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Document 52004DC0431

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo - Financiación de Natura 2000 {SEC(2004)771} {SEC(2004)770}

/* COM/2004/0431 final */

52004DC0431

Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo - Financiación de Natura 2000 {SEC(2004)771} {SEC(2004)770} /* COM/2004/0431 final */


COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO Y AL PARLAMENTO EUROPEO - Financiación de Natura 2000 {SEC(2004)771} {SEC(2004)770}

1. Introducción

En el Consejo Europeo celebrado en Gotemburgo en junio de 2001 [1], los Jefes de Estado y de Gobierno se comprometieron a poner freno al declive de la biodiversidad en la Unión Europea para el año 2010. La red Natura 2000 de espacios protegidos compuesta por zonas designadas con arreglo a las Directivas comunitarias de aves y de hábitats es un pilar clave de la acción comunitaria a favor de la conservación de la biodiversidad, fundamental para cumplir el compromiso contraído en Gotemburgo.

[1] Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Gotemburgo de 15 y 16 de junio de 2001.

Pese a la importancia de la biodiversidad para la sociedad y la solidez de los argumentos económicos a favor de la conservación, las medidas adoptadas por la Unión Europea y los Estados miembros han sido insuficientes. El estado general de la biodiversidad europea es malo y registra una tendencia constante a disminuir [2]. Según la tercera evaluación sobre el medio ambiente en Europa de la Agencia Europea del Medio Ambiente [3] (2003), siguen estando en peligro importantes ecosistemas; las tendencias en cuanto a las poblaciones de especies son heterogéneas: algunas especies que en el pasado estaban muy amenazadas están empezando a recuperarse, mientras que otras siguen menguando a un ritmo alarmante. Este declive se observa ahora también en especies que antes eran comunes. La Comunidad Europea ha reconocido que la protección de la biodiversidad es más que una simple opción: se trata de un aspecto fundamental del desarrollo sostenible. El compromiso contraído en Gotemburgo por los Jefes de Estado y de Gobierno para frenar la merma de la biodiversidad de la Unión Europea para el año 2010 es un componente clave de la estrategia de la Unión Europea para un desarrollo sostenible [4] y se confirma de manera más exhaustiva en el VI Programa comunitario de Medio Ambiente (2002-2012) [5], que incluye la naturaleza y la biodiversidad entre las cuatro prioridades principales de actuación. Algunas de las acciones clave establecidas en el VI Programa de Medio Ambiente son la aplicación de la estrategia comunitaria en materia de biodiversidad [6] y de los correspondientes planes de acción [7], incluida la plena aplicación de las directivas sobre naturaleza [8] y, en particular, el establecimiento de una red de espacios protegidos: la red Natura 2000 [9]. Para ello se necesita asistencia comunitaria en forma de ayuda financiera para promover la utilización sostenible de los espacios así como su gestión.

[2] Europe's environment, The Dobris Assessment. 1999. Agencia Europea del Medio Ambiente. Capítulo 29.

[3] Europe's Third Environmental Assessment. Environmental Assessment Report no.10. Agencia Europea del Medio Ambiente. 2003. Capítulo 11.

[4] Comunicación de la Comisión «Desarrollo sostenible en Europa para un mundo mejor: estrategia de la Unión Europea para un desarrollo sostenible». COM(2001) 264 final.

[5] Decisión nº 1600/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente (DO L 242 de 10.9.2002, p. 1).

[6] COM(1998) 42 final.

[7] COM(2001) 162 final. Volúmenes I-V.

[8] Directiva 79/409/CEE del Consejo relativa a la conservación de las aves silvestres (DO L 103 de 25.4.1979, p. 1) y Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L 206 de 22.7.1992, p. 7), modificada por la Directiva 97/62/CE del Consejo, de 27 de octubre de 1997, por la que se adapta al progreso técnico la Directiva 92/43/CEE (DO L 305 de 8.11.1997, p. 42).

[9] «...crear la red Natura 2000 y establecer los instrumentos y medidas técnicos y financieros necesarios para su plena aplicación y para la protección, fuera de las zonas que abarca Natura 2000, de las especies protegidas por las Directivas 'Hábitats' y 'Aves silvestres', [y] promover la ampliación de la red Natura 2000 a los países candidatos» (letra a) del apartado 2 del artículo 6 de la Decisión nº 1600/2002/CE por la que se establece el Sexto Programa de Acción Comunitario en Materia de Medio Ambiente.

