2007/614/Euratom: Decisión del Consejo, de 30 de enero de 2007 , sobre la celebración por la Comisión del Acuerdo entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica y el Gobierno de Japón para la ejecución conjunta de las actividades del planteamiento más amplio en el campo de la investigación sobre la energía de fusión
DO L 246 de 21.9.2007, p. 32/33 (BG, ES, CS, DA, DE, ET, EL, EN, FR, IT, LV, LT, HU, MT, NL, PL, PT, RO, SK, SL, FI, SV)
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20070130
Decisión del Consejo
de 30 de enero de 2007
sobre la celebración por la Comisión del Acuerdo entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica y el Gobierno de Japón para la ejecución conjunta de las actividades del planteamiento más amplio en el campo de la investigación sobre la energía de fusión
(2007/614/Euratom)
EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y, en particular, su artículo 101, párrafo segundo,
Vista la propuesta de la Comisión,
Considerando lo siguiente:
(1) La Comisión, de acuerdo con las directrices del Consejo de 16 de noviembre de 2000, modificadas por las Decisiones del Consejo de 27 de mayo de 2002, 26 de noviembre de 2003 y 25 de noviembre de 2004, llevó a cabo negociaciones con el Gobierno de China, el Gobierno de Japón, el Gobierno de la República de la India, el Gobierno de la República de Corea, el Gobierno de la Federación de Rusia y el Gobierno de los Estados Unidos de América acerca de un acuerdo sobre la constitución de la Organización Internacional de la Energía de Fusión ITER para la Ejecución Conjunta del Proyecto ITER.
(2) Las Partes en la negociación del ITER acordaron en la reunión ministerial de Moscú de 28 de junio de 2005 que el ITER se construiría en Cadarache. Asimismo, acordaron un documento conjunto anejo sobre el papel de la Parte anfitriona (Euratom) y la no anfitriona (Japón) en el proyecto ITER.
(3) De conformidad con el documento conjunto anteriormente mencionado y las directrices del Consejo modificadas, la Comisión llevó a cabo negociaciones con el Gobierno de Japón sobre un acuerdo para la ejecución conjunta de las actividades del planteamiento más amplio.
(4) El 20 de junio de 2006, en una reunión celebrada en Tokio, los representantes de Euratom y Japón aprobaron el informe final sobre las negociaciones acerca del Acuerdo del planteamiento más amplio, que confirma la terminación del proceso de negociación y da constancia de los documentos complementarios preparados por Euratom y Japón.
(5) El 22 de noviembre de 2006, los representantes de Euratom y Japón firmaron una Declaración conjunta para la ejecución de las actividades del planteamiento más amplio, en la que se concretan las contribuciones de las Partes a las actividades del planteamiento más amplio.
(6) Debe aprobarse la celebración por la Comisión del Acuerdo entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica y el Gobierno de Japón para la ejecución conjunta de las actividades del planteamiento más amplio en el campo de la investigación sobre la energía de fusión.
DECIDE:
Artículo único
1. Queda aprobada la celebración por la Comisión, por y en nombre de la Comunidad Europea de la Energía Atómica, del Acuerdo entre la Comunidad Europea de la Energía Atómica y el Gobierno de Japón para la ejecución conjunta de las actividades del planteamiento más amplio en el campo de la investigación sobre la energía de fusión.
2. El texto de dicho Acuerdo se adjunta como anexo a la presente Decisión.
Hecho en Bruselas, el 30 de enero de 2007.
Por el Consejo
El Presidente
P. Steinbrück
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