Decisión relativa al texto conjunto, aprobado por el Comité de Conciliación, de la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de los consumidores en materia de indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores (C4-0643/97 95/0148(COD))
DO C 14 de 19.1.1998, p. 26 (ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
| BG | ES | CS | DA | DE | ET | EL | EN | FR | GA | IT | LV | LT | HU | MT | NL | PL | PT | RO | SK | SL | FI | SV |
| html | html | html | html | html | html | html | html | html | html | html |
| Visualización bilingüe: DA DE EL EN ES FI FR IT NL PT SV |
A4-0414/97 (Ponente: Oomen-Ruitjen)
Decisión relativa al texto conjunto, aprobado por el Comité de Conciliación, de la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de los consumidores en materia de indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores (C4-0643/97 - 95/0148(COD))
(Procedimiento de codecisión: tercera lectura)
El Parlamento Europeo,
- Visto el texto conjunto aprobado por el Comité de Conciliación y la declaración correspondiente de la Comisión (C4-0643/97 - 95/0148(COD)),
- Visto su dictamen emitido en primera lectura ((DO C 141 de 13.5.1996, pág 191.)) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(95)0276) ((DO C 260 de 5.10.1995, pág. 5.)),
- Vista su decisión relativa a la posición común ((DO C 85 de 17.3.1997, pág. 26.)),
- Visto el dictamen emitido por la Comisión sobre las enmiendas del Parlamento a la posición común (COM(97)0136 - C4-0164/97),
- Visto el apartado 5 del artículo 189 B del Tratado CE,
- Visto el apartado 2 del artículo 77 de su Reglamento,
- Visto el informe de su delegación en el Comité de Conciliación (A4- 0414/97),
1. Aprueba el texto conjunto y recuerda la declaración de la Comisión;
2. Encarga a su Presidente que firme el acto, con el Presidente del Consejo, de conformidad con el apartado 1 del artículo 191 del Tratado CE;
3. Encarga a su Secretario General que firme el acto, en lo que atañe a sus competencias, y que proceda, de acuerdo con el Secretario General del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial;
4. Encarga a su Presidente que transmita la presente decisión al Consejo y a la Comisión.
| Arriba |