La Directiva de hábitats (92/43/CEE) aborda también la cuestión de la cofinanciación comunitaria de Natura 2000. En uno de sus considerandos se reconoce que «la adopción de medidas destinadas a fomentar la conservación de los hábitats naturales prioritarios y de las especies prioritarias de interés comunitario constituye una responsabilidad común de todos los Estados miembros; que ello puede no obstante imponer una carga financiera excesiva a determinados Estados miembros, habida cuenta, por una parte, de la distribución desigual de tales hábitats y especies en la Comunidad» y que «el principio de que 'quien contamina paga' sólo puede aplicarse de forma limitada en el caso especial de la conservación de la naturaleza». Por consiguiente, «se acuerda que en este caso excepcional se debería establecer una contribución mediante una cofinanciación comunitaria dentro de los límites de los recursos disponibles con arreglo a las decisiones comunitarias». El artículo 8 de la Directiva prevé la cofinanciación comunitaria de la red (anexo 2).

La cuestión de un apoyo económico adecuado por parte de la Comunidad Europea al funcionamiento de la red Natura 2000 ha sido objeto de resoluciones del Consejo y del Parlamento. En la preparación de su respuesta a tales solicitudes, la Comisión contó con la asistencia de un Grupo de trabajo compuesto por expertos de los Estados miembros y de representantes de una serie de agrupaciones de interesados. El informe del Grupo, entregado a la Comisión en diciembre de 2002 [10], cuantifica las necesidades económicas de la red Natura 2000 y revisa la experiencia de la financiación comunitaria hasta la fecha. Asimismo, indica y analiza una serie de opciones respecto a la futura cofinanciación comunitaria de la red. La Comisión completó el informe con un cuestionario remitido a los 15 Estados miembros de la Unión Europea y a los nuevos Estados miembros con objeto de conocer con más precisión los costes probables.

[10] Disponible en línea: http://europa.eu.int/comm/environment/ nature/natura_articles.htm

2. Natura 2000

2.1. La red Natura 2000: situación actual y perspectivas

Natura 2000 es la red ecológica de espacios a nivel europeo establecida por la Directiva de hábitats. El establecimiento de Natura 2000 ha avanzado mucho gracias a la declaración de más de 18 000 espacios por los Estados miembros. En la actualidad, la red ocupa una superficie de 63,7 millones de hectáreas, y está compuesta por una extensa zona marina de 7,7 millones de hectáreas y de una zona terrestre de 56 millones de hectáreas (equivalente, aproximadamente, al 17,5 % de la superficie terrestre de EU-15). La red ahora está a punto de completarse y, por esa razón, es necesario centrarse cada vez más en la gestión activa de los espacios para garantizar su conservación a largo plazo y la consecución de los objetivos económicos y sociales de la red. Esto, por su parte, obliga a plantearse la cuestión de cómo obtener una financiación suficiente a todos los niveles que permita a Natura 2000 convertirse en un elemento dinámico de la estrategia de la Unión Europea a favor de la biodiversidad. Las inversiones que promueven un uso sostenible de los espacios y el acceso de visitantes son especialmente importantes para que la red sea realmente capaz de contribuir al desarrollo económico local.

La creación de la red Natura 2000 es un logro importante. Ahora que el proceso de declaración previsto por la Directiva de hábitats está a punto de concluir, es fundamental centrarse más específicamente en la gestión de los espacios que la constituyen. La mayoría de los Estados miembros han empezado ya a elaborar planes de gestión, que deberían estar ultimados en los próximos dos o tres años. La aplicación de tales planes plantea claramente la cuestión de la disponibilidad de los recursos financieros y de otro tipo que van a ser necesarios.

2.2. Gestión de Natura 2000: costes y beneficios

2.2.1. Necesidades de financiación

La Directiva de hábitats establece claramente que la responsabilidad de la gestión de espacios Natura 2000 recae sobre los Estados miembros. En la práctica, varios Estados miembros delegan esa responsabilidad en institutos de conservación a nivel nacional o regional; en el caso de estados federales, puede preverse que esa responsabilidad corresponda a las autoridades regionales.

