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Document 42010Y1201(01)

Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre las prioridades de una cooperación europea reforzada en materia de educación y formación profesionales para el período 2011-2020

OJ C 324, 1.12.2010, p. 5–15 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)

1.12.2010   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 324/5


Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, sobre las prioridades de una cooperación europea reforzada en materia de educación y formación profesionales para el período 2011-2020

2010/C 324/02

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS, REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO,

CONSCIENTES DE QUE:

1.

El 12 de noviembre de 2002, el Consejo aprobó la Resolución relativa al fomento de la cooperación reforzada europea en materia de educación y formación profesionales (1), que ulteriormente sirvió de base a la declaración adoptada por los Ministros de Educación y Formación Profesionales de los Estados miembros de la Unión Europea, los países de la Asociación Europea de Libre Comercio y del Espacio Económico Europeo, y países candidatos, la Comisión y los interlocutores sociales europeos en su reunión celebrada en Copenhague los días 29 y 30 de noviembre de 2002, en tanto que estrategia para mejorar el rendimiento, la calidad y el atractivo de la educación y formación profesionales, conocido por lo general como «Proceso de Copenhague».

2.

La Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de diciembre 2006, sobre las competencias clave para el aprendizaje permanente (2) aconseja a los Estados miembros que integren las competencias clave en sus estrategias educativas y de formación permanente y ofrezcan así a todos los jóvenes medios para que desarrollen dichas competencias a un nivel que constituya una base suficiente para el aprendizaje complementario y la vida laboral.

3.

En la Resolución del Consejo, de 15 de noviembre de 2007, relativa a nuevas cualificaciones para nuevos empleos (3), se destaca la urgencia de anticipar futuros niveles de cualificación con objeto de preparar a los trabajadores para los nuevos empleos de la sociedad del conocimiento mediante la aplicación de medidas encaminadas a adaptar los conocimientos, cualificaciones y competencias a las necesidades de la economía y a prevenir deficiencias potenciales.

4.

En las Conclusiones del Consejo de 22 de mayo de 2008 sobre el aprendizaje de adultos, se reconocía que el aprendizaje de adultos puede desempeñar un papel de gran importancia en el logro de los objetivos de la Estrategia de Lisboa, mediante el fomento de la cohesión social y la facilitación a los ciudadanos de las competencias necesarias para encontrar nuevos trabajos, y contribuir a que Europa responda más adecuadamente a los retos que plantea la mundialización. Asimismo se invitaba a los Estados miembros a poner en marcha una serie de medidas relativas al aprendizaje de adultos (4)

5.

En las conclusiones del Consejo de 21 de noviembre de 2008 sobre la movilidad de los jóvenes (5) se invitaba a los Estados miembros a ofrecer a todos los alumnos de educación y formación profesionales la ocasión de participar en algún programa de movilidad durante sus estudios y aumentar las oportunidades de movilidad en dichos estudios y formación.

6.

En la Resolución del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en Consejo, de 21 de noviembre de 2008, titulada «Incluir mejor la orientación permanente en las estrategias permanentes de educación y formación permanente» (6), se destacaba la necesidad de facilitar a los ciudadanos la posibilidad de determinar sus capacidades y definir los objetivos de aprendizaje necesarios para aumentar sus perspectivas profesionales.

7.

Las conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 12 de mayo de 2009 (7), sobre la mejora de las asociaciones entre los centros de educación y formación y los interlocutores sociales, incluidos los empleadores, en el contexto de la formación permanente, se invitaba a los Estados miembros a promover estas asociaciones.

8.

En las conclusiones del Consejo, de 12 de mayo de 2009, sobre un marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación («ET 2020») (8) se estableció esta cooperación hasta el 2020, en el contexto de un marco que abarca el conjunto de los sistemas de educación y de formación desde la perspectiva de la formación permanente.

9.

E n sus conclusiones de 25 y 26 de marzo de 2010 y de 17 de junio de 2010 (9), el Consejo Europeo estableció dos objetivos principales para la educación y la formación en el contexto de la Estrategia Europa 2020. Invitó además a la Comisión a que presentara las medidas necesarias a escala de la UE para ejecutar esta Estrategia, en particular mediante varias iniciativas emblemáticas.

10.

En las conclusiones del Consejo de 11 de mayo de 2010 sobre las competencias que sirven de base al aprendizaje permanente y la iniciativa «Nuevas capacidades para nuevos empleos» (10), se instaba a los Estados miembros a apoyar más decididamente la adquisición, actualización e incremento de toda una serie de competencias en educación y formación profesionales y a fomentar la capacitación inicial y permanente de profesores y formadores en educación y formación profesionales, sin olvidar el objetivo de prepararlos para asumir las nuevas funciones derivadas de un planteamiento basado en las competencias.

11.

En las conclusiones del Consejo de 10 y 11 de mayo de 2010 sobre la dimensión social de la educación y la formación (11) se invitaba a los Estados miembros a reforzar la adquisición de competencias clave a través de los itinerarios y programas de la formación profesionales, y a atender mejor a las necesidades de los alumnos desfavorecidos.

SUBRAYAN QUE:

1.

Tanto la educación y formación profesionales iniciales como las permanentes (EFP-I y EFP-P respectivamente) comparten el doble objetivo de contribuir a las posibilidades de empleo y al crecimiento económico por un lado y responder a necesidades sociales más amplias, especialmente el fomento de la cohesión social. Deben ofrecer a los jóvenes y también a los adultos unas posibilidades de carrera atractivas y estimulantes y deben estar abiertas por igual a mujeres y hombres, a personas con grandes aptitudes y a aquellos que, por una u otra razón, pueden verse excluidas del mercado laboral.

2.

El futuro mercado laboral europeo se enfrentará simultáneamente al envejecimiento de la población y a una merma del número de jóvenes que acceden a los sistemas de educación y formación y al mercado laboral. Al mismo tiempo, tendrá que responder a los retos de un continuo desarrollo técnico y de unas exigencias económicas variables. Por ello, los adultos, especialmente los trabajadores de edad, se verán obligados cada vez más a actualizar y ampliar sus aptitudes y competencias mediante la educación y la formación profesionales permanentes.

3.

La crisis económica actual puede tener graves repercusiones para la inversión en educación y formación permanente. Debido a las restricciones presupuestarias, se requieren soluciones innovadoras para garantizar el mantenimiento de la financiación de dicha educación y formación y asegurarse de que se asignan los recursos de forma eficaz y se distribuyen equitativamente.

