[7] De las veintinueve solicitudes rechazadas, veintisiete se referían a solicitudes de «catástrofe regional».

[8] «Fondo de Solidaridad de la Unión Europea: ¿En qué medida es rápido, eficaz y flexible?», DO C 153 de 18 de junio de 2008.

[9] Los datos en cursiva están supeditados a la verificación/confirmación por parte de la Comisión.

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