Las necesidades de financiación de la red Natura 2000 se refieren a una amplia gama de medidas destinadas a garantizar una gestión eficaz para la conservación de los espacios declarados. Se incluyen también medidas dirigidas a promover el uso y el acceso públicos de los espacios de un modo compatible con sus objetivos de conservación. Puede haber medidas que requieran una inversión única tales como la adquisición de terrenos o la restauración de hábitats degradados o características del paisaje deterioradas, y otras que se desarrollen a lo largo de mucho tiempo, como la gestión activa y periódica de la vegetación y otras características del paisaje, seguimiento del espacio o de las especies, etc. Pueden estar relacionadas directamente con una actuación sobre el terreno o implicar una serie de actividades administrativas, educativas o de sensibilización de mayor alcance para proteger el espacio y sus cualidades específicas frente a toda una serie de impactos locales de carácter más estratégico. En el anexo 3 se ofrece una lista detallada de medidas y actividades necesarias para el establecimiento y la gestión de la red Natura 2000. El tipo de actividades necesarias puede clasificarse en cuatro categorías principales. Esa clasificación puede utilizarse en debates posteriores sobre el cálculo de los costes y la admisibilidad de la financiación.

2.2.2. Estimación de los costes de la red Natura 2000

El establecimiento de la red Natura 2000 ha originado costes a varios grupos. Si se limitan los derechos de superficie, el precio del suelo puede caer (aunque en las zonas circundantes puedan registrarse precios superiores). Natura 2000 puede imponer restricciones a las prácticas agrarias y los esfuerzos pesqueros, y se considera que plantea problemas para los sectores del transporte y la construcción. También se ven afectadas las actividades mineras y forestales que se realizan dentro de espacios Natura 2000 bien porque se vean restringidas bien por los costes adicionales que llevan aparejados los cambios que es preciso realizar en su práctica. Puede ocurrir que el Estado tenga que comprar derechos de extracción o explotación de minas y que sea preciso indemnizar a propietarios de montes por pérdida de ingresos. Si se tiene en cuenta la gran extensión de la red, que ocupa una superficie aproximada de 60 millones de hectáreas y en torno al 17,5 % del territorio de EU-15, no es de extrañar que los costes previstos sean considerables. En el análisis presentado en el anexo 8 no se han tenido en cuenta este tipo de costes, excepto cuando se ha considerado que forman parte de los costes de gestión de la red Natura 2000.

Las estimaciones de los costes que figuran a continuación se basan en el informe del Grupo de expertos y en un cuestionario enviado a los Estados miembros. Las respuestas al cuestionario condujeron a una estimación de los costes de 3 400 millones de euros al año respecto a EU-15. Esa cifra se extrapoló para calcular los costes correspondientes a los 10 países adherentes y se obtuvo, en relación con EU-10, una cifra comprendida entre 630 millones de euros y 1 060 millones de euros al año, con lo cual la estimación de costes totales con respecto a la Unión Europea ampliada se situó entre 4 000 millones de euros y 4 400 millones de euros al año. No obstante, la estimación correspondiente a los nuevos Estados miembros es discutible habida cuenta de los supuestos en los que está basada.

Ante las dudas planteadas en cuanto a la fiabilidad y comparabilidad de las estimaciones, se decidió enviar en junio de 2003 un nuevo cuestionario tanto a los Estados miembros como a los países adherentes, solicitándoles que detallaran y justificaran las cifras previstas de forma más exhaustiva. Tras analizar esa información se obtuvo una estimación revisada de 6 100 millones de euros al año respecto a EU-25 (cuadro 3 del anexo 8). En el momento de redactar la presente comunicación, la estimación de 6 100 millones de euros es la más fiable. No obstante, es una estimación que puede y debe afinarse. Se va a solicitar a los Estados miembros que revisen sus datos sobre la base de métodos de cálculo de costes comúnmente acordados. Los avances previstos en la preparación de planes de gestión durante los próximos años permitirán sentar una base sólida para afinar esas estimaciones.