4.

La inadaptación de las capacidades puede frenar la productividad, el crecimiento y la competitividad. Es preciso anticipar las necesidades y las carencias de competencias en todos los niveles de capacitación y aplicar los resultados a las actuaciones y la práctica, para adaptar mejor la oferta de educación y formación permanentes a las necesidades de la economía, de los ciudadanos y de la sociedad en general.

5.

El diseño de la educación y la formación permanente es una responsabilidad compartida de los gobiernos nacionales, los interlocutores sociales, los empleadores y otras partes interesadas como las organizaciones sectoriales, los proveedores de este tipo de educación y formación, los profesores, formadores y alumnos: todos comparten el interés por una cooperación más estrecha.

6.

Las políticas europeas y nacionales deberían subrayar que en la sociedad del conocimiento las aptitudes y competencias profesionales son tan importantes como las académicas.

7.

Habida cuenta del papel de la educación y formación profesionales en las sociedades y economías europeas, resulta crucial mantener e incrementar su excelencia. Para mantener la posición de Europa como el mayor exportador mundial de productos industriales, es primordial contar con una EFP de categoría mundial. Un sector de EFP de alto rendimiento es además muy importante para mantener el modelo de protección social europeo.

RECONOCEN QUE:

El Proceso de Copenhague ha desempeñado un papel fundamental para concienciarnos de la importancia de la educación y formación profesionales tanto a escala europea como nacional (12). La cooperación desarrollada en virtud de este Proceso ha propiciado un acuerdo sobre los objetivos europeos comunes, un debate sobre los modelos e iniciativas nacionales, y un intercambio de buenas prácticas a escala europea. La crisis económica actual acentúa aún más la importancia de la formación profesional. Sin embargo, la conciencia creciente de la importancia de la EFP no conlleva necesariamente recursos y fondos adicionales.

La cooperación europea en educación y formación profesionales ha logrado progresos significativos en las políticas nacionales y ha llevado a la creación de instrumentos europeos importantes para la transparencia, el reconocimiento de cualificaciones y competencias, y el control de calidad: Europass (13), el Marco Europeo de Cualificaciones (MEC) (14), el Sistema Europeo de Créditos para la Educación y la Formación Profesionales (ECVET) (15) y el Marco de Referencia Europeo de Garantía de la Calidad en la Educación y Formación Profesionales (EQAVET) (16).

El Marco Europeo de Cualificaciones para la formación permanente apoya y promueve la introducción de marcos generales de cualificación nacionales que cubren la educación general, la educación y formación permanentes y la enseñanza superior y están basados en los resultados del aprendizaje. Al pasar de una perspectiva basada en el aprendizaje como proceso a un enfoque basado en los resultados de dicho aprendizaje, estos marcos crean oportunidades para la formación permanente y contribuyen a que corresponda mejor a las necesidades del mercado laboral. En la mayoría de los países se está poniendo de manifiesto un giro tangible desde el aprendizaje como proceso a los resultados del aprendizaje, tanto en la política como en la práctica.

Los Estados miembros creen cada vez más que los instrumentos europeos pueden apoyar sistemas de cualificaciones nacionales transparentes, permeables, flexibles y abiertos a todos. Actualmente, sin embargo, no todos los instrumentos europeos disponibles se utilizan a su máxima capacidad. Aunque esté surgiendo un ámbito europeo de educación y formación, todavía no se ha alcanzado el objetivo original de suprimir los obstáculos a la movilidad. Hay que seguir mejorando la movilidad de los alumnos de EFP.

Al igual que el Proceso Copenhague amplió el papel de la educación y formación profesionales de conformidad con la Estrategia de Lisboa (2000-2010), el objetivo de las presentes conclusiones debe ser contribuir a alcanzar las prioridades de la nueva Estrategia Europa 2020 para el empleo y el crecimiento, así como las iniciativas emblemáticas que la acompañan. La educación y la formación profesionales deberían contribuir también a la realización de los dos objetivos principales establecidos en el ámbito de la educación, a saber: elevar, para 2020, al 40 % como mínimo el porcentaje de personas de entre 30 y 34 años que finalizan la enseñanza superior o equivalente, y reducir el porcentaje de abandono escolar por debajo del 10 %.

Además, los objetivos en el ámbito de la educación y formación profesionales deberían seguir siendo coherentes con los objetivos y las prioridades generales establecidos en el marco estratégico para la cooperación europea en el ámbito de la educación y la formación «ET 2020». La cooperación europea con arreglo al Proceso de Copenhague debería contribuir a desarrollar un ámbito europeo de educación y formación, en el cual las cualificaciones adquiridas en un país se reconocieran en otros países europeos, para promover la movilidad de jóvenes y adultos. Por una parte, la diversidad de los sistemas europeos de EFP es un activo que sirve de base para el aprendizaje mutuo. Por otra parte, se requieren transparencia y un planteamiento común del control de calidad para crear una confianza mutua entre sistemas de formación profesional divergentes.

CONVIENEN EN QUE:

Hay que dar un renovado impulso a la cooperación prevista en el proceso de Copenhague. Puesto que el proceso de Copenhague es parte integrante del marco estratégico «ET 2020», los objetivos de la educación y formación profesionales deben mantener la coherencia con los objetivos generales fijados en el marco. Asimismo, cuando se revise el proceso de Copenhague, habrá que tener en cuenta tanto la experiencia adquirida como las nuevas necesidades, sin olvidar la evolución del contexto político a lo largo de la próxima década 2011-2020, especialmente a la luz de la Estrategia Europa 2020.

Por consiguiente, se invita a los Estados miembros a que, respetando plenamente el principio de subsidiariedad, se planteen la adopción de los siguientes elementos:

I.

Una perspectiva global de la educación y formación profesionales en 2020.

II.

Objetivos estratégicos para el período 2011-2020, así como varios objetivos transversales secundarios.

III.

Principios subyacentes a la gobernanza y apropiación del Proceso de Copenhague;

IV.

Resultados previstos a corto plazo para los primeros cuatro años (2011-2014),

que se detallan en las secciones I a IV infra.

