Resolución del Consejo y de los Representantes de los gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de 29 de mayo de 1986, relativa al abuso de alcohol
Diario Oficial n° C 184 de 23/07/1986 p. 0003 - 0003
RESOLUCIÓNdel Consejo y de los Representantes de los gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejode 29 de mayo de 1986relativa al abuso de alcohol(86/C 184/02) EL CONSEJO DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Y LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS REUNIDOS EN EL SENO DEL CONSEJO Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea, Considerando que el consumo de bebidas alcohólicas en los países de la Comunidad Europea ha aumentado, en términos generales, considerablemente; Considerando que, en numerosos países, el aumento del abuso de alcohol que puede ser favorecido por el aumento del consumo suscita graves inquietudes para la salud pública y para el bienestar social; Considerando que la mejora constante de las condiciones de vida y de empleo de sus pueblos constituye un objetivo esencial; Conscientes de que la producción, la venta y la distribución de bebidas alcohólicas en la mayoría de los Estados miembros constituyen un factor importante de su economía; Estimando que, a escala europea, resulta conveniente emprender una iniciativa común en el campo de la prevención del abuso de alcohol; Considerando los restultados de un estudio efectuado y publicado a instancia de la Comisión (1) ; Considerando que, de conformidad con la Resolución del Consejo, de 19 de mayo de 1981, relativa a un segundo programa de la Comunidad Europea para una política de protección y de información de los consumidores (2) , la Comisión examinará en qué medida las divergencias entre las medidas adoptadas por los Estados miembros en lo que se refiere a las bebidas alcohólicas afectan al buen funcionamiento del mercado común y presentará, en su caso, las propuestas adecuadas; que adoptará, en apoyo de las acciones emprendidas en los Estados miembros, cualquier otra iniciativa que pudiera revelarse útil en el contexto más general de los problemas ligados al consumo normal o excesivo de dichos productos por los consumidores, Invitan a la Comisión a que sopese cuidadosamente los intereses en materia de producción, de distribución y de promoción de bebidas alcohólicas y los intereses en materia de salud pública y que lleve a cabo para ello una política equilibrada; Invitan igualmente a la Comisión a que examine qué medidas pueden contribuir de manera eficaz a la realización del objetivo de la presente Resolución y, en su caso, a que les presente propuestas en la materia; Toman nota de que las actividades comunitarias que se realicen en un futuro en este campo deberán estar en perfecta armonía con las realizaciones ya iniciadas con respecto a dicho problema en el marco de la Organización Mundial de la Salud. (2) DO no C 133 de 3. 6. 1981, p. 6. (1) P. Davies y D. Walsh: Alcohol problems and alcohol control in Europe (Londres, Croom Helm 1983) .