2.2.3. Beneficios

La protección de la biodiversidad por medio de la red Natura 2000 puede aportar grandes beneficios económicos y sociales. Los beneficios económicos pueden proceder de los servicios que realizan los ecosistemas (por ejemplo, suministro y depuración de agua, protección contra la erosión del suelo, etc.) y los alimentos y los productos forestales que proporcionan, así como de las actividades que pueden llevarse a cabo en el interior del espacio o en relación con él como, por ejemplo, el turismo [11], actividades de formación y educación, etc., o de la venta directa de productos de los parajes de la red. Esos beneficios pueden suponer una fuente importante de ingresos y empleo a nivel local y otros beneficios para el desarrollo regional más amplio (anexo 4). Los beneficios sociales pueden consistir en mayores oportunidades de empleo y diversificación para la población local, con la consiguiente mejora de la estabilidad económica y de las condiciones de vida, protección del patrimonio cultural y natural y más posibilidades de educación, recreo, salud y ocio medioambientales.

[11] Comisión Europea (2003) «Using natural and cultural heritage to develop sustainable tourism in non-traditional tourism destinations».

Aunque no se ha hecho ningún análisis exhaustivo sobre tales beneficios a nivel de la Unión Europea, estudios más generales sobre los beneficios que conlleva la protección de nuestro patrimonio natural dan algunas indicaciones sobre su importancia potencial. Una valoración amplia de toda la gama de beneficios, intereses y compensaciones puede mostrar cómo un espacio Natura 2000 es capaz de convertirse en motor del desarrollo sostenible en la economía local y de contribuir al mantenimiento de las comunidades rurales. La consideración de estas cuestiones de forma activa manteniendo un diálogo con todos los interesados es fundamental para el éxito del establecimiento de la red Natura 2000 y su integración en la esfera socioeconómica más amplia de una Unión Europea en ampliación.

3. Hacia un marco para la cofinanciación comunitaria

La cofinanciación de Natura 2000 a nivel de la Unión Europea se justifica en algunos casos por una serie de razones. Por un lado, los beneficios de una biodiversidad enriquecida los compartimos todos en la Unión, pero los costes sólo recaen sobre los Estados miembros que tienen la biodiversidad más variada y rica y, por tanto, el mayor número de espacios protegidos, como se reconoce en los considerandos de la Directiva de hábitats. Por otro lado, si se pretende integrar las consideraciones ambientales en las políticas de desarrollo regional, agrario y rural, esas políticas deberían contribuir a la financiación de Natura 2000 recurriendo de forma combinada a los instrumentos financieros de la Unión que les son propios. No hay que olvidar que Natura 2000 constituye una contribución importante no sólo para la política de medio ambiente de la Unión sino, además, para las políticas de desarrollo regional, agrario y rural.

En el informe del Grupo de trabajo se estudiaron tres opciones de cofinanciación:

* Utilizar los fondos actuales de la Unión Europea (en particular el Reglamento de desarrollo rural, los Fondos Estructurales y de Cohesión y LIFE-Naturaleza).

* Ampliar y modificar el instrumento LIFE-Naturaleza para convertirlo en el principal mecanismo de financiación.

* Crear un instrumento nuevo de financiación especial para Natura 2000.

Varias agrupaciones de interés han manifestado dudas sobre la capacidad de los instrumentos financieros actualmente disponibles, tanto desde el punto de vista de su alcance como de su cobertura, para ofrecer una cofinanciación suficiente para la red Natura 2000. La experiencia ha demostrado las limitaciones existentes a la hora de utilizar los instrumentos actuales. En la sección que sigue a continuación se describe brevemente la experiencia actual con los mecanismos de cofinanciación vigentes, antes de pasar a analizar las opciones para el futuro.

3.1. Cofinanciación comunitaria de la red Natura 2000: fundamento jurídico

La Directiva de hábitats (anexo 2) reconoce explícitamente la necesidad de un apoyo comunitario en casos excepcionales para la gestión de Natura 2000 en forma de cofinanciación con cargo a los instrumentos financieros comunitarios, cuando la carga económica que Natura 2000 puede suponer para los Estados miembros, en particular los que albergan una concentración mayor de especies y hábitats de interés comunitario, sea excesiva. Como puede observarse en el cuadro 1 del anexo 1 de la presente comunicación, hay grandes diferencias entre Estados miembros en cuanto al alcance de la declaración. El artículo 8, por tanto, prevé una cofinanciación comunitaria previa solicitud por un Estado miembro a favor de medidas necesarias para garantizar un estado de conservación favorable de hábitats y especies en la ZEC designada. El artículo 8, sin embargo, no especifica directamente los tipos de fondos comunitarios que podrían utilizarse para la cofinanciación.