I.   UNA PERSPECTIVA GLOBAL DE LA EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONALES EN 2020

Para 2020 los sistemas europeos de educación y formación profesionales deberían ser más atractivos, pertinentes, orientados a la carrera, innovadores, accesibles y flexibles de lo que son en 2010, y deberían contribuir a la excelencia y a la equidad de la formación permanente proporcionando:

una educación y formación profesionales ( tanto iniciales como permanentes) atractivas y abiertas a todos, con profesores y formadores cualificados, unos métodos didácticos innovadores, una infraestructura y unas instalaciones de gran calidad, una plena adaptación al mercado laboral y unas pasarelas a la educación y formación complementarias,

una educación y formación profesionales iniciales (EFP-I) de gran calidad que los profesores, los padres y la sociedad en general puedan considerar una opción atractiva y tan válida como la educación general. La EFP-I debería dotar a los alumnos tanto de competencias fundamentales como de una capacitación profesional específica,

una educación y formación profesionales permanentes (EFP-P) de fácil acceso y orientada a la carrera para los empleados, los empleadores, los empresarios autónomos y los trabajadores parados, que facilite tanto el desarrollo de las competencias como los cambios de carrera,

unos sistemas de educación y formación profesionales flexibles, basados en un enfoque orientado a los resultados del aprendizaje, que permitan la permeabilidad entre los distintos subsistemas de educación y formación (educación escolar, EFP, enseñanza superior, enseñanza de adultos) y que ofrezcan la validación del aprendizaje informal y no formal, incluidas las competencias adquiridas en la experiencia laboral,

un ámbito europeo de educación e información, con unos sistemas de cualificación transparentes que permitan la transmisión y la acumulación de los resultados del aprendizaje, así como el reconocimiento de las cualificaciones y las competencias, y que amplíen la movilidad transnacional,

una mejora sustancial de las posibilidades de movilidad transnacional para los alumnos y los profesionales de la EDF,

unos servicios de información, orientación y asesoramiento permanentes de fácil acceso y de gran calidad, que constituyan una red coherente y permitan a los ciudadanos europeos tomar decisiones con fundamento y gestionar sus carreras de aprendizaje y profesionales superando los estereotipos de género.

II.   OBJETIVOS ESTRATÉGICOS PARA EL PERÍODO 2011-2020

1.   Mejorar la calidad y la eficacia de la educación y formación profesionales. Aumentar su atractivo y adecuación al mercado laboral  (17)

La educación y formación profesionales deberían tener un alto grado de adecuación al mercado laboral y a la carrera personal. Para lograr una EFP más atractiva, los Estados miembros deberían fijarse los siguientes objetivos y medidas:

1.1.    Hacer de la educación y formación profesionales iniciales (EFP-I) una opción de aprendizaje atractiva

a)

Elevar la calidad de la EFP-I véase también el punto 1.2), mejorando la calidad y competencias de los profesores, formadores y directivos de centros, introduciendo pasarelas flexibles entre todos los niveles de educación y dando a conocer mejor al público las posibilidades que ofrece ese tipo de enseñanza. Esto es de particular importancia en aquellos Estados miembros en los que se tiende a infravalorar la EFP.

b)

Fomentar las actividades prácticas e información y orientación de buena calidad que brinde a los alumnos jóvenes de educación obligatoria y a los padres la ocasión de familiarizarse con las distintas salidas profesionales y posibilidades de carrera.

c)

Asegurarse de que se integran en los planes de estudios de la EFP-I las competencias fundamentales y arbitrar los medios oportunos de evaluación.

d)

Organizar actividades docentes y discentes que fomenten el desarrollo de las aptitudes de gestión de carrera en la EFP-I.

e)

Proporcionar a los alumnos de EFP-I el acceso a un equipamiento técnico, un material didáctico y unas infraestructuras adecuados y modernos. Los proveedores de EFP deberían plantearse compartir costes y equipamiento entre sí y en colaboración con las empresas. Debería fomentarse asimismo el aprendizaje a través de las prácticas en empresas que cuenten con la infraestructura necesaria.

f)

Realizar un seguimiento, mediante los sistemas de supervisión nacionales, del paso de los titulados en educación y formación profesionales al mercado laboral o a la educación y formación complementarias.

1.2.    Fomentar la excelencia, la calidad y la adecuación tanto de EFP-I como de EFP-P

1.2.1.   Control de calidad

a)

La EFP debe ser de gran calidad para resultar atractiva. Para garantizar la mejora de la calidad, una mayor transparencia, la confianza mutua, la movilidad de trabajadores y alumnos y la formación permanente, los Estados miembros deberían establecer marcos de control de calidad de acuerdo con la Recomendación EQAVET.

b)

los Estados miembros deberían crear —para finales del 2015— un marco común de control de calidad para los proveedores de EFP que se aplique también a los centros asociados de aprendizaje en empresa y que sea compatible con el marco EQAVET.

1.2.2.   Calidad de los profesores, formadores y otros profesionales de EFP

a)

Los Estados miembros deberían mejorar la formación inicial y permanente de los profesores, formadores, tutores y asesores brindando una oferta e inversión en formación flexibles. El envejecimiento de la población europea de profesores y formadores, los cambios en los mercados y entornos laborales, así como la necesidad de atraer a los más capacitados para la enseñanza, hacen este objetivo aún más esencial. Debería fomentarse el aprendizaje de profesores y formadores en las empresas.

b)

Los Estados miembros deberían colaborar para determinar las mejores prácticas y líneas directrices en lo que se refiere a la evolución de las competencias y perfiles de profesores y formadores de EFP, lo que podría hacerse con apoyo de la Comisión Europea y del CEDEFOP, en colaboración con su red de profesores y formadores de EFP.