Los Estados miembros han venido utilizando una serie de fondos de la Unión Europea para cofinanciar algunos costes asociados a la gestión de parajes propuestos o declarados espacios Natura 2000 (véase el anexo 5). Entre los fondos que se han utilizado para tal fin hasta la fecha cabe citar los Fondos Estructurales (en particular FEDER, FEOGA-Orientación en algunas regiones y las iniciativas INTERREG y LEADER), el Fondo de Cohesión, el FEOGA sección Garantía (para la financiación de medidas de desarrollo rural, incluidas las medidas complementarias), y LIFE (en particular LIFE-Naturaleza).

3.2. Instrumentos financieros de la Unión Europea: cofinanciación actual

Esos fondos han brindado la posibilidad de apoyar la gestión y las necesidades de inversión de la red Natura 2000 (en el anexo 6 se presentan las posibilidades que brinda a Natura 2000 el Reglamento de desarrollo rural). Aunque la Unión Europea ha ofrecido fondos, la responsabilidad del funcionamiento de Natura 2000 corresponde a los Estados miembros. Por esa razón, en el contexto de los programas de financiación, los Estados miembros han decidido cómo integrar mejor Natura 2000 en sus respectivas planificaciones estratégicas, programas estructurales o de desarrollo y otras iniciativas de desarrollo como LEADER e INTERREG, o el Fondo de cohesión.

Los Estados miembros han recurrido a esas posibilidades de formas distintas, por dos razones principalmente. En primer lugar, no todos los Estados miembros pueden acceder a todos los instrumentos financieros (como el Fondo de cohesión) ni recursos (regiones del Objetivo 1). En segundo lugar, los Estados miembros disponen de flexibilidad para proponer a todos los instrumentos programas que respondan a sus propias estrategias y prioridades de desarrollo. La financiación de Natura 2000 ha sido, pues, una opción, no una obligación.

Hasta ahora han sido principalmente los Estados miembros con regiones que pueden acogerse a ayudas del Objetivo 1 los que han incluido acciones de gestión de la red Natura 2000 en sus programas. La financiación en esas regiones se ha justificado por la superficie relativamente grande cubierta por la red Natura 2000, la situación económica y la contribución prevista de este gasto al desarrollo regional. La estrategia seguida por algunos países (como Grecia y Portugal, por ejemplo), ha consistido en establecer programas que les han permitido proporcionar a la red proyectos dirigidos a apoyar la gestión, administración e infraestructuras y a divulgar información. Otros países han experimentado dificultades a la hora de idear y elegir las medidas adecuadas en sus programas operativos regionales (Italia, por ejemplo). Ello pone de manifiesto la necesidad de una planificación estratégica cuidadosamente concebida en la que se incluya un marco de referencia. Han sido también pocos los Estados miembros que han venido utilizando los recursos destinados al desarrollo rural. Algunos estados federados alemanes y algunas regiones de Italia y España han recurrido a las disposiciones del artículo 16 del Reglamento 1257/99 en sus planes de desarrollo rural. Otros países (España, Reino Unido, Alemania, Grecia y Austria, por ejemplo), han optado por desarrollar medidas agroambientales relacionadas específicamente con las necesidades de sus espacios Natura 2000. Existen además otras medidas agroambientales a favor de prácticas respetuosas del medio ambiente en diferentes sitios de la red (agricultura ecológica, agricultura que propicia técnicas de gestión integrada de plagas, etc.), aunque los Estados miembros han comunicado poca información sobre la extensión de las zonas agrarias sometidas a regímenes agroambientales no dirigidos específicamente a espacios Natura 2000 y que han sido declaradas para formar parte de la red.

Lo que puede hacerse en algunos Estados miembros debido al hecho de que se les han asignado suficientes recursos financieros puede ser menos viable en otros. Además, todos los principales fondos e iniciativas incluyen restricciones en cuanto a los países o regiones que pueden acogerse a las ayudas, por ejemplo en el caso del Fondo de cohesión, o en cuanto a las actividades de gestión, regímenes y beneficiarios subvencionables, como en el caso del FEDER y del FEOGA. No obstante, los cambios introducidos recientemente en la PAC con arreglo a la reforma de 2003 y propuestas recientes de la Comisión en relación con la nueva política de cohesión de la Unión Europea (anexo 7) han aumentado las posibilidades de cofinanciación de la red en general. Queda por ver cómo van a integrar los Estados miembros en sus programas y planes para el próximo período financiero las oportunidades que se les ofrecen.

4. Conclusiones y próximas etapas

La protección de la biodiversidad europea se encuentra en una fase crucial. El Consejo Europeo de Gotemburgo acordó el objetivo de detener la merma de la biodiversidad europea para 2010. Ya se ha establecido el marco jurídico y político y se han declarado espacios protegidos para conformar la red Natura 2000. La gestión eficaz de los espacios es fundamental para alcanzar el objetivo de Gotemburgo.

Es el momento ahora de decidir claramente si integrar la financiación de Natura 2000 en otras políticas comunitarias aplicables u optar por un fondo independiente. Los resultados de la consulta a los Estados miembros y las partes interesadas [12] han puesto de manifiesto una patente división de opiniones a este respecto. La mayoría de los Estados miembros se muestran partidarios de la integración, mientras que las partes interesadas se inclinan a favor de un fondo especial para Natura 2000. Pese a las limitaciones que se han mencionado anteriormente, la Comisión considera que la integración es la mejor opción por las razones siguientes:

[12] El informe de la consulta sobre la financiación de Natura 2000 puede consultarse en la siguiente dirección de Internet: http://europa.eu.int/comm/environment/ nature/nature_conservation/natura_2000_network/financing_natura_2000/index_en.htm

- Garantizará la integración de la gestión de espacios Natura 2000 en las políticas europeas de ordenación territorial, de mayor alcance. De ese modo, la explotación agraria dentro de espacios Natura 2000 formará parte de las ayudas financieras de la PAC, y las intervenciones estructurales, de las políticas de desarrollo rural y regional. Este planteamiento complementario permitirá que los espacios que componen la red realicen su función de protección de la biodiversidad de Europa mejor que si se les considera aislados o distintos del contexto político más amplio.

- Permitirá a los Estados miembros fijar prioridades y desarrollar políticas y medidas que reflejen sus características nacionales y regionales propias.

- Impedirá duplicaciones y solapamientos entre los distintos instrumentos comunitarios de financiación, y evitará la complejidad administrativa y los costes de transacción que tal duplicación lleva aparejados.

Por consiguiente, la Comisión propone, como parte del próximo conjunto de medidas legislativas sobre las perspectivas financieras futuras, que los Estados miembros puedan utilizar algunos de los instrumentos existentes para cofinanciar una serie de actividades en espacios Natura 2000.

La Comisión afirma su compromiso para con Natura 2000 en su reciente comunicación «Construir nuestro futuro común» [13], en la que expone su planteamiento ante el próximo período financiero. Según la Comisión, la futura política de desarrollo rural tras 2006 debería estructurarse, entre otras cosas, en torno a lo siguiente:

[13] Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo Construir nuestro futuro común Retos políticos y medios presupuestarios de la Unión ampliada 2007-2013. COM(2004) 101 final.

* Mejorar el medio ambiente y el medio rural mediante el apoyo a la gestión de las tierras, por ejemplo gracias a la cofinanciación de acciones de desarrollo rural relacionadas con los espacios protegidos de Natura 2000.

Además, entre las actividades más importantes incluidas en las prioridades medioambientales para el período 2007-2012 destaca la siguiente:

* El desarrollo y la puesta en práctica de la red de espacios protegidos Natura 2000, en favor de la biodiversidad europea, así como la aplicación de los planes de acción sobre biodiversidad.

Para ello será necesario presentar las propuestas adecuadas en la próxima revisión del Reglamento de desarrollo rural sobre las oportunidades existentes para facilitar y cofinanciar acciones de desarrollo rural relacionadas con el funcionamiento de Natura 2000, por ejemplo para gestionar espacios en suelos agrarios y forestales y estimular a los Estados miembros para que aprovechen esas oportunidades. La política europea de cohesión, que se ejecuta a través de los Fondos Estructurales y de Cohesión, ya posibilita la concesión de ayudas a favor de inversiones en infraestructuras dentro de espacios Natura 2000 con arreglo a programas nacionales, regionales y transfronterizos en el marco de programas y proyectos medioambientales, donde pueden contribuir al desarrollo económico global de la región. En su propuesta de revisión de los Fondos Estructurales y de Cohesión, la Comisión va a mantener esta posibilidad [14] y posteriormente ofrecerá orientaciones sobre la manera de poner en práctica el compromiso de Gotemburgo. Además de la financiación con cargo a los Fondos Estructurales y de desarrollo rural, van a incluirse también ayudas a favor de la red Natura 2000 en el Instrumento financiero para el medio ambiente propuesto. La financiación de ese instrumento se dirigirá principalmente a acciones de apoyo para la puesta en red de mejores prácticas y actividades de comunicación y sensibilización pública.