1.2.3.   Adecuación al mercado laboral

Deberían fomentarse la consonancia de la educación y formación profesionales (tanto iniciales como permanentes) con el mercado laboral y las posibilidades de empleo de los titulados en dicha formación, gracias a diversas medidas:

a)

Las autoridades de los Estados miembros —nacionales, regionales o locales— deberían propiciar una mayor cooperación entre centros docentes y empresas, por una parte para que los profesores conozcan mejor las prácticas laborales y por otra para que los formadores amplíen sus aptitudes y competencias pedagógicas generales.

b)

Los Estados miembros deberían promover asociaciones entre interlocutores sociales, empresas, proveedores de educación y formación, servicios de empleo, poderes públicos, organismos de investigación y demás partes interesadas pertinentes, para lograr una mejor transmisión de información sobre las necesidades del mercado laboral y ajustar mejor dichas necesidades al desarrollo del conocimiento, aptitudes y competencias. Los empleadores y los interlocutores sociales deberían procurar definir claramente qué competencias y capacitaciones necesitan a corto como a largo plazo y a escala sectorial e intersectorial. Debe seguir impulsándose una lengua común (18) para conectar el mundo de la educación y la formación con el mundo del trabajo que esté además en consonancia con otros instrumentos de la UE, como por ejemplo con el Marco Europeo de Cualificaciones (MEC).

c)

Los planes de estudios de educación y formación profesionales deberían orientarse en mayor medida a los resultados y responder mejor a las necesidades del mercado laboral. Los modelos de cooperación con empresas u organizaciones profesionales deberían tener en cuenta esta cuestión y ofrecer a los centros de EFP información tanto sobre posibilidades de empleo como sobre cifras de empleo de los titulados en dicha formación.

d)

Para mejorar la calidad y la adecuación de la educación y formación profesionales, los Estados miembros, especialmente los proveedores de EFP, deberían aprovechar la información de los servicios de orientación sobre el paso de los titulados en EFP al mundo laboral o a la enseñanza complementaria.

e)

El aprendizaje basado en la actividad laboral realizada mediante acuerdos con empresas y organizaciones sin ánimo de lucro debería constituir un elemento de todos los cursos de EFP-I.

f)

Los Estados miembros deberían respaldar la creación de formaciones en régimen de prácticas y darlas a conocer al público.

2.   Hacer realidad la formación permanente y la movilidad  (19)

2.1.    Propiciar el acceso flexible a la formación y las cualificaciones

2.1.1.   Educación y formación profesionales permanentes (EFP-P)

Para aumentar la contribución de la EFP al objetivo de contar con un 15 % de adultos encuadrados en educación y formación para 2020, los Estados miembros deberían:

a)

ofrecer incentivos para que los ciudadanos se orienten hacia la EFP-P y los proveedores de EFP aumenten su participación en ese nivel, prestando especial atención a aquellos que están en situación inestable en el mercado laboral (como los trabajadores en peligro de perder su puesto y los parados) y a los grupos desfavorecidos;

b)

establecer un marco apropiado de estímulo a las empresas para que sigan invirtiendo en el desarrollo de los recursos humanos y en la EFP-P;

c)

fomentar acuerdos de formación flexibles (aprendizaje telemático, clases nocturnas, formación en horas de trabajo, etc.) para facilitar las posibilidades de formación en diversas situaciones de la vida y adaptarlo a las distintas necesidades. La formación permanente debería abarcar todos los tipos de aprendizaje, incluidos también la formación en la propia empresa y el aprendizaje en un entorno laboral, y debería estar igualmente abierta a mujeres y hombres;

d)

estimular a los centros de formación y a los empleadores para que colaboren, sobre todo en la formación del elevado número de trabajadores poco cualificados que tienen como mucho un nivel de formación secundario elemental y para los que serán útiles los métodos que incluyan las destrezas básicas en la educación y formación profesionales;

e)

empezar a desarrollar, como máximo para 2015, los procedimientos nacionales de reconocimiento y validación del aprendizaje no formal e informal respaldados, cuando proceda, por marcos nacionales de cualificaciones. Estos procedimientos deberían centrarse en conocimientos, destrezas y competencias, con independencia del contexto en que se hayan adquirido (por ejemplo, aprendizaje para adultos en general, educación y formación profesionales, experiencia laboral y actividades de voluntariado). Además, deberían tenerse más en cuenta los conocimientos, las destrezas y las competencias que no desemboquen necesariamente en cualificaciones formales completas. A este respecto también es importante una estrecha colaboración con otros ámbitos de actuación (como la juventud, el deporte, la cultura, los asuntos sociales y el empleo);

f)

adoptar medidas específicas para aumentar el índice de participación en EFP-P de las personas que están en situación inestable en el mercado laboral y de los grupos con baja participación en la formación, como mujeres, trabajadores poco cualificados y trabajadores de edad avanzada. En particular los Estados miembros deberían intentar mediante la inversión ajustar el número de personas poco cualificadas entre 25 y 64 años que participan en una formación permanente al índice medio de participación de esta categoría de edad.

2.1.2.   Educación y formación profesionales tanto iniciales como permanentes

a)

Facilitar la transición de la educación y formación al empleo, y entre dos empleos, proporcionando servicios de orientación integrados (servicios de empleo y servicios de asesoramiento), y capacidades de gestión de carrera, para jóvenes y adultos. Resulta fundamental que los prestadores de servicios participantes puedan intercambiar información de forma fácil y objetiva y mejorar la calidad de los servicios de asesoramiento.

b)

Implantar o mantener una EFP post-secundaria/ superior de nivel 5 del Marco Europeo de Cualificaciones o superior, según proceda, y contribuir a alcanzar el objetivo principal de la UE del 40 % de la población con enseñanza superior o equivalente.

c)

Promover pasarelas flexibles entre la EFP, la educación general y la enseñanza superior y aumentar la permeabilidad, consolidando las relaciones entre ellas. Para apoyar este objetivo y también para una mayor participación en la formación permanente, los Estados miembros deberán agilizar la creación y puesta en marcha de marcos nacionales generales de cualificaciones, complementándolos con sistemas de créditos basados en los resultados del aprendizaje.

d)

La Comisión y los Estados miembros deberían procurar que se vaya tendiendo hacia una equiparación entre los dos sistemas de crédito europeos, ECVET y ECTS.

2.2.    Elaborar un planteamiento estratégico de la internacionalización de la EFP-I y la EFP-P y promover la movilidad internacional

a)

La mundialización económica anima a empleadores, empleados y empresarios autónomos a ampliar su radio de actuación más allá de las fronteras de sus países.

Los proveedores de educación y formación profesionales deberían apoyarlos en este sentido, dando una dimensión internacional al contenido del aprendizaje y creando redes internacionales con centros asociados.

b)

Los Estados miembros deberían animar a las autoridades locales y regionales y a los proveedores de educación y formación profesionales, mediante incentivos, sistemas de financiación (incluida la utilización de los fondos estructurales europeos) y la difusión de prácticas idóneas, a desarrollar estrategias para la cooperación transfronteriza en el ámbito de la EFP, para fomentar una mayor movilidad de alumnos, profesores y formadores y otros profesionales de EFP. Los Estados miembros deberían promover una EFP que permita, fomente —preferentemente— y abarque períodos de movilidad en el extranjero que pueden incluir las prácticas en empresas.

c)

Los Estados miembros deberían utilizar y promover sistemáticamente los instrumentos de transparencia europeos, como EQF, ECVT y Europass, para fomentar la movilidad entre Estados.

d)

Los Estados miembros deberían propiciar que tanto los alumnos como los profesores de educación y formación profesionales puedan estudiar idiomas y que se ofrezca una formación en lenguas adaptada a las necesidades específicas de la EFP, haciendo especial hincapié en la importancia de los idiomas para la cooperación transfronteriza en el ámbito de la EFP y de la movilidad internacional.

3.   Fomentar la creatividad, la innovación y el espíritu emprendedor  (20)

Incentivar la innovación, la creatividad y el espíritu empresarial, así como la utilización de las de la información y de las comunicaciones (tanto en EFP-I como en EFP-P)

La creatividad y la innovación en educación y formación profesionales, así como el uso de métodos de aprendizaje innovadores, pueden animar a los alumnos a permanecer en la EFP hasta su titulación. De este modo, la EFP puede contribuir a plasmar las conclusiones del Consejo de 22 de mayo de 2008 sobre promoción de la creatividad y la innovación (21).

a)

Los Estados miembros deberían animar activamente a los proveedores de EFP a colaborar con empresas innovadoras, centros de diseño, el sector cultural y los centros de enseñanza superior para la formación de «asociaciones del conocimiento». Esto debería ayudarlos a adquirir una valiosa perspectiva sobre los nuevos avances y las necesidades de competencias y a desarrollar la excelencia y la innovación profesionales. Estas asociaciones podrían ser útiles además para introducir métodos basados en experiencias de aprendizaje, fomentar la experimentación y adaptar los planes de estudios.

b)

Las tecnologías de la información y de las comunicaciones deberían utilizarse para aumentar al máximo las posibilidades de acceso a la formación y promover el aprendizaje activo, así como para elaborar nuevos métodos de EFP basados tanto en el entorno laboral como en el escolar.

c)

Los Estados miembros deberían respaldar las iniciativas encaminadas a fomentar el espíritu emprendedor tanto en la EFP-I como en la EFP-P en estrecha colaboración con los empleadores, los proveedores de EFP y los servicios nacionales de apoyo a las empresas. Para lograr este fin, deberían fomentar la financiación necesaria (por ejemplo para material didáctico, instrumentos de apoyo y la creación de miniempresas por parte de los alumnos) y procurar que haya una mayor cooperación regional.

d)

Los Estados miembros deberían apoyar a los futuros empresarios y a los noveles ayudando a los titulados en educación y formación profesionales a crear su propia empresa y fomentando la movilidad con fines de aprendizaje para jóvenes empresarios.

4.   Promover la equidad, la cohesión social y la ciudadanía activa  (22)

EFP-I y EFP-P para los ciudadanos

Los Estados miembros deberían ofrecer una educación y formación profesionales que amplíe las posibilidades de empleo de las personas (tanto a corto como a largo plazo), que les permita cursar una carrera de calidad, adquirir una experiencia laboral satisfactoria y confianza en sí mismas y sentirse profesionalmente dignas e íntegras, además de abriles las puertas del progreso profesional y personal. Para cumplir este objetivo los Estados miembros deberían:

a)

garantizar que la educación y formación profesionales iniciales dote a los alumnos de competencias profesionales tanto específicas como más amplias y fundamentales que abarquen competencias transversales, para que puedan proseguir la educación y la formación (en EFP o en enseñanza superior) y favorecer sus opciones de carrera, la participación en el mercado laboral y el paso de un empleo a otro. Los conocimientos, destrezas y competencias que adquieran en EFP deberían capacitarlos para gestionar sus carreras y desempeñar un papel activo en la sociedad;

b)

velar por que los sistemas de enseñanza de adultos estimulen la adquisición y el desarrollo de competencias fundamentales, lo que puede llevarse a cabo en colaboración con los proveedores de EFP, los poderes locales, las organizaciones de la sociedad civil, etc;

c)

lograr que la EFP contribuya lo más posible a reducir el porcentaje de abandono escolar por debajo del 10 % gracias a una combinación de medidas tanto preventivas como correctoras. Este objetivo puede conseguirse, por ejemplo, con una EFP adecuada al mercado laboral, más aprendizaje y prácticas en un entorno laboral, unos itinerarios de aprendizaje flexibles, una orientación y un asesoramiento eficaces y unos contenidos y métodos de enseñanza que tengan en cuenta los modos de vida e intereses de los jóvenes, manteniéndose al mismo tiempo unos niveles de calidad de la EFP elevados;

d)

adoptar las medidas apropiadas para garantizar un acceso en pie de igualdad, especialmente a las personas y grupos en peligro de exclusión, sobre todo a las de poca o nula cualificación, a las personas con necesidades especiales o desfavorecidas y a los trabajadores de más edad. Debería facilitarse y fomentarse la participación de estos grupos en la educación y formación profesionales mediante incentivos económicos o de otro tipo y la validación del aprendizaje no formal e informal, así como la oferta de itinerarios flexibles;

e)

promover la ciudadanía activa en la EFP, fomentando, por ejemplo, las asociaciones entre los proveedores de EFP y las organizaciones civiles o, con arreglo a la legislación y a la práctica nacionales, impulsar la representación de los discentes en las instituciones de EFP. Una iniciativa de este tipo puede contribuir a validar las destrezas y las competencias adquiridas gracias al voluntariado.