[14] Puede crearse una nueva oportunidad de cofinanciación mediante la propuesta de la Comisión sobre un nuevo instrumentos financiero para la cooperación transfronteriza en las fronteras exteriores de la Comunidad.

Se ha previsto, pues, que los fondos comunitarios y, principalmente, los Fondos Estructurales y de desarrollo rural ofrezcan un volumen considerable de cofinanciación para el funcionamiento de la red Natura 2000. No obstante, es imposible determinar el nivel de esa financiación porque los gastos definitivos van a depender de la prioridad que se dé a Natura 2000 en los programas de cada Estado miembro. Los criterios de subvencionabilidad se fijarán en cada uno de esos reglamentos y se aplicarán las normas generales de cada fondo.

Es preciso afinar más las estimaciones de los costes y desarrollar programas nacionales de aplicación, que van a ser necesarios para utilizar los fondos comunitarios de una manera eficaz. La labor que realizan los Estados miembros en relación con los planes de gestión de espacios Natura 2000 debería contribuir a perfeccionar esas estimaciones.

La opción de integrar las necesidades de financiación de la red Natura 2000 en otras áreas políticas, como se describe en la presente comunicación, tiene que producir una financiación global suficiente para alcanzar los objetivos de la red. La Comisión, por tanto, instará a los Estados miembros a que presten la debida atención a las necesidades de Natura 2000 cuando establezcan los programas correspondientes a esos fondos. La Comisión, además, considerará la publicación de orientaciones más detalladas sobre cómo pueden utilizarse esos fondos a favor de la red Natura 2000.

¿Qué tipo de cofinanciación va a destinar la Comunidad a Natura 2000 en el futuro?

No es posible indicar con antelación las cantidades exactas que pueden destinarse cada año a la cofinanciación de espacios Natura 2000 a partir de 2007 ya que son los Estados miembros y las regiones los que deberán decidir cómo tener en cuenta las necesidades de sus propios espacios a la hora de elaborar sus programas nacionales y regionales con arreglo a los distintos fondos. No se propone circunscribir importes establecidos dentro de cada fondo ya que la situación interna de los distintos Estados miembros va a ser diferente.

Por esa razón, es imposible indicar por adelantado qué porcentaje de los costes de Natura 2000 estimados en la presente comunicación va a poder cofinanciarse con cargo al presupuesto comunitario. No obstante, el ejemplo que se expone a continuación, basado en la experiencia del período 2000-2006, indica cómo podría funcionar el sistema propuesto.

El porcentaje de cofinanciación aplicable a inversiones/actividades en los casos específicos que van a cubrirse con fondos comunitarios se fijará en cada Reglamento y será variable (en la actualidad, por ejemplo, el porcentaje máximo se sitúa entre el 50 % y el 85 %). Para simplificar, sin embargo, si la Comunidad y los Estados miembros compartieran la cofinanciación al 50 %, el importe de la contribución comunitaria podría suponer la mitad del coste estimado. Aunque el gasto actual no se conoce exactamente, se calcula que se destina cada año del orden de los 500 millones de euros a través de medidas de desarrollo rural a la gestión de Natura 2000. Teniendo en cuenta la ampliación y la conclusión del proceso de declaración, se prevé que, dependiendo de las opciones que realicen los Estados miembros en sus planes de desarrollo rural, esa cifra va a aumentar considerablemente en los próximos años. No se dispone de cifras similares con respecto a los Fondos Estructurales, de manera que no es posible, por ahora, realizar proyecciones semejantes o ilustrativas. No obstante, el porcentaje global de proyectos medioambientales en los Fondos Estructurales es elevado, y en algunos Estados miembros ya se asignan cantidades considerables a la protección de la naturaleza.

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