5.   Objetivos transversales para apoyar los cuatro objetivos estratégicos

a)

Mayor intervención de las partes interesadas en la EFP y mayor difusión al público de los logros de la cooperación europea en este ámbita. Una mayor intervención de las partes interesadas en la EFP requiere que se den a conocer mejor los logros de la cooperación europea en este ámbito. La Comisión Europea y los Estados miembros deberían, por tanto, considerar esforzarse por ofrecer una comunicación clara y bien orientada a los distintos grupos de interesados en el plano nacional y europeo. Para facilitar la utilización de los instrumentos de la UE que ya existen, hay que ofrecer a los alumnos y a todas las partes interesadas información amplia y bien adaptada.

b)

Gestión coordinada de los instrumentos europeos y nacionales desde el punto de vista de la transparencia, el reconocimiento, el control de la calidad y la movilidad. Conforme a los cuatro objetivos estratégicos, los Estados miembros deberían conceder la máxima prioridad en los próximos años a una utilización coherente y complementaria de los diversos instrumentos europeos en los ámbitos de la transparencia, el reconocimiento, el control de la calidad y la movilidad. Son necesarias una gestión coordinada de dichos instrumentos con arreglo al proceso de Copenhague y una mayor sinergia con los instrumentos y principios del proceso de Bolonia.

c)

Intensificar la cooperación entre la actuación en el ámbito de la EFP y otros ámbitos de actuación pertinentes. Los Estados miembros y la Comisión Europea deberían intensificar la cooperación entre la actuación en el ámbito de la EFP y otros ámbitos de actuación pertinentes (por ejemplo, empleo, asuntos económicos, investigación e innovación, asuntos sociales, juventud, deportes y cultura) a fin de seguir las orientaciones integradas de Europa 2020 y aumentar el reconocimiento de competencias y cualificaciones.

d)

Mejorar la calidad y las posibilidades de comparación de los datos para la actuación de la UE en el ámbito de la EFP. La actuación de la UE en el ámbito de la EFP debería basarse en los datos existentes comparables. A tal fin, los Estados miembros deberían recabar datos pertinentes y fiables sobre la EFP, incluida la movilidad, utilizando el programa de aprendizaje permanente, y ponerlos a disposición de Eurostat. Los Estados miembros y la Comisión deberían ponerse de acuerdo sobre qué datos deben proporcionarse en primer lugar.

e)

Aprovechar el respaldo de la UE. Deberían utilizarse los fondos estructurales europeos y el programa de aprendizaje permanente para apoyar las prioridades acordadas para la EFP, incluidas la movilidad internacional y las reformas llevadas a cabo por los Estados miembros.

III.   PRINCIPIOS SUBYACENTES A LA GOBERNANZA Y APROPIACIÓN DEL PROCESO DE COPENHAGUE

Los Estados miembros deberían comprometerse firmemente en el cumplimiento de las prioridades del proceso de Copenhague dentro de los programas nacionales de reforma de Europa 2020.

La información que se proporcione con arreglo al proceso de Copenhague debería incorporarse a la del marco estratégico «ET 2020», lo cual constituiría la forma más eficaz de contribuir a la información sobre la estrategia Europa 2020 y aumentaría la visibilidad de la EFP en el aprendizaje permanente.

Debería intensificarse la cooperación en el ámbito de la EFP. El método de coordinación abierto debería seguir siendo el mecanismo principal de esta cooperación. El aprendizaje entre iguales y los proyectos innovadores deberían constituir los medios que sustenten los avances de las políticas nacionales.

Los directores generales de Formación Profesional (DGFP), los interlocutores sociales europeos y el Comité Consultivo de Formación Profesional (CCFP) deberían seguir desempeñando un papel activo en la gobernanza del proceso de Copenhague.

El Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional y la Fundación Europea de Formación deberían seguir apoyando la elaboración y aplicación de políticas, informar sobre los progresos realizados para cumplir los objetivos estratégicos y los resultados previstos a corto plazo y ofrecer elementos de juicio para actuar en el ámbito de la EFP.

Debería fomentarse la cooperación a escala europea entre las organizaciones de proveedores de EFP con miras a promover los objetivos anteriormente citados.

El diálogo y los intercambios de experiencias sobre actuaciones con nuestros socios de todo el mundo pueden contribuir a superar las necesidades actuales y futuras. Deberían intensificarse los intercambios y la cooperación con posibles países candidatos, con los países vecinos recabando la ayuda de la Fundación Europea de Formación y con las organizaciones internacionales, en particular la OCDE, el Consejo de Europa, la Organización Internacional del trabajo y la UNESCO. Habría que garantizar a todos los Estados miembros el derecho a participar en estas actividades.

Para facilitar los informes de situación periódicos por parte de los gobiernos nacionales y los interlocutores sociales, debería elaborarse una lista de resultados previstos a corto plazo.

IV.   RESULTADOS PREVISTOS A CORTO PLAZO 2011-2014

Utilizando como base los objetivos estratégicos antes mencionados y al tiempo que se respeta plenamente la responsabilidad de los Estados miembros en la organización y contenidos de sus planes de educación y formación, se han determinado unos resultados concretos para los próximos cuatro años (2011-2014) (23), que se exponen a continuación:

1.   Mejorar la calidad y la eficacia de la educación y la formación profesionales. Hacerlas más atractivas y adecuadas al mercado laboral

1.1.    Aumentar el atractivo y la excelencia

Acciones de dimensión nacional:

a)

organizar actividades encaminadas a fomentar el atractivo y la excelencia de la educación y la formación profesionales, que pueden incluir campañas y concursos de destrezas;

b)

actividades de apoyo que permitan a los alumnos de la enseñanza obligatoria familiarizarse con las opciones profesionales y posibilidades de carrera.

Apoyo en el plano de la UE:

documento de orientación sobre el papel de la excelencia profesional para lograr crecimiento inteligente y sostenible,

considerar el respaldo europeo a las campañas de promoción de la EFP, incluida la utilización del Eurobarómetro sobre el atractivo de la EFP,

fomento de los concursos de destrezas a escala europea o mundial.

1.2.    Mejorar la calidad y la adecuación al mercado laboral

Acciones de ámbito nacional:

a)

tomar las medidas oportunas para aplicar la Recomendación sobre el establecimiento de un marco de referencia europeo de garantía de la calidad en la educación y formación profesionales (EQAVET) y avanzar hacia unos marcos nacionales de garantía de calidad para la EFP;

b)

según proceda, velar por que las competencias claves y las destrezas de gestión de la carrera queden integradas suficientemente en los planes de estudio de EFP-I y puedan adquirirse mediante formaciones organizadas en el marco de la EFP-P;

c)

los gobiernos, los agentes sociales y los proveedores de EFP deberán disponer lo necesario para:

ampliar al máximo la formación basada en el trabajo, incluido el aprendizaje en centros de trabajo, para contribuir a aumentar el número de aprendices en Europa en 2012,

crear oportunidades para mejorar la movilidad y la cooperación entre los centros de EFP y las empresas (lucrativas y no lucrativas), por ejemplo mediante los períodos de prácticas de los profesores en las empresas,

facilitar a los centros de EFP información sobre la capacidad de inserción profesional de los titulados de la EFP;

d)

proseguir los trabajos relativos al establecimiento de sistemas de observación sobre las transiciones de la enseñanza al trabajo.

Apoyo en el ámbito de la UE:

orientación y apoyo técnico para la aplicación de la EQAVET,

revisar la aplicación de la EQAVET en el ámbito nacional en 2013,

creación de redes temáticas de los proyectos de garantía de calidad dentro de Programa Leonardo da Vinci,

vademécum o estudio sobre los modelos de formación basada en el trabajo que hayan dado resultado (con información del Cedefop),

mejora de la anticipación de la evolución de las destrezas y competencias, en particular mediante previsiones de las necesidades en materia de destrezas (Cedefop) y mediante el establecimiento de consejos europeos de las destrezas,

desarrollo de una lengua común con objeto de enlazar el mundo de la educación y la formación con el mundo del trabajo (ESCO) en consonancia con otros instrumentos de la UE ,como por ejemplo con el Marco Europeo de Cualificaciones (MEC),

considerar la adopción de un índice de referencia de la UE para la capacidad de inserción profesional sobre la base de una propuesta de la Comisión,

trabajar sobre las mejores prácticas y los principios orientadores con respecto a la evolución del perfil de los profesores y formadores de EFP (junto con el CEDEFOP).

2.   Hacer realidad la formación permanente y la movilidad

2.1.    Apoyar la formación permanente

Acciones de ámbito nacional:

a)

Para lograr la máxima contribución de la EFP al logro del objetivo fijado en el índice de referencia de «ET 2020» consistente en alcanzar un 15 % de participación de los adultos en la formación permanente, revisar el recurso a los incentivos, derechos y obligaciones de todas las partes interesadas, y realizar las actuaciones oportunas para fomentar la participación en la EFP-P

b)

aplicar la Recomendación relativa al Marco Europeo de Cualificaciones (MEC):

creación de marcos nacionales de cualificaciones (MNC) globales basados en el planteamiento de los resultados de la formación. Utilización los MNC como catalizadores para hacer más permeables entre sí la EFP y la educación superior, para impulsar o mantener la EFP en los niveles postsecundarios/superiores más elevados del MEC, y para realizar vías de formación flexibles,

adaptar los niveles de los MNC al MEC antes de 2012;

c)

establecer procedimientos de validación de la educación no formal e informal apoyados por el MEC/los MNC, así como orientaciones, y promover su utilización,

d)

facilitar unos servicios de orientación integrados (educación formación, empleo) estrechamente relacionados con las necesidades del mercado laboral,

e)

aplicación del ECVET: véase sección 2.2 más abajo.

Apoyo en el ámbito de la UE:

manual de medidas sobre el acceso y la participación en la EFP-P,

orientación y apoyo técnico para la aplicación del MEC, en particular con vistas a la aplicación de un planteamiento de resultados de la formación,

descripción de los avances logrados en el establecimiento de los MNC por el Cedefop y la Fundación Europea de Formación (ETF),

recomendación del Consejo sobre la convalidación de la educación no formal e informal (2011),

informe de situación sobre los avances logrados en la elaboración de estrategias, sistemas y prácticas de orientación permanente — 2011 (Cedefop, ETF y Red Europea para el Desarrollo de las Políticas de Orientación Permanente).

2.2.    Aumento de la movilidad

Acciones de ámbito nacional:

a)

avance en la aplicación del Sistema Europeo de Créditos para la Educación y la Formación Profesionales (ECVET) y participación en un ensayo del ECVET en relación con la movilidad.

b)

tomar las medidas oportunas para impulsar la movilidad en la EFP, lo que incluye:

impulsar el incremento en el número de estudiantes de EFP-I y de profesionales de la EFP que participan en la movilidad transnacional,

animar a las autoridades locales y regionales, así como a los proveedores de EFP, a desarrollar unas pautas de internacionalización y estrategias de internacionalización, entre ellas la movilidad transfronteriza,

hacerse cargo de los obstáculos jurídicos y administrativos relativos a la movilidad transnacional de los aprendices y practicantes,

animar a las cámaras profesionales, organizaciones empresariales y otras organizaciones relacionadas a apoyar a las empresas de acogida (y de origen) a que ofrezcan unas condiciones adecuadas para los aprendices y practicantes en la movilidad transnacional,

garantizar la presencia del aprendizaje de idiomas y la adquisición de competencias interculturales en los planes de estudio de EFP,

aprovechar al máximo otras herramientas de la UE (p. ej. el MEC, EQAVET, Europass) para mejorar el reconocimiento mutuo de las cualificaciones y competencias.

Apoyo en el ámbito de la UE:

orientación y apoyo técnico a la aplicación del ECVET,

revisión periódica de la aplicación del ECVET (junto con el CEDEFOP),

creación de redes temáticas de proyectos de ECVET dentro de Programa Leonardo da Vinci,

recomendación sobre movilidad en la formación (2011),

Considerar la adopción de un índice de referencia de la UE para la movilidad en la EFP sobre la base de una propuesta de la Comisión (2011),

propuesta relativa a un marco de calidad para los períodos de prácticas,

Impulsar la movilidad para los aprendices, incluso mediante el portal de apoyo, en el marco del Programa de aprendizaje permanente/Programa Leonardo da Vinci,

creación de un pasaporte europeo de destrezas, como parte integrante del Europass, antes de 2012.

3.   Fomento de la creatividad, la innovación y el espíritu emprendedor

Acciones de ámbito nacional:

a)

fomentar las asociaciones para la creatividad y la innovación (proveedores de EFP, centros de enseñanza superior, y centros de diseño, arte, investigación e innovación);

b)

fomentar un uso de la tecnología efectivo, innovador y de calidad por parte de todos los proveedores de EFP (incluidas las asociaciones y redes público-privadas ) que cuente con los equipos, infraestructuras y redes necesarios y base en una permanente mejora que refleje las novedades tecnológicas y en materia de comprensión pedagógica;

c)

tomar medidas de fomento del espíritu emprendedor, por ejemplo favoreciendo la adquisición de las correspondientes competencias clave, permitiendo las experiencias prácticas en las empresas y recabando la intervención de expertos de las empresas.

Apoyo en el ámbito de la UE:

crear un foro EFP-Empresa de nivel de la UE, centrado en los siguientes temas:

papel de la EFP en el triángulo del conocimiento,

transiciones de la EFP a la empresa: cómo apoyar a los titulados de la EFP en la creación de empresas.

4.   Fomento de la equidad, la cohesión social y la ciudadanía activa

Acciones de ámbito nacional:

a)

tomar medidas tanto preventivas como correctivas para aumentar al máximo la contribución de la EFP a la lucha contra el abandono escolar,

b)

estudiar medidas específicas con objeto de elevar la participación de los trabajadores escasamente cualificados y otros grupos «de riesgo» en la educación y la formación, inclusive mediante el establecimiento de itinerarios flexibles en la EFP-P y el uso de los oportunos servicios de orientación y apoyo,

c)

utilizar la EFP para incrementar al máximo el acceso a la formación y para fomentar el aprendizaje activo, así como elaborar nuevos métodos en la EFP, tanto en el entorno laboral como en el entorno escolar, con el fin de facilitar la participación de los grupos «de riesgo»,

d)

utilizar los sistemas existentes de observación para apoyar la participación de los grupos «de riesgo» en la EFP: véase más arriba 1.2.d).

Apoyo en el ámbito de la UE:

vademécum de las mejores prácticas de integración de los grupos «de riesgo» mediante la combinación de formación basada en el trabajo y de competencias clave,

recomendación del Consejo sobre la disminución del abandono escolar (2011).

5.   Objetivos transversales, gobernanza y apropiación del proceso de Copenhague

Acciones de ámbito nacional:

a)

establecer estrategias de comunicación para los diferentes grupos de participantes, centradas en la aplicación y en el valor añadido de las herramientas (ECVET, ECTS, adaptación de los niveles de los MNC al MEC, sistemas de garantía de calidad conformes con la EQAVET);

b)

crear mecanismos de cooperación estructurados entre el sector de la EFP y los servicios de empleo en todos los niveles (política y aplicación), incluidos los interlocutores sociales;

c)

contribuir a mejorar los datos existentes a escala de la UE sobre los estudiantes de EFP-I, incluida la movilidad y la capacidad de inserción profesional.

Apoyo en el ámbito de la UE:

apoyar el logro de los objetivos arriba enunciados mediante el programa de aprendizaje permanente y , cuando proceda, los Fondos estructurales europeos,

apoyar el aprendizaje en equipo entre los Estados miembros y los proyectos innovadores,

establecer un procedimiento de coordinación mejorado para la aplicación de los instrumentos europeos comunes en el ámbito de la educación y la formación;

estrategia de comunicación europea sobre los instrumentos de transparencia europeos;

desarrollo de una cooperación estructurada con las asociaciones proveedoras de EFP en el nivel de la UE;

mejora de la cooperación estructurada entre la política de educación y formación y la política de empleo;

mejora de los datos en el nivel de la UE sobre los estudiantes de EFP-I, incluida la movilidad y la capacidad de inserción profesional;

los interlocutores sociales debe seguir desempeñando a todos los niveles un papel activo en el proceso de Copenhague (gobernanza y apropiación) y contribuir a la realización de los objetivos a corto plazo arriba mencionados;

informar sobre las novedades de los Estados miembros y países asociados en el ámbito de la EFP;

refuerzo de los intercambios con los países candidatos y limítrofes.

POR CONSIGUIENTE, INVITA A LOS ESTADOS MIEMBROS Y A LA COMISIÓN, EN EL ÁMBITO DE SUS RESPECTIVAS COMPETENCIAS, A:

1)

Ejecutar medidas destinadas a:

i)

cumplir la perspectiva global para la EFP en 2020, de acuerdo con lo enunciado en el punto I;

ii)

alcanzar los objetivos estratégicos para el período 2011-2020, según se describen en el punto II, así como varios resultados previstos a corto plazo para los próximos cuatro años (2011-2014), con arreglo a lo dispuesto en el punto IV;

iii)

consolidar la gobernanza y la apropiación del Proceso de Copenhague de conformidad con los principios establecidos en el punto III.

2)

Fomentar la perspectiva, los objetivos y los principios resumidos en las presentes conclusiones en el contexto más amplio del Proceso de Copenhague, mediante la cooperación mutua entre los Estados miembros, las autoridades regionales y locales, la Comisión, los países candidatos, los países de la AELC-EEE y los interlocutores sociales.


(1)  DO C 13 de 18.1.2003, p. 2.

(2)  DO L 394 de 30.12.2006, p. 10.

(3)  DO C 290 de 4.12.2007, p. 1.

(4)  DO C 140 de 6.6.2008, p. 10.

(5)  DO C 320 de 16.12.2008, p. 6.

(6)  DO C 319 de 13.12.2008, p. 4.

(7)  Doc. 9876/09.

(8)  DO C 119 de 28.5.2009, p. 2.

(9)  Documentos EUCO 7/1/10 REV 1 y EUCO 13/1/10 REV 1, respectivamente.

(10)  DO C 135 de 26.5.2010, p. 2.

(11)  Véase la nota a pie de página 10.

(12)  Véanse los informes provisionales de 2010 del CEDEFOP y la ETF.

(13)  Decisión no 1241/2004/ES — DO L 390 de 31.12.2004, p. 6.

(14)  Véase el DO C 111 de 6.5.2008, p. 1.

(15)  Véase el DO C 155 de 8.7.2009, p. 11.

(16)  Véase el DO C 155 de 8.7.2009, p. 1.

(17)  Corresponde al objetivo estratégico 2 del marco «ET 2020».

(18)  Taxonomía Europea de Destrezas, Competencias y Ocupaciones (TEDCO).

(19)  Corresponde al objetivo estratégico 1 del marco «ET 2020».

(20)  Corresponde al objetivo estratégico 4 del marco «ET 2020».

(21)  DO C 141 de 7.6.2008, págs. 17-20.

(22)  Corresponde al objetivo estratégico 3 del marco «ET 2020».

(23)  De acuerdo con los debates mantenidos por los directores generales de Formación Profesional y el Comité Consultivo de Formación Profesional.


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